Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y convenios modificatorios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el procedimiento de contratación a ser publicado.
Justificación de la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada.
La compra de uniformes para cada departamento se justifica por la necesidad de:
- Garantizar la higiene y seguridad: Los uniformes adecuados permiten mantener la higiene y seguridad de los empleados y pacientes.
- Mejorar la imagen institucional: La uniformidad en la apariencia de los empleados promueve una imagen profesional y coherente de la Facultad de Odontología.
- Optimizar la funcionalidad: Los uniformes funcionales y adecuados para cada departamento permiten a los empleados realizar sus tareas de manera eficiente y segura.
Justificación de la planificación, si se trata de un procedimiento de contratación periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal.
El procedimiento corresponde a una necesidad temporal
Justificación de las especificaciones técnicas establecidas.
Los requerimientos técnicos solicitados para la compra de uniformes para el Departamento de Enfermería, de Limpieza y el Departamento de Servicio Técnico de Sillones Odontológicos; son objetivos imparciales, regulares y razonables, y se justifican por la necesidad de garantizar la higiene y seguridad, mejorar la imagen institucional y optimizar la funcionalidad.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las características técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT sirven de referencia para verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”, remitiendo la aclaración respectiva. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo a la de Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta datos sobre una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá detallar la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
Se solicita que EL PROVEEDOR designe, por nota/correo electrónico, el encargado del seguimiento y cumplimiento del contrato en el plazo máximo de 2 días calendario, contados desde el día siguiente de la firma del contrato, al correo del administrador de contratos por parte de la FOUNA dngaona@founa.edu.py; igualmente deberá señalar los números telefónicos correspondientes, incluyendo móvil, correo electrónico, siendo estos canales de comunicación oficiales entre ambas partes. La función principal del personal encargado será el de responder a los requerimientos realizados por el Administrador del Contrato de LA CONTRATANTE.
Se deja constancia que el método oficial para toda solicitud de servicio será vía correo electrónico. Será de total responsabilidad DEL PROVEEDOR la revisión del mismo, siendo suficiente respaldo para LA CONTRATANTE el reporte de transmisión del correo electrónico a la dirección de correo electrónico establecido por EL PROVEEDOR.
| LOTE 1 - ADQUISICION DE PRENDAS DE TRABAJO | ||
| ITEM | DESCRIPCION | ESPECIFICACIONES TECNICAS |
| 1 | CHOMBA UNISEX | CHOMBA CUELLO TIPO MAO UNISEX EN TELA SARGA MEDIA 100% DE ALGODÓN CON 2 BOLSILLOS PARTE INFERIOR, Y 1 BOLSILLO PARTE SUPERIOR MANGAS CORTAS. ( COLOR Y TALLE A DEFINIR POR LA CONVOCANTE) |
| 2 | PANTALON UNISEX | PANTALON UNISEX EN TELA SARGA MEDIA 100% ALGODÓN, CON GOMA EN LA CINTURA ( COLOR Y TALLE A DEFINIR POR LA CONVOCANTE) |
| 3 | CHAQUETA | CHAQUETA EN TELA SARGA MEDIA 100% ALGODON CON CON BOTONES DELANTEROS Y 3 BOLSILLOS; 2 INFERIORES Y 1 SUPERIOR ( COLOR Y TALLE A DEFINIR POR LA CONVOCANTE) |
| 4 | PANTALON CARGO | PANTALON CARGO (TIPO CARPINTERO) EN TELA SARGA MEDIA 100% DE ALGODÓN MODELO 6 BOLSILLOS, 2 DELANTEROS, 2 LATERALES CON TAPA Y CIERRE MAGNETICO, 2 TRASEROS SIN TAPA, CINTURA MEDIA GOMA, CIERRE REFORZADO, BOTON Y OJAL. ( COLOR Y TALLE A DEFINIR POR LA CONVOCANTE) |
| 5 | REMERA MANGAS CORTA TIPO POLO | REMERA TIPO POLO EN TELA PIQUE 50% ALGODÓN, 50 % POLIÉSTER, CON BOLSILLO Y LOGO INSTITUCIONAL BORDADO (diseño adjunto en el apartado documento), MANGAS CORTAS CUELLO 100% ALGODÓN. CON SEGURIDAD EN TELA TRICOLOR EN LA PARTE INTERIOR Y CON DOS BOTONES. ( COLOR Y TALLE A DEFINIR POR LA CONVOCANTE) |
| LOTE 2 - ADQUISICIÓN DE BOTAS DE CUERO | ||
| DESCRIPCIÓN | ESPECIFICACIONES TECNICAS | |
| 1 | BOTAS DE CUERO | BOTAS DE CUERO con puntera de plástico confeccionado en su totalidad en cuero vaqueta hidrofugado con forro interno, con acolchado en el tobillo, suela no mayor a de 3,5 cm de espesor en el talón, aislante y antideslizante con plantilla antimicótica, color negro ( CALCE A DEFINIR POR LA CONVOCANTE) |
En procedimientos de Menor Cuantía, la aplicación de la preferencia reservada a las MIPYMES prevista en el artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas" será de conformidad con las disposiciones que se emitan para el efecto. Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 7444/25 QUE MODIFICA LA LEY Nº 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada entrega. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
OBSERVACIONES GENERALES PARA LA ENTREGA DE LOS PRODUCTOS:
|
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
| Lote 1 -Adquisición de Prendas de Trabajo | |||||
|
1 |
CHOMBA UNISEX
|
50 |
Unidad |
Facultad de Odontología de la UNA - Departamento de Almacén, |
Dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes a la remisión de la ORDEN DE COMPRA vía correo electrónico. |
|
2 |
PANTALON UNISEX |
50 |
Unidad |
Facultad de Odontología de la UNA - Departamento de Almacén, en el horario de 7:00 a 12:00 h. de lunes a viernes. |
Dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes a la remisión de la ORDEN DE COMPRA vía correo electrónico |
|
3
|
CHAQUETA
|
13 |
unidad | Facultad de Odontología de la UNA - Departamento de Almacén, en el horario de 7:00 a 12:00 h. de lunes a viernes. | Dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes a la remisión de la ORDEN DE COMPRA vía correo electrónico |
|
4 |
PANTALON CARGO |
34 |
unidad | Facultad de Odontología de la UNA - Departamento de Almacén, en el horario de 7:00 a 12:00 h. de lunes a viernes. |
Dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes a la remisión de la ORDEN DE COMPRA vía correo electrónico |
| 5 |
REMERA TIPO POLO
|
21 |
unidad | Facultad de Odontología de la UNA - Departamento de Almacén, en el horario de 7:00 a 12:00 h. de lunes a viernes. |
Dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes a la remisión de la ORDEN DE COMPRA vía correo electrónico |
|
LOTE 2 - ADQUISICIÓN DE BOTAS DE CUERO |
|||||
| 1 |
BOTAS DE CUERO |
27 |
unidad | Facultad de Odontología de la UNA - Departamento de Almacén, en el horario de 7:00 a 12:00 h. de lunes a viernes. |
Dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes a la remisión de la ORDEN DE COMPRA vía correo electrónico |
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicados en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.
No aplica
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Una vez recepcionados los bienes por parte de las Áreas solicitantes, se verificará si los bienes proveídos corresponden a las especificaciones técnicas, marcas, cantidades, establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) y en la oferta del proveedor, pudiendo realizar el reclamo oportuno al proveedor. La reiteración de los reclamos, será considerada como incumplimiento de lo establecido en el PBC.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar indicado en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.