Se solicita la reconsideración de ciertos criterios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), específicamente en lo referente a los requisitos financieros exigidos como condición de admisión o evaluación.
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se establecen los siguientes indicadores financieros:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Consideramos que los niveles actualmente exigidos pueden limitar la participación de oferentes que, si bien presentan una situación financiera razonablemente saludable y cumplen con todos los demás requisitos técnicos y legales, podrían quedar excluidos por márgenes mínimos en estos indicadores.
Por ello, respetuosamente solicitamos que dichos parámetros sean ajustados como sigue:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,92, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Esta solicitud se fundamenta en la necesidad de promover una mayor concurrencia de oferentes, sin desvirtuar el análisis de la solvencia financiera, permitiendo que empresas con estabilidad económica y operativa comprobada puedan participar de manera competitiva.
Se solicita la reconsideración de ciertos criterios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), específicamente en lo referente a los requisitos financieros exigidos como condición de admisión o evaluación.
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se establecen los siguientes indicadores financieros:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Consideramos que los niveles actualmente exigidos pueden limitar la participación de oferentes que, si bien presentan una situación financiera razonablemente saludable y cumplen con todos los demás requisitos técnicos y legales, podrían quedar excluidos por márgenes mínimos en estos indicadores.
Por ello, respetuosamente solicitamos que dichos parámetros sean ajustados como sigue:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,92, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Esta solicitud se fundamenta en la necesidad de promover una mayor concurrencia de oferentes, sin desvirtuar el análisis de la solvencia financiera, permitiendo que empresas con estabilidad económica y operativa comprobada puedan participar de manera competitiva.
Con relación al requisito de “Ingeniero con certificación NSE7”, entendemos la importancia de contar con personal altamente calificado en soluciones de seguridad perimetral. No obstante, dicha certificación corresponde a un fabricante específico (Fortinet), lo cual podría limitar la participación de oferentes que cuentan con certificaciones equivalentes de otros fabricantes líderes (por ejemplo, Cisco, Palo Alto, Check Point), con niveles de complejidad y alcance similares.
Considerando los principios de libre concurrencia, igualdad y no discriminación establecidos en la normativa vigente, solicitamos respetuosamente se permita el cumplimiento de este requisito mediante certificaciones equivalentes de nivel avanzado en seguridad de redes.
Cabe destacar que existen múltiples certificaciones de nivel equivalente o superior en el ámbito de la seguridad de redes (por ejemplo, Cisco, Palo Alto, Check Point), que garantizan competencias técnicas comparables en diseño, implementación y operación de soluciones de seguridad perimetral.
Por lo expuesto, solicitamos formalmente la revisión y adecuación del requisito mencionado, proponiendo que el mismo sea reformulado de la siguiente manera:
“Al menos un (1) ingeniero con certificación de nivel avanzado en soluciones de seguridad de redes, emitida por fabricante reconocido o equivalente.”
Esta modificación permitiría garantizar el nivel técnico requerido sin restringir la participación de oferentes calificados, promoviendo así un proceso más competitivo y alineado con los principios de la normativa vigente
Con relación al requisito de “Ingeniero con certificación NSE7”, entendemos la importancia de contar con personal altamente calificado en soluciones de seguridad perimetral. No obstante, dicha certificación corresponde a un fabricante específico (Fortinet), lo cual podría limitar la participación de oferentes que cuentan con certificaciones equivalentes de otros fabricantes líderes (por ejemplo, Cisco, Palo Alto, Check Point), con niveles de complejidad y alcance similares.
Considerando los principios de libre concurrencia, igualdad y no discriminación establecidos en la normativa vigente, solicitamos respetuosamente se permita el cumplimiento de este requisito mediante certificaciones equivalentes de nivel avanzado en seguridad de redes.
Cabe destacar que existen múltiples certificaciones de nivel equivalente o superior en el ámbito de la seguridad de redes (por ejemplo, Cisco, Palo Alto, Check Point), que garantizan competencias técnicas comparables en diseño, implementación y operación de soluciones de seguridad perimetral.
Por lo expuesto, solicitamos formalmente la revisión y adecuación del requisito mencionado, proponiendo que el mismo sea reformulado de la siguiente manera:
“Al menos un (1) ingeniero con certificación de nivel avanzado en soluciones de seguridad de redes, emitida por fabricante reconocido o equivalente.”
Esta modificación permitiría garantizar el nivel técnico requerido sin restringir la participación de oferentes calificados, promoviendo así un proceso más competitivo y alineado con los principios de la normativa vigente
Agradecemos su precisión respecto al alcance del llamado; no obstante, le sugerimos remitirse a los términos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), ya que se ha considerado necesario mantener la exigencia técnica que la institución requiere, garantizando así que los servicios entregados cumplan con los niveles de disponibilidad y protección contra amenazas que solo un especialista certificado en la arquitectura específica puede asegurar de manera óptima.