Por medio de la presente, solicitamos respetuosamente a la Convocante considerar la modificación del requisito establecido para la acreditación de la capacidad financiera de los oferentes.
Actualmente, el Pliego de Bases y Condiciones exige la presentación de los Estados Financieros correspondientes a los ejercicios fiscales 2022, 2023 y 2024.
En atención a que ya se encuentra disponible información financiera más actualizada, sugerimos que dicho requisito sea modificado a la presentación de los Estados Financieros correspondientes a los ejercicios fiscales 2023, 2024 y 2025.
La presente solicitud se fundamenta en los siguientes aspectos:
Actualización de la información financiera: Los ejercicios 2023, 2024 y 2025 reflejan de manera más precisa la situación económica y financiera actual de los potenciales oferentes.
Mayor concurrencia y competitividad: La modificación permitiría la participación de empresas que cuentan con información financiera consolidada de los últimos tres ejercicios inmediatos, promoviendo una mayor competencia y participación dentro del sector.
Principio de igualdad y libre competencia: La utilización de información financiera más reciente contribuye a ampliar la base de oferentes potenciales, favoreciendo los principios de concurrencia, igualdad y participación que rigen las contrataciones públicas.
De:
GONZALEZ THORNE, RAFAEL EDUARDO
80137375-1 - GRUPO MEDEL E.A.S.
Consulta:
Por medio de la presente, solicitamos respetuosamente a la Convocante considerar la modificación del requisito establecido para la acreditación de la capacidad financiera de los oferentes.
Actualmente, el Pliego de Bases y Condiciones exige la presentación de los Estados Financieros correspondientes a los ejercicios fiscales 2022, 2023 y 2024.
En atención a que ya se encuentra disponible información financiera más actualizada, sugerimos que dicho requisito sea modificado a la presentación de los Estados Financieros correspondientes a los ejercicios fiscales 2023, 2024 y 2025.
La presente solicitud se fundamenta en los siguientes aspectos:
Actualización de la información financiera: Los ejercicios 2023, 2024 y 2025 reflejan de manera más precisa la situación económica y financiera actual de los potenciales oferentes.
Mayor concurrencia y competitividad: La modificación permitiría la participación de empresas que cuentan con información financiera consolidada de los últimos tres ejercicios inmediatos, promoviendo una mayor competencia y participación dentro del sector.
Principio de igualdad y libre competencia: La utilización de información financiera más reciente contribuye a ampliar la base de oferentes potenciales, favoreciendo los principios de concurrencia, igualdad y participación que rigen las contrataciones públicas.
En atención a la consulta formulada, la Convocante informa que no se acoge la solicitud de modificación del requisito de acreditación de la capacidad financiera.
La determinación de los ejercicios fiscales requeridos para la evaluación financiera constituye una facultad de la Convocante, ejercida conforme a la naturaleza, objeto y características de la presente contratación, garantizando la aplicación uniforme de los criterios de calificación a todos los potenciales oferentes.
En ese sentido, la exigencia de los Estados Financieros correspondientes a los ejercicios fiscales 2022, 2023 y 2024 permite realizar una evaluación objetiva, homogénea y comparable de la capacidad económica y financiera de los participantes, razón por la cual la Convocante considera que no existen fundamentos técnicos que justifiquen la modificación del requisito establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
En consecuencia, se ratifican las disposiciones del Pliego de Bases y Condiciones, las cuales permanecen invariables.
2
CAPACIDAD TECNICA
Solicitamos respetuosamente a la Convocante considerar la incorporación dentro de los requisitos de capacidad técnica la presentación de certificados vigentes de capacitación para trabajos en altura emitido por un instituto tecnico superior reconocido por el ministerio de educacion y ciencias del personal técnico que ejecutará las tareas objeto de la presente contratación.
La presente solicitud se fundamenta en que los equipos objeto del servicio corresponden a ascensores instalados en un edificio que cuenta con dos elevadores con un recorrido aproximado de 18 metros de altura, lo que implica la realización de actividades de inspección, mantenimiento, reparación y rescate en espacios donde existen riesgos asociados a trabajos en altura.
En ese sentido, la acreditación de capacitación específica en trabajos en altura constituye una medida que contribuye a:
- Garantizar la seguridad del personal técnico que realizará las intervenciones.
- Reducir riesgos de accidentes laborales durante la ejecución del contrato.
- Asegurar que los procedimientos de mantenimiento y rescate sean realizados conforme a buenas prácticas de seguridad ocupacional.
- Verificar que las empresas oferentes cuenten con recursos humanos capacitados para intervenir equipos instalados en edificios de varios niveles.
Por lo expuesto, solicitamos a la Convocante evaluar la inclusión del siguiente requisito:
"El oferente deberá presentar certificados vigentes de capacitación en trabajos en altura del personal técnico asignado a la ejecución del contrato, emitidos por un instituto tecnico superior reconocido por el ministerio de educacion y ciencias
Consideramos que dicha exigencia guarda directa relación con la naturaleza de los trabajos a ser ejecutados y contribuirá a una prestación más segura y eficiente del servicio.
De:
GONZALEZ THORNE, RAFAEL EDUARDO
80137375-1 - GRUPO MEDEL E.A.S.
Consulta:
Solicitamos respetuosamente a la Convocante considerar la incorporación dentro de los requisitos de capacidad técnica la presentación de certificados vigentes de capacitación para trabajos en altura emitido por un instituto tecnico superior reconocido por el ministerio de educacion y ciencias del personal técnico que ejecutará las tareas objeto de la presente contratación.
La presente solicitud se fundamenta en que los equipos objeto del servicio corresponden a ascensores instalados en un edificio que cuenta con dos elevadores con un recorrido aproximado de 18 metros de altura, lo que implica la realización de actividades de inspección, mantenimiento, reparación y rescate en espacios donde existen riesgos asociados a trabajos en altura.
En ese sentido, la acreditación de capacitación específica en trabajos en altura constituye una medida que contribuye a:
- Garantizar la seguridad del personal técnico que realizará las intervenciones.
- Reducir riesgos de accidentes laborales durante la ejecución del contrato.
- Asegurar que los procedimientos de mantenimiento y rescate sean realizados conforme a buenas prácticas de seguridad ocupacional.
- Verificar que las empresas oferentes cuenten con recursos humanos capacitados para intervenir equipos instalados en edificios de varios niveles.
Por lo expuesto, solicitamos a la Convocante evaluar la inclusión del siguiente requisito:
"El oferente deberá presentar certificados vigentes de capacitación en trabajos en altura del personal técnico asignado a la ejecución del contrato, emitidos por un instituto tecnico superior reconocido por el ministerio de educacion y ciencias
Consideramos que dicha exigencia guarda directa relación con la naturaleza de los trabajos a ser ejecutados y contribuirá a una prestación más segura y eficiente del servicio.
La Convocante agradece la observación formulada respecto a la incorporación, como requisito de capacidad técnica, de certificados vigentes de capacitación en trabajos en altura del personal técnico asignado a la ejecución del contrato.
Analizada la solicitud, esta Convocante considera que las Especificaciones Técnicas y los requisitos de capacidad técnica establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones resultan suficientes para garantizar la correcta ejecución del servicio objeto de la contratación.
Asimismo, corresponde señalar que la seguridad y salud ocupacional del personal que intervenga en la ejecución del contrato constituye una responsabilidad exclusiva del contratista, quien deberá adoptar todas las medidas de prevención, protección y seguridad exigidas por la normativa legal vigente, proporcionando al personal los equipos de protección personal, capacitación e instrucciones necesarias para el desarrollo seguro de las tareas.
En ese sentido, la incorporación del requisito propuesto podría constituir una limitación a la participación de potenciales oferentes al exigir una modalidad específica de acreditación que no resulta indispensable para evaluar la capacidad técnica de las empresas, sin perjuicio de la obligación que tendrá el adjudicatario de cumplir íntegramente con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en materia de seguridad y salud en el trabajo durante toda la ejecución contractual.
Por lo expuesto, la consulta no es acogida, manteniéndose inalterados los términos del Pliego de Bases y Condiciones.
3
visita tecnica
Por medio de la presente, nos dirigimos respetuosamente a esa Convocante en el marco de la Licitación N.º 479674 – LMC N.º 02/2026 “Servicio de Mantenimiento de Ascensores de la Sede Central del CAH”, a fin de solicitar la reprogramación de la visita técnica obligatoria establecida en el cronograma del procedimiento.
La presente solicitud se fundamenta en que, en la fecha fijada para la realización de la visita, el personal designado por la Convocante para acompañar dicha actividad ya no se encontraba prestando servicios en la institución. Asimismo, representantes de empresas interesadas fueron informados de que la visita técnica sería prorrogada y que debían permanecer atentos a las publicaciones efectuadas en el Portal de Contrataciones Públicas.
Sin embargo, hasta la fecha no se ha publicado modificación alguna respecto a la visita técnica ni se ha establecido una nueva fecha para su realización, situación que podría limitar la participación de potenciales oferentes y afectar los principios de igualdad, concurrencia y transparencia que rigen los procedimientos de contratación pública.
En ese sentido, solicitamos respetuosamente a esa Convocante se sirva disponer la reprogramación y publicación de una nueva fecha para la visita técnica, otorgando un plazo razonable que permita la participación de todos los interesados en igualdad de condiciones.
Sin otro particular, agradecemos la atención dispensada y quedamos a la espera de una respuesta favorable.
De:
aguero gimenez, nestor ramon
928577-6 - NESTOR RAMON AGUERO GIMENEZ
Consulta:
Por medio de la presente, nos dirigimos respetuosamente a esa Convocante en el marco de la Licitación N.º 479674 – LMC N.º 02/2026 “Servicio de Mantenimiento de Ascensores de la Sede Central del CAH”, a fin de solicitar la reprogramación de la visita técnica obligatoria establecida en el cronograma del procedimiento.
La presente solicitud se fundamenta en que, en la fecha fijada para la realización de la visita, el personal designado por la Convocante para acompañar dicha actividad ya no se encontraba prestando servicios en la institución. Asimismo, representantes de empresas interesadas fueron informados de que la visita técnica sería prorrogada y que debían permanecer atentos a las publicaciones efectuadas en el Portal de Contrataciones Públicas.
Sin embargo, hasta la fecha no se ha publicado modificación alguna respecto a la visita técnica ni se ha establecido una nueva fecha para su realización, situación que podría limitar la participación de potenciales oferentes y afectar los principios de igualdad, concurrencia y transparencia que rigen los procedimientos de contratación pública.
En ese sentido, solicitamos respetuosamente a esa Convocante se sirva disponer la reprogramación y publicación de una nueva fecha para la visita técnica, otorgando un plazo razonable que permita la participación de todos los interesados en igualdad de condiciones.
Sin otro particular, agradecemos la atención dispensada y quedamos a la espera de una respuesta favorable.
Se indica que la fecha, hora y lugar de la visita técnica obligatoria se encuentran publicados en el SICP, conforme al siguiente detalle:
Fecha de la visita técnica: 16 de julio de 2026.
Hora: 10:00 horas.
Lugar: Sede Central del CAH, ubicada en Carios N.º 362 esquina William Richardson, Asunción.
4
Fecha Visita Técnica
En el marco del proceso de la Licitación N.º 479674 – LMC N.º 02/2026 "Servicio de Mantenimiento de Ascensores de la Sede Central del CAH", nos dirigimos a la Convocante a fin de solicitar una aclaración respecto a la visita técnica obligatoria, atendiendo a las inconsistencias observadas entre lo manifestado durante la convocatoria y lo establecido en el cronograma del procedimiento.
Durante la fecha inicialmente prevista para la visita técnica, nuestro representante, al igual que los demás potenciales oferentes presentes, fue informado de que la misma sería reprogramada y que debíamos permanecer atentos a las publicaciones realizadas en el Portal de Contrataciones Públicas. En esa oportunidad se mencionó como posible nueva fecha el 06/07 del corriente.
Posteriormente, al asistir nuevamente al lugar, se informó verbalmente que la visita técnica se realizaría el 24/07. Sin embargo, dicha fecha coincide actualmente con la presentación y apertura de ofertas, por lo que resulta materialmente imposible que ambas actividades se desarrollen en esa misma fecha.
Asimismo, el Pliego de Bases y Condiciones, en el apartado correspondiente a la Visita Técnica, establece que esta deberá realizarse tres (3) días hábiles antes de la fecha límite para consultas, a las 10:00 horas. Considerando que el cronograma vigente fija el límite de consultas para el 21/07, se interpreta que la visita técnica debería realizarse el 16/07 a las 10:00 horas.
En ese sentido, solicitamos a la Convocante tenga a bien confirmar la fecha, hora y lugar oficiales en que se llevará a cabo la visita técnica obligatoria y, de corresponder, proceder a la actualización del cronograma del procedimiento, a fin de evitar confusiones y garantizar la igualdad de condiciones para todos los potenciales oferentes.
En el marco del proceso de la Licitación N.º 479674 – LMC N.º 02/2026 "Servicio de Mantenimiento de Ascensores de la Sede Central del CAH", nos dirigimos a la Convocante a fin de solicitar una aclaración respecto a la visita técnica obligatoria, atendiendo a las inconsistencias observadas entre lo manifestado durante la convocatoria y lo establecido en el cronograma del procedimiento.
Durante la fecha inicialmente prevista para la visita técnica, nuestro representante, al igual que los demás potenciales oferentes presentes, fue informado de que la misma sería reprogramada y que debíamos permanecer atentos a las publicaciones realizadas en el Portal de Contrataciones Públicas. En esa oportunidad se mencionó como posible nueva fecha el 06/07 del corriente.
Posteriormente, al asistir nuevamente al lugar, se informó verbalmente que la visita técnica se realizaría el 24/07. Sin embargo, dicha fecha coincide actualmente con la presentación y apertura de ofertas, por lo que resulta materialmente imposible que ambas actividades se desarrollen en esa misma fecha.
Asimismo, el Pliego de Bases y Condiciones, en el apartado correspondiente a la Visita Técnica, establece que esta deberá realizarse tres (3) días hábiles antes de la fecha límite para consultas, a las 10:00 horas. Considerando que el cronograma vigente fija el límite de consultas para el 21/07, se interpreta que la visita técnica debería realizarse el 16/07 a las 10:00 horas.
En ese sentido, solicitamos a la Convocante tenga a bien confirmar la fecha, hora y lugar oficiales en que se llevará a cabo la visita técnica obligatoria y, de corresponder, proceder a la actualización del cronograma del procedimiento, a fin de evitar confusiones y garantizar la igualdad de condiciones para todos los potenciales oferentes.
Se indica que la fecha, hora y lugar de la visita técnica obligatoria se encuentran publicados en el SICP, conforme al siguiente detalle:
Fecha de la visita técnica: 16 de julio de 2026.
Hora: 10:00 horas.
Lugar: Sede Central del CAH, ubicada en Carios N.º 362 esquina William Richardson, Asunción.
5
ITEM SOLICITADOS
LUEGO DE LA VISITA TECNICA , Y VERIFICANDO LOS ITEM DE REPUESTOS Y EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES LOS ITEM 3,4,5,6,61,62,63,64 TIENEN QUE SER COTIZADOS POR METRO Y NO POR UNIDAD, POR LO CUAL SE SOLICITA A LA CONVOCANTE ADENDAR ESTE REQUERIMIENTO PARA UNA CORRECTA EJECUCION DE TRABAJOS.
De:
GONZALEZ MORILLAS, SEBASTIAN SANTIAGO
80050419-4 - RENFE SA
Consulta:
LUEGO DE LA VISITA TECNICA , Y VERIFICANDO LOS ITEM DE REPUESTOS Y EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES LOS ITEM 3,4,5,6,61,62,63,64 TIENEN QUE SER COTIZADOS POR METRO Y NO POR UNIDAD, POR LO CUAL SE SOLICITA A LA CONVOCANTE ADENDAR ESTE REQUERIMIENTO PARA UNA CORRECTA EJECUCION DE TRABAJOS.
La Convocante informa que, analizada la consulta, se mantiene la unidad de medida establecida en el Pliego de Bases y Condiciones.
La descripción técnica y el alcance de los trabajos contenidos en los ítems cuestionados permiten a los potenciales oferentes formular sus ofertas de manera adecuada, considerando todos los materiales, mano de obra, equipos y demás costos necesarios para la correcta ejecución de los trabajos requeridos.
En consecuencia, no se considera necesaria la modificación de la unidad de medida ni la emisión de una adenda, debiendo los oferentes elaborar sus propuestas conforme a las especificaciones técnicas y demás documentos que integran el procedimiento de contratación.
La Convocante informa que, analizada la consulta, se mantiene la estructura mínima del desglose de composición de precios establecida en el Pliego de Bases y Condiciones.
La estructura requerida constituye un contenido mínimo de información y no impide que el oferente adecue y complemente la composición de precios conforme a las particularidades del servicio de mantenimiento de ascensores. En aquellos conceptos que no resulten aplicables, el oferente podrá consignar la expresión "No aplica (N/A)" o su equivalente, sin que ello afecte la evaluación de la oferta.
En consecuencia, no se considera necesaria la modificación del Pliego de Bases y Condiciones ni la emisión de una adenda.
6
COMPOSICION DE PRECIOS
SE LE SOLICITA A LA CONVOCANTE QUE EN LA ESTRUCTURA MINIMA DEL DESGLOSE DE COMPOSICION DE PRECIOS , MODIFICAR LOS PUNTOS DE INMUEBLES , VEHICULOS , MUEBLES , YA QUE ESTOS PUNTOS NO CORRESPONDEN PARA UN DESGLOSE DE SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES
De:
GONZALEZ MORILLAS, SEBASTIAN SANTIAGO
80050419-4 - RENFE SA
Consulta:
SE LE SOLICITA A LA CONVOCANTE QUE EN LA ESTRUCTURA MINIMA DEL DESGLOSE DE COMPOSICION DE PRECIOS , MODIFICAR LOS PUNTOS DE INMUEBLES , VEHICULOS , MUEBLES , YA QUE ESTOS PUNTOS NO CORRESPONDEN PARA UN DESGLOSE DE SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES
La Convocante informa que, analizada la consulta, se mantiene la estructura mínima del desglose de composición de precios establecida en el Pliego de Bases y Condiciones.
La estructura requerida constituye un contenido mínimo de información y no impide que el oferente adecue y complemente la composición de precios conforme a las particularidades del servicio de mantenimiento de ascensores. En aquellos conceptos que no resulten aplicables, el oferente podrá consignar la expresión "No aplica (N/A)" o su equivalente, sin que ello afecte la evaluación de la oferta.
En consecuencia, no se considera necesaria la modificación del Pliego de Bases y Condiciones ni la emisión de una adenda.
La Convocante informa que, analizada la consulta, se mantiene la estructura mínima del desglose de composición de precios establecida en el Pliego de Bases y Condiciones.
La estructura requerida constituye un contenido mínimo de información y no impide que el oferente adecue y complemente la composición de precios conforme a las particularidades del servicio de mantenimiento de ascensores. En aquellos conceptos que no resulten aplicables, el oferente podrá consignar la expresión "No aplica (N/A)" o su equivalente, sin que ello afecte la evaluación de la oferta.
En consecuencia, no se considera necesaria la modificación del Pliego de Bases y Condiciones ni la emisión de una adenda.