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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
dareco
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
14-04-2026 - 11:06
Fecha de Fin
16-04-2026 - 16:54
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
Reiteración. 1) Se recuerda a la convocante lo establecido en el artículo 468 del Decreto PGN 5311/26 acerca del SERVICIO DE TELEFONIA MÓVIL CORPORATIVO. No se visualiza que el presente proceso se encuentre dentro de los numerales autorizados. Se recuerda a la convocante lo indicado en dicha normativa: "Autorízase la contratación de servicios de telefonía celular corporativa exclusivamente para los funcionarios de los Organismos y Entidades del Estado (OEE), que, conforme a la naturaleza de sus funciones, cumplen tareas externas o fuera de la sede de la entidad. Los llamados realizados para la contratación de servicios de telefonía celular, se limitarán a la asignación de una línea de estos servicios a las personas que detenten los siguientes cargos: Presidente y Vicepresidente del Poder Ejecutivo, Ministros y funcionarios con rangos de Ministro, Viceministros del Poder Ejecutivo, Ministros de la Corte Suprema de Justicia, el Fiscal General del Estado, titulares de entes citados en el Inciso b) del Artículo 2° de la Ley Nº 7021/2022, Senadores y Diputados de la Nación, Contralor y Subcontralor General de la República, Defensor del Pueblo, Procurador General de la República, Presidente del Consejo de la Magistratura y Presidente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, Presidentes de las Juntas Departamentales, a los Comandantes de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas de la Nación y Oficiales Superiores desde el rango de Coronel y Capitán de Navío y Oficiales Generales". 3) Se consulta la pertinencia de solicitar lo siguiente: "Provisión de aparato telefónico inteligente, en la modalidad de comodato" considerando que la provisión del mismo no se encuentra cotizado así como teniendo en cuenta el OG utilizado.// 4) Se consulta la pertinencia de solicitar lo siguiente "Servicio de Televisión por Cable. //Se consulta la pertinencia de solicitar lo siguiente: "Provisión de aparato telefónico inteligente, en la modalidad de comodato" considerando que la provisión del mismo no se encuentra cotizado así como teniendo en cuenta el OG utilizado.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Servicio de internet - Autorización de la Dirección General de Empresas Públicas (DGEP) del Ministerio de Economía y Finanzas
Descripción
Verificado el llamado de referencia, se observa que se ha omitido la remisión de la Autorización de la Dirección General de Empresas Públicas (DGEP) del Ministerio de Economía y Finanzas para la realización de llamados para la contratación de Servicios de Internet. Se solicita la remisión de la mencionada Autorización para la publicación del llamado.
Comentario
En el caso del SERVICIO DE INTERNET se recuerda que Los Organismos y Entidades del Estado y Sociedades Anónimas con Participación Accionaria Mayoritaria del Estado contratarán los servicios de internet y VPN con COPACO S.A para el cumplimiento de las funciones propias de cada institución, en cuyo caso deberán imputarse al Subgrupo 210 Servicios Básicos; con excepción de la Corte Suprema de Justicia que conforme a su necesidad podrá optar por las modalidades establecidas en la Ley N° 7021/2022 «DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS», para contratar los servicios de internet. Los OEE podrán solicitar una excepción, a la obligación de contratar con COPACO SA. la cual deberá estar debidamente justificada. Las excepciones serán autorizadas por la Dirección General de Empresas Públicas (DGEP)". SE REALIZA ESTÁ OBSERVACIÓN CONSIDERANDO LO INDICADO EN LA CLAUSULA DE Identificación de la unidad solicitante y justificaciones de la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS del PBC.//

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 55, 56, 40, 45, 67 de la Ley N° 7021/22; Art. 105, 83, 102, del Decreto N° 2264/24; y demás disposiciones vigentes emitidas por la DNCP.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 152 del Decreto N.º 2264/24 y demás normas concordantes emitidas por la DNCP.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del, proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, la obtención de los mejores resultados y el logro de las metas propuestas, a través de la utilización adecuada de los recursos públicos. Consideración Normativa: Art. 4 inc. c) y 107 de la Ley de Suministro y Contrataciones Públicas N° 7021/22, Art. 56 del Decreto N.º 2264/24 y demás normas concordantes emitidas por la DNCP.