Datos de la Verificación
Usuario Verificador
grolon
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
24-09-2025 - 11:35
Fecha de Fin
30-09-2025 - 15:24
Estado
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El promedio de facturacion establecido para acreditar la experiencia se aparta del Estándar
Descripción
El promedio de facturación solicitado para calificar la experiencia de la presente contratación, podría ser limitante. Se solicita que se justifique razonablemente el criterio establecido.
Comentario
Se consulta a la convocante si lo establecido como "promedio anual de facturación igual o superior a 60% de la oferta presentada", no podría resultar limitante, con relación a los puntos de, apartado de "Justificación de la experiencia específica solicitada" y en el apartado de "Requisitos documentales", caso contrario se solicita justificar el mismo.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1- Solicitamos a la convocante adecuarse a lo establecido en el Decreto 2264/24 en el Art. 70 menciona lo siguiente; “Plazos de presentación y apertura de ofertas: El acto público de oferta deberá fijarse en las bases de la contratación con un lapso no mayor a treinta minutos de la hora fijada como límite de presentación de ofertas.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Periodo de Validez de la Garantía
Descripción
Se verifica que el periodo de validez de la garantía de Fiel Cumplimiento del contrato establecida en la presente contratación,
no se adecua a las Instrucciones a los Oferentes que requieren que la Garantía de Fiel Cumplimiento permanezca válida cuanto menos por 30 días posteriores al plazo de ejecución o vigencia del contrato, según sea el caso.
Comentario
Se solicita verificar el periodo de validez de la garantía de Mantenimiento de Oferta, la carga fue omitida en el SICP (95), favor unificar plazo según lo establecido en el PBC. (90)
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Visita técnica, discrepancias entre el SICP y el PBC.
Descripción
Visita tecnica, se verifica discrepancias en cuanto al horario y/o la fecha indicada entre lo indicado en el SICP
y el PBC, se solicita subsanar según corresponda.
Comentario
Visita técnica, se verifica discrepancias en cuanto la fecha indicada entre lo indicado en el SICP y el PBC, se solicita subsanar según corresponda.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
