Consulta / Solicitud de aclaración y/o modificación al procedimiento de visita técnica obligatoria
En el apartado correspondiente a la visita técnica obligatoria (participación obligatoria: SÍ), se establece que:
El potencial oferente deberá presentar por mesa de entrada de la UOC, como máximo hasta las 07:15 hs del día fijado para la visita (24/03/2026), una nota de solicitud para participar, incluyendo descripción y número de ID del llamado, nombre y apellido de la/s persona/s autorizada/s, número de cédula de identidad y copia de la misma, así como copia de la constancia de RUC de la empresa.
Posteriormente, las personas autorizadas deberán presentarse en las oficinas de Planificación de Obras para luego desplazarse al lugar de la visita.
Este requisito implica dos desplazamientos presenciales obligatorios (uno temprano solo para entregar la nota en mesa de entrada y otro para la visita a las 09:00), lo cual genera costos innecesarios y dificultades logísticas para oferentes que residen lejos de la ciudad de Pilar (como es nuestro caso, ya que operamos desde [tu ciudad o zona, ej.: Asunción / otra localidad distante]).
En licitaciones anteriores de la misma Municipalidad, era posible presentarse directamente en el lugar y hora de la visita, labrándose el acta en el momento con los datos de los participantes, sin necesidad de nota previa presencial con horas de anticipación.
Fundamentos legales y de principios:
De conformidad con la Ley Nº 2051/2003 "De Contrataciones Públicas" (modificada por Ley 3439/2007 y disposiciones vigentes):
El Artículo 50 establece que en licitaciones de obras públicas, el pliego podrá prever la visita obligatoria al sitio, con el propósito de proporcionar información necesaria para preparar la oferta y cotizar precios adecuados. Sin embargo, no impone de manera obligatoria un procedimiento previo tan protocolizado (entrega física de nota con documentación hasta las 07:15 hs + presentación posterior), sino que deja la regulación del procedimiento al pliego particular.
Los principios rectores de la ley (Artículo 3) incluyen la economía y eficiencia en el uso de recursos públicos y de los oferentes, la simplificación de trámites, la modernización administrativa y la igualdad de oportunidades y libre competencia, evitando barreras innecesarias que puedan desincentivar la participación de oferentes calificados de otras localidades.
Por lo expuesto, solicitamos respetuosamente:
Aclaración sobre la posibilidad de flexibilizar el procedimiento, permitiendo:
El registro de asistencia y entrega de datos directamente en el lugar y hora de la visita (como se practicaba anteriormente), labrándose el acta allí mismo.
O alternativamente, la recepción de la nota de solicitud por medios electrónicos (correo institucional de la UOC, WhatsApp oficial o portal de la Municipalidad / DNCP si aplica), adjuntando las copias digitales de cédula y RUC.
En caso de no ser posible la flexibilización total, solicitamos la emisión de una adenda al llamado que modifique el procedimiento para hacerlo más accesible, sin afectar el objetivo de acreditar la participación y garantizar el conocimiento del sitio.
19-03-2026
26-03-2026
Consulta / Solicitud de aclaración y/o modificación al procedimiento de visita técnica obligatoria
En el apartado correspondiente a la visita técnica obligatoria (participación obligatoria: SÍ), se establece que:
El potencial oferente deberá presentar por mesa de entrada de la UOC, como máximo hasta las 07:15 hs del día fijado para la visita (24/03/2026), una nota de solicitud para participar, incluyendo descripción y número de ID del llamado, nombre y apellido de la/s persona/s autorizada/s, número de cédula de identidad y copia de la misma, así como copia de la constancia de RUC de la empresa.
Posteriormente, las personas autorizadas deberán presentarse en las oficinas de Planificación de Obras para luego desplazarse al lugar de la visita.
Este requisito implica dos desplazamientos presenciales obligatorios (uno temprano solo para entregar la nota en mesa de entrada y otro para la visita a las 09:00), lo cual genera costos innecesarios y dificultades logísticas para oferentes que residen lejos de la ciudad de Pilar (como es nuestro caso, ya que operamos desde [tu ciudad o zona, ej.: Asunción / otra localidad distante]).
En licitaciones anteriores de la misma Municipalidad, era posible presentarse directamente en el lugar y hora de la visita, labrándose el acta en el momento con los datos de los participantes, sin necesidad de nota previa presencial con horas de anticipación.
Fundamentos legales y de principios:
De conformidad con la Ley Nº 2051/2003 "De Contrataciones Públicas" (modificada por Ley 3439/2007 y disposiciones vigentes):
El Artículo 50 establece que en licitaciones de obras públicas, el pliego podrá prever la visita obligatoria al sitio, con el propósito de proporcionar información necesaria para preparar la oferta y cotizar precios adecuados. Sin embargo, no impone de manera obligatoria un procedimiento previo tan protocolizado (entrega física de nota con documentación hasta las 07:15 hs + presentación posterior), sino que deja la regulación del procedimiento al pliego particular.
Los principios rectores de la ley (Artículo 3) incluyen la economía y eficiencia en el uso de recursos públicos y de los oferentes, la simplificación de trámites, la modernización administrativa y la igualdad de oportunidades y libre competencia, evitando barreras innecesarias que puedan desincentivar la participación de oferentes calificados de otras localidades.
Por lo expuesto, solicitamos respetuosamente:
Aclaración sobre la posibilidad de flexibilizar el procedimiento, permitiendo:
El registro de asistencia y entrega de datos directamente en el lugar y hora de la visita (como se practicaba anteriormente), labrándose el acta allí mismo.
O alternativamente, la recepción de la nota de solicitud por medios electrónicos (correo institucional de la UOC, WhatsApp oficial o portal de la Municipalidad / DNCP si aplica), adjuntando las copias digitales de cédula y RUC.
En caso de no ser posible la flexibilización total, solicitamos la emisión de una adenda al llamado que modifique el procedimiento para hacerlo más accesible, sin afectar el objetivo de acreditar la participación y garantizar el conocimiento del sitio.
En atención a la consulta presentada respecto al procedimiento de la visita técnica obligatoria, se informa que el mismo ha sido establecido conforme a las necesidades del presente llamado, considerando que las dependencias de la Unidad Operativa de Contrataciones (UOC) y la Oficina de Planificación de Obras se encuentran ubicadas en el mismo edificio institucional, por lo que el encuentro previo y el posterior desplazamiento fueron organizados de manera a evitar dificultades en el acceso al lugar de la visita y minimizar costos adicionales significativos.
Asimismo, la exigencia de presentación previa de la nota permite a la Convocante identificar la cantidad de interesados y prever adecuadamente las condiciones logísticas de la visita, garantizando un desarrollo ordenado. En ese sentido, el procedimiento ha sido planificado con el objetivo de evitar inconvenientes entre los potenciales oferentes y unificar criterios en cuanto a la participación, acreditación y registro, asegurando un proceso transparente y equitativo.
Por otra parte, se aclara que la Ley N° 7021/2022 y las normativas vigentes contemplan la posibilidad de establecer la obligatoriedad de la visita técnica por parte de la Convocante, habiéndose comunicado dicha condición oportunamente en el Pliego de Bases y Condiciones y adjunto en Nota oficial en el portal en documentaciones con la respectiva justificación.
No obstante, se valoran las consideraciones expuestas en cuanto a la optimización de los procedimientos y actualización informática en la facilitación en la presentación de documentos, por lo que se deja constancia de que las observaciones realizadas serán tenidas en cuenta en futuras convocatorias, por la Institución en concordancia con los principios establecidos en la citada normativa.
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Consulta / Solicitud de aclaración y/o modificación al procedimiento de visita técnica obligatoria
En el apartado correspondiente a la visita técnica obligatoria (participación obligatoria: SÍ), se establece que:
El potencial oferente deberá presentar por mesa de entrada de la UOC, como máximo hasta las 07:15 hs del día fijado para la visita (24/03/2026), una nota de solicitud para participar, incluyendo descripción y número de ID del llamado, nombre y apellido de la/s persona/s autorizada/s, número de cédula de identidad y copia de la misma, así como copia de la constancia de RUC de la empresa.
Posteriormente, las personas autorizadas deberán presentarse en las oficinas de Planificación de Obras para luego desplazarse al lugar de la visita.
Este requisito implica dos desplazamientos presenciales obligatorios (uno temprano solo para entregar la nota en mesa de entrada y otro para la visita a las 09:00), lo cual genera costos innecesarios y dificultades logísticas para oferentes que residen lejos de la ciudad de Pilar (como es nuestro caso, ya que operamos desde Asunción).
En licitaciones anteriores de la misma Municipalidad, era posible presentarse directamente en el lugar y hora de la visita, labrándose el acta en el momento con los datos de los participantes, sin necesidad de nota previa presencial con horas de anticipación.
Fundamentos legales y de principios:
De conformidad con la Ley Nº 2051/2003 "De Contrataciones Públicas" (modificada por Ley 3439/2007 y disposiciones vigentes):
El Artículo 50 establece que en licitaciones de obras públicas, el pliego podrá prever la visita obligatoria al sitio, con el propósito de proporcionar información necesaria para preparar la oferta y cotizar precios adecuados. Sin embargo, no impone de manera obligatoria un procedimiento previo tan protocolizado (entrega física de nota con documentación hasta las 07:15 hs + presentación posterior), sino que deja la regulación del procedimiento al pliego particular.
Los principios rectores de la ley (Artículo 3) incluyen la economía y eficiencia en el uso de recursos públicos y de los oferentes, la simplificación de trámites, la modernización administrativa y la igualdad de oportunidades y libre competencia, evitando barreras innecesarias que puedan desincentivar la participación de oferentes calificados de otras localidades.
Por lo expuesto, solicitamos respetuosamente:
Aclaración sobre la posibilidad de flexibilizar el procedimiento, permitiendo:
El registro de asistencia y entrega de datos directamente en el lugar y hora de la visita (como se practicaba anteriormente), labrándose el acta allí mismo.
O alternativamente, la recepción de la nota de solicitud por medios electrónicos (correo institucional de la UOC, WhatsApp oficial o portal de la Municipalidad / DNCP si aplica), adjuntando las copias digitales de cédula y RUC.
En caso de no ser posible la flexibilización total, solicitamos la emisión de una adenda al llamado que modifique el procedimiento para hacerlo más accesible, sin afectar el objetivo de acreditar la participación y garantizar el conocimiento del sitio.
30-03-2026
31-03-2026
Consulta / Solicitud de aclaración y/o modificación al procedimiento de visita técnica obligatoria
En el apartado correspondiente a la visita técnica obligatoria (participación obligatoria: SÍ), se establece que:
El potencial oferente deberá presentar por mesa de entrada de la UOC, como máximo hasta las 07:15 hs del día fijado para la visita (24/03/2026), una nota de solicitud para participar, incluyendo descripción y número de ID del llamado, nombre y apellido de la/s persona/s autorizada/s, número de cédula de identidad y copia de la misma, así como copia de la constancia de RUC de la empresa.
Posteriormente, las personas autorizadas deberán presentarse en las oficinas de Planificación de Obras para luego desplazarse al lugar de la visita.
Este requisito implica dos desplazamientos presenciales obligatorios (uno temprano solo para entregar la nota en mesa de entrada y otro para la visita a las 09:00), lo cual genera costos innecesarios y dificultades logísticas para oferentes que residen lejos de la ciudad de Pilar (como es nuestro caso, ya que operamos desde Asunción).
En licitaciones anteriores de la misma Municipalidad, era posible presentarse directamente en el lugar y hora de la visita, labrándose el acta en el momento con los datos de los participantes, sin necesidad de nota previa presencial con horas de anticipación.
Fundamentos legales y de principios:
De conformidad con la Ley Nº 2051/2003 "De Contrataciones Públicas" (modificada por Ley 3439/2007 y disposiciones vigentes):
El Artículo 50 establece que en licitaciones de obras públicas, el pliego podrá prever la visita obligatoria al sitio, con el propósito de proporcionar información necesaria para preparar la oferta y cotizar precios adecuados. Sin embargo, no impone de manera obligatoria un procedimiento previo tan protocolizado (entrega física de nota con documentación hasta las 07:15 hs + presentación posterior), sino que deja la regulación del procedimiento al pliego particular.
Los principios rectores de la ley (Artículo 3) incluyen la economía y eficiencia en el uso de recursos públicos y de los oferentes, la simplificación de trámites, la modernización administrativa y la igualdad de oportunidades y libre competencia, evitando barreras innecesarias que puedan desincentivar la participación de oferentes calificados de otras localidades.
Por lo expuesto, solicitamos respetuosamente:
Aclaración sobre la posibilidad de flexibilizar el procedimiento, permitiendo:
El registro de asistencia y entrega de datos directamente en el lugar y hora de la visita (como se practicaba anteriormente), labrándose el acta allí mismo.
O alternativamente, la recepción de la nota de solicitud por medios electrónicos (correo institucional de la UOC, WhatsApp oficial o portal de la Municipalidad / DNCP si aplica), adjuntando las copias digitales de cédula y RUC.
En caso de no ser posible la flexibilización total, solicitamos la emisión de una adenda al llamado que modifique el procedimiento para hacerlo más accesible, sin afectar el objetivo de acreditar la participación y garantizar el conocimiento del sitio.
Se aclara que, considerando que la visita técnica ya ha sido realizada conforme al cronograma establecido en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), y que la prórroga del plazo de apertura responde exclusivamente a lo dispuesto en el Decreto N° 5694/2026, que declara asueto para el miércoles 1 de abril de 2026, no resulta procedente la modificación del procedimiento en esta etapa del proceso.
En consecuencia, se ratifica lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones. No obstante, la Convocante tomará en consideración lo planteado a efectos de evaluar la incorporación de mecanismos más ágiles en futuros llamados, en el marco de los principios de simplificación administrativa y modernización de la gestión pública