Esta sección constituye el detalle de los bienes con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios convenios modificatorios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
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Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado.
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Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada. La necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación del servicio de Recolección, Transporte y Disposición Final de Residuos Patológicos para el Hospital Central de Policía Rigoberto Caballero es para mantener un ambiente limpio y saludable para el normal desarrollo de las actividades que se despliega en el Hospital. |
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Justificar la planificación. (Si se trata de un llamado periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal)
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Justificar las especificaciones técnicas establecidas (Debe coincidir con el Dictamen Técnico). Las Especificaciones Técnicas solicitadas en el Pliego de Base y Condiciones fueron elaboradas con las especificaciones técnicas de acuerdo a la necesidad actual del hospital, y teniendo en cuenta que las compras públicas deben ser realizadas con economía, eficacia y eficiencia según lo dispuesto por la Ley 7021/2022 de Suministro y Contrataciones Públicas. |
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las características técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT sirven de referencia para verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”, remitiendo la aclaración respectiva. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo a la de Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta datos sobre una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá detallar la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
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Ítem |
Descripción |
Especificaciones Técnicas |
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1 |
Servicio de recolección, transporte, tratamiento y disposición final de residuos patológicos |
La recolección y transporte deberán ser realizadas en vehículos o camiones con carrocerías cerradas o abiertas con sistema de cierre con carpas, adecuadas para la recolección y el traslado de los residuos patológicos hospitalarios |
Servicios de Recolección, Transporte, Tratamiento y Disposición Final de Residuos Patológicos, TIPO II: residuos anatómicos, TIPO III: punzo cortantes, TIPO IV: no anatómicos (sangre, hemoderivados, residuos de laboratorios clínicos, residuos de atención a pacientes), TIPO V: residuos químicos, medicamentos y otros residuos peligrosos, en las cantidades, frecuencias y horarios establecidos en esta sección y en el contrato.
ASPECTOS GENERALES
3.1 La empresa oferente deberá prestar el Servicio de Recolección, Transporte, Tratamiento y Disposición Final de Residuos Patológicos, TIPO II: residuos anatómicos, TIPO III: punzo cortantes, TIPO IV: no anatómicos (sangre, hemoderivados, residuos de laboratorios clínicos, residuos de atención a pacientes), TIPO V: residuos químicos, medicamentos y otros residuos peligrosos, generados por las dependencias del Hospital Central de Policía Rigoberto Caballero.
3.2. La empresa oferente debe estar Registrada y contar con la Habilitación Sanitaria para la gestión integral de los Residuos Generados en los establecimientos de Salud y Afines; expedida por la DIGESA (Dirección General de Salud Ambiental).
3.3. Los Vehículos y equipos de recolección y transporte de la empresa oferente que se empleen en las actividades comprendidas en el manejo de residuos patológicos deben estar aprobados y habilitados por la DIGESA y la DINATRAN, y cumplir con las especificaciones técnicas de las reglamentaciones vigentes, disponiendo además de las habilitaciones municipales y gubernamentales específicas para el transporte de residuos peligrosos.
3.4. La empresa oferente deberá garantizar por medio de una Declaración Jurada, que sus vehículos recolectores posean una capacidad mínima de carga (en conjunto) del 50% de las cantidades mensuales máximas solicitadas para el año 2025, de las dependencias para los cuales presenta cotización, con el fin de que estos sean suficientes para efectuar las recolecciones conforme a las frecuencias establecidas en el Plan de Entregas del PBC, conforme a las habilitaciones de vehículos otorgadas por DIGESA para el transporte de Residuos generados en establecimientos de salud y afines.
3.5. El método de Tratamiento a ser utilizado por la empresa oferente será conforme a lo estipulado en los Art. Nº 31, 32 y 33 de la Ley Nº 3361/07 y su decreto reglamentario 6538/11.
3.6. Los Residuos recolectados en cada dependencia de LA POLICIA NACIONAL deben ser pesados y registrados en una planilla diseñada por la empresa adjudicada y aprobada por el HOSPITAL CENTRAL DE POLICIA RIGOBERTO CABALLERO para tal fin; el pesaje se realizará en presencia de los Encargados de cada Institución.
3.7. Las facturas a crédito presentadas por las empresas adjudicadas serán canceladas por LA POLICÍA NACIONAL en base a los Kilogramos de Residuos Patológicos retirados que se encuentren efectivamente pesados.
3.8. La empresa oferente deberá presentar el Plan de Gestión para el cumplimiento de la Recolección, Transporte, Tratamiento y Disposición Final mediante una propuesta técnica indicando el cronograma de recolección, frecuencias, y horarios estimados de recolección, se establece como frecuencia diaria mínima de recolección 1 (una) vez por cada día de Lunes a Viernes en el Horario: Diurno de 07:00 a 17:00 hs.
3.9 La empresa oferente deberá presentar un Plan de Contingencias para enfrentar situaciones de emergencia, presentando de manera clara las medidas a tomar en casos de incidente o accidentes en el manejo de los residuos, considerando la capacitación del personal para su implementación.
3.10. El Servicio abarca todas las dependencias indicadas en la Planilla de Especificaciones, con una frecuencia de recolección tal que no permita la acumulación de los residuos. La POLICÍA NACIONAL podrá modificar parcial o totalmente las frecuencias, conforme a las necesidades de las dependencias.
3.11. Durante el proceso de Control de Peso de los residuos recolectados en cada dependencia del HOSPITAL CENTRAL DE POLICÍA RIGOBERTO CABALLERO, la contratista deberá utilizar un sistema que garantice la integridad de los envases contenedores de los residuos, no permitiendo el derrame o salida de los mismos desde el retiro hasta su tratamiento.
3.12. El HOSPITAL CENTRAL DE POLICÍA RIGOBERTO CABALLERO eventualmente podrá solicitar los servicios especiales en casos Excepcionales, previo acuerdo entre las partes.
3.13 Las unidades o móviles de recolección deberán contar son seguros contratados debiendo LA EMPRESA presentar copia autenticada de las pólizas.
3.14 La empresa no podrá interrumpir el servicio durante el tiempo de vigencia del contrato, salvo inconvenientes de fuerza mayor ajenos a su responsabilidad establecidas en el presente PBC (alteraciones de orden público, guerras, catástrofes naturales y otros de fuerza mayor). La empresa deberá providenciar los medios necesarios para sustituir la indisponibilidad de móviles recolectores o falta de personal especializados para la recolección.
3.15. La empresa oferente deberá contar con la Licencia Ambiental otorgada por el MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE (MADES), por la que autorice a la empresa la gestión integral de los residuos (recolección, transporte y disposición final de residuos patológicos de origen hospitalario), de acuerdo a la Ley N° 294/93 Evaluación de Impacto Ambiental y su Reglamentación Respectiva. La licencia ambiental deberá estar vigente a la fecha de Apertura de Ofertas. La documentación deberá estar vigente durante la ejecución del Contrato. La habilitación para la disposición final de los residuos debe desprenderse de la Licencia Ambiental emitida por el MADES a favor del oferente. La subcontratación del servicio de disposición final NO SE ENCUENTRA PERMITIDA.
3.16 La empresa oferente deberá contar con constancia de habilitación para la gestión de recolección, transporte, tratamiento y disposición final de placas, líquidos fijadores y reveladores de placas radiográficas, emitida por DIGESA, vigente a la fecha y hora de la apertura de Ofertas.
4.1 LA EMPRESA deberá contar con la cantidad suficiente de personal capacitado en el manejo de Residuos Hospitalarios y afines, para la ejecución del Servicio de Recolección, Transporte, Tratamiento y Disposición Final de Residuos Patológicos, Hospitalarios Farmacológicos (medicamentos vencidos), placas radiográficas, líquidos reveladores y fijadores con o sin nivel de contaminación y Afines generados en el Hospital de Policía Rigoberto Caballero. La EMPRESA deberá presentar nómina de funcionarios afectados al servicio que deberán estar debidamente inscriptos en el INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL.
4.2 LA EMPRESA al inicio del contrato, deberá presentar el resultado de los exámenes médicos de control de los funcionarios afectados al servicio objeto del presente llamado.
4.3 LA EMPRESA deberá presentar copia de los carnets habilitantes expedidos por la Dinatran para el transporte de sustancias peligrosas, de los funcionarios afectados al servicio del HOSPITAL CENTRAL DE POLICÍA RIGOBERTO CABALLERO.
4.4 LA EMPRESA deberá presentar copia de los certificados de cursos de capacitación en manipuleo de residuos hospitalarios y afines o sustancias peligrosas, de los funcionarios afectados al servicio del HOSPITAL CENTRAL DE POLICÍA RIGOBERTO CABALLERO.
4.5 LA EMPRESA proveerá a los funcionarios afectados al servicio de todos los elementos de protección individual establecida en la Reglamentación Nacional vigente. El HOSPITAL CENTRAL DE POLICIA RIGOBERTO CABALLERO se encuentra facultado a solicitar a LA EMPRESA los registros o constancias de entrega de los equipos de protección a los funcionaros afectados al servicio.
4.6 El HOSPITAL CENTRAL DE POLICÍA RIGOBERTO CABALLERO remitirá a LA EMPRESA el listado de los funcionarios responsables para la firma de las planillas de pesaje para la recolección, antes del inicio de los Servicios objeto del Contrato. Siempre que haya modificaciones en la nómina de responsables, HOSPITAL DE POLICÍA RIGOBERTO CABALLERO informará por escrito a LA EMPRESA de dichas modificaciones.
5.1 LA EMPRESA deberá contar con unidades de móviles recolectores con un servicio de monitoreo por rastreo Satelital de movimiento en rutas, durante las veinticuatro horas, con un acceso on-line a través de INTERNET. El HOSPITAL CENTRAL DE POLICÍA RIGOBERTO CABALLERO podrá solicitar informes a su criterio de situación de posicionamiento del o los móviles que hayan ejecutado un servicio al HOSPITAL CENTRAL DE POLICÍA RIGOBERTO CABALLERO a fin de que pueda tener acceso a la ubicación exacta del/los mismo/s, debiendo la EMPRESA presentar dicho informe con firma rubricatoria de la empresa de rastreo satelital.
5.2 LA EMPRESA deberá indefectiblemente realizar el retiro total de los residuos en cada frecuencia, debiendo disponer de cantidad suficiente de móviles recolectores y personal para el vaciamiento de las casetas de almacenamiento transitorio ubicadas en el HOSPITAL CENTRAL DE POLICÍA RIGOBERTO CABALLERO.
5.3 Todos los móviles o unidades de recolección deben contar con sistemas de comunicación (radio, teléfono celular con capacidad de registro grafico de evidencias).
5.4 LA EMPRESA deberá contar con un sistema de elaboración diaria de planilla electrónica de Residuos recolectados que podrá ser emitida vía internet diariamente a una Dirección de Correo Electrónico que será proveído por la HOSPITAL CENTRAL DE POLICÍA RIGOBERTO CABALLERO.
5.5. LA EMPRESA deberá elaborar y remitir al HOSPITAL CENTRAL DE POLICÍA RIGOBERTO CABALLERO informes mensuales detallados de la gestión de los servicios y los inconvenientes detectados en su prestación. El HOSPITAL CENTRAL DE POLICÍA RIGOBERTO CABALLERO se compromete a prestar acciones resolutivas en conjunto con LA EMPRESA.
5.6 En el caso de que no se puedan retirar los Residuos por causas ajenas a LA EMPRESA, deberá acompañar a la Planilla de Recolección un informe descriptivo con imágenes del motivo por el cual no se pudo realizar la recolección.
5.7 El HOSPITAL CENTRAL DE POLICÍA RIGOBERTO CABALLERO, se reserva el derecho a realizar inspecciones en las oficinas para verificar el proceso administrativo del contrato y la planta de tratamiento de residuos, a modo de verificar el proceso de tratamiento del residuo, así como inspecciones correspondientes a los vehículos destinados al transporte de residuos. La inspección es deberán ser notificadas con al menos 48 hs. de antelación.
5.8 LA EMPRESA deberá presentar en carácter de declaración jurada la capacidad instalada en las instalaciones de su planta de tratamiento a través de un listado de equipos y/o tecnologías de tratamiento de los residuos de manera tal a garantizar que la cantidad total de los residuos retirados de las distintas dependencias del HOSPITAL CENTRAL DE POLICÍA RIGOBERTO CABALLERO sean tratados íntegramente en el día, los sistemas de tratamiento son los establecidos en los artículos correspondientes del decreto 6538/11 que reglamenta la ley 3361/07, incluyéndose expresamente la incineración. En caso que los residuos por alguna razón no puedan ser tratados en el día, LA EMPRESA deberá poseer capacidad probada de almacenamiento transitorio en sus instalaciones de manera segura en aguardo del tratamiento respectivo.
5.9 LA EMPRESA deberá entregar al término de cada ciclo mensual un CERTIFICADO DE TRATAMIENTO Y DISPOSICION FINAL, al HOSPITAL CENTRAL DE POLICÍA RIGOBERTO CABALLERO y en duplicado. El HOSPITAL CENTRAL DE POLICÍA RIGOBERTO CABALLERO guardará el ORIGINAL y designará un responsable asignado a firmar el DUPLICADO que será devuelto a LA EMPRESA. En el Certificado deberán constar los datos del servicio como periodo, kilos totales del periodo y tecnología utilizada para el tratamiento de los residuos según artículos de la ley 3361/07 y su decreto reglamentario 6538/11.
6.1 Residuos hospitalarios y patológicos:
Los residuos hospitalarios y patológicos deberán ser tratados por el método de autoclavado.
Los residuos de tipo V deberán ser tratados mediante el método de incineración.
Método: b. Incineración Pirolítica (RESÍDUOS TIPO V).
6.2 Residuos Farmacológicos de Alto, mediano y/o Bajo Riesgo deberán ser tratados por el método de Incineración y/o Trituración y Disposición final en relleno de seguridad.
6.3 Placas radiográficas y líquidos reveladores, el tratamiento debe realizarse conforme a las exigencias de DIGESA, que establece que las empresas encargadas de este servicio cuenten con la tecnología para recuperar plata de estos materiales.
7.1 Para la prestación de los servicios objeto de la presente licitación se requiere como mínimo los siguientes equipos:
Equipos trituradores para residuos farmacéuticos (medicamentos vencidos) para todos los procesos de tratamiento que requieran de una trituración previa.
La recolección, transporte, tratamiento y disposición final de fijadores y líquidos reveladores de placas radiográficas recuperación de plata deben realizarse conforme a las exigencias de DIGESA, que establece que la empresa encargada de este servicio cuente con la tecnología para recuperar plata de estos materiales, conforme se expresa en el decreto reglamentario de la ley 3361/07.
7.2 A los efectos de demostrar la capacidad en materia de equipos el oferente deberá presentar una declaración jurada por la cual el oferente garantice que sus equipos cumplen con los requisitos establecidos junto con la factura de compra (y el recibo de pago en caso de ser facturas a crédito) de cada equipo.
8.1 El HOSPITAL CENTRAL DE POLICÍA RIGOBERTO CABALLERO deberá almacenar sus desechos sólidos infecciosos en forma separada a los residuos sólidos urbanos (tipo I), y dentro del Establecimiento conforme a la reglamentación vigente.
8.2 Los residuos de TIPO V como ser placas radiográficas y líquidos fijadores y reveladores, serán almacenados en recipientes adecuados para el almacenamiento temporal y sus retiros deberán ser indicado previamente al responsable de la gestión operativa indicado por LA EMPRESA, debiendo ser entregados por separado para su respectivo registro.
8.3 El HOSPITAL CENTRAL DE POLICÍA RIGOBERTO CABALLERO designará un Responsable Técnico del control de la Gestión interna de los residuos, esto será comunicado a LA EMPRESA para las coordinaciones operativas respectivas.
8.4 El HOSPITAL CENTRAL DE POLICÍA RIGOBERTO CABALLERO debe nominar dos personas responsables para la Entrega de los Residuos a LA EMPRESA que a la vez serán los encargados de verificar el peso de los residuos recolectados, registrar y firmar la planilla.
8.5 El HOSPITAL CENTRAL DE POLICÍA RIGOBERTO CABALLERO cuenta con Recursos Humanos capacitados y será el encargado de bolsas negras, blancas y rojas, recipientes rígidos para los residuos corto punzantes, placas y líquidos reveladores y fijadores, contenedores y elementos de bioseguridad para el adecuado manejo a nivel intrahospitalario de los residuos de esta naturaleza, conforme a la reglamentación vigente en la materia.
Plan de Entregas y Lugar
Los servicios adjudicados serán realizados en el Hospital Central de Policía Rigoberto Caballero, sito en la Avda. Mariscal López 1806 esq. Juscelino Kubitschek.
El plazo de entrega será de 3 (tres) días hábiles desde la emisión de la Orden de Servicio.
Documentos de cumplimiento:
Los servicios se darán por realizados con los informes emitidos por la empresa, con la aprobación de la administradora del contrato. Estos documentos deberán contener los siguientes detalles:
Los documentos originales quedarán en poder de la Administradora de Contrato y una copia de los mismos con la empresa adjudicada.
Los responsables de la aprobación estarán a cargo de verificar que los servicios realizados cumplan con las exigencias establecidas en las Especificaciones Técnicas, en caso de no concordar con los requerimientos solicitados, deberán informar a la Unidad Operativa de Contrataciones para los fines que hubiere lugar.
En procedimientos de Menor Cuantía, la aplicación de la preferencia reservada a las MIPYMES prevista en el artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas" será de conformidad con las disposiciones que se emitan para el efecto. Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 7444/25 QUE MODIFICA LA LEY Nº 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada entrega. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
No aplica
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicados en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.
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Ítem/Lote |
Descripción |
Lugar de Entrega |
Fecha de Entrega |
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SERVICIO DE RECOLECCIÓN, TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS PATOLÓGICOS |
Dirección General de Sanidad Policial - Hospital Central de Policía Rigoberto Caballero- Actividad 07 Asistencia Integral al Personal Policial, sito en Avda. Mcal. López esquina Avda. Juscelino Kubitschek, Horario de 07:30 a 15:00 horas, dirección de correo tesoreria2.6@gmail.com. |
El plazo de entrega será de 3 (tres) días hábiles desde la recepción de la Orden de Servicio por el proveedor adjudicado.
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Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica