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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
dareco
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
01-06-2026 - 15:12
Fecha de Fin
04-06-2026 - 15:35
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
4) Teniendo en cuenta los lotes 2, 3, 4, 5, 6, 7, 10 se recuerda a la convocante el artículo 4 inciso e) de la Ley 6622 QUE ESTABLECE MEDIDAS DE RACIONALIZACIÓN DEL GASTO PÚBLICO donde se indica: "e) Provisión de alimentos terminados, bebidas, arreglos florales, obsequios, tarjetas de felicitaciones y de invitación para recepciones o eventos. Se exceptúan los eventos de capacitación profesional del funcionariado, así como aquellos actos y eventos oficiales organizados por fiestas patrias, toma de posesión de mandos y actos protocolares de notoria relevancia, así como de recepción y agasajo a autoridades y delegaciones extranjeras y la alimentación básica del funcionario asignado a tareas esenciales de turnos corridos". Se recuerda también a la convocante el artículo 482 del Decreto 5311/26: "El Servicio de Catering para reuniones o sesiones de autoridades de la Institución y del personal administrativo que, por la característica de prestación de servicios, requieran realizar “reuniones de trabajo en jornadas de labores continuadas” (reuniones de trabajo eventuales no habituales), podrán incluir únicamente la provisión de agua, café, cocido y chipita. Asimismo, podrá ser contratado el servicio de catering en el marco de eventos internacionales, recepciones, agasajos o refrigerios ofrecidos por autoridades de los Organismos y Entidades del Estado; relacionados con actos de la Institución que incluyan la participación extranjera, los que podrán ser proveídos por proveedores de servicios o cantina". Se recuerda así también el artículo 11 de Ceremonial, catering y eventos del Decreto 6120/26: "Suspéndanse los llamados, las adjudicaciones y la emisión de CDP para la provisión de almuerzo o plato terminado y bebidas". Tener en cuenta las excepciones del mencionado artículo.//

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 55, 56, 40, 45, 67 de la Ley N° 7021/22; Art. 105, 83, 102, del Decreto N° 2264/24; y demás disposiciones vigentes emitidas por la DNCP.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 152 del Decreto N.º 2264/24 y demás normas concordantes emitidas por la DNCP.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del, proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, la obtención de los mejores resultados y el logro de las metas propuestas, a través de la utilización adecuada de los recursos públicos. Consideración Normativa: Art. 4 inc. c) y 107 de la Ley de Suministro y Contrataciones Públicas N° 7021/22, Art. 56 del Decreto N.º 2264/24 y demás normas concordantes emitidas por la DNCP.