Consulta:
En relación con el requisito establecido en el apartado b) referente a la presentación de Curriculum Vitae de 2 (dos) personales técnicos, solicitamos se sirva aclarar el alcance del mismo.
Específicamente, se consulta:
Si los personales técnicos requeridos deberán contar con una formación profesional específica (por ejemplo, ingeniero, técnico electricista, maestro de obras u otra especialidad determinada), o si se aceptarán perfiles con experiencia comprobable en trabajos similares.
Si dichos personales deberán formar parte del plantel permanente de la empresa oferente o si podrán ser presentados como personal contratado o vinculado para la ejecución del servicio.
Si existe un mínimo de años de experiencia exigido para cada perfil técnico.
Qué tipo de referencias serán consideradas válidas (certificados de trabajo, contratos anteriores, cartas de recomendación, entre otros) y si deben cumplir algún formato específico.
Si las personas consignadas como referencia deberán estar disponibles para verificación directa por parte de la convocante.
Agradeceremos la aclaración de los puntos mencionados a fin de dar cumplimiento adecuado a los requisitos establecidos.