Donde solicitan b) Carta de autorización del fabricante del equipo SHINVA donde indique que la marca ofertada es compatible con el esterilizador, si se cotiza algún ítem con una marca distinta al equipo instalado en el servicio. Favor notar que esto solo aplica para los items 1 y para el Items 9, que podemos indicar deberian de corresponde a la marca del equipo, todos los demás items solicitados, son productos genéricos que son utilizados habitualmente en cualquier centro de esterilización y son compatibles con cualquier marca, es decir están fabricados para su uso habitual en autoclaves a plasma y autoclaves a vapor independientemente a la marca del autoclave. Por favor no dirijan todo el llamado a un solo proveedor representante de SHINVA identificado como ALTAS TECNOLOGIAS S.A.. Recomendamos la siguiente especificación "b) Carta de autorización del fabricante del equipo SHINVA donde indique que la marca ofertada es compatible con el esterilizador, si se cotiza los ítems 1 y 9 con una marca distinta al equipo instalado en el servicio. Salvo contrario nos veremos de presentar una protesta por limitar innecesariamente lo demás ítems.
Donde solicitan b) Carta de autorización del fabricante del equipo SHINVA donde indique que la marca ofertada es compatible con el esterilizador, si se cotiza algún ítem con una marca distinta al equipo instalado en el servicio. Favor notar que esto solo aplica para los items 1 y para el Items 9, que podemos indicar deberian de corresponde a la marca del equipo, todos los demás items solicitados, son productos genéricos que son utilizados habitualmente en cualquier centro de esterilización y son compatibles con cualquier marca, es decir están fabricados para su uso habitual en autoclaves a plasma y autoclaves a vapor independientemente a la marca del autoclave. Por favor no dirijan todo el llamado a un solo proveedor representante de SHINVA identificado como ALTAS TECNOLOGIAS S.A.. Recomendamos la siguiente especificación "b) Carta de autorización del fabricante del equipo SHINVA donde indique que la marca ofertada es compatible con el esterilizador, si se cotiza los ítems 1 y 9 con una marca distinta al equipo instalado en el servicio. Salvo contrario nos veremos de presentar una protesta por limitar innecesariamente lo demás ítems.
Buenas
En relación con la consulta sobre la exigencia de una carta de autorización del fabricante SHINVA, se informa que dicha condición se mantiene, ya que responde a la necesidad de garantizar la compatibilidad de los insumos con el esterilizador actualmente instalado en el Hospital del Trauma. Si bien algunos productos pueden considerarse genéricos, no puede presumirse su compatibilidad con equipos de alta especialización como los que son objeto de la presente convocatoria (esterilizador), por lo que es imprescindible contar con la validación técnica del fabricante. Esta medida no limita la competencia, sino que busca prevenir fallas en el funcionamiento, proteger la operatividad del servicio y resguardar el interés público, conforme a lo dispuesto en la Ley N.º 7021/2022. Favor ajustarse al PBC.
2
ITEM 9 - Bolsa de papel con indicador quimico
Solicitamos respetuosame a la convocante aumentar rango de tolerancia a +- 1.5cm en el fuelle, para aumentar la cantidad de oferentes ya que esta especificacion tecnica esta direccionada a una sola marca.
Solicitamos respetuosame a la convocante aumentar rango de tolerancia a +- 1.5cm en el fuelle, para aumentar la cantidad de oferentes ya que esta especificacion tecnica esta direccionada a una sola marca.
buenas
Las especificaciones técnicas responden a requerimientos técnicos necesarios para asegurar la calidad y el correcto desempeño de los insumos utilizados en el proceso de esterilización del Hospital del Trauma. La tolerancia establecida no busca direccionar el llamado, sino garantizar el adecuado funcionamiento del insumo dentro del sistema de esterilización. Ampliar el rango solicitado podría comprometer la eficacia del sellado y, por ende, afectar la seguridad del proceso. Favor ajustarse al PBC.
3
ITEM 10 - Bolsa de papel con indicador quimico
Solicitamos respetuosamente a la convocante aumentar rango de tolerancia a +- 2.5cm en el fuelle, para aumentar la cantidad de oferentes ya que esta especificacion tecnica esta direccionada a una sola marca.
Solicitamos respetuosamente a la convocante aumentar rango de tolerancia a +- 2.5cm en el fuelle, para aumentar la cantidad de oferentes ya que esta especificacion tecnica esta direccionada a una sola marca.
buenas
Las especificaciones técnicas establecidas para la bolsa de papel con indicador químico buscan asegurar la calidad, integridad y eficacia del producto durante el proceso de esterilización, garantizando el cumplimiento de los estándares requeridos para este tipo de insumos. El rango de tolerancia en el fuelle está definido para preservar la seguridad y desempeño del insumo, y ampliar dicho rango a ±2,5 cm podría comprometer la efectividad del proceso y la protección del usuario final. Por lo tanto, se mantiene la especificación original conforme al Pliego de Bases y Condiciones (PBC). Favor ajustarse al PBC.
4
ITEM 15 - Integrador para control de proceso de autoclave por vapor
Solicitamos respetuosamente a la convocante la eliminación de los requisitos referentes a dimensiones y rango de temperatura establecidos en las especificaciones técnicas del ítem, dado que estos parámetros responden a características exclusivas de una única marca. Consideramos que la función principal del producto la confirmación del proceso de esterilización no depende de dichos valores, por lo que su exigencia limita la libre competencia.
09-10-2025
14-10-2025
ITEM 15 - Integrador para control de proceso de autoclave por vapor
Solicitamos respetuosamente a la convocante la eliminación de los requisitos referentes a dimensiones y rango de temperatura establecidos en las especificaciones técnicas del ítem, dado que estos parámetros responden a características exclusivas de una única marca. Consideramos que la función principal del producto la confirmación del proceso de esterilización no depende de dichos valores, por lo que su exigencia limita la libre competencia.
buenas
Las especificaciones técnicas referentes a dimensiones y rango de temperatura del integrador para control de proceso de autoclave por vapor están definidas para asegurar la confiabilidad y precisión en la confirmación del proceso de esterilización. Estas características son fundamentales para garantizar que el integrador funcione correctamente en las condiciones específicas del proceso requerido por el Hospital del Trauma. La eliminación de estos requisitos podría comprometer la validez de los resultados y la seguridad del proceso, lo cual afectaría directamente la calidad del servicio. Favor ajustarse al PBC.
5
ITEM 17 - Test de Bowie Dick
Solicitamos respetuosamente a la convocante la eliminación de los requisitos referentes a dimensiones y rango de temperatura establecidos en las especificaciones técnicas del ítem, dado que estos parámetros responden a características exclusivas de una única marca. Consideramos que la función principal del producto la confirmación del proceso de esterilización no depende de dichos valores, por lo que su exigencia limita la libre competencia.
Solicitamos respetuosamente a la convocante la eliminación de los requisitos referentes a dimensiones y rango de temperatura establecidos en las especificaciones técnicas del ítem, dado que estos parámetros responden a características exclusivas de una única marca. Consideramos que la función principal del producto la confirmación del proceso de esterilización no depende de dichos valores, por lo que su exigencia limita la libre competencia.
buenas
Las especificaciones técnicas relativas a dimensiones y rango de temperatura para el Test de Bowie-Dick están definidas para asegurar la precisión y confiabilidad en la confirmación del proceso de esterilización en el Hospital del Trauma. Estas características son esenciales para que el test funcione adecuadamente en las condiciones específicas del equipo y proceso utilizado. Eliminar dichos requisitos podría afectar la validez de los resultados y comprometer la seguridad del proceso, impactando negativamente en la calidad del servicio. Favor ajustarse al PBC.
6
ITEM 16 - Integrador para control de proceso de autoclave por vapor
Solicitamos respetuosamente a la convocante la eliminación de los requisitos referentes a dimensiones y rango de temperatura establecidos en las especificaciones técnicas del ítem, dado que estos parámetros responden a características exclusivas de una única marca. Consideramos que la función principal del producto la confirmación del proceso de esterilización no depende de dichos valores, por lo que su exigencia limita la libre competencia.
09-10-2025
14-10-2025
ITEM 16 - Integrador para control de proceso de autoclave por vapor
Solicitamos respetuosamente a la convocante la eliminación de los requisitos referentes a dimensiones y rango de temperatura establecidos en las especificaciones técnicas del ítem, dado que estos parámetros responden a características exclusivas de una única marca. Consideramos que la función principal del producto la confirmación del proceso de esterilización no depende de dichos valores, por lo que su exigencia limita la libre competencia.
buenas
Las especificaciones técnicas relacionadas con las dimensiones y el rango de temperatura del integrador para control de proceso de autoclave por vapor están definidas para garantizar la precisión y confiabilidad en la confirmación del proceso de esterilización en el Hospital del Trauma. Estos parámetros son esenciales para asegurar que el integrador funcione correctamente dentro de las condiciones específicas del proceso. Eliminar estos requisitos podría comprometer la validez de los resultados y afectar la seguridad y eficacia del proceso de esterilización. Favor ajustarse al PBC.
7
Capacidad Tecnica
En los requisitos para evaluar la capacidad técnica piden: "Carta de autorización del fabricante del equipo SHINVA donde indique que la marca ofertada es compatible con el esterilizador, si se cotiza algún ítem con una marca distinta al equipo instalado en el servicio."
Considero que dicho requisito limita la libre competencia y restringe la participación de oferentes, ya que la mayoría de los insumos requeridos (indicadores químicos, indicadores biológicos, papeles grado médico, cintas adhesivas, integradores, etc.) son productos genéricos y normalizados internacionalmente, conforme a las normas ISO claramente establecidas. La compatibilidad de estos insumos no depende de la marca del esterilizador, sino del cumplimiento de las especificaciones internacionales de proceso y desempeño establecidas en las normas mencionadas.
Solicitar una carta de autorización del fabricante SHINVA para tales insumos equivale, en términos prácticos, a exigir que el fabricante de impresoras Hewlett Packard autorice el uso de papeles de otras marcas para poder participar en una licitación, lo cual carece de fundamento técnico y contraviene los principios de libre concurrencia e igualdad de condiciones previstos en la legislación vigente.
En consecuencia, solicito se elimine dicho requisito o que el mismo se limite exclusivamente a los insumos exclusivos o propietarios del equipo SHINVA (por ejemplo, los cartuchos o cassettes de peróxido de hidrógeno).
De no considerarse esta modificación, me veré en la obligación de interponer una protesta formal ante la DNCP, conforme a lo establecido en los artículos 38 y 39 de la Ley N° 2051/2003.
En los requisitos para evaluar la capacidad técnica piden: "Carta de autorización del fabricante del equipo SHINVA donde indique que la marca ofertada es compatible con el esterilizador, si se cotiza algún ítem con una marca distinta al equipo instalado en el servicio."
Considero que dicho requisito limita la libre competencia y restringe la participación de oferentes, ya que la mayoría de los insumos requeridos (indicadores químicos, indicadores biológicos, papeles grado médico, cintas adhesivas, integradores, etc.) son productos genéricos y normalizados internacionalmente, conforme a las normas ISO claramente establecidas. La compatibilidad de estos insumos no depende de la marca del esterilizador, sino del cumplimiento de las especificaciones internacionales de proceso y desempeño establecidas en las normas mencionadas.
Solicitar una carta de autorización del fabricante SHINVA para tales insumos equivale, en términos prácticos, a exigir que el fabricante de impresoras Hewlett Packard autorice el uso de papeles de otras marcas para poder participar en una licitación, lo cual carece de fundamento técnico y contraviene los principios de libre concurrencia e igualdad de condiciones previstos en la legislación vigente.
En consecuencia, solicito se elimine dicho requisito o que el mismo se limite exclusivamente a los insumos exclusivos o propietarios del equipo SHINVA (por ejemplo, los cartuchos o cassettes de peróxido de hidrógeno).
De no considerarse esta modificación, me veré en la obligación de interponer una protesta formal ante la DNCP, conforme a lo establecido en los artículos 38 y 39 de la Ley N° 2051/2003.
Buenas
Se mantiene la necesidad de dicho requisito ya que responde a la importancia de asegurar la compatibilidad específica con el esterilizador instalado en el Hospital del Trauma. Si bien muchos de los insumos requeridos son productos normalizados internacionalmente, la compatibilidad técnica con el equipo específico no puede presumirse automáticamente, especialmente en insumos críticos que pueden afectar el desempeño y la seguridad del proceso de esterilización, así como la salud de los pacientes y funcionarios. La carta de autorización garantiza que los productos ofertados cuentan con la validación técnica necesaria por parte del fabricante del equipo, evitando riesgos y perjuicios para la entidad convocante. Este requisito no busca limitar la libre competencia, sino proteger el interés público y la correcta operatividad del servicio, conforme a lo establecido en la Ley N.º 7021/2022 y los principios que rigen la contratación pública. Favor ajustarse al PBC.
8
Capacidad Tecnica
El requisito que pide una “Carta de autorización del fabricante SHINVA” para demostrar compatibilidad de los insumos ofertados no tiene justificación técnica, ya que la mayoría (indicadores químicos y biológicos, cintas, envoltorios, etc.) son productos genéricos normalizados conforme a ISO 11138, 11140 y 11607. Su desempeño no depende del fabricante del esterilizador, sino del cumplimiento de dichas normas. Este requisito limita la competencia y contraviene el Art. 58 del Decreto 2264/2024, que prohíbe condiciones restrictivas sin causa técnica fundada. Con este requisito se estaría limitando la participación de marcas de clase mundial como 3M, Steris y otros. Solicito respetuosamente limitar este requisito a los cassettes de peróxido de hidrógeno. De no hacerlo, significa que esta licitación está totalmente orientada al representante de Shinva en Paraguay en contravención con lo establecido en el marco legal
El requisito que pide una “Carta de autorización del fabricante SHINVA” para demostrar compatibilidad de los insumos ofertados no tiene justificación técnica, ya que la mayoría (indicadores químicos y biológicos, cintas, envoltorios, etc.) son productos genéricos normalizados conforme a ISO 11138, 11140 y 11607. Su desempeño no depende del fabricante del esterilizador, sino del cumplimiento de dichas normas. Este requisito limita la competencia y contraviene el Art. 58 del Decreto 2264/2024, que prohíbe condiciones restrictivas sin causa técnica fundada. Con este requisito se estaría limitando la participación de marcas de clase mundial como 3M, Steris y otros. Solicito respetuosamente limitar este requisito a los cassettes de peróxido de hidrógeno. De no hacerlo, significa que esta licitación está totalmente orientada al representante de Shinva en Paraguay en contravención con lo establecido en el marco legal
Buenas
Se confirma la necesidad de mantener dicho requisito tal como está establecido en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC). Si bien es cierto que muchos de los insumos solicitados son productos genéricos normalizados conforme a las normas ISO 11138, 11140 y 11607, la compatibilidad técnica con el esterilizador específico del Hospital del Trauma no puede asumirse de manera general. La carta de autorización asegura la validación técnica necesaria por parte del fabricante del equipo, lo cual es fundamental para garantizar el correcto funcionamiento y la seguridad del proceso de esterilización, este requisito responde a la obligación de proteger el interés público y la integridad del servicio y no constituye una condición restrictiva sin causa técnica fundada, con la exigencia del requisito en su totalidad se busca salvaguardar la calidad y seguridad del proceso. Favor ajustarse al PBC.
9
Capacidad técnica
El requerimiento que exige una “Carta de autorización del fabricante SHINVA” para demostrar compatibilidad de los insumos ofertados carece totalmente de justificación técnica y debe ser eliminado para los ítems 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19, ya que en dichos casos no existe dependencia tecnológica entre el fabricante del esterilizador y los insumos descritos.
La mayoría de estos productos —indicadores biológicos y químicos, papeles, cintas, envoltorios y films de esterilización— son insumos genéricos y estandarizados internacionalmente, fabricados conforme a las normas ISO 11138 (indicadores biológicos), ISO 11140 (indicadores químicos) e ISO 11607 (materiales de empaque para esterilización). Su desempeño depende del cumplimiento normativo y no de la marca del esterilizador.
Exigir una carta de autorización de SHINVA para estos ítems constituye una restricción injustificada de la competencia, contraria al Artículo 58 del Decreto N° 2264/2024, que prohíbe incluir en los pliegos condiciones restrictivas o discriminatorias sin causa técnica fundada.
Este requisito limita indebidamente la participación de fabricantes de clase mundial como 3M, Steris, Getinge, Crosstex, PMS y otros, cuyos productos están certificados bajo normas internacionales y son plenamente compatibles con cualquier equipo de esterilización.
Por tanto, se solicita expresamente que:
La exigencia de carta de autorización del fabricante SHINVA se mantenga únicamente para el Ítem 1 (Cassette de H₂O₂), que efectivamente depende del diseño y software del esterilizador.
Para los ítems restantes (2, 4–19), se elimine dicho requisito y se acepte el cumplimiento de las normas ISO 11138, ISO 11140 e ISO 11607 como garantía de compatibilidad.
Mantener esta exigencia en su redacción actual configura un direccionamiento de la licitación hacia un único proveedor —el representante local de SHINVA—, en clara contradicción con los principios de igualdad, libre concurrencia y transparencia establecidos en la Ley N° 2051/03 de Contrataciones Públicas.
El requerimiento que exige una “Carta de autorización del fabricante SHINVA” para demostrar compatibilidad de los insumos ofertados carece totalmente de justificación técnica y debe ser eliminado para los ítems 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19, ya que en dichos casos no existe dependencia tecnológica entre el fabricante del esterilizador y los insumos descritos.
La mayoría de estos productos —indicadores biológicos y químicos, papeles, cintas, envoltorios y films de esterilización— son insumos genéricos y estandarizados internacionalmente, fabricados conforme a las normas ISO 11138 (indicadores biológicos), ISO 11140 (indicadores químicos) e ISO 11607 (materiales de empaque para esterilización). Su desempeño depende del cumplimiento normativo y no de la marca del esterilizador.
Exigir una carta de autorización de SHINVA para estos ítems constituye una restricción injustificada de la competencia, contraria al Artículo 58 del Decreto N° 2264/2024, que prohíbe incluir en los pliegos condiciones restrictivas o discriminatorias sin causa técnica fundada.
Este requisito limita indebidamente la participación de fabricantes de clase mundial como 3M, Steris, Getinge, Crosstex, PMS y otros, cuyos productos están certificados bajo normas internacionales y son plenamente compatibles con cualquier equipo de esterilización.
Por tanto, se solicita expresamente que:
La exigencia de carta de autorización del fabricante SHINVA se mantenga únicamente para el Ítem 1 (Cassette de H₂O₂), que efectivamente depende del diseño y software del esterilizador.
Para los ítems restantes (2, 4–19), se elimine dicho requisito y se acepte el cumplimiento de las normas ISO 11138, ISO 11140 e ISO 11607 como garantía de compatibilidad.
Mantener esta exigencia en su redacción actual configura un direccionamiento de la licitación hacia un único proveedor —el representante local de SHINVA—, en clara contradicción con los principios de igualdad, libre concurrencia y transparencia establecidos en la Ley N° 2051/03 de Contrataciones Públicas.
Buenas
Se confirma la vigencia del requisito tal como está establecido en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC). Si bien muchos de los insumos incluidos son productos estandarizados conforme a las normas ISO 11138, 11140 e 11607, la compatibilidad técnica con el esterilizador específico del Hospital del Trauma no puede asumirse de manera general para todos los ítems. La carta de autorización garantiza la validación técnica necesaria por parte del fabricante del equipo, asegurando así el correcto funcionamiento y la seguridad del proceso de esterilización. Este requisito se sustenta en la necesidad de proteger el interés público y la integridad del servicio y no representa una condición restrictiva sin causa técnica fundada. Favor ajustarse al PBC.
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Item 17 Test de Bowie Dick
El requerimiento de que el paquete Bowie-Dick tenga como mínimo 115 mm × 125 mm carece de respaldo técnico/ normativo. Las normas ISO 11140-4 / ISO 11140-1 se enfocan en desempeño del indicador, no en una dimensión fija como esa. Esta especificación fáctica favorece injustificadamente al representante de la marca Shinva, al coincidir con las dimensiones de sus productos, y vulnera el Art. 58 del Decreto Reglamentario 2264/2024, que impide condiciones que limiten la concurrencia sin justificación técnica fundada. Solicito que esa medida mínima sea eliminada o revisada, permitiendo el uso de empaques que cumplan normas ISO pertinentes sin restricción de marca y medida
El requerimiento de que el paquete Bowie-Dick tenga como mínimo 115 mm × 125 mm carece de respaldo técnico/ normativo. Las normas ISO 11140-4 / ISO 11140-1 se enfocan en desempeño del indicador, no en una dimensión fija como esa. Esta especificación fáctica favorece injustificadamente al representante de la marca Shinva, al coincidir con las dimensiones de sus productos, y vulnera el Art. 58 del Decreto Reglamentario 2264/2024, que impide condiciones que limiten la concurrencia sin justificación técnica fundada. Solicito que esa medida mínima sea eliminada o revisada, permitiendo el uso de empaques que cumplan normas ISO pertinentes sin restricción de marca y medida
Buenas
Las dimensiones mínimas de 115 mm × 125 mm, responden a criterios técnicos necesarios para garantizar la correcta ejecución y confiabilidad del indicador en el proceso de esterilización del Hospital del Trauma. Si bien las normas ISO 11140-4 y 11140-1 establecen requisitos de desempeño, la dimensión indicada ha sido definida en función de las características del equipo, buscando asegurar la eficacia del test en condiciones reales de uso. Eliminar o modificar esta especificación podría comprometer la precisión y validez del control del proceso, afectando la seguridad del procedimiento. Favor ajustarse al PBC.