Se solicita la reconsideración de ciertos criterios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), específicamente en lo referente a los requisitos financieros exigidos como condición de admisión o evaluación.
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se establecen los siguientes indicadores financieros:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Consideramos que los niveles actualmente exigidos pueden limitar la participación de oferentes que, si bien presentan una situación financiera razonablemente saludable y cumplen con todos los demás requisitos técnicos y legales, podrían quedar excluidos por márgenes mínimos en estos indicadores.
Por ello, respetuosamente solicitamos que dichos parámetros sean ajustados como sigue:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,92, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Esta solicitud se fundamenta en la necesidad de promover una mayor concurrencia de oferentes, sin desvirtuar el análisis de la solvencia financiera, permitiendo que empresas con estabilidad económica y operativa comprobada puedan participar de manera competitiva.
De:
Gimenez Hellman, Rita Asucena
80000519-8 - TELEFONICA CELULAR DEL PARAGUAY SAE (TELECEL SAE)
Consulta:
Se solicita la reconsideración de ciertos criterios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), específicamente en lo referente a los requisitos financieros exigidos como condición de admisión o evaluación.
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se establecen los siguientes indicadores financieros:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Consideramos que los niveles actualmente exigidos pueden limitar la participación de oferentes que, si bien presentan una situación financiera razonablemente saludable y cumplen con todos los demás requisitos técnicos y legales, podrían quedar excluidos por márgenes mínimos en estos indicadores.
Por ello, respetuosamente solicitamos que dichos parámetros sean ajustados como sigue:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,92, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Esta solicitud se fundamenta en la necesidad de promover una mayor concurrencia de oferentes, sin desvirtuar el análisis de la solvencia financiera, permitiendo que empresas con estabilidad económica y operativa comprobada puedan participar de manera competitiva.
La presente convocatoria corresponde a una licitación pública nacional y el parámetro establecido por la convocante para evaluar el criterio de capacidad financiera no resulta limitante, por lo tanto, se mantiene lo establecido inicialmente, teniendo en cuenta la existencia de desventajas potenciales al modificarlo conforme a lo solicitado como ser: Riesgo aumentado, un mayor endeudamiento aumenta el riesgo de insolvencia o dificultades financieras. Costos financieros, mayores niveles de deuda pueden generar mayores costos financieros, como intereses y comisiones.
La justificación de mantener los parámetros inicialmente establecidos se debe que el mismo preserva un umbral mínimo de salud financiera, reduciendo riesgos de incumplimientos y costos asociados; facilita comparabilidad entre oferentes, buscando una estabilidad contractual, evitando variaciones que puedan generar incertidumbre en oferentes y en la ejecución de contratos.
El impacto esperado al establecer este criterio es la competencia leal mantenida mediante criterios estables; mayor previsibilidad para oferentes y para la entidad licitante, así como la reducción de riesgos operativos y financieros asociados a propuestas con desequilibrios significativos.
Remitirse al PBC.
2
ORDENES DE COMPRA
SE CONSULTA LA FORMA DE EMISION DE LAS ORDENES DE COMPRA.
SI SERA 1 ORDEN POR 12 MESES CON UNA SOLA FACTURACION ANUAL O MENSUAL
O SERA EMITIDA 1 ORDEN POR MES CON FACTURACION MENSUAL O ANUAL?
De:
VELAZQUEZ FRANCO, CRISTHIAN DARIO
80013217-3 - OLAM SRL
Consulta:
SE CONSULTA LA FORMA DE EMISION DE LAS ORDENES DE COMPRA.
SI SERA 1 ORDEN POR 12 MESES CON UNA SOLA FACTURACION ANUAL O MENSUAL
O SERA EMITIDA 1 ORDEN POR MES CON FACTURACION MENSUAL O ANUAL?
Se aclara que la emisión de las Órdenes de Compra será de forma mensual a mes vencido, conforme al consumo efectivo del servicio.
En cada Orden de Compra se consignarán las cantidades de licencias efectivamente activas, las cuales serán verificables en el tenant de administración de la institución, garantizando la trazabilidad y control del servicio prestado.
Asimismo, la facturación deberá realizarse en forma mensual, en correspondencia con las cantidades de licencias activas utilizadas durante el período respectivo.
Estas condiciones responden a una modalidad de contratación por consumo real, permitiendo un adecuado control administrativo y presupuestario por parte de la Convocante, sin que ello implique modificación del alcance establecido en el PBC.
3
PLAN DE ENTREGA
SE CONSULTA SI EL PLAN DE ENTREGA SERA DE UNICA VEZ POR LOS 12 MESES SOLICITADOS O SI EMITIRAN ORDENES DE COMRPAS MENSUALES?
Se aclara que la gestión del servicio se realizará bajo la modalidad de consumo efectivo, en concordancia con lo indicado en la respuesta a la Consulta Nº 2.
En ese sentido, las cantidades de licencias consideradas para efectos administrativos, contractuales y de pago corresponderán exclusivamente a aquellas efectivamente activas durante el período de referencia, las cuales serán verificables en el tenant institucional de administración.
Asimismo, tanto la emisión de Órdenes de Compra como la facturación se regirán por una periodicidad mensual a mes vencido, conforme al consumo real del servicio.
Por lo tanto, no corresponde modificación del PBC, manteniéndose lo establecido.
4
CERTIFICACIONES
SE SOLICITA ACLARAR LAS CERTIFICACIONES DE LOS TECNICOS QUE SERAN SOLICITADAS A LOS OFERENTES PARA LA PRESENTACION DOCUMENTAL A MODO DE ASEGURAR LA BUENA PRESTACION DEL SERVICIO
De:
VELAZQUEZ FRANCO, CRISTHIAN DARIO
80013217-3 - OLAM SRL
Consulta:
SE SOLICITA ACLARAR LAS CERTIFICACIONES DE LOS TECNICOS QUE SERAN SOLICITADAS A LOS OFERENTES PARA LA PRESENTACION DOCUMENTAL A MODO DE ASEGURAR LA BUENA PRESTACION DEL SERVICIO
En relación con la consulta formulada sobre los requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica, se aclara que los mismos han sido definidos de manera proporcional al objeto de la contratación, atendiendo a la naturaleza del servicio requerido, el cual corresponde a la provisión de licencias y servicios asociados de una solución estandarizada.
En ese sentido, los requisitos establecidos en el PBC, tales como la autorización del fabricante, la presentación de personal técnico con certificaciones vigentes y la declaración jurada de capacidad para la instalación, configuración y soporte, resultan suficientes para acreditar la idoneidad técnica del oferente, sin generar restricciones innecesarias a la libre participación.
Cabe señalar que una mayor especificidad en los requisitos podría derivar en condiciones restrictivas o direccionadas, contrarias a los principios de igualdad, razonabilidad y libre concurrencia previstos en la normativa vigente.
Asimismo, tratándose de soluciones de tecnología ampliamente difundidas en el mercado, se considera que los criterios definidos permiten una adecuada evaluación técnica, garantizando la competencia efectiva entre oferentes.
Remitirse al PBC.
5
CAPACIDAD TECNICA
BASADO EN LAS ESPECIFICACIONES SOLICITADAS, SUGERIMOS INCLUIR EN EL APARTADO DE CAPACIDAD TECNICA
ALGIUNAS DE LAS SIGUIENTES CERTIFICACIONES
*Microsoft 365 Certified fundamentals
*Microsoft Certified Information Security Administrator Associate
*Microsoft 365 Certified Expert
*Microsoft 365 Certified Teams
*Microsoft Certified Security Compliance and Identity Manager
De:
VELAZQUEZ FRANCO, CRISTHIAN DARIO
80013217-3 - OLAM SRL
Consulta:
BASADO EN LAS ESPECIFICACIONES SOLICITADAS, SUGERIMOS INCLUIR EN EL APARTADO DE CAPACIDAD TECNICA
ALGIUNAS DE LAS SIGUIENTES CERTIFICACIONES
*Microsoft 365 Certified fundamentals
*Microsoft Certified Information Security Administrator Associate
*Microsoft 365 Certified Expert
*Microsoft 365 Certified Teams
*Microsoft Certified Security Compliance and Identity Manager
La Convocante informa que, en concordancia con la Consulta Nº 4, los requisitos establecidos responden a criterios de proporcionalidad y a la naturaleza estandarizada de la solución requerida, permitiendo acreditar la capacidad técnica sin generar restricciones a la libre concurrencia. En consecuencia, no corresponde modificar el PBC.
6
Autorización del Fabricante
En la autorización del fabricante, establecen: el Oferente que resulte adjudicado deberá presentar el documento del fabricante que certifique que las licencias solicitadas para los ítems 1 al 11 han sido registradas a nombre del Ministerio de Industria y Comercio.
Al respecto solicitamos que sea aceptada una declaración jurada del Oferente que certifique que las licencias solicitadas para los ítems 1 al 11 han sido registradas a nombre del Ministerio de Industria y Comercio. Dado que las notas del fabricante tienen un formato estándar que no detalla esa información.
En la autorización del fabricante, establecen: el Oferente que resulte adjudicado deberá presentar el documento del fabricante que certifique que las licencias solicitadas para los ítems 1 al 11 han sido registradas a nombre del Ministerio de Industria y Comercio.
Al respecto solicitamos que sea aceptada una declaración jurada del Oferente que certifique que las licencias solicitadas para los ítems 1 al 11 han sido registradas a nombre del Ministerio de Industria y Comercio. Dado que las notas del fabricante tienen un formato estándar que no detalla esa información.
Se aclara que los conceptos de Autorización del Fabricante y de acreditación de titularidad de las licencias a nombre de la institución responden a finalidades técnicas y contractuales distintas, por lo que no deben ser considerados equivalentes.
La Autorización del Fabricante tiene por objeto garantizar que el oferente se encuentra debidamente habilitado por el fabricante para la comercialización, implementación y soporte de la solución ofertada, constituyéndose en un requisito de capacidad técnica.
Por otra parte, la titularidad de las licencias refiere a la condición de que las mismas sean registradas y administradas dentro del tenant institucional de la Convocante, asegurando el control, la trazabilidad y la disponibilidad de los activos de software por parte de la institución.
En ese sentido, lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones contempla ambos aspectos de manera adecuada y complementaria, sin que uno sustituya al otro.
Remitirse al PBC.
7
Validez de garantía de los bienes
En el Periodo de validez de la Garantía de los bienes, establecen: Deberá contar con garantía escrita durante el periodo de validez de las Licencias, contados a partir de la recepción de los bienes y/o servicios.
Solicitamos que este punto NO APLIQUE, dado que al tratarse de software no existe una garantía escrita.
En el Periodo de validez de la Garantía de los bienes, establecen: Deberá contar con garantía escrita durante el periodo de validez de las Licencias, contados a partir de la recepción de los bienes y/o servicios.
Solicitamos que este punto NO APLIQUE, dado que al tratarse de software no existe una garantía escrita.
En el caso específico de licencias Microsoft, atendiendo a la naturaleza del modelo de licenciamiento (basado en suscripciones y activación en tenant), la Convocante considerará como garantía escrita válida la presentación de un documento emitido por el oferente (partner autorizado) que certifique, como mínimo, lo siguiente:
- Que las licencias ofertadas son originales y provienen de canales oficiales del fabricante.
- Que serán habilitadas y registradas a nombre de la Convocante dentro de su tenant institucional.
- Que cuentan con soporte oficial del fabricante durante el período de vigencia contratado.
- Que se garantiza la continuidad y disponibilidad del servicio conforme a las condiciones del fabricante.
Dicho documento deberá estar debidamente firmado por el representante autorizado del oferente, constituyéndose en respaldo formal exigible durante la ejecución contractual.
Remitirse al PBC.
8
Plan de prestación de servicios
En el Plan de prestación de los servicios solicitan: Dentro de dicho plazo el proveedor deberá presenta una Nota en la cual detalle los códigos de activación de las Licencias adquiridas.
Solicitamos que sea excluida la nota de los códigos de activación de las Licencias adquiridas. Dado que las suscripciones de Licencias Ofimáticas en esta modalidad de licenciamiento no cuentan con códigos de activación, solo se disponibilizan/activan a través del portal de administración de licencias.
En el Plan de prestación de los servicios solicitan: Dentro de dicho plazo el proveedor deberá presenta una Nota en la cual detalle los códigos de activación de las Licencias adquiridas.
Solicitamos que sea excluida la nota de los códigos de activación de las Licencias adquiridas. Dado que las suscripciones de Licencias Ofimáticas en esta modalidad de licenciamiento no cuentan con códigos de activación, solo se disponibilizan/activan a través del portal de administración de licencias.
Se aclara que la referencia a "códigos de activación" en el Pliego de Bases y Condiciones debe ser entendida en sentido funcional y no restrictivo, atendiendo a las distintas modalidades de licenciamiento disponibles en el mercado para soluciones de software.
En el caso específico de licencias Microsoft, cuyo modelo actual se basa en la asignación y activación de suscripciones a través de un tenant institucional, no necesariamente se utilizan códigos de activación individuales, sino mecanismos de provisión y habilitación electrónica de licencias gestionadas directamente en la plataforma de administración del fabricante.
En ese sentido, la Convocante considerará cumplido el requisito mediante la habilitación efectiva de las licencias en el tenant institucional, independientemente del mecanismo técnico utilizado para su provisión, siempre que se garantice:
- La correcta asignación de licencias a la institución,
- La trazabilidad y verificación en el entorno de administración,
- La vigencia y operatividad del servicio contratado.
Por lo tanto, la mención a "códigos de activación" no limita la participación a un modelo específico de entrega, sino que debe interpretarse como la obligación de garantizar la activación válida y comprobable de las licencias, conforme a las prácticas del fabricante.
En consecuencia, no se considera necesaria la modificación del PBC.