Considerando que la normativa laboral no exige que el Técnico en Seguridad y Salud Ocupacional forme parte del plantel permanente de empleados, sino que las empresas cuenten con dicho profesional, solicitamos eliminar la exigencia de que el mismo integre el plantel de la empresa oferente.
En su reemplazo, solicitamos que se requiera la presentación del contrato vigente con la empresa oferente y el carnet que acredite su condición de Técnico en Seguridad y Salud Ocupacional.
De:
Chase Matosch, Abril de los Angeles
80106796-0 - BRILLOPAR S.R.L.
Consulta:
Considerando que la normativa laboral no exige que el Técnico en Seguridad y Salud Ocupacional forme parte del plantel permanente de empleados, sino que las empresas cuenten con dicho profesional, solicitamos eliminar la exigencia de que el mismo integre el plantel de la empresa oferente.
En su reemplazo, solicitamos que se requiera la presentación del contrato vigente con la empresa oferente y el carnet que acredite su condición de Técnico en Seguridad y Salud Ocupacional.
La Convocante considera necesario mantener los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones, atendiendo a la naturaleza, complejidad y continuidad de los servicios objeto de la presente contratación.
Los trabajos comprendidos en el servicio requieren la implementación y el seguimiento permanente de medidas de prevención y seguridad y salud en el trabajo, por lo que resulta necesario que el Técnico en Salud y Seguridad Ocupacional forme parte del plantel permanente del oferente, garantizando su disponibilidad durante toda la ejecución contractual.
Asimismo, el Decreto N.º 14.390/1992, en sus artículos 272 y 275, regula la organización de los servicios de seguridad y salud en el trabajo, estableciendo las condiciones para la organización de dichos servicios según la cantidad de trabajadores. Considerando que el servicio será prestado en dependencias del Ministerio de Economía y Finanzas, donde desarrollan actividades un importante número de funcionarios y personal afectado a la ejecución del contrato, la Convocante considera necesario mantener el criterio adoptado en el Pliego respecto a la vinculación permanente del profesional responsable.
Cabe señalar, además, que el presente Pliego no exige una antigüedad mínima del profesional dentro del plantel permanente de la empresa, sino únicamente que exista una vinculación laboral permanente al momento de la presentación de la oferta, requisito que la Convocante considera razonable y proporcional para garantizar la correcta ejecución del contrato.
En consecuencia, se mantienen sin modificaciones los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones.
2
Experiencia Requerida
En relación a la Experiencia menciona el punto 5. Los oferentes deberán acreditar la ejecución de
los servicios de limpieza institucional durante los últimos cinco (5) años. Asimismo, el oferente
deberá presentar al menos un (1) contrato cuyo monto ejecutado sea igual o superior al cincuenta
por ciento (50%) del monto total ofertado.
En ese sentido, solicitamos que se admita la acreditación del porcentaje requerido mediante la
presentación de uno (1) o más contratos, ejecutados y/o en ejecución, cuya sumatoria alcance o
supere el cincuenta por ciento (50%) del monto total ofertado, en observancia de los principios de
igualdad, libre competencia y amplia participación de oferentes, considerando que la capacidad
técnica y operativa de un oferente puede demostrarse mediante la ejecución simultánea o sucesiva
de varios contratos de similar naturaleza, sin que ello implique una menor aptitud para cumplir
satisfactoriamente con el objeto de la contratación.
De:
Afara Gonzalez, Ladislao Ruben
80082665-5 - CLEAN & CLEAN PARAGUAY SOCIEDAD ANONIMA
Consulta:
En relación a la Experiencia menciona el punto 5. Los oferentes deberán acreditar la ejecución de
los servicios de limpieza institucional durante los últimos cinco (5) años. Asimismo, el oferente
deberá presentar al menos un (1) contrato cuyo monto ejecutado sea igual o superior al cincuenta
por ciento (50%) del monto total ofertado.
En ese sentido, solicitamos que se admita la acreditación del porcentaje requerido mediante la
presentación de uno (1) o más contratos, ejecutados y/o en ejecución, cuya sumatoria alcance o
supere el cincuenta por ciento (50%) del monto total ofertado, en observancia de los principios de
igualdad, libre competencia y amplia participación de oferentes, considerando que la capacidad
técnica y operativa de un oferente puede demostrarse mediante la ejecución simultánea o sucesiva
de varios contratos de similar naturaleza, sin que ello implique una menor aptitud para cumplir
satisfactoriamente con el objeto de la contratación.
La Convocante ha analizado la solicitud presentada y considera que no corresponde modificar el requisito establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
La exigencia de acreditar la ejecución de al menos un (1) contrato cuyo monto ejecutado sea igual o superior al cincuenta por ciento (50%) del monto total ofertado tiene por finalidad verificar objetivamente que el oferente posee experiencia comprobable en la administración y ejecución integral de un servicio de magnitud, complejidad y características similares a las requeridas en la presente contratación.
La ejecución simultánea o sucesiva de varios contratos de menor cuantía no acredita necesariamente la capacidad técnica, administrativa, logística y operativa requerida para gestionar un contrato único de las dimensiones previstas en el presente procedimiento, el cual implica la coordinación simultánea de recursos humanos, materiales, supervisión, insumos y control de calidad en múltiples dependencias institucionales.
En consecuencia, la Convocante considera que el requisito establecido resulta razonable, proporcional, objetivo y directamente vinculado al objeto de la contratación, por lo que no se acepta la solicitud formulada y se mantiene sin modificaciones lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
3
Formulario - Planilla de Pago al Personal Jornada de 8,5 horas
Se observa que el Pliego prevé jornadas de 8,5 horas diarias para determinados grupos de personal;
sin embargo, la Convocante NO HA PROVEIDO el formulario de pago a personal correspondiente a
dicha jornada, a diferencia de otras jornadas que si, como por ejemplo la jornada de 6 (seis) horas,
en el cual ya se encuentra incorporado el importe del salario aplicable a dicho turno.
Se solicita aclarar si se emitirá el formulario respectivo o, en su defecto, indicar el criterio que
deberán adoptar los oferentes para su elaboración.
29-06-2026
01-07-2026
Formulario - Planilla de Pago al Personal Jornada de 8,5 horas
De:
Afara Gonzalez, Ladislao Ruben
80082665-5 - CLEAN & CLEAN PARAGUAY SOCIEDAD ANONIMA
Consulta:
Se observa que el Pliego prevé jornadas de 8,5 horas diarias para determinados grupos de personal;
sin embargo, la Convocante NO HA PROVEIDO el formulario de pago a personal correspondiente a
dicha jornada, a diferencia de otras jornadas que si, como por ejemplo la jornada de 6 (seis) horas,
en el cual ya se encuentra incorporado el importe del salario aplicable a dicho turno.
Se solicita aclarar si se emitirá el formulario respectivo o, en su defecto, indicar el criterio que
deberán adoptar los oferentes para su elaboración.
La Convocante ha analizado la consulta presentada y aclara que la Planilla de Pago al Personal constituye una Declaración Jurada elaborada por el oferente, quien deberá confeccionar la misma conforme a los criterios de cálculo previstos en el Pliego de Bases y Condiciones.
El PBC establece expresamente los parámetros para la determinación de la remuneración, incluyendo salario mínimo legal vigente, valor hora, jornadas laborales, horas extraordinarias, recargos por trabajo nocturno, feriados, aportes al Instituto de Previsión Social y demás conceptos laborales y de seguridad social aplicables, permitiendo elaborar la planilla correspondiente a cualquier jornada prevista en las Especificaciones Técnicas.
En consecuencia, la ausencia de un modelo específico para determinadas jornadas no impide la preparación de la oferta ni modifica las condiciones de cotización, por lo que no se acepta la solicitud formulada y se mantiene sin modificaciones lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
Sin embargo, se aclara que en el modelo de formulario se ha descrito los horarios solicitados según EETT, contemplando dentro del salario turno de 6 horas: DIURNAS (de 06:00 a 12:00 hs)// 8 horas: DIURNAS (de 06:00 a 14:00 hs.) - DIURNAS (de 06:00 a 14:30 hs.)// 9 horas: DIURNAS (de 06:00 a 12:00 y de 14:00 a 17:00 hs.) - DIURNAS (de 07:00 a 16:00 hs.)// 10 horas: DIURNAS (de 06:00 a 16:00 hs.) - DIURNAS (de 06:00 a 16:30 hs.) - DIURNAS (de 06:00 a 17:00 hs.) - DIURNAS (de 06:00 a 18:00 hs.).- Asimismo, se aclara que a los demás horario/s que no se adecue/n a las EETT, se deberá colocar "No Aplica".
4
Formulario - Planilla de Pago al Personal Jornada de 10,5 horas
Se observa que el Pliego prevé jornadas de 10,5 horas diarias para determinados grupos de personal;
sin embargo, la Convocante NO HA PROVEIDO el formulario de pago a personal correspondiente a
dicha jornada, a diferencia de otras jornadas que si, como por ejemplo la jornada de 6 (seis) horas,
en el cual ya se encuentra incorporado el importe del salario aplicable a dicho turno.
Se solicita aclarar si se emitirá el formulario respectivo o, en su defecto, indicar el criterio que
deberán adoptar los oferentes para su elaboración.
29-06-2026
01-07-2026
Formulario - Planilla de Pago al Personal Jornada de 10,5 horas
De:
Afara Gonzalez, Ladislao Ruben
80082665-5 - CLEAN & CLEAN PARAGUAY SOCIEDAD ANONIMA
Consulta:
Se observa que el Pliego prevé jornadas de 10,5 horas diarias para determinados grupos de personal;
sin embargo, la Convocante NO HA PROVEIDO el formulario de pago a personal correspondiente a
dicha jornada, a diferencia de otras jornadas que si, como por ejemplo la jornada de 6 (seis) horas,
en el cual ya se encuentra incorporado el importe del salario aplicable a dicho turno.
Se solicita aclarar si se emitirá el formulario respectivo o, en su defecto, indicar el criterio que
deberán adoptar los oferentes para su elaboración.
La Convocante ha analizado la consulta presentada y aclara que la Planilla de Pago al Personal constituye una Declaración Jurada elaborada por el oferente, quien deberá confeccionar la misma conforme a los criterios de cálculo previstos en el Pliego de Bases y Condiciones.
El PBC establece expresamente los parámetros para la determinación de la remuneración, incluyendo salario mínimo legal vigente, valor hora, jornadas laborales, horas extraordinarias, recargos por trabajo nocturno, feriados, aportes al Instituto de Previsión Social y demás conceptos laborales y de seguridad social aplicables, permitiendo elaborar la planilla correspondiente a cualquier jornada prevista en las Especificaciones Técnicas.
En consecuencia, la ausencia de un modelo específico para determinadas jornadas no impide la preparación de la oferta ni modifica las condiciones de cotización, por lo que no se acepta la solicitud formulada y se mantiene sin modificaciones lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
Sin embargo, se aclara que en el modelo de formulario se ha descrito los horarios solicitados según EETT, contemplando dentro del salario turno de 6 horas: DIURNAS (de 06:00 a 12:00 hs)// 8 horas: DIURNAS (de 06:00 a 14:00 hs.) - DIURNAS (de 06:00 a 14:30 hs.)// 9 horas: DIURNAS (de 06:00 a 12:00 y de 14:00 a 17:00 hs.) - DIURNAS (de 07:00 a 16:00 hs.)// 10 horas: DIURNAS (de 06:00 a 16:00 hs.) - DIURNAS (de 06:00 a 16:30 hs.) - DIURNAS (de 06:00 a 17:00 hs.) - DIURNAS (de 06:00 a 18:00 hs.).- Asimismo, se aclara que a los demás horario/s que no se adecue/n a las EETT, se deberá colocar "No Aplica".
5
Formulario - Planilla de Pago al Personal Jornada de 11 horas
Se observa que el Pliego prevé jornadas de 11 horas diarias para determinados grupos de personal;
sin embargo, la Convocante NO HA PROVEIDO el formulario de pago a personal correspondiente a
dicha jornada, a diferencia de otras jornadas que si, como por ejemplo la jornada de 6 (seis) horas,
en el cual ya se encuentra incorporado el importe del salario aplicable a dicho turno.
Se solicita aclarar si se emitirá el formulario respectivo o, en su defecto, indicar el criterio que
deberán adoptar los oferentes para su elaboración.
29-06-2026
01-07-2026
Formulario - Planilla de Pago al Personal Jornada de 11 horas
De:
Afara Gonzalez, Ladislao Ruben
80082665-5 - CLEAN & CLEAN PARAGUAY SOCIEDAD ANONIMA
Consulta:
Se observa que el Pliego prevé jornadas de 11 horas diarias para determinados grupos de personal;
sin embargo, la Convocante NO HA PROVEIDO el formulario de pago a personal correspondiente a
dicha jornada, a diferencia de otras jornadas que si, como por ejemplo la jornada de 6 (seis) horas,
en el cual ya se encuentra incorporado el importe del salario aplicable a dicho turno.
Se solicita aclarar si se emitirá el formulario respectivo o, en su defecto, indicar el criterio que
deberán adoptar los oferentes para su elaboración.
La Convocante ha analizado la consulta presentada y aclara que la Planilla de Pago al Personal constituye una Declaración Jurada elaborada por el oferente, quien deberá confeccionar la misma conforme a los criterios de cálculo previstos en el Pliego de Bases y Condiciones.
El PBC establece expresamente los parámetros para la determinación de la remuneración, incluyendo salario mínimo legal vigente, valor hora, jornadas laborales, horas extraordinarias, recargos por trabajo nocturno, feriados, aportes al Instituto de Previsión Social y demás conceptos laborales y de seguridad social aplicables, permitiendo elaborar la planilla correspondiente a cualquier jornada prevista en las Especificaciones Técnicas.
En consecuencia, la ausencia de un modelo específico para determinadas jornadas no impide la preparación de la oferta ni modifica las condiciones de cotización, por lo que no se acepta la solicitud formulada y se mantiene sin modificaciones lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
Sin embargo, se aclara que en el modelo de formulario se ha descrito los horarios solicitados según EETT, contemplando dentro del salario turno de 6 horas: DIURNAS (de 06:00 a 12:00 hs)// 8 horas: DIURNAS (de 06:00 a 14:00 hs.) - DIURNAS (de 06:00 a 14:30 hs.)// 9 horas: DIURNAS (de 06:00 a 12:00 y de 14:00 a 17:00 hs.) - DIURNAS (de 07:00 a 16:00 hs.)// 10 horas: DIURNAS (de 06:00 a 16:00 hs.) - DIURNAS (de 06:00 a 16:30 hs.) - DIURNAS (de 06:00 a 17:00 hs.) - DIURNAS (de 06:00 a 18:00 hs.).- Asimismo, se aclara que a los demás horario/s que no se adecue/n a las EETT, se deberá colocar "No Aplica".
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Formulario - Planilla de Pago al Personal Jornada de 12 horas
Se observa que el Pliego prevé jornadas de 12 horas diarias para determinados grupos de personal;
sin embargo, la Convocante NO HA PROVEIDO el formulario de pago a personal correspondiente a
dicha jornada, a diferencia de otras jornadas que si, como por ejemplo la jornada de 6 (seis) horas,
en el cual ya se encuentra incorporado el importe del salario aplicable a dicho turno.
Se solicita aclarar si se emitirá el formulario respectivo o, en su defecto, indicar el criterio que
deberán adoptar los oferentes para su elaboración.
29-06-2026
01-07-2026
Formulario - Planilla de Pago al Personal Jornada de 12 horas
De:
Afara Gonzalez, Ladislao Ruben
80082665-5 - CLEAN & CLEAN PARAGUAY SOCIEDAD ANONIMA
Consulta:
Se observa que el Pliego prevé jornadas de 12 horas diarias para determinados grupos de personal;
sin embargo, la Convocante NO HA PROVEIDO el formulario de pago a personal correspondiente a
dicha jornada, a diferencia de otras jornadas que si, como por ejemplo la jornada de 6 (seis) horas,
en el cual ya se encuentra incorporado el importe del salario aplicable a dicho turno.
Se solicita aclarar si se emitirá el formulario respectivo o, en su defecto, indicar el criterio que
deberán adoptar los oferentes para su elaboración.
La Convocante ha analizado la consulta presentada y aclara que la Planilla de Pago al Personal constituye una Declaración Jurada elaborada por el oferente, quien deberá confeccionar la misma conforme a los criterios de cálculo previstos en el Pliego de Bases y Condiciones.
El PBC establece expresamente los parámetros para la determinación de la remuneración, incluyendo salario mínimo legal vigente, valor hora, jornadas laborales, horas extraordinarias, recargos por trabajo nocturno, feriados, aportes al Instituto de Previsión Social y demás conceptos laborales y de seguridad social aplicables, permitiendo elaborar la planilla correspondiente a cualquier jornada prevista en las Especificaciones Técnicas.
En consecuencia, la ausencia de un modelo específico para determinadas jornadas no impide la preparación de la oferta ni modifica las condiciones de cotización, por lo que no se acepta la solicitud formulada y se mantiene sin modificaciones lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
Sin embargo, se aclara que en el modelo de formulario se ha descrito los horarios solicitados según EETT, contemplando dentro del salario turno de 6 horas: DIURNAS (de 06:00 a 12:00 hs)// 8 horas: DIURNAS (de 06:00 a 14:00 hs.) - DIURNAS (de 06:00 a 14:30 hs.)// 9 horas: DIURNAS (de 06:00 a 12:00 y de 14:00 a 17:00 hs.) - DIURNAS (de 07:00 a 16:00 hs.)// 10 horas: DIURNAS (de 06:00 a 16:00 hs.) - DIURNAS (de 06:00 a 16:30 hs.) - DIURNAS (de 06:00 a 17:00 hs.) - DIURNAS (de 06:00 a 18:00 hs.).- Asimismo, se aclara que a los demás horario/s que no se adecue/n a las EETT, se deberá colocar "No Aplica".
7
Actualización de Formularios
En caso de corresponder la aplicación del nuevo Salario Mínimo Legal vigente, se solicita a la Convocante informar si emitirá una versión actualizada de los formularios de pago al personal con los valores salariales ajustados, a fin de que todos los oferentes elaboren sus ofertas sobre una misma base de cálculo y bajo criterios uniformes.
De:
Afara Gonzalez, Ladislao Ruben
80082665-5 - CLEAN & CLEAN PARAGUAY SOCIEDAD ANONIMA
Consulta:
En caso de corresponder la aplicación del nuevo Salario Mínimo Legal vigente, se solicita a la Convocante informar si emitirá una versión actualizada de los formularios de pago al personal con los valores salariales ajustados, a fin de que todos los oferentes elaboren sus ofertas sobre una misma base de cálculo y bajo criterios uniformes.
La Convocante aclara que el Pliego de Bases y Condiciones establece expresamente que las remuneraciones consideradas en la Planilla de Pago al Personal no podrán ser inferiores al salario mínimo legal vigente para actividades diversas no especificadas en la República del Paraguay, debiendo los oferentes ajustar sus cálculos a la normativa vigente al momento de la presentación de sus ofertas.
En consecuencia, la actualización del Salario Mínimo Legal constituye una disposición de aplicación general y obligatoria, cuya observancia corresponde a cada oferente al momento de elaborar su oferta, sin que ello implique modificación alguna del Pliego de Bases y Condiciones.
Por lo tanto, el caso no amerita la emisión de adenda, sin embargo, corresponde al oferente contemplar la actualización en la planilla.
8
Capacidad Técnica - ISO 45001:2018
Se solicita a la convocante incluir el requisito de que cada oferente deberá contar con Certificación ISO 45001:2018
El pedido obedece A la magnitud y complejidad del servicio objeto de la presente contratación, que comprende la atención de múltiples edificios e instalaciones con características diversas, así como la ejecución de actividades que implican riesgos laborales significativos (trabajos en altura, utilización de maquinaria y equipos especializados, manipulación de productos químicos y coordinación de un importante número de trabajadores)
De:
Afara Gonzalez, Ladislao Ruben
80082665-5 - CLEAN & CLEAN PARAGUAY SOCIEDAD ANONIMA
Consulta:
Se solicita a la convocante incluir el requisito de que cada oferente deberá contar con Certificación ISO 45001:2018
El pedido obedece A la magnitud y complejidad del servicio objeto de la presente contratación, que comprende la atención de múltiples edificios e instalaciones con características diversas, así como la ejecución de actividades que implican riesgos laborales significativos (trabajos en altura, utilización de maquinaria y equipos especializados, manipulación de productos químicos y coordinación de un importante número de trabajadores)
La Convocante ha analizado la solicitud presentada y considera que no corresponde modificar los requisitos de capacidad técnica establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones. Los requisitos actualmente previstos resultan suficientes para acreditar la capacidad técnica y operativa de los oferentes, así como para garantizar la correcta ejecución del servicio y el cumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad y salud ocupacional previstas en la normativa vigente. La incorporación de la Certificación ISO 45001:2018 constituye un requisito adicional que no resulta indispensable para el cumplimiento del objeto de la contratación y modificaría las condiciones originalmente establecidas para la participación en el presente procedimiento, pudiendo restringir la concurrencia de potenciales oferentes sin una justificación técnica que lo amerite. En consecuencia, no se acepta la solicitud formulada y se mantiene sin modificaciones lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
9
Formulario - Salario Mínimo
Considerando que la fecha prevista para la presentación de ofertas es el 03 de julio de 2026 y que el Decreto N.º 6225 dispone el reajuste del SMLV con vigencia a partir del 01 de julio de 2026, se solicita a la Convocante una Adenda considerando lo expuesto a fin de ajustar el precio conforme a la nueva normativa o en su defecto aclarar si las ofertas económicas deberán elaborarse considerando el salario mínimo actualmente incorporado en los formularios del Pliego o si corresponde que los oferentes actualicen dicho importe conforme al nuevo salario mínimo legal vigente al momento de la presentación de ofertas.
De:
Afara Gonzalez, Ladislao Ruben
80082665-5 - CLEAN & CLEAN PARAGUAY SOCIEDAD ANONIMA
Consulta:
Considerando que la fecha prevista para la presentación de ofertas es el 03 de julio de 2026 y que el Decreto N.º 6225 dispone el reajuste del SMLV con vigencia a partir del 01 de julio de 2026, se solicita a la Convocante una Adenda considerando lo expuesto a fin de ajustar el precio conforme a la nueva normativa o en su defecto aclarar si las ofertas económicas deberán elaborarse considerando el salario mínimo actualmente incorporado en los formularios del Pliego o si corresponde que los oferentes actualicen dicho importe conforme al nuevo salario mínimo legal vigente al momento de la presentación de ofertas.
La Convocante aclara que, conforme al Pliego de Bases y Condiciones, la Planilla de Pago al Personal deberá elaborarse considerando el salario mínimo legal vigente para actividades diversas no especificadas en la República del Paraguay, así como las demás disposiciones laborales y de seguridad social aplicables al momento de la presentación de la oferta.
En consecuencia, corresponde a cada oferente elaborar su oferta observando la normativa vigente a la fecha de presentación de ofertas, sin que ello implique modificación del Pliego de Bases y Condiciones.
Por lo tanto, el caso no amerita la emisión de adenda, sin embargo, corresponde al oferente contemplar la actualización en la planilla/formulario que corresponda.