Consulta:
La exigencia de contar con un mínimo de diez (10) colaboradores dentro de la estructura de la empresa constituye una restricción que limita significativamente la participación de las MIPYMES.
Dicho requerimiento resulta desproporcionado en relación con la naturaleza de los servicios a ser contratados, generando una barrera de acceso que excluye a empresas que, si bien cuentan con la capacidad técnica y experiencia necesarias, no cumplen con este criterio de personal.
Solicitamos a la convocante la revisión de dicho requisito, a fin de garantizar una mayor inclusión y competitividad en el proceso.