CABALLERO PAEZ, NERI JAVIER
1976058-2 - NERI JAVIER CABALLERO PAEZ
Consulta:
Con relación a los requisitos de Capacidad Técnica establecidos en el Numeral 1 para el llamado "SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE GENERADORES", nos dirigimos a la convocante con el fin de realizar una consulta de ampliación de perfiles profesionales.
Entendiendo que las tareas objeto de este llamado involucran sistemas de potencia, tableros de transferencia y componentes eléctricos críticos de los grupos generadores, consideramos que la profesión de Ingeniero Eléctrico se alinea perfectamente con las competencias técnicas requeridas para asegurar un servicio de alta calidad.
Amparados en la Ley N° 7021/2022 de Suministros y Contrataciones Públicas, nos sustentamos en El Artículo 4 (Principios Generales - Inciso de Libre Concurrencia e Igualdad): El cual promueve que los procesos de contratación adopten criterios que faciliten el acceso y la participación del mayor número posible de profesionales y oferentes calificados que posean idoneidad directa con el rubro
.Normativas de la DNCP sobre Criterios de Evaluación Razonables: Las directrices de la DNCP sugieren que los requisitos de capacidad técnica deben permitir perfiles académicos afines y equivalentes a las prestaciones del contrato, optimizando las alternativas de evaluación para la institución
.Por lo tanto, solicitamos amablemente a la Convocante que tenga a bien considerar la inclusión explícita del perfil de Ingeniero Eléctrico dentro del Numeral 1 de la Capacidad Técnica, como una opción válida y calificada para cumplir con dicho requisito.