Datos de la Verificación
Usuario Verificador
malvarenga
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
25-09-2025 - 12:48
Fecha de Fin
30-09-2025 - 09:34
Estado
Observaciones
Tema
PROPIAS DE CVE
Sección
Documentos del SICP
Situación
No se subsanaron observaciones anteriores.
Descripción
No se verifica que la convocante haya realizado las modificaciones correspondientes a los puntos observados
en la última verificación. Asimismo, no se ha presentado justificación técnica o legal que respalde el mantenimiento
de los aspectos objetados. En consecuencia, se mantienen íntegramente las observaciones formuladas en la verificación anterior.
Comentario
Teniendo en cuenta lo comunicado en la nota de reparo referente a los ítems que se encuentran en la tienda virtual: "por la otra si bien son del mismo material y diseño no son las mismas medidas, son muebles a medidas acordes al espacio que cada unidad cuenta", se solicita remitir en la Declaración Jurada. Tener en cuenta el Art. 124 de la Res. DNCP 230/25: "En tales casos, la convocante deberá remitir, junto con el Pliego de Bases y Condiciones, una Declaración Jurada que contenga una explicación detallada de la situación de hecho e individualización del inciso en el que se subsume el procedimiento de contratación a ser comunicado, a los efectos de acreditar la pertinencia para la realización del mismo." Además, se recuerda a la convocante que la Res. DNCP 1399/20 ya no se encuentra vigente conforme se puede observar en el apartado del marco legal en el SICP.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
