En respuesta a la consulta realizada, se aclara que la autorización se requiere solamente para el Lote 1.
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Sistema de Adjudicación – Solicitud de apertura por ítems
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.º 7021/2022 “De Suministro y Contrataciones Públicas”, su Decreto Reglamentario N.º 2264/2024, y la Resolución DNCP N.º 230/2025, solicitamos a la Entidad Convocante reconsiderar el sistema de adjudicación establecido por lote y disponer que el mismo se realice por ítems de manera independiente.
La Ley 7021/22, en su artículo 45, establece el principio de igualdad y libre concurrencia, disponiendo que los procedimientos deben garantizar la mayor participación de oferentes posibles, evitando limitaciones que restrinjan la competencia. En ese sentido, el Decreto 2264/24, en su artículo 70, dispone que “cuando el procedimiento de contratación cuente con lotes o ítems, abiertos y cerrados, de acuerdo al sistema de adjudicación, se deberá garantizar la debida extensión de las garantías, siguiendo la suerte del atributo del lote o ítem ofertado”, dejando claro que ambos sistemas son viables y deben aplicarse según corresponda al objeto del llamado.
Asimismo, la Resolución DNCP N.º 230/2025, en concordancia con la Ley y su Decreto reglamentario, reconoce la aplicación del sistema de adjudicación por ítem o por lote, e incluso en procedimientos de subasta establece que el cronograma debe elaborarse considerando la cantidad de ítems o lotes, reafirmando la validez de ambos sistemas, según la naturaleza del llamado.
En este caso particular, el objeto de la licitación —“Adquisición de Equipos Informáticos y Electrónicos”— comprende bienes independientes y no interdependientes técnicamente, por lo que el sistema de adjudicación por ítem resulta el mecanismo más transparente, equitativo y competitivo, permitiendo la participación de un mayor número de oferentes especializados en cada tipo de producto y optimizando el uso de los recursos públicos.
Por tanto, conforme a los principios de eficiencia, transparencia y libre competencia previstos en la Ley N.º 7021/22, se solicita respetuosamente que el sistema de adjudicación sea abierto por ítems y no por lote, a fin de garantizar la máxima concurrencia de oferentes
19-10-2025
22-10-2025
Sistema de Adjudicación – Solicitud de apertura por ítems
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.º 7021/2022 “De Suministro y Contrataciones Públicas”, su Decreto Reglamentario N.º 2264/2024, y la Resolución DNCP N.º 230/2025, solicitamos a la Entidad Convocante reconsiderar el sistema de adjudicación establecido por lote y disponer que el mismo se realice por ítems de manera independiente.
La Ley 7021/22, en su artículo 45, establece el principio de igualdad y libre concurrencia, disponiendo que los procedimientos deben garantizar la mayor participación de oferentes posibles, evitando limitaciones que restrinjan la competencia. En ese sentido, el Decreto 2264/24, en su artículo 70, dispone que “cuando el procedimiento de contratación cuente con lotes o ítems, abiertos y cerrados, de acuerdo al sistema de adjudicación, se deberá garantizar la debida extensión de las garantías, siguiendo la suerte del atributo del lote o ítem ofertado”, dejando claro que ambos sistemas son viables y deben aplicarse según corresponda al objeto del llamado.
Asimismo, la Resolución DNCP N.º 230/2025, en concordancia con la Ley y su Decreto reglamentario, reconoce la aplicación del sistema de adjudicación por ítem o por lote, e incluso en procedimientos de subasta establece que el cronograma debe elaborarse considerando la cantidad de ítems o lotes, reafirmando la validez de ambos sistemas, según la naturaleza del llamado.
En este caso particular, el objeto de la licitación —“Adquisición de Equipos Informáticos y Electrónicos”— comprende bienes independientes y no interdependientes técnicamente, por lo que el sistema de adjudicación por ítem resulta el mecanismo más transparente, equitativo y competitivo, permitiendo la participación de un mayor número de oferentes especializados en cada tipo de producto y optimizando el uso de los recursos públicos.
Por tanto, conforme a los principios de eficiencia, transparencia y libre competencia previstos en la Ley N.º 7021/22, se solicita respetuosamente que el sistema de adjudicación sea abierto por ítems y no por lote, a fin de garantizar la máxima concurrencia de oferentes
Respecto a su consulta, es importante resaltar que el planteamiento por lotes fue establecido en conformidad al Art. 124 de la Resolución DNCP Nº 230/2025, presentando una Declaración Jurada, adjunto en el SICP, en el campo correspondiente. Por lo que, el sistema de adjudicación por lotes resulta fundamental para garantizar la adquisición de la totalidad de los ítems licitados en cumplimiento de los plazos previstos, en todas las etapas de la contratación, conforme a la normativa legal vigente y precautelando la oportunidad, calidad y costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones de contratación. Así mismo, esta Convocante ha realizado el estudio de mercado correspondiente de manera a obtener respuestas de las empresas dedicadas al rubro como se evidencia en los documentos adjuntos en el sistema. Favor, remitirse a las bases establecidas para la presente convocatoria.
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Plan de entrega
Respecto al Plan de Entrega establecido para el Lote 2 en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación ID N° 476340 – “Adquisición de Equipos Informáticos y Electrónicos”, el cual indica un plazo máximo de hasta 5 (cinco) días hábiles posteriores a la recepción de la Orden de Compra, solicitamos respetuosamente a la convocante reconsiderar y extender dicho plazo a 20 (veinte) días hábiles, a fin de permitir una correcta logística de entrega de los equipos, asegurando así la calidad y cumplimiento integral de la provisión.
Favor abstenerse de responder y remitirse al Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
Respecto al Plan de Entrega establecido para el Lote 2 en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación ID N° 476340 – “Adquisición de Equipos Informáticos y Electrónicos”, el cual indica un plazo máximo de hasta 5 (cinco) días hábiles posteriores a la recepción de la Orden de Compra, solicitamos respetuosamente a la convocante reconsiderar y extender dicho plazo a 20 (veinte) días hábiles, a fin de permitir una correcta logística de entrega de los equipos, asegurando así la calidad y cumplimiento integral de la provisión.
Favor abstenerse de responder y remitirse al Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
Respecto a su consulta, la presente convocatoria se ha difundido conforme a los plazos legales y, considerando la naturaleza de los ítems solicitados en el Lote 2, las bases establecidas fueron planteadas de manera a asegurar una ejecución satisfactoria de los bienes requeridos y asimismo, satisfacer las necesidades de la institución, en las mejores condiciones de calidad y costo, sin que ello limite la participación de los potenciales oferentes dedicados al rubro. Por tanto, de manera a garantizar la correcta y oportuna provisión de los bienes objeto de licitación, se mantienen las bases concursales establecidas para la presente convocatoria.