Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Requisitos de participacion Documentaciones para evaluar la experiencia gral y especifica En el punto “Requisitos de participacion y evaluacion”. (Requisitos documentales para evaluar los presentes criterios de experiencia general y especifica en obras), del Pliego de Bases y Condiciones se establece como requisito: Certificación ISO 9001 - 14001 . Al respecto, se formula la presente consulta y observación, con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 4° de la Ley N.º 7021/2022, los procedimientos de suministro y contrataciones públicas deberán observar los principios de igualdad de trato, libre competencia, transparencia, eficiencia y razonabilidad. Además, en virtud del Artículo 19° de la misma Ley, los oferentes deberán acreditar capacidad económica, financiera y técnica o profesional “de acuerdo a las condiciones establecidas en las bases de la contratación y la normativa legal vigente”, Ley N.º 7021/2022 “De Suministro y Contrataciones Públicas”. Estas normas establecen que los procedimientos de contratación deberán regirse por los principios de igualdad, libre competencia, concurrencia y razonabilidad, y que los requisitos de participación deben guardar proporcionalidad con el objeto de la contratación, de modo a no restringir injustificadamente la participación de oferentes calificados. En tal sentido, la exigencia de que el oferente presente, Certificación ISO 9001 - 14001 , podría resultar restrictiva e incompatible con el principio de igualdad y libre competencia, especialmente en el caso de organizaciones u oferentes , si bien no cuenta con la Certificacion solicitada, cuentan con solvencia técnica y capacidad económica suficiente para ejecutar el contrato. Este tipo de condición favorece indebidamente a ciertos tipos de oferentes, en detrimento de otros con experiencia técnica y respaldo institucional. Es así que, se solicita reconsiderar o reformular dicho requisito, de modo que la evaluación de la Experiencia contemple indicadores objetivos de solvencia, en coherencia con la naturaleza y el objeto de la contratación, y conforme a los principios establecidos en la Ley N.º 7021/2022. 04-02-2026
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