En la Sección “Capacidad Técnica”, punto 4, se establece expresamente que: “El Oferente deberá contar con la Autorización del Fabricante, o del Representante, o del Distribuidor.” Sin embargo, en la Sección “Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica”, punto 4, se dispone que: Los documentos emitidos en el extranjero deben estar debidamente legalizados y consularizados. Serán considerados válidos los documentos apostillados…
En virtud de lo expuesto, solicitamos amablemente que en los casos de presentación de la Autorización del Representante o del Distribuidor local, sea aceptada como válida la acreditación de dicha condición mediante información pública oficial del fabricante (por ejemplo, la página web de la marca “Fortinet Partner Locator” https://partnerportal.fortinet.com/directory/search?l=Paraguay), sin que resulte obligatoria la legalización o apostilla del documento, siempre que se pueda verificar fehacientemente el vínculo de autorización con la marca Fortinet.
Lo solicitado es considerando que la exigencia de legalización o apostilla podría resultar excesiva o no proporcional, atendiendo a que el documento no reviste carácter público ni notarial, sino comercial, y dicha condición puede ser corroborada directamente en fuentes oficiales del fabricante de libre acceso.
En la Sección “Capacidad Técnica”, punto 4, se establece expresamente que: “El Oferente deberá contar con la Autorización del Fabricante, o del Representante, o del Distribuidor.” Sin embargo, en la Sección “Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica”, punto 4, se dispone que: Los documentos emitidos en el extranjero deben estar debidamente legalizados y consularizados. Serán considerados válidos los documentos apostillados…
En virtud de lo expuesto, solicitamos amablemente que en los casos de presentación de la Autorización del Representante o del Distribuidor local, sea aceptada como válida la acreditación de dicha condición mediante información pública oficial del fabricante (por ejemplo, la página web de la marca “Fortinet Partner Locator” https://partnerportal.fortinet.com/directory/search?l=Paraguay), sin que resulte obligatoria la legalización o apostilla del documento, siempre que se pueda verificar fehacientemente el vínculo de autorización con la marca Fortinet.
Lo solicitado es considerando que la exigencia de legalización o apostilla podría resultar excesiva o no proporcional, atendiendo a que el documento no reviste carácter público ni notarial, sino comercial, y dicha condición puede ser corroborada directamente en fuentes oficiales del fabricante de libre acceso.
La exigencia de que los documentos emitidos en el extranjero se encuentren debidamente legalizados o apostillados tiene por finalidad asegurar su validez jurídica y permitir su adecuada verificación en el marco del proceso de evaluación. En ese sentido, corresponde que dicho requisito sea cumplido al momento de la presentación de las ofertas, a fin de resguardar la igualdad de condiciones entre los oferentes y la correcta aplicación de los criterios establecidos en las bases de la contratación. Favor remitirse a lo establecido en el PBC.
12
Capacidad Técnica / Punto 4
En la práctica operativa vigente de la marca Fortinet, las cartas de autorización, certificados de partner o revendedor autorizado son emitidas exclusivamente de forma electrónica, a través de su portal oficial de partners y por lo general no se someten a procesos de legalización consular ni apostilla, por tratarse de documentos privados de naturaleza comercial y digital.
Asimismo, dichas cartas incluyen expresamente referencias y enlaces al portal oficial de Fortinet, donde puede verificarse en línea y en tiempo real la condición de Partner / Distributor autorizado del oferente o del emisor de la autorización.
Por lo expuesto, consultamos si será aceptada como válida la Autorización emitida electrónicamente por Fortinet (o por su Partner/Distribuidor autorizado), acompañada de información pública oficial del fabricante que permita verificar dicha condición en su portal de partners, sin exigir legalización consular ni apostilla del documento.
En la práctica operativa vigente de la marca Fortinet, las cartas de autorización, certificados de partner o revendedor autorizado son emitidas exclusivamente de forma electrónica, a través de su portal oficial de partners y por lo general no se someten a procesos de legalización consular ni apostilla, por tratarse de documentos privados de naturaleza comercial y digital.
Asimismo, dichas cartas incluyen expresamente referencias y enlaces al portal oficial de Fortinet, donde puede verificarse en línea y en tiempo real la condición de Partner / Distributor autorizado del oferente o del emisor de la autorización.
Por lo expuesto, consultamos si será aceptada como válida la Autorización emitida electrónicamente por Fortinet (o por su Partner/Distribuidor autorizado), acompañada de información pública oficial del fabricante que permita verificar dicha condición en su portal de partners, sin exigir legalización consular ni apostilla del documento.
Los documentos de origen extranjero deben necesariamente contar con el apostillado, dicho documento debe ser presentado conforme se solicita en el pliego de bases y condiciones. Todo oferente interesado en el presente proceso de licitación debe cumplir con el requisito establecido en el pliego de bases y condiciones y el mismo será aplicable tanto para documentación electrónica o en formato papel. Favor remitirse al PBC.
13
Entrega de bienes
Favor tener reconsideración con el plazo de 40 días hábiles. el mismo resulta insuficiente para lograr cumplirlo. Considerar 60 días hábiles permitirá una mayor participación de potenciales oferentes.
Favor tener reconsideración con el plazo de 40 días hábiles. el mismo resulta insuficiente para lograr cumplirlo. Considerar 60 días hábiles permitirá una mayor participación de potenciales oferentes.
En razón de lo dispuesto en el Art. 50 de la Resolución DNCP N° 230/25, se solicita remitirse al Pliego de Bases y Condiciones, considerando que la consulta no guarda relación con el contenido de la Adenda publicada.