1- EL PBC SOLICITA
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Para productos importados sintéticos
Además del Registro Sanitario emitido por DINAVISA, se debe presentar copia Legalizada y consularizada y/o apostillada del Registro Sanitario o CLV o CPP vigente, emitido por la Agencia Reguladora de Medicamentos correspondiente al país de origen.
En caso de presentar documentación emitida por el fabricante con el link web oficial de algunas de las documentaciones citadas anteriormente el mismo debe de estar autenticado por escribano público.
Copia Legalizada y consularizada y/o apostillada del Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación vigente, emitido por la Agencia Reguladora de Medicamentos correspondiente al país de origen.
En caso de presentar documentación emitida por el fabricante con el link web oficial de algunas de las documentaciones citadas anteriormente el mismo debe de estar autenticado por escribano público.
Sugerimos a la convocante eliminar este requisito, dado que en el llamado de referencia no se contemplan medicamentos de esta naturaleza
1- EL PBC SOLICITA
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Para productos importados sintéticos
Además del Registro Sanitario emitido por DINAVISA, se debe presentar copia Legalizada y consularizada y/o apostillada del Registro Sanitario o CLV o CPP vigente, emitido por la Agencia Reguladora de Medicamentos correspondiente al país de origen.
En caso de presentar documentación emitida por el fabricante con el link web oficial de algunas de las documentaciones citadas anteriormente el mismo debe de estar autenticado por escribano público.
Copia Legalizada y consularizada y/o apostillada del Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación vigente, emitido por la Agencia Reguladora de Medicamentos correspondiente al país de origen.
En caso de presentar documentación emitida por el fabricante con el link web oficial de algunas de las documentaciones citadas anteriormente el mismo debe de estar autenticado por escribano público.
Sugerimos a la convocante eliminar este requisito, dado que en el llamado de referencia no se contemplan medicamentos de esta naturaleza
Ajustarse al PBC. Se aclara lo siguiente, teniendo en cuenta que el llamado corresponde a un solo ítem el cual corresponde a un Medicamento Biológico (MB), el oferente deberá referirse textualmente al apartado del PBC donde dice" Para productos importados biológicos. Así mismo, el Certificado de Registro Sanitario se encuentra diferenciado por tipo de medicamento, en este caso MB, por lo tanto, se considera que no incurrirá a un error por confusión.
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CONSULTA 1: EXPERIENCIA REQUERIDA:
Solicitamos a la convocante modificar el punto de Experiencia Requerida, específicamente donde dice: “Demostrar la experiencia en PROVISIÓN DE MEDICAMENTOS, con facturaciones de ventas y/o contratos por un monto equivalente al 25 % como mínimo del monto máximo ofertado en la presente licitación, EN PROMEDIO de los siguientes años: 2022-2023-2024”
Modificar a: “Demostrar la experiencia en PROVISIÓN DE MEDICAMENTOS, con facturaciones de ventas y/o contratos por un monto equivalente al 25% como mínimo del monto máximo ofertado en la presente licitación, en cualquiera de los siguientes años: 2022-2023-2024”
Ya que, así como está el pedido corresponde a 25% por año lo que sumaría 75% de experiencia. Y en el Pliego de Bases y Condiciones Estándar dicta:
Para ello se deberá establecer los siguientes parámetros aceptables como referencia:
Porcentajes: entre 25 al 50% del monto de la oferta o en caso de contrato abierto establecer sobre el monto máximo de la oferta.
Debiendo modificar solo lo que se encuentra entre corchete: “Demostrar la experiencia en [Indicar actividad] con facturaciones de venta, contratos y/o recepciones finales u otros documentos, por un monto equivalente al [Indicar porcentaje] % como mínimo del monto total ofertado en el presente procedimiento de contratación, de los: [Indicar N° de años] años. [Ej.: últimos años 20_20_20_]. Las sumatorias de las facturaciones deben alcanzar el porcentaje indicado, no será necesaria la presentación del porcentaje del monto establecido por cada año.”
Y en el último párrafo, no modificable, dicta: “Las sumatorias de las facturaciones deben alcanzar el porcentaje indicado, no será necesaria la presentación del porcentaje del monto establecido por cada año”
Solicitamos a la convocante modificar el punto de Experiencia Requerida, específicamente donde dice: “Demostrar la experiencia en PROVISIÓN DE MEDICAMENTOS, con facturaciones de ventas y/o contratos por un monto equivalente al 25 % como mínimo del monto máximo ofertado en la presente licitación, EN PROMEDIO de los siguientes años: 2022-2023-2024”
Modificar a: “Demostrar la experiencia en PROVISIÓN DE MEDICAMENTOS, con facturaciones de ventas y/o contratos por un monto equivalente al 25% como mínimo del monto máximo ofertado en la presente licitación, en cualquiera de los siguientes años: 2022-2023-2024”
Ya que, así como está el pedido corresponde a 25% por año lo que sumaría 75% de experiencia. Y en el Pliego de Bases y Condiciones Estándar dicta:
Para ello se deberá establecer los siguientes parámetros aceptables como referencia:
Porcentajes: entre 25 al 50% del monto de la oferta o en caso de contrato abierto establecer sobre el monto máximo de la oferta.
Debiendo modificar solo lo que se encuentra entre corchete: “Demostrar la experiencia en [Indicar actividad] con facturaciones de venta, contratos y/o recepciones finales u otros documentos, por un monto equivalente al [Indicar porcentaje] % como mínimo del monto total ofertado en el presente procedimiento de contratación, de los: [Indicar N° de años] años. [Ej.: últimos años 20_20_20_]. Las sumatorias de las facturaciones deben alcanzar el porcentaje indicado, no será necesaria la presentación del porcentaje del monto establecido por cada año.”
Y en el último párrafo, no modificable, dicta: “Las sumatorias de las facturaciones deben alcanzar el porcentaje indicado, no será necesaria la presentación del porcentaje del monto establecido por cada año”
Al respecto de lo solicitado, primeramente, debemos señalar que, si bien es cierto que la libre concurrencia es un derecho con el que cuentan los potenciales oferentes, el Artículo 128 de la propia Constitución Nacional establece que En ningún caso el interés de los particulares primará sobre el interés general.
Hacemos esta aclaración atendiendo a que el principal argumento de la consulta consiste en que los requerimientos cuestionados del PBC imposibilitan la libre participación; sin embargo, no consideramos que el requerimiento observado por la cadena sea arbitraria, sino que la misma responde al interés general, cual es garantizar que las compras que realiza el Estado se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, tal como reza el principio de economía y eficiencia previsto en el Artículo 4 de la Ley 2051/03.
Ahora bien, en lo que respecta puntualmente al requerimiento que solicitan sea modificado, debemos señalar que el mismo responde a la necesidad con que cuenta la convocante de que los Comités de Evaluación puedan llevar a cabo el análisis del comportamiento de los oferentes y de las firmas que la secundan, en la ejecución de contratos con distintos Organismos y Entidades del Estado, lo cual es de vital importancia para garantizar que se merma el riesgo de retrasos y/o incumplimientos contractuales.
En efecto, esto ya ha sido explicado extensamente en otras oportunidades al momento de contestar protestas ante la DNCP y, al respecto, la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas ha resuelto cuanto seguidamente es trascripto: En esa línea de argumentaciones, en perspectiva a la complejidad del llamado y que los bienes, objeto de la presente licitación, implica la especial atención a distintos Servicios de la Salud Publica, se infiere razonable la argumentación técnica de la Convocante respecto a la inclusión de requerimientos que aseguren una contratación efectiva, por lo que ante las motivaciones brindadas se considera prudente la acreditación de la experiencia requerida, que aseguren la provisión efectiva de los bienes a ser adquiridos, en prioridad de los beneficiarios finales de la contratación. Resolución DNCP N.º 3328/22
Como se puede ver, la autoridad de aplicación de la normativa de las contrataciones públicas ya ha entendido que los requisitos de experiencia cuestionados son razonables a efectos de asegurar una contratación efectiva.
También es necesario para esta representación hacer mención, como antecedente inmediato, que en el marco del desarrollo del proceso individualizado con ID 433558 - LPN N° 99/2023 - "ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTO TOCILIZUMAB PARA PACIENTES CON ENFERMEDADES AUTOINMUNES DEL MSPYBS", ya se realizó una consulta en igual sentido, a la cual esta Cartera de Estado a expuesto como respuesta cuanto sigue: El oferente deberá ajustarse a los términos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones. Cabe destacar que, la Convocante en uso discrecional de sus facultades, debe velar por los intereses del Estado y establecer condiciones que garanticen la experiencia de los participantes y sus asociados, para un llamado de gran envergadura. Asimismo, es importante señalar que, la presente contratación demandará la provisión de máximo 63.500 unidades de 1 (un) solo medicamento por valor estimado de Gs. 8.135.302.500; por lo que, la firma participante deberá cubrir la experiencia señalada en el PBC, así como también el titular del registro sanitario y/o fabricante del producto, en tal sentido, mal podría esta convocante arriesgarse que el fabricante no tenga la experiencia suficiente, hecho sin lugar a dudas impactaría en la ejecución del futuro contrato (retrasos en la entrega, incumplimientos, terminación de contrato, rescisiones), por ello, se debe asegurar el cumplimiento debido del proceso, así como garantizar que los bienes a ser adquiridos se fabriquen, elaboren y/o distribuyan por firmas que tengan la experiencia para el estricto cumplimiento de las normativas vigentes en materia de salud.
Esta Convocante no es la primera que establece esta condición para un proceso licitatorio determinado, es más, en las licitaciones que se llevaron de acuerdo a al requerimiento observado en esta oportunidad, se tuvo una amplia participación y, en igual sentido, las adjudicaciones recayeron en distintas firmas.
Entonces, sin necesidad de extendernos en demasía, viendo que el requisito en cuestión ya ha sido objeto de análisis tanto por esta institución como por la DNCP, inclusive en el marco de un proceso de impugnación; y que, en ambas instancias, se ha concluido que él se encuentra justificado, no encontramos motivos para que el mismo sea modificado en esta oportunidad.
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CAPACIDAD FINANCIERA
Dentro de la Capacidad Financiera detallan cuanto sigue: Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices. AÑOS REQUERIDOS 2022-2023-2024.
Pero en el apartado Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera no detalla los años que serán tenidos en cuenta…
Como los “Requisitos Documentales para la evaluación de la capacidad financiera” debe reflejar lo que será considerado como documento en “Capacidad Financiera” solicitamos a la convocante modificar el punto de manera a que no se preste a confusiones e interpretaciones ambiguas
Dentro de la Capacidad Financiera detallan cuanto sigue: Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices. AÑOS REQUERIDOS 2022-2023-2024.
Pero en el apartado Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera no detalla los años que serán tenidos en cuenta…
Como los “Requisitos Documentales para la evaluación de la capacidad financiera” debe reflejar lo que será considerado como documento en “Capacidad Financiera” solicitamos a la convocante modificar el punto de manera a que no se preste a confusiones e interpretaciones ambiguas
Ajustarse al PBC. El oferente deberá ajustarse estrictamente a lo establecido en el PBC, a lo requerido en el apartado "Criterio de Capacidad Financiera", tanto en cuanto a la presentación de la documentación respaldatoria (balances, estados financieros, etc.) deberá ceñirse a los ejercicios fiscales solicitado en el mencionado apartado.
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DOCUMENTOS TECNICOS
Se solicita a la convocante, favor tenga a bien eliminar el requisito para Para productos importados sintéticos. Por el hecho de que no corresponde, y también, porque genera una confusión innecesaria. Favor considerar.
Se solicita a la convocante, favor tenga a bien eliminar el requisito para Para productos importados sintéticos. Por el hecho de que no corresponde, y también, porque genera una confusión innecesaria. Favor considerar.
Ajustarse al PBC. Se aclara lo siguiente, teniendo en cuenta que el llamado corresponde a un solo ítem el cual corresponde a un Medicamento Biológico (MB), el oferente deberá referirse textualmente al apartado del PBC donde dice" Para productos importados biológicos. Así mismo, el Certificado de Registro Sanitario se encuentra diferenciado por tipo de medicamento, en este caso MB, por lo tanto, se considera que no incurrirá a un error por confusión.
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PLAZOS DE ENTREGA
Se solicita a la convocante favor considerar los plazos de entrega solicitados para la primera entrega, considerando que se está solicitando un producto bastante particular, de un alto valor, y de cadena de frio 2° a 8°, lo que a su vez requiere un sistema de transporte especial y un tratamiento particular en cuanto a carga refrigerada, hechos que hacen aumentar los tiempos de tránsito. Por lo tanto, favor considerar modificar lo siguiente:
Donde dice: La 1ra orden de compra deberá ser emitida dentro de los 15 (quince) días corridos posteriores a la firma del contrato.
Debe decir: La 1ra orden de compra deberá ser emitida dentro de los 30 (treinta) días corridos posteriores a la firma del contrato.
Se solicita a la convocante favor considerar los plazos de entrega solicitados para la primera entrega, considerando que se está solicitando un producto bastante particular, de un alto valor, y de cadena de frio 2° a 8°, lo que a su vez requiere un sistema de transporte especial y un tratamiento particular en cuanto a carga refrigerada, hechos que hacen aumentar los tiempos de tránsito. Por lo tanto, favor considerar modificar lo siguiente:
Donde dice: La 1ra orden de compra deberá ser emitida dentro de los 15 (quince) días corridos posteriores a la firma del contrato.
Debe decir: La 1ra orden de compra deberá ser emitida dentro de los 30 (treinta) días corridos posteriores a la firma del contrato.
Ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, el plazo de entrega fue elaborado en base a las necesidades del Programa Nacional de Diabetes
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PLAZOS DE ENTREGA
Se solicita a la convocante favor considerar los plazos de entrega solicitados las entregas en general para la ejecución del contrato. Considerando que se está solicitando un producto bastante particular, de un alto valor, y de cadena de frio 2° a 8°, lo que a su vez requiere un sistema de transporte especial y un tratamiento particular en cuanto a carga refrigerada, hechos que hacen aumentar los tiempos de tránsito. Por lo tanto, favor considerar modificar lo siguiente:
Donde dice: 1 era Entrega de la cantidad mínima adjudicada: Hasta el 30% de la cantidad mínima adjudicada. El oferente tendrá un plazo de hasta 12 (días) corridos para la entrega a partir de la recepción de la Orden de Compra emitida por la DGGIES, según necesidad y stock del Programa Nacional de Diabetes.
Debe decir: 1 era Entrega de la cantidad mínima adjudicada: Hasta el 30% de la cantidad mínima adjudicada. El oferente tendrá un plazo de hasta 30 (días) corridos para la entrega a partir de la recepción de la Orden de Compra emitida por la DGGIES, según necesidad y stock del Programa Nacional de Diabetes.
Se solicita a la convocante favor considerar los plazos de entrega solicitados las entregas en general para la ejecución del contrato. Considerando que se está solicitando un producto bastante particular, de un alto valor, y de cadena de frio 2° a 8°, lo que a su vez requiere un sistema de transporte especial y un tratamiento particular en cuanto a carga refrigerada, hechos que hacen aumentar los tiempos de tránsito. Por lo tanto, favor considerar modificar lo siguiente:
Donde dice: 1 era Entrega de la cantidad mínima adjudicada: Hasta el 30% de la cantidad mínima adjudicada. El oferente tendrá un plazo de hasta 12 (días) corridos para la entrega a partir de la recepción de la Orden de Compra emitida por la DGGIES, según necesidad y stock del Programa Nacional de Diabetes.
Debe decir: 1 era Entrega de la cantidad mínima adjudicada: Hasta el 30% de la cantidad mínima adjudicada. El oferente tendrá un plazo de hasta 30 (días) corridos para la entrega a partir de la recepción de la Orden de Compra emitida por la DGGIES, según necesidad y stock del Programa Nacional de Diabetes.
Ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, el plazo de entrega fue elaborado en base a las necesidades del Programa Nacional de Diabetes
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PLAZOS DE ENTREGA
Se solicita a la convocante favor considerar los plazos de entrega solicitados las entregas en general para la ejecución del contrato. Considerando que se está solicitando un producto bastante particular, de un alto valor, y de cadena de frio 2° a 8°, lo que a su vez requiere un sistema de transporte especial y un tratamiento particular en cuanto a carga refrigerada, hechos que hacen aumentar los tiempos de tránsito. Por lo tanto, favor considerar modificar lo siguiente:
Donde dice: 2da. Entrega de la cantidad mínima adjudicada: Hasta el 30% de la cantidad mínima adjudicada. El oferente tendrá un plazo de hasta 15 (días) corridos para la entrega a partir de la recepción de la Orden de Compra emitida por la DGGIES, según necesidad y stock del Programa Nacional de Diabetes.
Debe decir: 2da. Entrega de la cantidad mínima adjudicada: Hasta el 30% de la cantidad mínima adjudicada. El oferente tendrá un plazo de hasta 30 (días) corridos para la entrega a partir de la recepción de la Orden de Compra emitida por la DGGIES, según necesidad y stock del Programa Nacional de Diabetes.
Se solicita a la convocante favor considerar los plazos de entrega solicitados las entregas en general para la ejecución del contrato. Considerando que se está solicitando un producto bastante particular, de un alto valor, y de cadena de frio 2° a 8°, lo que a su vez requiere un sistema de transporte especial y un tratamiento particular en cuanto a carga refrigerada, hechos que hacen aumentar los tiempos de tránsito. Por lo tanto, favor considerar modificar lo siguiente:
Donde dice: 2da. Entrega de la cantidad mínima adjudicada: Hasta el 30% de la cantidad mínima adjudicada. El oferente tendrá un plazo de hasta 15 (días) corridos para la entrega a partir de la recepción de la Orden de Compra emitida por la DGGIES, según necesidad y stock del Programa Nacional de Diabetes.
Debe decir: 2da. Entrega de la cantidad mínima adjudicada: Hasta el 30% de la cantidad mínima adjudicada. El oferente tendrá un plazo de hasta 30 (días) corridos para la entrega a partir de la recepción de la Orden de Compra emitida por la DGGIES, según necesidad y stock del Programa Nacional de Diabetes.
Ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, el plazo de entrega fue elaborado en base a las necesidades del Programa Nacional de Diabetes
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PLAZOS DE ENTREGA
Se solicita a la convocante favor considerar los plazos de entrega solicitados las entregas en general para la ejecución del contrato. Considerando que se está solicitando un producto bastante particular, de un alto valor, y de cadena de frio 2° a 8°, lo que a su vez requiere un sistema de transporte especial y un tratamiento particular en cuanto a carga refrigerada, hechos que hacen aumentar los tiempos de tránsito. Por lo tanto, favor considerar modificar lo siguiente:
Donde dice: Saldo de la Cantidad Mínima: El proveedor tendrá hasta los 25 (veinticinco) días corridos, posterior a la recepción de la Orden de Compra emitida por la DGGIES, según necesidad y stock del Programa Nacional de Diabetes.
Debe decir: Saldo de la Cantidad Mínima: El proveedor tendrá hasta los 30 (TREINTA) días corridos, posterior a la recepción de la Orden de Compra emitida por la DGGIES, según necesidad y stock del Programa Nacional de Diabetes.
Se solicita a la convocante favor considerar los plazos de entrega solicitados las entregas en general para la ejecución del contrato. Considerando que se está solicitando un producto bastante particular, de un alto valor, y de cadena de frio 2° a 8°, lo que a su vez requiere un sistema de transporte especial y un tratamiento particular en cuanto a carga refrigerada, hechos que hacen aumentar los tiempos de tránsito. Por lo tanto, favor considerar modificar lo siguiente:
Donde dice: Saldo de la Cantidad Mínima: El proveedor tendrá hasta los 25 (veinticinco) días corridos, posterior a la recepción de la Orden de Compra emitida por la DGGIES, según necesidad y stock del Programa Nacional de Diabetes.
Debe decir: Saldo de la Cantidad Mínima: El proveedor tendrá hasta los 30 (TREINTA) días corridos, posterior a la recepción de la Orden de Compra emitida por la DGGIES, según necesidad y stock del Programa Nacional de Diabetes.
Ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, el plazo de entrega fue elaborado en base a las necesidades del Programa Nacional de Diabetes
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CONDICIONES CONTRACTUALES
En el PBC, apartado de Condiciones Contractuales se menciona: El valor del porcentaje de multas que será aplicado por el atraso en la entrega de los bienes, prestación de servicios será de: 0,01 %. Sin embargo, en el caso de la contratante la tasa de interés por mora será de: Tasa de interés por Mora.En caso de que la contratante incurriera en mora en los pagos, se aplicará una tasa de interés por cada día de atraso, del: 0,001. Considerando la elevada mora en el cumplimiento de los pagos por productos entregados que arrastra el MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL con los proveedores del Estado, y que la carga del cumplimiento de sus fines de prestación se sustenta en la espalda financiera de los proveedores, solicitamos igualar el porcentaje de multa al de la tasa de interés por mora que pagará el MSPBS:
Donde dice: El valor del porcentaje de multas que será aplicado por el atraso en la entrega de los bienes, prestación de servicios será de: 0,01 %.
Debe decir: El valor del porcentaje de multas que será aplicado por el atraso en la entrega de los bienes, prestación de servicios será de: 0,001 %.
En el PBC, apartado de Condiciones Contractuales se menciona: El valor del porcentaje de multas que será aplicado por el atraso en la entrega de los bienes, prestación de servicios será de: 0,01 %. Sin embargo, en el caso de la contratante la tasa de interés por mora será de: Tasa de interés por Mora.En caso de que la contratante incurriera en mora en los pagos, se aplicará una tasa de interés por cada día de atraso, del: 0,001. Considerando la elevada mora en el cumplimiento de los pagos por productos entregados que arrastra el MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL con los proveedores del Estado, y que la carga del cumplimiento de sus fines de prestación se sustenta en la espalda financiera de los proveedores, solicitamos igualar el porcentaje de multa al de la tasa de interés por mora que pagará el MSPBS:
Donde dice: El valor del porcentaje de multas que será aplicado por el atraso en la entrega de los bienes, prestación de servicios será de: 0,01 %.
Debe decir: El valor del porcentaje de multas que será aplicado por el atraso en la entrega de los bienes, prestación de servicios será de: 0,001 %.