Por las características de la obra, 1000m² de tinglado. Una Ingeniera electromecánico esta calificada y habilitada para la visita técnica del sitio donde se realizara la obra?.
Por las características de la obra, 1000m² de tinglado. Una Ingeniera electromecánico esta calificada y habilitada para la visita técnica del sitio donde se realizara la obra?.
Reconsideración de condición excluyente para participación en visita técnica
La firma interesada en participar del presente llamado solicita la reconsideración del requisito de presentación de nota por mesa de entrada el día hábil anterior a la visita técnica, con copia autenticada de cédula, como condición excluyente para la participación en la misma. Entendemos que la finalidad de la visita técnica es que los potenciales oferentes tomen conocimiento suficiente del sitio de ejecución y cuenten con la información necesaria para preparar adecuadamente su oferta. No obstante, la exigencia de presentación física previa de una nota por mesa de entrada, sumada a la autenticación documental, constituye una carga administrativa que consideramos desproporcionada en relación con el objetivo perseguido. Cabe señalar que en procesos de similar o incluso mayor envergadura no se ha requerido dicho trámite previo como condición excluyente para la participación en visitas técnicas, bastando la acreditación en el lugar y la firma del acta correspondiente. En ese sentido, el requisito podría constituir una restricción innecesaria a la libre concurrencia de potenciales oferentes, afectando los principios de igualdad, razonabilidad y competencia efectiva. A fin de garantizar una mayor participación y transparencia en el proceso, solicitamos se evalúe permitir que aquellos oferentes que no hayan participado de la visita técnica puedan igualmente presentar, conjuntamente con su oferta, una Declaración Jurada firmada por el representante legal de la firma, donde conste que: Ha tomado conocimiento suficiente del sitio y condiciones de ejecución del contrato. Cuenta con la información necesaria para preparar su oferta. Renuncia expresamente a reclamos posteriores vinculados a la falta de información derivada de la no participación en la visita técnica. Subsidiariamente, solicitamos se considere la fijación de una nueva fecha de visita técnica sin la exigencia de presentación previa por mesa de entrada, permitiendo la acreditación directa en el lugar hasta la hora fijada. En caso de mantenerse el requisito en las condiciones actualmente previstas, solicitamos se sirvan exponer la fundamentación técnica y/o jurídica que sustente la necesidad de la presentación previa por mesa de entrada con carácter excluyente, a fin de comprender su razonabilidad y proporcionalidad dentro del presente proceso. Entendemos que las alternativas propuestas cumplen plenamente la finalidad del procedimiento, sin afectar los principios de igualdad, transparencia y libre competencia que rigen la contratación pública.
25-02-2026
05-03-2026
Reconsideración de condición excluyente para participación en visita técnica
La firma interesada en participar del presente llamado solicita la reconsideración del requisito de presentación de nota por mesa de entrada el día hábil anterior a la visita técnica, con copia autenticada de cédula, como condición excluyente para la participación en la misma. Entendemos que la finalidad de la visita técnica es que los potenciales oferentes tomen conocimiento suficiente del sitio de ejecución y cuenten con la información necesaria para preparar adecuadamente su oferta. No obstante, la exigencia de presentación física previa de una nota por mesa de entrada, sumada a la autenticación documental, constituye una carga administrativa que consideramos desproporcionada en relación con el objetivo perseguido. Cabe señalar que en procesos de similar o incluso mayor envergadura no se ha requerido dicho trámite previo como condición excluyente para la participación en visitas técnicas, bastando la acreditación en el lugar y la firma del acta correspondiente. En ese sentido, el requisito podría constituir una restricción innecesaria a la libre concurrencia de potenciales oferentes, afectando los principios de igualdad, razonabilidad y competencia efectiva. A fin de garantizar una mayor participación y transparencia en el proceso, solicitamos se evalúe permitir que aquellos oferentes que no hayan participado de la visita técnica puedan igualmente presentar, conjuntamente con su oferta, una Declaración Jurada firmada por el representante legal de la firma, donde conste que: Ha tomado conocimiento suficiente del sitio y condiciones de ejecución del contrato. Cuenta con la información necesaria para preparar su oferta. Renuncia expresamente a reclamos posteriores vinculados a la falta de información derivada de la no participación en la visita técnica. Subsidiariamente, solicitamos se considere la fijación de una nueva fecha de visita técnica sin la exigencia de presentación previa por mesa de entrada, permitiendo la acreditación directa en el lugar hasta la hora fijada. En caso de mantenerse el requisito en las condiciones actualmente previstas, solicitamos se sirvan exponer la fundamentación técnica y/o jurídica que sustente la necesidad de la presentación previa por mesa de entrada con carácter excluyente, a fin de comprender su razonabilidad y proporcionalidad dentro del presente proceso. Entendemos que las alternativas propuestas cumplen plenamente la finalidad del procedimiento, sin afectar los principios de igualdad, transparencia y libre competencia que rigen la contratación pública.
En atención a la consulta presentada, la Convocante informa que los interesados deberán ajustarse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones del presente llamado, documento que rige el procedimiento y establece de manera clara los requisitos, condiciones y modalidades para la participación en el mismo.
En ese sentido, el requisito relativo a la presentación de una nota por mesa de entrada el día hábil anterior a la visita técnica, acompañada de la copia autenticada de cédula de identidad, se encuentra expresamente previsto en el Pliego de Bases y Condiciones como condición para la participación en dicha actividad.
Asimismo, se deja constancia de que la publicación de la Convocatoria fue realizada en fecha 19 de febrero de 2026, estableciéndose posteriormente la visita técnica para el día 26 de febrero de 2026, plazo considerado suficiente para que los potenciales oferentes tomen conocimiento de las condiciones del proceso y den cumplimiento a los requisitos establecidos.
Cabe señalar que, conforme al principio de sujeción al Pliego de Bases y Condiciones, todos los potenciales oferentes deben adecuar su participación a las disposiciones allí establecidas, garantizando de esta manera la igualdad de condiciones entre los participantes y la transparencia del proceso.
En consecuencia, se mantiene vigente lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
3
VISITA DE OBRAS
Las exigencias establecidas en el PBC en cuanto a los requisitos exigidos para realización de la visita de Obras constituye una restricción innecesaria a la libre concurrencia de potenciales oferentes, afectando los principios de igualdad, razonabilidad y competencia efectiva.
La misma es considerada para dar mayor información al oferente que no conoce la zona de Obra, facilitar la preparación de la Oferta etc!!....pero en este caso en particular fue realizada con la única finalidad de limitar la participación, obstaculizando con requerimientos totalmente innecesarios y absurdos...considerando que las exigencias establecidas van en contravención a las normativas vigentes solicitamos el cambio de la misma por requerimientos razonables técnicamente y legalmente-
Las exigencias establecidas en el PBC en cuanto a los requisitos exigidos para realización de la visita de Obras constituye una restricción innecesaria a la libre concurrencia de potenciales oferentes, afectando los principios de igualdad, razonabilidad y competencia efectiva.
La misma es considerada para dar mayor información al oferente que no conoce la zona de Obra, facilitar la preparación de la Oferta etc!!....pero en este caso en particular fue realizada con la única finalidad de limitar la participación, obstaculizando con requerimientos totalmente innecesarios y absurdos...considerando que las exigencias establecidas van en contravención a las normativas vigentes solicitamos el cambio de la misma por requerimientos razonables técnicamente y legalmente-
En atención a la consulta presentada, la Convocante informa que los requisitos establecidos para la participación en la visita técnica se encuentran definidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), documento que rige el presente procedimiento de contratación y al cual deben ajustarse todos los potenciales oferentes.
Asimismo, se deja constancia de que la publicación de la Convocatoria fue realizada en fecha 19 de febrero de 2026, estableciéndose posteriormente la visita técnica para el día 26 de febrero de 2026, plazo considerado suficiente para que los interesados tomen conocimiento de las condiciones del proceso y den cumplimiento a los requisitos previstos para la participación en dicha actividad.
En ese sentido, la Convocante aclara que los requisitos establecidos para la realización de la visita técnica no tienen por finalidad restringir la participación, sino asegurar una adecuada organización de la actividad y la correcta identificación de los representantes de las firmas interesadas.
Cabe señalar que, conforme al principio de sujeción al Pliego de Bases y Condiciones, todos los interesados deben adecuar su participación a las disposiciones allí establecidas, garantizando de esta manera la igualdad de condiciones entre los potenciales oferentes y la transparencia del proceso.
En consecuencia, se mantiene vigente lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones
4
VISITA TECNICA
Solicitamos amablemente a la Convocante respetar el Pliego de Bases y Condiciones.
Esta solicitud se debe al gasto en la que incurrido los que hemos realizado la visita técnica en tiempo y forma.
Solicitamos amablemente a la Convocante respetar el Pliego de Bases y Condiciones.
Esta solicitud se debe al gasto en la que incurrido los que hemos realizado la visita técnica en tiempo y forma.
En atención a la consulta presentada, la Convocante informa que el presente procedimiento se rige por lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), documento que contiene las reglas y requisitos aplicables a todos los potenciales oferentes.
En ese sentido, se ratifica que las condiciones establecidas para la realización de la visita técnica fueron definidas previamente en el PBC y comunicadas oportunamente a todos los interesados.
Asimismo, se deja constancia de que la publicación de la Convocatoria fue realizada en fecha 19 de febrero de 2026, estableciéndose la visita técnica para el día 26 de febrero de 2026, plazo dentro del cual los potenciales oferentes pudieron tomar conocimiento de las condiciones del proceso y cumplir con los requisitos establecidos.
En consecuencia, se mantiene vigente lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones
5
Solicitud de prorroga
Solicitamos a la convocante una prórroga de 30 días para la preparación de la oferta.
En atención a la solicitud de prórroga por el plazo de treinta (30) días para la preparación de las ofertas, la Convocante informa que ha analizado el pedido en función del cronograma establecido y las necesidades propias del presente procedimiento de contratación.
Al respecto, se considera que los plazos previstos en el Pliego de Bases y Condiciones resultan adecuados y proporcionales para la preparación y presentación de las ofertas, teniendo en cuenta la naturaleza y complejidad del objeto contractual.
Asimismo, la publicación de la Convocatoria fue realizada en fecha 19 de febrero de 2026, otorgando a los potenciales oferentes el tiempo suficiente para la revisión de los documentos del llamado y la elaboración de sus propuestas.
En consecuencia, no se hace lugar a la solicitud de prórroga, manteniéndose el cronograma establecido en el Pliego de Bases y Condiciones
6
HORMIGON ARMADO
En la planilla de precios no se estipula el rubro escaleras. Tampoco se menciona en las EETT. Sin embargo, se observa en los planos.
CONSULTA: La construcción de la escalera correrá a cuenta de la contratista
En la planilla de precios no se estipula el rubro escaleras. Tampoco se menciona en las EETT. Sin embargo, se observa en los planos.
CONSULTA: La construcción de la escalera correrá a cuenta de la contratista
En atención a la consulta realizada, la Convocante informa que los oferentes deberán formular sus propuestas conforme a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), las Especificaciones Técnicas y los planos correspondientes, los cuales forman parte integral del llamado.
Al respecto, se aclara que, si bien el rubro "escaleras" no se encuentra expresamente consignado en la planilla de precios ni mencionado de manera específica en las Especificaciones Técnicas, dicho elemento se encuentra identificado en los planos del proyecto y, por tanto, forma parte del alcance técnico de la obra.
En consecuencia, la construcción de la escalera deberá ser considerada dentro del alcance contractual y deberá encontrarse incluida y presupuestada dentro de la oferta presentada por el contratista, conforme a la documentación técnica del llamado
7
Estudio de suelo
Podemos tener acceso al estudio de suelo. ¿O la realización correrá por cuenta del contratista?
En atención a la consulta realizada, la Convocante informa que el estudio de suelo, en caso de haber sido realizado previamente, forma parte de la documentación técnica disponible y podrá ser puesto a disposición de los interesados para su revisión.
Asimismo, se aclara que, en caso de que el Pliego de Bases y Condiciones, las Especificaciones Técnicas o los planos no establezcan expresamente la existencia de un estudio de suelos actualizado como parte de la documentación del llamado, la realización del mismo deberá ser considerada dentro del alcance y responsabilidad del contratista, si así lo requiere la correcta ejecución de la obra conforme a la normativa técnica aplicable.
En consecuencia, los oferentes deberán formular su propuesta considerando la documentación técnica disponible y los requerimientos establecidos en el PBC
8
Estructura de Hº Aº Escalera
Hemos realizado la siguiente consulta: “En la planilla de precios no se estipula el rubro escaleras. Tampoco se menciona en las EETT. Sin embargo, se observa en los planos. CONSULTA: La construcción de la escalera correrá a cuenta de la contratista”. La respuesta de la convocante a esta consulta se puede interpretar que la obra no es por precio unitario sino ajuste alzado, por que dice asi: “Al respecto, se aclara que, si bien el rubro "escaleras" no se encuentra expresamente consignado en la planilla de precios ni mencionado de manera específica en las Especificaciones Técnicas, dicho elemento se encuentra identificado en los planos del proyecto y, por tanto, forma parte del alcance técnico de la obra. En consecuencia, la construcción de la escalera deberá ser considerada dentro del alcance contractual y deberá encontrarse incluida y presupuestada dentro de la oferta presentada por el contratista, conforme a la documentación técnica del llamado”. &&&Como oferente, todo el PBC con sus EETT y planilla de precio unitario, interpretamos que el compromiso contractual será pagado por precio unitario. En que rubro debemos incluir la construcción de la escalera que tiene un sobre costo diferenciado a los otros items de Hº Aº indicados en la planilla de precios de la oferta?. Solicitamos a la convocante aclarar esta duda en la brevedad posible.
Hemos realizado la siguiente consulta: “En la planilla de precios no se estipula el rubro escaleras. Tampoco se menciona en las EETT. Sin embargo, se observa en los planos. CONSULTA: La construcción de la escalera correrá a cuenta de la contratista”. La respuesta de la convocante a esta consulta se puede interpretar que la obra no es por precio unitario sino ajuste alzado, por que dice asi: “Al respecto, se aclara que, si bien el rubro "escaleras" no se encuentra expresamente consignado en la planilla de precios ni mencionado de manera específica en las Especificaciones Técnicas, dicho elemento se encuentra identificado en los planos del proyecto y, por tanto, forma parte del alcance técnico de la obra. En consecuencia, la construcción de la escalera deberá ser considerada dentro del alcance contractual y deberá encontrarse incluida y presupuestada dentro de la oferta presentada por el contratista, conforme a la documentación técnica del llamado”. &&&Como oferente, todo el PBC con sus EETT y planilla de precio unitario, interpretamos que el compromiso contractual será pagado por precio unitario. En que rubro debemos incluir la construcción de la escalera que tiene un sobre costo diferenciado a los otros items de Hº Aº indicados en la planilla de precios de la oferta?. Solicitamos a la convocante aclarar esta duda en la brevedad posible.
Al respecto, la Convocante aclara que el presente llamado se rige por la modalidad de contratación por precios unitarios, conforme a la planilla de precios establecida en el Pliego de Bases y Condiciones.
Si bien el rubro "escaleras" no se encuentra individualizado como ítem específico dentro de la planilla de precios ni mencionado expresamente en las Especificaciones Técnicas, dicho elemento se encuentra representado en los planos del proyecto y forma parte del alcance técnico de la obra.
En consecuencia, los oferentes deberán considerar la ejecución de la escalera dentro de los ítems de Hormigón Armado (Hº Aº) previstos en la planilla de precios, imputando los costos correspondientes dentro de dichos rubros, de acuerdo con su análisis de precios y la documentación técnica del llamado.
Se deja constancia de que no se modifica la modalidad de contratación, manteniéndose el esquema de precios unitarios, por lo que el pago de los trabajos se realizará conforme a las cantidades efectivamente ejecutadas y certificadas de los ítems correspondientes
9
Acometida Energia Electrica
Item 75. Alimentación a tableros.
Unidad 50,00. Unidad: Unidad
Del PBC. Todos los materiales a instalarse, deberán ser nuevos de marca de reconocido prestigio y conforme a la norma técnica de la ANDE... &&&Consulta: La unidad de medida no tendría que ser metros?. Si es así favor corregir la planilla. ¿Incluye la construcción de pilar para equipo de medición ANDE y la gestión y pago ante ANDE para la conexión?.
Item 75. Alimentación a tableros.
Unidad 50,00. Unidad: Unidad
Del PBC. Todos los materiales a instalarse, deberán ser nuevos de marca de reconocido prestigio y conforme a la norma técnica de la ANDE... &&&Consulta: La unidad de medida no tendría que ser metros?. Si es así favor corregir la planilla. ¿Incluye la construcción de pilar para equipo de medición ANDE y la gestión y pago ante ANDE para la conexión?.
figura como Unidad, se aclara lo siguiente:
1. Unidad de medida
La unidad de medida establecida como "Unidad" corresponde a cada alimentación completa a tablero, entendiéndose por tal el conjunto de provisión, instalación y conexión de conductores, cañerías, accesorios, protecciones y demás elementos necesarios para la correcta alimentación eléctrica del tablero correspondiente, conforme a los planos y a las Especificaciones Técnicas.
Por lo tanto, no corresponde su medición en metros, ya que el ítem contempla el sistema completo de alimentación.
2. Alcance del ítem
El ítem incluye todos los materiales, mano de obra, accesorios, canalizaciones, conductores, fijaciones, pruebas y puesta en servicio necesarios para la correcta ejecución de la alimentación eléctrica a los tableros, conforme a la normativa vigente y a las especificaciones del proyecto.
3. Pilar de medición y gestiones ante ANDE
La construcción del pilar para el equipo de medición, así como las gestiones administrativas, costos de conexión, tasas o pagos requeridos por la ANDE, no se encuentran incluidos en el presente ítem, salvo que estén expresamente indicados en otro rubro de la planilla de precios o en la documentación técnica del llamado.
Los oferentes deberán elaborar su propuesta considerando la totalidad de la documentación del llamado, incluyendo planos, Especificaciones Técnicas y Planilla de Precios, a efectos de determinar correctamente el alcance de cada ítem
10
Aberturas Peatonal y Vehicular; Accesorios basquetbol.
&&& Las puertas acceso peatonal y el portón acceso vehicular se observan en los planos; también el tablero y aro basquetbol, pero no en la planilla de precios ni en la EETT. &&&Solicitamos aclaración sobre estos puntos para saber si se incluye o no en nuestro presupuesto y en que ítems, sí corresponde.
06-03-2026
09-03-2026
Aberturas Peatonal y Vehicular; Accesorios basquetbol.
&&& Las puertas acceso peatonal y el portón acceso vehicular se observan en los planos; también el tablero y aro basquetbol, pero no en la planilla de precios ni en la EETT. &&&Solicitamos aclaración sobre estos puntos para saber si se incluye o no en nuestro presupuesto y en que ítems, sí corresponde.
En relación con la consulta referente a las puertas de acceso peatonal, portón de acceso vehicular, tablero y aro de básquetbol, que se observan en los planos del proyecto pero no se encuentran individualizados en la planilla de precios ni mencionados específicamente en las Especificaciones Técnicas, se aclara lo siguiente:
Los elementos mencionados forman parte de la documentación gráfica del proyecto y deberán ser considerados dentro del alcance general de la obra, siempre que se encuentren representados en los planos correspondientes.
En consecuencia, los oferentes deberán contemplar dichos componentes dentro de su análisis de precios, imputando los costos en los ítems que guarden mayor relación con su naturaleza constructiva, tales como:
- Puerta de acceso peatonal y portón de acceso vehicular: dentro de los ítems correspondientes a herrería metálica / portones / estructuras metálicas, según corresponda.
- Tablero y aro de básquetbol: dentro de los ítems relacionados con equipamiento deportivo o estructuras metálicas, según su composición.
Se aclara igualmente que no se modifica la modalidad de contratación, la cual se mantiene bajo el sistema de precios unitarios, por lo que los trabajos serán certificados y pagados conforme a los ítems establecidos en la planilla de precios del llamado.
Los oferentes deberán considerar la totalidad de la documentación del proyecto (planos, especificaciones técnicas y planilla de precios) para la correcta elaboración de sus ofertas