Adenda

Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:

ADENDA N° 2

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL SEGURO MÉDICO CORPORATIVO, ID 472841.

A LOS OFERENTES PARTICIPANTES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PARA LA SEGURO MÉDICO CORPORATIVO, EN LO REFERENTE A LA SECCIÓN:

  1. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Capacidad Técnica

DONDE DICE

7.Deberá contar con Autorización y habilitación actualizada del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y la Superintendencia de Salud para funcionar en el ramo de Prestación de los Servicios objeto de la presente convocatoria (Prepago). Se acepta la presentación del comprobante de ingreso del trámite en Mesa de Entrada del MSP y BS, dicho comprobante constituye constancia formal del inicio del proceso administrativo y será válido hasta la emisión de la Resolución definitiva de acreditación, la cual deberá ser presentada para mantener la vigencia de la prestación. En caso de que el prestador no presente la Resolución definitiva en el plazo correspondiente establecido por el MSPyBS, deberá gestionar de manera inmediata la sustitución con otro prestador debidamente acreditado, a fin de garantizar la continuidad del servicio.

DEBE DECIR

7.Deberá contar con Autorización y habilitación actualizada del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y la Superintendencia de Salud para funcionar en el ramo de Prestación de los Servicios objeto de la presente convocatoria (Prepago).

 

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica

DONDE DICE

  1. Habilitaciones de Sanatorios ofrecidos, emitidos por el Ministerio de Salud y Bienestar Social e inscripción en el Registro de Empresas Prestadoras de Servicios de Salud de la Superintendencia de Salud que se encuentren vigentes al momento del inicio de la etapa competitiva de la SBE. Se exceptúa éste requisito para el caso de los Centros asistenciales en determinadas localidades detalladas en el listado precedente, en los cuales el oferente se comprometa, a través de una Declaración Jurada, que las coberturas se darán por el sistema de reintegro hasta los límites exigidos en el contrato, como máximo a los quince días hábiles de presentadas las facturas respectivas al proveedor adjudicado. Se aclara que ésta excepción no incluye a los Sanatorios y Centros asistenciales de Asunción y Gran Asunción (Fernando de la Mora, Luque, Lambaré y San Lorenzo), dejando establecido que su incumplimiento será causal de descalificación de la oferta presentada.

4. Certificación de categorización vigente de la Superintendencia de Salud:

Para el área de Capital - de como mínimo- 7 (siete), de los cuales:

5 (cinco) centros de alta complejidad (nivel 3).

2 (dos) centros convencionales (nivel 2).

De los centros de Nivel 3 es necesario que uno se encuentre dentro de un radio de 5 km de las instalaciones de la Contraloría General de la República.

Se deberá incluir 2 (dos) sanatorios de nivel 3 como mínimo, en el departamento Central.

Para los sanatorios ofrecidos para las ciudades requeridas, se podrán presentar certificación de categorización vigente de la Superintendencia de Salud de sanatorios que cuentan con la categorización del MSP y BS NIVEL 1 y también constancia de habilitación expedida por el MSP y BS para aquellos que se encuentren habilitados por el mismo, aunque no cuenten con la categoría requerida. Se exceptúa éste requisito para el caso de los Centros asistenciales en determinadas localidades detalladas en el listado precedente, en los cuales el oferente se comprometa, a través de una Declaración Jurada, que las coberturas se darán por el sistema de reintegro hasta los límites exigidos en el contrato, como máximo a los quince días hábiles de presentadas las facturas respectivas al proveedor adjudicado. Se aclara que ésta excepción no incluye a los Sanatorios y Centros asistenciales de Asunción y Gran Asunción (Fernando de la Mora, Luque, Lambaré), dejando establecido que su incumplimiento será causal de descalificación de la oferta presentada.

9. Copia de la autorización y habilitación vigente emitida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y de la Superintendencia de Salud, para funcionar en el ramo de Prestación de los Servicios que es objeto del presente llamado.

 DEBE DECIR

  1. Habilitaciones de Sanatorios ofrecidos, emitidos por el Ministerio de Salud y Bienestar Social e inscripción en el Registro de Empresas Prestadoras de Servicios de Salud de la Superintendencia de Salud que se encuentren vigentes al momento del inicio de la etapa competitiva de la SBE. Se acepta la presentación del comprobante de ingreso del trámite en Mesa de Entrada del MSP y BS, dicho comprobante constituye constancia formal del inicio del proceso administrativo y será válido hasta la emisión de la Resolución definitiva de acreditación, la cual deberá ser presentada para mantener la vigencia de la prestación. En caso de que el prestador no presente la Resolución definitiva en el plazo correspondiente establecido por el MSPyBS, deberá gestionar de manera inmediata la sustitución con otro prestador debidamente acreditado, a fin de garantizar la continuidad del servicio. Se exceptúa este requisito para el caso de los Centros asistenciales en determinadas localidades detalladas en la lista, las coberturas se darán por el sistema de reintegro hasta los límites exigidos en el contrato, como máximo a los quince días hábiles de presentadas las facturas respectivas al proveedor adjudicado. ~Se aclara que ésta excepción no incluye a los Sanatorios y Centros asistenciales de Asunción y Gran Asunción (Fernando de la Mora, Luque y San Lorenzo), dejando establecido que su incumplimiento será causal de descalificación de la oferta presentada.

4. Certificación de categorización vigente de la Superintendencia de Salud:

Para el área de Capital - de como mínimo- 7 (siete), de los cuales:

5 (cinco) centros de alta complejidad (nivel 3).

2 (dos) centros convencionales (nivel 2).

De los centros de Nivel 3 es necesario que uno se encuentre dentro de un radio de 5 km de las instalaciones de la Contraloría General de la República.

Se deberá incluir 2 (dos) sanatorios de nivel 3 como mínimo, en el departamento Central.

Para los sanatorios ofrecidos para las ciudades requeridas, se podrán presentar certificación de categorización vigente de la Superintendencia de Salud de sanatorios que cuentan con la categorización NIVEL 1 y también constancia de habilitación expedida por el MSP y BS para aquellos que se encuentren habilitados por el mismo, aunque no cuenten con la categoría requerida. Se exceptúa éste requisito para el caso de los Centros asistenciales en determinadas localidades detalladas en el listado precedente, en los cuales el oferente se comprometa, a través de una Declaración Jurada, que las coberturas se darán por el sistema de reintegro hasta los límites exigidos en el contrato, como máximo a los quince días hábiles de presentadas las facturas respectivas al proveedor adjudicado. Se aclara que ésta excepción no incluye a los Sanatorios y Centros asistenciales de Asunción y Gran Asunción (Fernando de la Mora, Luque), dejando establecido que su incumplimiento será causal de descalificación de la oferta presentada.

9. Copia de la autorización y habilitación vigente emitida por la Superintendencia de Salud, para funcionar en el ramo de Prestación de los Servicios que es objeto del presente llamado.

SE COMUNICA POR LA PRESENTE ADENDA QUE SE MODIFICA EN EL SICP EL CALENDARIO DE EVENTOS.

SE MANTIENEN INALTERABLES LAS DEMÁS CONDICIONES INDICADAS EN EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES.

 

Asunción, 28 de noviembre de 2025.

 

                                                    LUIS FERNANDO MONTERO.

                                                                  Director

                                                 Dirección Operativa de Contrataciones

                                                   Contraloría General de la República