Se transcribe respuesta de la dependencia requirente: Conforme a lo requerido y los antecedentes de estimación de costos utilizados, se aclara que las cápsulas solicitadas deberán ser compatibles con sistemas de máquinas que utilizan cápsulas del mismo tipo y formato que las comúnmente conocidas en el mercado como "Dolce Gusto".
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Vencimiento Como Minimo de la Leche Entera UAT x 1 litro
Segun el PBC en Detalle de los bienes y/o servicios ( SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS) solicitan Leche Entera UAT x 1 litro fecha de vencimiento como mínimo de 300 días corridos desde el momento de la entrega , dicho producto tiene un vencimiento de 150 a 180 dias no cumplieto con este requisito favor ajustar
06-05-2026
19-05-2026
Vencimiento Como Minimo de la Leche Entera UAT x 1 litro
Segun el PBC en Detalle de los bienes y/o servicios ( SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS) solicitan Leche Entera UAT x 1 litro fecha de vencimiento como mínimo de 300 días corridos desde el momento de la entrega , dicho producto tiene un vencimiento de 150 a 180 dias no cumplieto con este requisito favor ajustar
para el producto yerba mate de 1kg, quisieramos consultar si el paquete que solicitan es en papel kraft o en bolsa transparente, favor aclarar este punto ya que es escencial para cotizar
para el producto yerba mate de 1kg, quisieramos consultar si el paquete que solicitan es en papel kraft o en bolsa transparente, favor aclarar este punto ya que es escencial para cotizar
Se transcribe respuesta de la dependencia requirente: Conforme a lo requerido y los antecedentes de estimación de costos utilizados, favor remitirse al pliego de bases y condiciones.
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Solicitud de aclaración sobre requisito de experiencia – Ítem N.º 1 “Productos Lácteos
Consulta al llamado – ID 485061
LPN N.º 17/2026 – Provisión de Insumos Alimenticios
Señores
Banco Nacional de Fomento – BNF
Unidad Operativa de Contrataciones
Presente
Por medio de la presente, nos dirigimos respetuosamente a la Convocante en relación al Pliego de Bases y Condiciones correspondiente a la Licitación Pública Nacional BNF LPN N.º 17/2026 “Provisión de Insumos Alimenticios”, ID N.º 485061, a fin de solicitar aclaración y/o reconsideración respecto al requisito de experiencia establecido para el Ítem N.º 1 – Productos Lácteos.
El Pliego establece que para dicho ítem los oferentes deberán demostrar experiencia específica en la provisión de productos lácteos, mediante facturaciones, contratos y/o recepciones finales equivalentes al 25% del monto ofertado.
En ese sentido, solicitamos respetuosamente a la Convocante considerar que la exigencia de experiencia exclusiva en productos lácteos podría limitar la participación de empresas proveedoras del rubro alimenticio en general, que cuentan con amplia experiencia en abastecimiento, logística, distribución y provisión institucional de alimentos, así como con todas las habilitaciones sanitarias y comerciales requeridas para la correcta ejecución contractual.
Por lo expuesto, solicitamos se aclare si para el Ítem N.º 1 podrán ser considerados válidos antecedentes y experiencias correspondientes a provisión de alimentos en general, y no exclusivamente productos lácteos, siempre que el oferente cumpla con los demás requisitos técnicos, sanitarios y documentales exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones.
La presente solicitud se formula con el debido respeto, buscando promover una mayor participación y concurrencia de oferentes, en observancia a los principios de libre competencia e igualdad establecidos en la normativa de contrataciones públicas.
Sin otro particular, saludamos atentamente.
22-05-2026
25-05-2026
Solicitud de aclaración sobre requisito de experiencia – Ítem N.º 1 “Productos Lácteos
Consulta al llamado – ID 485061
LPN N.º 17/2026 – Provisión de Insumos Alimenticios
Señores
Banco Nacional de Fomento – BNF
Unidad Operativa de Contrataciones
Presente
Por medio de la presente, nos dirigimos respetuosamente a la Convocante en relación al Pliego de Bases y Condiciones correspondiente a la Licitación Pública Nacional BNF LPN N.º 17/2026 “Provisión de Insumos Alimenticios”, ID N.º 485061, a fin de solicitar aclaración y/o reconsideración respecto al requisito de experiencia establecido para el Ítem N.º 1 – Productos Lácteos.
El Pliego establece que para dicho ítem los oferentes deberán demostrar experiencia específica en la provisión de productos lácteos, mediante facturaciones, contratos y/o recepciones finales equivalentes al 25% del monto ofertado.
En ese sentido, solicitamos respetuosamente a la Convocante considerar que la exigencia de experiencia exclusiva en productos lácteos podría limitar la participación de empresas proveedoras del rubro alimenticio en general, que cuentan con amplia experiencia en abastecimiento, logística, distribución y provisión institucional de alimentos, así como con todas las habilitaciones sanitarias y comerciales requeridas para la correcta ejecución contractual.
Por lo expuesto, solicitamos se aclare si para el Ítem N.º 1 podrán ser considerados válidos antecedentes y experiencias correspondientes a provisión de alimentos en general, y no exclusivamente productos lácteos, siempre que el oferente cumpla con los demás requisitos técnicos, sanitarios y documentales exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones.
La presente solicitud se formula con el debido respeto, buscando promover una mayor participación y concurrencia de oferentes, en observancia a los principios de libre competencia e igualdad establecidos en la normativa de contrataciones públicas.
Se transcribe respuesta de la dependencia requirente: La experiencia específica requerida guarda relación con la naturaleza de los bienes solicitados, considerando las condiciones particulares de conservación, manipulación y distribución que requieren los productos lácteos. En ese sentido, la institución considera razonable y proporcional solicitar antecedentes vinculados específicamente a la venta de lácteos, a efectos de verificar la capacidad del oferente en la provisión de estos productos, teniendo en cuenta además la cantidad máxima de litros solicitados. Asimismo, se deja constancia de que el requisito establecido no constituye una limitación indebida a la participación, considerando la concurrencia habitual de oferentes que cumplen con la experiencia requerida, conforme a experiencias verificadas en procedimientos similares desarrollados tanto por esta Convocante como por otras entidades públicas. Finalmente, se recuerda que, conforme a la normativa aplicable, cuando se prorrogue el plazo tope de consultas por motivo de una adenda modificatoria de las bases y condiciones, la Convocante estará obligada a analizar únicamente las consultas relacionadas al contenido de la adenda y no respecto a lo establecido originalmente en las Bases y Condiciones. Favor remitirse al PBC.