Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.
Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".
En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.
Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores
aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:
1. En obras públicas: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 20% para ofertas por debajo del precio referencial y 10% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro
La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:
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Fecha |
Ítem N° |
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Obra |
Unidad : |
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Modelo de Equipo |
Horas de c/ equipo |
Costo Horario Gs. |
Costo Total Hora Horario Gs. |
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Cantidad de Trabajadores |
Horas de c/ Trabajador |
Costo Horario Gs. |
Costo Total Hora Horario Gs. |
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Unidad |
Consumo |
Costo Horario Gs. |
Costo Total Hora Horario Gs. |
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C) Total Gs. |
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DMT KM |
Consumo |
Costo Horario Gs. |
Costo Total Hora Horario Gs. |
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C) Total Gs. |
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Costo Directo Total [D+E+F] |
Gs |
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Gastos Generales [% s/ (CDT)] (GG) |
Gs |
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Beneficio e Impuestos [% s/ (CDT)] (Bel) |
Gs |
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Costo Unitario [CDT + G.G. + BEL] (CU) |
Gs |
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IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (I.V.A.) |
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COSTO UNITARIO ADOPTADO [CU + IVA] |
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El oferente podrá presentar junto con su oferta el desgloce de composición de precios, cuando su oferta se encuentre fuera de los parámetros establecidos en la cláusula anterior.
En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:
Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.
[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.
En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]
La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.
8.1. Personas Físicas.
8.2. Personas Jurídicas.
8.3. Oferentes en Consorcio.
En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
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CAPACIDAD FINANCIERA |
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Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Debe cumplir con el requisito. |
N/A |
Debe cumplir con el requisito.
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Completar el formualrio Situación Financiera y presentar los documentos que se indiquen en el Pliego de Bases y Condiciones. |
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Coeficiente de Solvencia: Pasivo Total / Activo Total igual o menor a 0,80. Esta información será extraída del Balance General debidamente firmadas por el representante legal y el profesional contable y de la Declaración Jurada del Impuesto correspondiente a los últimos tres ejercicios fiscales cerrados (2022, 2023 y 2024). En caso de discrepancia entre los datos consignados en los balances generales y las declaraciones juradas de impuesto a la renta, prevalecerá la información consignada en la Declaración del Impuesto a la Renta. Observación: Para todos los Casos, a partir del segundo decimal se aplicará en los coeficientes de liquidez y solvencia el redondeo por exceso. |
Debe cumplir con el requisito. |
N/A |
Debe cumplir con el requisito.
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Completar el Situación Financiera y presentar los documentos que se indiquen en el Pliego de Bases y Condiciones. |
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RECURSOS FINANCIEROS
El Capital Operativo será calculado como el monto obtenido de la diferencia entre el Activo Corriente menos el Pasivo Corriente, extraídos del último Balance General (2024).
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Debe cumplir con el requisito. |
Debe cumplir con el 100% del requisito |
Debe cumplir por lo menos con el 20% del requisito mínimo |
Debe cumplir por lo menos con el 40% del requisito mínimo |
Completar el Situación Financiera y presentar los documentos que se indiquen en el Pliego de Bases y Condiciones.
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Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
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EXPERIENCIA GENERAL EN OBRAS |
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Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Debe cumplir con el requisito. |
Debe cumplir con el requisito |
Debe cumplir con el requisito por los menos con el 25% del requisito mínimo.
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Debe cumplir con el requisito por los menos con el 40% del requisito mínimo. |
Completar el formulario de: Facturación anual media en construcción. |
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Debe cumplir con el requisito. |
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Debe cumplir con el requisito. |
Presentar los documentos probatorios que se indiquen en el pliego de bases y condiciones. |
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Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Debe cumplir con el requisito. |
Debe cumplir con el requisito |
Debe cumplir con el requisito por los menos con el 25% del requisito mínimo.
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Debe cumplir con el requisito por los menos con el 40% del requisito mínimo. |
Completar Formulario Experiencia General en Construcción.
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Debe cumplir con el requisito. |
Debe cumplir con el requisito |
N/A.
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N/A |
Completar el Formulario Experiencia Especifica en Construcción |
La experiencia solicitada tiene como base la envergadura de la obra y el alto impacto institucional de la misma.
Lo requerido es a los efectos de asegurar la experiencia de los oferentes, considerando la envergadura del llamado. Es necesario contar con una empresa con la suficiente experiencia y profesionales altamente calificados para hacer frente a las obligaciones y ejecutar en tiempo y forma la obra
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación de los presentes criterios:
Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de personal del oferente, se considerarán los siguientes índices:
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Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Demostrar que cuenta con personal debidamente calificado para desempeñar los siguientes cargos clave: Director de Obra: (ARQUITECTO O INGENIERO CIVIL):, con título de grado, expedido por una universidad nacional (pública o privada) o extranjera, con registro del MOPC y patente profesional vigentes, con por lo menos 10 años como profesional en el área de la arquitectura o ingeniería civil, contados desde la emisión del título universitario. Carta de compromiso en donde se compromete a prestar el servicio para la firma oferente en caso de resultar adjudicada. Experiencia Específica: 7 (siete) años de experiencia en el cargo de Director de Obra, Superintendente de Obra o Jefe de Obras civiles o viales, posteriores a la emisión del Título universitario, a ser respaldado con el curriculum firmado. INGENIERO ELECTRICO O ELECTROMECANICO Categoría A de la ANDE, con registro profesional expedido por el MOPC vigente, matricula expedida por el INTN de inspector de instalaciones electricas de baja tensión vigente, una antigüedad mínima de 3 años (demostrables con título universitario y curriculum firmado en el que mencione la experiencia mínima de 2 (dos) años de trabajo en obras, carta de compromiso en donde se compromete a prestar el servicio para la firma oferente en caso de resultar adjudicada, copia de cédula y patente profesional vigente Demostrar que cuenta con el personal debidamente calificado para desempeñar los siguientes cargos, como minimo: Capataz de obra con 5 (cinco) años de experiencia mínima en obras de naturaleza y complejidad similares demostrable con curriculum firmado así como la carta de compromiso en donde se compromete a prestar el servicio para la firma oferente en caso de resultar adjudicada y permanecer en el sitio de obra, acompañada de la copia de la cedula de identidad Demostrar que cuenta con personal debidamente calificado para desempeñar los siguientes cargos Oficial Albañil, Electricista, Carpintero y Pintor, con experiencia en obras similares, a ser demostrado con el curriculum de cada uno firmado, así como la carta de compromiso en donde se comprometen a prestar el servicio para la firma oferente en caso de resultar adjudicada y copia de la cedula de identidad. |
Debe cumplir con el requisito. |
Debe cumplir con el requisito |
N/A |
N/A |
Completar formulario de LISTA DE PERSONAL PROPUESTO PARA LA OBRA y documentos que indiquen en el PBC.
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Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de equipos del oferente, se considerarán los siguientes índices:
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Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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• Demostrar dispone los equipos esenciales, que a continuación se indican:
1. Mínimo un (1) camión volquete con capacidad mínima de 15 toneladas (Doble Diferencial). 3. Una (01) Retroexcavadora 4. Una (01) motoniveladora 5. Mínimo dos (02) camionetas para transporte de material y apoyo. 6. Una (01) excavadora con capacidad mínima de 20 toneladas
9. Dos (02) Hormigoneras de 300 litros. 10. Tres (03) Hormigoneras de 100 litros como mínimo. 11. Equipos de seguridad: Cascos, Arneses, etc.
Se acreditará la propiedad del oferente con la Cedula Verde y/o cuadro de revalúo Los oferentes deberán cumplir con el 100% de los equipos solicitados, por lo tanto entre las constancias de equipo propios y los de alquiler, se deberá comprobar éste requisito. |
Debe cumplir con el requisito. |
Debe cumplir con el requisito |
N/A |
N/A |
Formulario LISTA DE EQUIPOS, HERRAMIENTAS, MAQUINARIAS E IMPLEMENTOS DESTINADOS A LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS, y documentos que indiquen en el PBC.
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Cronograma de utilización de equipos |
Debe cumplir con el requisito |
Debe cumplir con el requisito |
N/A |
N/A |
Formulario N° 8 |
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
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CONFLICTO DE INTERESES |
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Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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• Se deberá presentar lo siguiente: Declaración Jurada de estar o no incurso/a en causales de los deberes de abstención en caso de conflicto de intereses en relación a funcionarios públicos, conforme a la resolución DNCP vigente. |
Debe cumplir con el requisito.
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N/A |
Debe cumplir con el requisito. |
N/A. |
Formulario N° 16 |
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Formulario de Declaración de Personas, debidamente firmado. |
Debe cumplir con el requisito |
N/A |
Debe cumplir con el requisito |
N/A |
Formulario N° 12 |
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Registro de estructura jurídica. |
Debe cumplir con el requisito |
N/A |
Debe cumplir con el requisito |
N/A |
Constancia |
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Constancia de beneficiarios finales |
Debe cumplir con el requisito |
N/A |
Debe cumplir con el requisito |
N/A |
Constancia |
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INFRAESTRUCTURA |
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Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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La empresa deberá contar con la siguiente infraestructura mínima: ● Una oficina equipada con equipos de comunicación (teléfono o línea de celular para contactar, correo electrónico de la empresa), de informática (impresora, computador),
● Personal a su cargo: Un recepcionista, un auxiliar administrativo y un personal técnico encargado de certificados.
El oferente deberá indicar en su Declaración Jurada que cuenta con la infraestructura requerida, y detallar los nombres y apellidos de los personales, con sus cargos, la lista de equipos con que cuenta, anexando un croquis de ubicación de Google maps de la oficina comercial.
El Comité de Evaluación podrá realizar una visita in situ a fin de constatar la veracidad de la información.
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Debe cumplir con el requisito.
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No aplica |
No aplica |
Debe cumplir con el requisito. |
Declaración jurada |
Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.
A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.
Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.
No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.
Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.
A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.
Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:
a) Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.
b) Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.
c) En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.
Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.
La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.
En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.
En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.
En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.
La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.