Fecha de Consulta: 21-10-2025
Consulta:
Capacidad en materia de personal
Requisitos mínimos
El oferente deberá contar en su nómina como mínimo con 10 (DIEZ) personales los últimos 6 (seis) meses. Para el efecto,
deberá presentar las planillas de IPS correspondiente a los últimos 6 (seis) meses anteriores a la fecha de Apertura de ofertas.
Al respecto exponemos lo siguiente:
La solicitud de contar con un mínimo de diez (10) empleados en planilla de IPS es una exigencia desproporcionada y carente de justificación, particularmente cuando se tiene en cuenta la naturaleza del servicio requerido y el tamaño promedio de las empresas oferentes del sector. Este requisito no guarda relación directa con la capacidad técnica efectiva de la empresa, y constituye una barrera innecesaria que limita de manera injustificada la participación de oferentes competentes.
En los sectores de la construcción y los servicios técnicos afines, es común que ingenieros, arquitectos y otros técnicos especializados trabajen de manera independiente, ofreciendo sus servicios bajo contratos por honorarios o contratos civiles de prestación de servicios, sin necesariamente estar en planillas de IPS. Por lo tanto, excluir a estos profesionales por no estar registrados en planillas no refleja su verdadera capacidad técnica ni la estructura organizacional de la empresa.
Por el principio de igualdad, libre competencia y razonabilidad, solicitamos que:
se reconsidere y modifique el requisito, permitiendo la presentación de declaraciones juradas certificados de trabajos en donde demuestren los servicios profesionales prestados como alternativas válidas para la verificación del personal técnico. De esta forma, se garantizaría una mayor amplitud en la participación, equidad en las condiciones y objetividad en el proceso.