En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Suministros Requeridos y Especificaciones técnicas, se solicita:
Plan de entrega de los bienes
El plazo máximo para la entrega de los bienes será de 30 (treinta) días calendario, computados a partir del día siguiente hábil de la recepción de la orden de compra por parte del proveedor.
Al respecto, y en vista a que los bienes solicitados corresponden a características específicas definidas especialmente para este proceso licitatorio, además que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los bienes licitados arriben a Paraguay, se solicita a la convocante establecer el plazo de entrega de los equipos a un mínimo de 60 (sesenta) días calendarios contados a partir de la fecha de recepción de la Orden de Compra. Esto aseguraría el suministro oportuno de productos de alta calidad que satisfagan las necesidades institucionales, especialmente aquellas relacionadas con las operaciones asociadas al uso de estos bienes.
Esta solicitud garantizará que la entidad convocante reciba los productos necesarios de manera eficiente, fomentando al mismo tiempo la competencia y asegurando el uso eficiente de los recursos estatales.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferente…”, en concordancia con lo establecido en el artículo 58 del Decreto Reglamentario N° 2264/2024, el cual dispone: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes”. Esto condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso d) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el Art. 65 del Decreto Reglamentario 2264/24 que dispone: “La convocante podrá introducir modificaciones a la convocatoria y a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajusten a los parámetros establecidos en la Ley. Las modificaciones deberán quedar asentadas mediante adendas que formarán parte integrante de la convocatoria y los pliegos de bases y condiciones, y serán difundidas a través del SICP, por el plazo que determine la DNCP”.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Suministros Requeridos y Especificaciones técnicas, se solicita:
Plan de entrega de los bienes
El plazo máximo para la entrega de los bienes será de 30 (treinta) días calendario, computados a partir del día siguiente hábil de la recepción de la orden de compra por parte del proveedor.
Al respecto, y en vista a que los bienes solicitados corresponden a características específicas definidas especialmente para este proceso licitatorio, además que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los bienes licitados arriben a Paraguay, se solicita a la convocante establecer el plazo de entrega de los equipos a un mínimo de 60 (sesenta) días calendarios contados a partir de la fecha de recepción de la Orden de Compra. Esto aseguraría el suministro oportuno de productos de alta calidad que satisfagan las necesidades institucionales, especialmente aquellas relacionadas con las operaciones asociadas al uso de estos bienes.
Esta solicitud garantizará que la entidad convocante reciba los productos necesarios de manera eficiente, fomentando al mismo tiempo la competencia y asegurando el uso eficiente de los recursos estatales.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferente…”, en concordancia con lo establecido en el artículo 58 del Decreto Reglamentario N° 2264/2024, el cual dispone: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes”. Esto condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso d) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el Art. 65 del Decreto Reglamentario 2264/24 que dispone: “La convocante podrá introducir modificaciones a la convocatoria y a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajusten a los parámetros establecidos en la Ley. Las modificaciones deberán quedar asentadas mediante adendas que formarán parte integrante de la convocatoria y los pliegos de bases y condiciones, y serán difundidas a través del SICP, por el plazo que determine la DNCP”.
En respuesta a la solicitud de ampliación del plazo de entrega, se informa que se establece en el PBC un cronograma de entrega en dos etapas. La primera etapa se realizará este año, contemplando un monto de 150.000.000, correspondiente al presupuesto disponible para el período actual. Esta etapa incluirá los bienes más prioritarios, como las UPS y una cantidad mínima de 5 estaciones de trabajo e impresoras. La segunda etapa se programará para marzo del próximo año, cuando se emitirá la orden de compra por el monto restante, permitiendo al adjudicatario anticiparse a cualquier eventualidad vinculada con la provisión de los bienes, con lo cual el pazo de entrega es perfectamente viable, por ello se mantiene el plazo establecido.
2
-Técnico Certificado
En el PBC, en la sección de Requisitos de participación y Criterios de Evaluación, apartado Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica, en el punto 5 se solicita:
“5. Documentos del fabricante, representante o distribuidores, donde declaren que el oferente está debidamente autorizado a prestar el servicio técnico y que cuenta con los técnicos debidamente certificados para el ítem 1, 2, 3, 4, 5 y 6.”.
Luego en el punto 9 del mismo apartado del PBC se exige:
9. Declaración Jurada en la cual el oferente manifieste cuales son los Centros Autorizados de Servicio (CAS) en el país para el ítem 1, 2, 3 y 4..
Al respecto, se solicita a la Convocante que los técnicos especializados solicitados sean personales del Centro Autorizado de Servicio (CAS) de la marca ofertada, teniendo en cuenta que conforme al punto 9 del PBC del mismo apartado, se exige una declaración jurada del oferente en el cual indique los centros autorizados de servicios en el país. Dicha exigencia permite verificar que el representante de la marca, cuenta con el respaldo técnico necesario para la prestación del servicio, lo que implica personal técnico debidamente calificado y especializado para los servicios de mantenimiento y reparación de los equipos ofertados, y de esta manera la convocante se asegura que recibirá servicio técnico de personal capacitado y cualificado, y en consecuencia no se estará limitando la libre concurrencia a otros potenciales oferentes, siendo que dicha condición no es técnicamente indispensable siempre que se acredite la existencia de un CAS con capacidad de brindar el servicio requerido.
Lo solicitado encuentra respaldado legal en el Artículo 45 de la Ley N° 7021/22, que establece la obligación de elaborar las bases y condiciones con la mayor amplitud posible para permitir la mayor concurrencia de oferentes y evitar requisitos que limiten la competencia.
En el PBC, en la sección de Requisitos de participación y Criterios de Evaluación, apartado Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica, en el punto 5 se solicita:
“5. Documentos del fabricante, representante o distribuidores, donde declaren que el oferente está debidamente autorizado a prestar el servicio técnico y que cuenta con los técnicos debidamente certificados para el ítem 1, 2, 3, 4, 5 y 6.”.
Luego en el punto 9 del mismo apartado del PBC se exige:
9. Declaración Jurada en la cual el oferente manifieste cuales son los Centros Autorizados de Servicio (CAS) en el país para el ítem 1, 2, 3 y 4..
Al respecto, se solicita a la Convocante que los técnicos especializados solicitados sean personales del Centro Autorizado de Servicio (CAS) de la marca ofertada, teniendo en cuenta que conforme al punto 9 del PBC del mismo apartado, se exige una declaración jurada del oferente en el cual indique los centros autorizados de servicios en el país. Dicha exigencia permite verificar que el representante de la marca, cuenta con el respaldo técnico necesario para la prestación del servicio, lo que implica personal técnico debidamente calificado y especializado para los servicios de mantenimiento y reparación de los equipos ofertados, y de esta manera la convocante se asegura que recibirá servicio técnico de personal capacitado y cualificado, y en consecuencia no se estará limitando la libre concurrencia a otros potenciales oferentes, siendo que dicha condición no es técnicamente indispensable siempre que se acredite la existencia de un CAS con capacidad de brindar el servicio requerido.
Lo solicitado encuentra respaldado legal en el Artículo 45 de la Ley N° 7021/22, que establece la obligación de elaborar las bases y condiciones con la mayor amplitud posible para permitir la mayor concurrencia de oferentes y evitar requisitos que limiten la competencia.
La institución debe tener la certeza de que la garantía pueda ser ejecutada correctamente y sin inconvenientes en caso de necesidad para este tipo de equipos, es de suma importancia adquirirlos de los distribuidores oficiales autorizados y por el CAS de la marca ofertada de las diferentes marcas para Paraguay, garantizando un soporte autorizado, el buen funcionamiento posterior del equipo, los mejores tiempos de respuesta y ejecución de garantía, aspectos que solo un centro autorizado de servicios puede brindar, además es importante mencionar que este requerimiento NO es limitante y está correctamente justificado, por lo cual el oferente que desea participar deberá cumplir las condiciones establecidas.
3
Con relación a las especificaciones técnicas del ítem ITEM 3 IMPRESORA LASER -
Con relación a las especificaciones técnicas, consultamos si podrían aceptar equipos con resolución de escaneo de 150 dpi, 300 dpi, 600 dpi, considerando que dichas resoluciones garantizan la alta calidad de la digitalización, no ocasionando ningún inconveniente en cuanto a la nitidez y legibilidad, ya que corresponde a una resolución real y no obtenida por medio de software que por lo general no aporta mejoras sustanciales en la calidad del trabajo, en busca de una amplia participación de oferentes y obtener los mejores precios del mercado.
27-10-2025
28-10-2025
Con relación a las especificaciones técnicas del ítem ITEM 3 IMPRESORA LASER -
Con relación a las especificaciones técnicas, consultamos si podrían aceptar equipos con resolución de escaneo de 150 dpi, 300 dpi, 600 dpi, considerando que dichas resoluciones garantizan la alta calidad de la digitalización, no ocasionando ningún inconveniente en cuanto a la nitidez y legibilidad, ya que corresponde a una resolución real y no obtenida por medio de software que por lo general no aporta mejoras sustanciales en la calidad del trabajo, en busca de una amplia participación de oferentes y obtener los mejores precios del mercado.
La velocidad de escaneo es un aspecto determinante en los tiempos empleados en cada tarea, por lo que fue establecida una velocidad mínima, la cual cumplen varias marcas y modelos en la actualidad. Las especificaciones técnicas fueron establecidas en base a la necesidad de la institución, el presente requerimiento no es una limitante. Favor remitirse a lo establecido en el pliego de bases y condiciones.
4
Con relación a las especificaciones técnicas del ítem ITEM 3 IMPRESORA LASER -
Solicitamos sean aceptados equipos con formato de archivo de escáner TIFF, JPEG, PDF, ya que el formato PNG no es un estándar en la industria, de manera a dar oportunidad a potenciales oferentes a participar del llamado.
27-10-2025
28-10-2025
Con relación a las especificaciones técnicas del ítem ITEM 3 IMPRESORA LASER -
Solicitamos sean aceptados equipos con formato de archivo de escáner TIFF, JPEG, PDF, ya que el formato PNG no es un estándar en la industria, de manera a dar oportunidad a potenciales oferentes a participar del llamado.
Además de los formatos tradicionales, se requiere el presente formato, el cual brinda una calidad superior a otros formatos, se busca adquirir equipos con las mejores características posibles. Las especificaciones técnicas fueron establecidas en base a la necesidad de la institución, el presente requerimiento está disponible en varios modelos del mercado actual, por lo que no es una limitante. Favor remitirse a lo establecido en el pliego de bases y condiciones.
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Con relación a las especificaciones técnicas del ítem ITEM 3 IMPRESORA LASER -
Solicitamos sea aceptado como requisito mínimo que el oferente este autorizado por el distribuidor oficial de la marca para la República del Paraguay y que la marca tenga al menos un centro autorizado de servicios para la República del Paraguay certificado por el fabricante, de manera a no limitar innecesariamente a potenciales oferentes a participar del llamado.
27-10-2025
28-10-2025
Con relación a las especificaciones técnicas del ítem ITEM 3 IMPRESORA LASER -
Solicitamos sea aceptado como requisito mínimo que el oferente este autorizado por el distribuidor oficial de la marca para la República del Paraguay y que la marca tenga al menos un centro autorizado de servicios para la República del Paraguay certificado por el fabricante, de manera a no limitar innecesariamente a potenciales oferentes a participar del llamado.
La institución debe tener la certeza de que la garantía pueda ser ejecutada correctamente y sin inconvenientes en caso de necesidad para los tipos de equipos solicitados, es de suma importancia adquirirlos de los distribuidores oficiales autorizados en el país, garantizando un soporte autorizado para la institución, para el buen funcionamiento posterior del equipo y los mejores tiempos de respuesta, aspectos que solo son posibles a través de proveedores respaldados por los fabricantes, además es importante mencionar que este requerimiento NO es limitante y está correctamente justificado, por lo cual el oferente que desea participar deberá cumplir las condiciones establecidas.