ACTA DE CONFORMIDAD PARA DOCUMENTOS DE PAGO
En el apartado “Documentos exigidos para el pago”, numeral 3, se establece la presentación del “Acta de Conformidad, debidamente firmada por el/los Jefe/s de la dependencia que recibió los servicios con el V° B° del Administrador del Contrato”.
Al respecto, solicitamos reconsiderar y modificar dicho requerimiento, considerando que la conformidad de la dependencia beneficiaria ya queda documentada al momento de la ejecución y finalización de los trabajos.
En efecto, una vez concluida la intervención técnica y puesto operativo el equipo, el Contratista entrega la Nota de Remisión correspondiente, debidamente firmada por el responsable de la dependencia, así como el Informe/Ficha de Servicio Técnico, donde se deja constancia de los trabajos realizados y de la condición operativa final del equipo.
En consecuencia, exigir posteriormente que el Contratista gestione nuevamente la firma del Jefe de la misma dependencia en un Acta de Conformidad implica duplicar la acreditación de recepción/conformidad de un servicio que ya se encuentra documentado, y obliga a realizar un nuevo traslado exclusivamente para una gestión administrativa.
Esta situación adquiere especial relevancia para los servicios realizados en dependencias del interior del país, dado que el Contratista tendría que efectuar un viaje adicional únicamente para obtener la firma del Acta, aun cuando el trabajo ya fue concluido, el equipo quedó operativo y la documentación correspondiente ya fue firmada durante la intervención.
Dicho traslado adicional genera costos de movilidad, viáticos y disponibilidad de personal que no responden a una nueva asistencia técnica ni intervención sobre el equipo.
Por lo expuesto, solicitamos modificar mediante Adenda el numeral 3 de “Documentos exigidos para el pago”, estableciendo que la Nota de Remisión y el Informe/Ficha de Servicio Técnico debidamente firmados por el responsable de la dependencia beneficiaria sean documentos suficientes para acreditar la recepción y conformidad del servicio en dicha dependencia; y que el Acta de Conformidad para el trámite de pago sea gestionada administrativamente por la Dirección de Recursos Tecnológicos de Salud, con el V° B° del Administrador del Contrato, sin requerir un nuevo traslado del Contratista a la dependencia beneficiaria exclusivamente para gestionar dicha firma.
De:
CABAÃAS FERNANDEZ, VICTOR RAMON
80023913-0 - SOLUMEDIC S.A.
Consulta:
ACTA DE CONFORMIDAD PARA DOCUMENTOS DE PAGO
En el apartado “Documentos exigidos para el pago”, numeral 3, se establece la presentación del “Acta de Conformidad, debidamente firmada por el/los Jefe/s de la dependencia que recibió los servicios con el V° B° del Administrador del Contrato”.
Al respecto, solicitamos reconsiderar y modificar dicho requerimiento, considerando que la conformidad de la dependencia beneficiaria ya queda documentada al momento de la ejecución y finalización de los trabajos.
En efecto, una vez concluida la intervención técnica y puesto operativo el equipo, el Contratista entrega la Nota de Remisión correspondiente, debidamente firmada por el responsable de la dependencia, así como el Informe/Ficha de Servicio Técnico, donde se deja constancia de los trabajos realizados y de la condición operativa final del equipo.
En consecuencia, exigir posteriormente que el Contratista gestione nuevamente la firma del Jefe de la misma dependencia en un Acta de Conformidad implica duplicar la acreditación de recepción/conformidad de un servicio que ya se encuentra documentado, y obliga a realizar un nuevo traslado exclusivamente para una gestión administrativa.
Esta situación adquiere especial relevancia para los servicios realizados en dependencias del interior del país, dado que el Contratista tendría que efectuar un viaje adicional únicamente para obtener la firma del Acta, aun cuando el trabajo ya fue concluido, el equipo quedó operativo y la documentación correspondiente ya fue firmada durante la intervención.
Dicho traslado adicional genera costos de movilidad, viáticos y disponibilidad de personal que no responden a una nueva asistencia técnica ni intervención sobre el equipo.
Por lo expuesto, solicitamos modificar mediante Adenda el numeral 3 de “Documentos exigidos para el pago”, estableciendo que la Nota de Remisión y el Informe/Ficha de Servicio Técnico debidamente firmados por el responsable de la dependencia beneficiaria sean documentos suficientes para acreditar la recepción y conformidad del servicio en dicha dependencia; y que el Acta de Conformidad para el trámite de pago sea gestionada administrativamente por la Dirección de Recursos Tecnológicos de Salud, con el V° B° del Administrador del Contrato, sin requerir un nuevo traslado del Contratista a la dependencia beneficiaria exclusivamente para gestionar dicha firma.