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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
ynunez
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
09-10-2025 - 16:34
Fecha de Fin
14-10-2025 - 17:23
Estado

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Se requiere mas años de antigüedad de lo que se requiere para experiencia
Descripción
Se solicita justificar tecnicamente la antigüedad requerida, atendiendo a los años de experiencia a ser evaluados.
Comentario
Se observa que se ha indicado como criterio de evaluación de experiencia: "El oferente deberá contar con una antigüedad mínima de 5 (cinco) años de existencia legal e inicio de actividades comerciales específicas en la provisión de servicios de cobertura de seguro de bienes para lo cual se deberá presentar la Constancia del RUC. Para confirmar la antigüedad del oferente se tendrá en cuenta la fecha de inscripción en la SET, y se procederá a la verificación de los datos asentados en la constancia del RUC del oferente, a fin de confirmar que su actividad comercial o industrial se encuentre vinculada con los servicios ofertados." Indicamos que dicho criterio podría resultar limitante o excluyente, solicitamos analizar su pertinencia, justificar y ajustar acorde a los mecanismos habilitados para las modificaciones a las bases concursales.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.