Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
11 Certificado de Origen Nacional Se solicita la revisión de la aplicación del Certificado de Origen Nacional, dado que el presente llamado se lleva a cabo en modalidad "Licitación Pública Nacional", además de que se trata de un servicio y no de bienes a proveer, con lo cual la utilización del Certificado de Origen Nacional no aplica, sin embargo, en el documento base de contratación exige la presentación. 28-01-2026 16-02-2026
12 EXPERIENCIA DEL PROFESIONAL PROPUESTO Consulto, si para las experiencias de los profesionales propuestos, podrian ser validas tambien constancias de trabajo 28-01-2026 16-02-2026
13 Profesional Esp de Señales debiles Segun el perfil tecnico minimo, pueden ser profesionales en Ing. Civil, Mecanica, Electromecanica o Electronica Consulto, si se puede aclarar, las exigencias del carnet de la ANDE Cat A,puesto que los prof Electronicos, tienen carnet de conatel, se solicta la equiparacion de ese carnet al de ANDE para el Ing.Electronico 04-02-2026 16-02-2026
14 Certificado de Origen Nacional Se solicita respetuosamente a la Convocante la revisión de la respuesta emitida a la Consulta N° 11. La consulta presentada en fecha 28/01 se refería específicamente a la revisión de la exigencia del Certificado de Origen Nacional, considerando que el presente proceso corresponde a una Licitación Pública Nacional para la contratación de servicios de consultoría, no de provisión de bienes, y que el Pliego de Bases y Condiciones menciona sobre la presentación del citado certificado. En fecha de hoy, la Convocante respondió remitiéndose al Artículo 50 de la Resolución DNCP N° 230/2025, indicando que, cuando se prorrogue el plazo de consultas por motivo de una adenda modificatoria, solo se analizarán consultas relativas al contenido de la adenda, solicitando remitirse al PBC. Al respecto, cabe señalar que: 1. La Consulta N° 11 fue presentada con fecha 28/01, con anterioridad a la emisión de la Primera Adenda (09/02). 2. La materia consultada no fue objeto de modificación en ninguna de las adendas emitidas. En consecuencia, la consulta no se encontraba vinculada al contenido de una adenda modificatoria, sino a una disposición originalmente contenida en el PBC. En ese sentido, se entiende que la aplicación del Artículo 50 de la Resolución DNCP N° 230/2025 no resultaría pertinente al caso planteado, por lo que agradeceremos se sirvan emitir una respuesta de fondo respecto a la presentación del Certificado de Origen Nacional en el presente proceso. Ello a fin de evitar interpretaciones dispares y garantizar la adecuada preparación de las propuestas. 16-02-2026 24-02-2026
15 Experiencia del Plantel Técnico. ¿Se podría considerar como experiencia la revisión de diseños finales de ingeniería o la fiscalización de diseños finales de ingeniera? 20-02-2026 24-02-2026
16 Aclaración. Favor aclarar en que sobre debe ir el Certificado de Origen Nacional. 23-02-2026 24-02-2026
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