CONSULTA Y ACLARACION SOBRE EXIGENCIA DE AUTORIZACION DEL FABRICANTE Y OTROS
Consulta y Aclaración sobre exigencia de Autorización del fabricante –Convocatoria de la Licitación 475678 – MCM – MENOR CUANTIA NACIONAL - AQUISICION DE VEHICULO PARA LA INSTITUCION MUNICIPAL ITAKYRY
De mi mayor consideración:
Me dirijo a Uds. en el marco del procedimiento de contratación indicado en la referencia, a fin de solicitar aclaración y fundamentación técnica respecto a unos requisitos establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, consistente en la exigencia de Autorización del Fabricante en la Pág. 13/53 Y 14/53, y la Capacidad Tecnica paginas 24/53 y 25/53
AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE
Los ítems a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación:
Autorización expedida por el fabricante de ser representantes, distribuidores y sub-distribuidores de los productos ofrecidos. Dicho documento debe reunir los siguientes requisitos:
a. Para representantes debe reunir los siguientes requisitos: Documentación expedida por el Fabricante que lo acredite como representante y/o Centro Autorizado de Servicios de la marca ofertada, dichos documentos deben estar debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay. Los mismos deben ser originales o copias autenticadas por Escribano Público.
b. Para Distribuidor Autorizado debe reunir los siguientes requisitos: Documentación expedida por el Fabricante que lo acredite como distribuidor y/o Centro Autorizado de Servicios de la marca ofertada, para tal efecto debe presentar el documento original o copia autenticada por Escribano Público, y el mismo debe estar debidamente legalizado por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay.
c. Para Sub-Distribuidor debe reunir los siguientes requisitos: Documentación expedida por el Fabricante, Representante o distribuidor autorizado que lo acredite como sub-distribuidor y/o Centro Autorizado de Servicios de la marca ofertada acompañado del Documento original o copia autenticada por Escribano Público de la autorización del Fabricante extendida al Representante, Distribuidor y/o Resellers para el PARAGUAY Y/O LATINOAMERICA que lo nombra como representante, o distribuidor autorizado de la marca ofertada y en la cual lo autoriza a nombrar subdistribuidores y/o Centro Autorizado de Servicios. Para tal efecto debe presentar el documento original o copia autenticada por Escribano Público, y el mismo debe estar debidamente legalizado por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay.
Serán considerados válidos los documentos apostillados como los documentos legalizados por el Consulado y el Ministerio de Relaciones Exteriores en conformidad a la Ley N° 4987/13 QUE APRUEBA EL CONVENIO SUPRIMIENDO LA EXIGENCIA DE LA LEGALIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS.
Cuando la convocante lo requiera, el oferente deberá acreditarse la cadena de autorizaciones, hasta el fabricante, productor o prestador de servicios.
La autorización deberá ser presentada en idioma castellano o en su defecto acompañada de su traducción oficial, realizada por un traductor público matriculado en la República del Paraguay. Así también cada autorización debe indicar a que ítem corresponde.
CAPACIDAD TECNICA
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de
capacidad técnica:
1. El oferente deberá certificar: a) Que está debidamente capacitado y certificado por el fabricante para proveer y respaldar posteriormente los bienes ofertados;
b) Que posea toda la infraestructura necesaria, así como del personal técnico altamente calificado y certificado para proveer y respaldar posteriormente los bienes ofertados;
c) Que los bienes ofertados disponen localmente de repuestos, partes y accesorios, de modo a solucionar en forma inmediata cualquier inconveniente que pueda surgir con los mismos, durante la duración de la garantía
2. El oferente deberá contar con una experiencia de mínimo 5 (cinco) años de representación del bien ofertado.
3. El oferente deberá presentar el Certificado de continuidad de fabricación de repuestos por un periodo mínimo de 10 años, emitido por el fabricante.
4. Deberá contar con talleres propios (4 como mínimo) y autorizados en el área central y otras ciudades del interior, especializados en la marca de los vehículos ofrecidos. Presentar listado de Talleres propios y autorizados
(Especificar nombre, dirección y contacto del taller en el cual se podrá realizar el mantenimiento y las reparaciones).
En atención a lo dispuesto en el Artículo 45 del Decreto N.º 2264/24, reglamentario de la Ley N.º 7021/22, los pliegos de bases y condiciones deben elaborarse de manera clara, objetiva e imparcial, no pudiendo contener requisitos que no resulten técnicamente indispensables y que, por su naturaleza, limiten la concurrencia de oferentes. Asimismo, el Artículo 57 del mismo Decreto establece el contenido mínimo de las bases, lo que obliga a que los requisitos exigidos sean proporcionales y necesarios.
Considero que la exigencia exclusiva de una carta del fabricante, Certificado de continuidad de fabricación de repuestos por un periodo minimo de 10 años, que el oferente cuente con talleres propios, que el oferente debe estar debidamente capacitado y certificado por el fabricante para proveer y respaldar posteriormente los bienes ofertados, tener sucursales de repuestos en el área central y otras ciudades del interior, puede resultar restrictiva, dado que la representación y el origen del vehículo también pueden acreditarse mediante otras vías jurídicamente válidas.
Por lo expuesto, solicito se sirvan aclarar y justificar técnicamente:
1) La razón por la cual la Autorización del fabricante resulta indispensable para acreditar el origen y garantizar la provisión de los vehículos.
2) La razón por la cual es indispensable el Certificado de continuidad de fabricación de repuestos por un periodo mínimo de 10 años emitido por el fabricante.
3) La razón por el cual es indispensable que el oferente debe contar con talleres propios, siendo que el representante de la marca en el país (de donde será adquirido dicha unidad en caso de ser adjudicado) cuenta con dichos talleres en todo el país.
4) La razón por el cual El oferente deberá certificar: a) Que está debidamente capacitado y certificado por el fabricante para proveer y respaldar posteriormente los bienes ofertados, siendo que el oferente adquiere del representante en Paraguay dicha unidad ofertada
5) La razón por el cual El oferente debe tener sucursales de repuestos en el área central y otras ciudades del interior, de la marca de los vehículos ofrecidos, siendo que el Oferente adquiere el vehiculo del representante de la marca en el país, en todo caso se presentará listado de sucursales de venta de repuestos de la marca ofrecida con representación el Paraguay
6) Si se admitirán documentos equivalentes que acrediten la representación o el origen
08-10-2025
10-10-2025
CONSULTA Y ACLARACION SOBRE EXIGENCIA DE AUTORIZACION DEL FABRICANTE Y OTROS
Consulta y Aclaración sobre exigencia de Autorización del fabricante –Convocatoria de la Licitación 475678 – MCM – MENOR CUANTIA NACIONAL - AQUISICION DE VEHICULO PARA LA INSTITUCION MUNICIPAL ITAKYRY
De mi mayor consideración:
Me dirijo a Uds. en el marco del procedimiento de contratación indicado en la referencia, a fin de solicitar aclaración y fundamentación técnica respecto a unos requisitos establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, consistente en la exigencia de Autorización del Fabricante en la Pág. 13/53 Y 14/53, y la Capacidad Tecnica paginas 24/53 y 25/53
AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE
Los ítems a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación:
Autorización expedida por el fabricante de ser representantes, distribuidores y sub-distribuidores de los productos ofrecidos. Dicho documento debe reunir los siguientes requisitos:
a. Para representantes debe reunir los siguientes requisitos: Documentación expedida por el Fabricante que lo acredite como representante y/o Centro Autorizado de Servicios de la marca ofertada, dichos documentos deben estar debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay. Los mismos deben ser originales o copias autenticadas por Escribano Público.
b. Para Distribuidor Autorizado debe reunir los siguientes requisitos: Documentación expedida por el Fabricante que lo acredite como distribuidor y/o Centro Autorizado de Servicios de la marca ofertada, para tal efecto debe presentar el documento original o copia autenticada por Escribano Público, y el mismo debe estar debidamente legalizado por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay.
c. Para Sub-Distribuidor debe reunir los siguientes requisitos: Documentación expedida por el Fabricante, Representante o distribuidor autorizado que lo acredite como sub-distribuidor y/o Centro Autorizado de Servicios de la marca ofertada acompañado del Documento original o copia autenticada por Escribano Público de la autorización del Fabricante extendida al Representante, Distribuidor y/o Resellers para el PARAGUAY Y/O LATINOAMERICA que lo nombra como representante, o distribuidor autorizado de la marca ofertada y en la cual lo autoriza a nombrar subdistribuidores y/o Centro Autorizado de Servicios. Para tal efecto debe presentar el documento original o copia autenticada por Escribano Público, y el mismo debe estar debidamente legalizado por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay.
Serán considerados válidos los documentos apostillados como los documentos legalizados por el Consulado y el Ministerio de Relaciones Exteriores en conformidad a la Ley N° 4987/13 QUE APRUEBA EL CONVENIO SUPRIMIENDO LA EXIGENCIA DE LA LEGALIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS.
Cuando la convocante lo requiera, el oferente deberá acreditarse la cadena de autorizaciones, hasta el fabricante, productor o prestador de servicios.
La autorización deberá ser presentada en idioma castellano o en su defecto acompañada de su traducción oficial, realizada por un traductor público matriculado en la República del Paraguay. Así también cada autorización debe indicar a que ítem corresponde.
CAPACIDAD TECNICA
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de
capacidad técnica:
1. El oferente deberá certificar: a) Que está debidamente capacitado y certificado por el fabricante para proveer y respaldar posteriormente los bienes ofertados;
b) Que posea toda la infraestructura necesaria, así como del personal técnico altamente calificado y certificado para proveer y respaldar posteriormente los bienes ofertados;
c) Que los bienes ofertados disponen localmente de repuestos, partes y accesorios, de modo a solucionar en forma inmediata cualquier inconveniente que pueda surgir con los mismos, durante la duración de la garantía
2. El oferente deberá contar con una experiencia de mínimo 5 (cinco) años de representación del bien ofertado.
3. El oferente deberá presentar el Certificado de continuidad de fabricación de repuestos por un periodo mínimo de 10 años, emitido por el fabricante.
4. Deberá contar con talleres propios (4 como mínimo) y autorizados en el área central y otras ciudades del interior, especializados en la marca de los vehículos ofrecidos. Presentar listado de Talleres propios y autorizados
(Especificar nombre, dirección y contacto del taller en el cual se podrá realizar el mantenimiento y las reparaciones).
En atención a lo dispuesto en el Artículo 45 del Decreto N.º 2264/24, reglamentario de la Ley N.º 7021/22, los pliegos de bases y condiciones deben elaborarse de manera clara, objetiva e imparcial, no pudiendo contener requisitos que no resulten técnicamente indispensables y que, por su naturaleza, limiten la concurrencia de oferentes. Asimismo, el Artículo 57 del mismo Decreto establece el contenido mínimo de las bases, lo que obliga a que los requisitos exigidos sean proporcionales y necesarios.
Considero que la exigencia exclusiva de una carta del fabricante, Certificado de continuidad de fabricación de repuestos por un periodo minimo de 10 años, que el oferente cuente con talleres propios, que el oferente debe estar debidamente capacitado y certificado por el fabricante para proveer y respaldar posteriormente los bienes ofertados, tener sucursales de repuestos en el área central y otras ciudades del interior, puede resultar restrictiva, dado que la representación y el origen del vehículo también pueden acreditarse mediante otras vías jurídicamente válidas.
Por lo expuesto, solicito se sirvan aclarar y justificar técnicamente:
1) La razón por la cual la Autorización del fabricante resulta indispensable para acreditar el origen y garantizar la provisión de los vehículos.
2) La razón por la cual es indispensable el Certificado de continuidad de fabricación de repuestos por un periodo mínimo de 10 años emitido por el fabricante.
3) La razón por el cual es indispensable que el oferente debe contar con talleres propios, siendo que el representante de la marca en el país (de donde será adquirido dicha unidad en caso de ser adjudicado) cuenta con dichos talleres en todo el país.
4) La razón por el cual El oferente deberá certificar: a) Que está debidamente capacitado y certificado por el fabricante para proveer y respaldar posteriormente los bienes ofertados, siendo que el oferente adquiere del representante en Paraguay dicha unidad ofertada
5) La razón por el cual El oferente debe tener sucursales de repuestos en el área central y otras ciudades del interior, de la marca de los vehículos ofrecidos, siendo que el Oferente adquiere el vehiculo del representante de la marca en el país, en todo caso se presentará listado de sucursales de venta de repuestos de la marca ofrecida con representación el Paraguay
6) Si se admitirán documentos equivalentes que acrediten la representación o el origen
Muy buenos dias, procedo a responder las consultas punto por punto.
Por lo expuesto, solicito se sirvan aclarar y justificar técnicamente:
1) La razón por la cual la Autorización del fabricante resulta indispensable para acreditar el origen y garantizar la provisión de los vehículos.
2) La razón por la cual es indispensable el Certificado de continuidad de fabricación de repuestos por un periodo mínimo de 10 años emitido por el fabricante.
3) La razón por el cual es indispensable que el oferente debe contar con talleres propios, siendo que el representante de la marca en el país (de donde será adquirido dicha unidad en caso de ser adjudicado) cuenta con dichos talleres en todo el país.
4) La razón por el cual El oferente deberá certificar: a) Que está debidamente capacitado y certificado por el fabricante para proveer y respaldar posteriormente los bienes ofertados, siendo que el oferente adquiere del representante en Paraguay dicha unidad ofertada
5) La razón por el cual El oferente debe tener sucursales de repuestos en el área central y otras ciudades del interior, de la marca de los vehículos ofrecidos, siendo que el Oferente adquiere el vehiculo del representante de la marca en el país, en todo caso se presentará listado de sucursales de venta de repuestos de la marca ofrecida con representación el Paraguay
6) Si se admitirán documentos equivalentes que acrediten la representación o el origen
Respuestas:
1. La autorización del fabricante es indispensable porque:
a) Garantiza la adecuación y origen de los vehículos, evitando vehículos no producidos y adecuados para el mercado paraguayo (Sistema de refrigeración, suspensiones etc.)
b) Asegura el respaldo técnico y garantía por parte del fabricante, crucial para operación y mantenimiento y reclamos de garantía.
c) Genera confianza en la calidad del vehículo y en la disponibilidad de repuestos, servicios y garantía.
2) El Certificado de continuidad de fabricación de repuestos por un periodo mínimo de 10 años emitido por el fabricante es indispensable por:
a) Garantiza la disponibilidad de repuestos originales para mantenimiento y reparación a largo plazo.
b) Reduce el riesgo de obsolescencia prematura del vehículo.
c) Asegura soporte a largo plazo, impactando positivamente en el costo total de propiedad.
3) La razón por el cual es indispensable que el oferente deba contar con talleres propios.
a) Capacidad de servicio directo y compromiso del proveedor directo, no un intermediario, con el servicio postventa, con el cual no se tendrá legitimación activa para reclamos de garantía.
b) Mayor control sobre el servicio y capacidad de respuesta ante necesidades del cliente.
c) Compromiso operativo independiente para atender requerimientos específicos.
d) Principio de legitimación activa, la institución debe tener la posibilidad de hacer reclamos y recibir respuestas adecuadas directamente con el proveedor con el cual firmo el contrato, de tener que depender de un tercero, en este caso el representante oficial de la marca, el mismo podrá aducir esta situación y que los reclamos no le corresponden a el mismo, por no haber sido el vendedor o firmante del contrato en su caso.
4) La razón por el cual el oferente deberá certificar Que está debidamente capacitado y certificado por el fabricante para proveer y respaldar posteriormente los bienes ofertados:
a) Asegura competencia técnica para manejar y dar soporte a los vehículos.
b) Indica cumplimiento de estándares de calidad del fabricante.
c) Refleja compromiso con la calidad y respaldo técnico adecuado.
5) La razón por la cual el oferente debe tener sucursales de repuestos en el área central y otras ciudades del interior, de la marca de los vehículos ofrecidos?
a) Garantiza accesibilidad y cobertura geográfica para mantenimiento.
b) Mejora el servicio al cliente reduciendo tiempos de inactividad.
c) Indica infraestructura para soporte logístico de los productos.
6) Se admitirán documentos equivalentes que acrediten la representación o el origen?
a) El presente llamado para adquisición de maquinarias en este caso una camioneta, representa un esfuerzo económico muy importante para la comuna, es por eso que no solo en este llamado, sino en la gran mayoría(Por no decir la totalidad) de los casos los oferentes de este rubro son los representantes directos, autorizados por fabrica, los cuales cuentan con respaldo, garantías, infraestructura, solvencia económica y logística adecuada, para garantizar que el producto adquirido corresponda a los comercializados específicamente para el mercado paraguayo. Los documentos solicitados son los que siempre se han solicitado de manera sistemática en todos los procesos de este rubro y nos ratificamos en la exigencia de los mismos, por lo expuesto en este párrafo así como en todos los anteriores ya que los mismos se sustentan en un componente común.