Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y convenios modificatorios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las características técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT sirven de referencia para verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”, remitiendo la aclaración respectiva. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo a la de Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta datos sobre una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá detallar la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
ADQUISICIÓN DE ASCENSORES PARA EL
CONGRESO DE LA NACIÓN
1.- OBRAS COMPRENDIDAS EN ESTA DOCUMENTACION
Son aquellas por las cuales la Empresa Contratista tomará a su cargo la provisión de materiales y equipos, y toda otra provisión o trabajo complementario que directa o indirectamente resulte necesaria para la provisión y/o ejecución de los mismos en forma completa con arreglo a su fin.
2.- REGLAMENTACIONES A SEGUIR
Será obligación del Contratista la presentación de muestras de todos los materiales, componentes y equipamientos que se deban incorporar a la provisión e instalación de los ascensores, para su aprobación.
La Fiscalización podrá disponer que se realicen todos los controles de calidad y ensayos de los equipos y accesorios incorporados a la provisión ante los organismos estatales o privados, estando los gastos que demanden los mismos, a cargo exclusivo del contratista; a fin de garantizar el correcto funcionamiento de los mismos.
Todos los equipos y materiales necesarios para la correcta y eficiente provisión de los equipos solicitados en tiempo y forma, estarán a cargo del Contratista; asegurándose de garantizar que todos los trabajos contemplados sean acordes a las necesidades y exigencias de la locación y los usuarios.
3.- PROVISIÓN, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE ASCENSORES PARA EL CONGRESO NACIONAL
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1 |
Obras preliminares/desmonte de ascensor Presidencial Diputados (2 paradas) |
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2 |
Obras civiles de Ascensor Presidencial Diputados (2 paradas) |
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3 |
Provisión e instalación de ascensor Presidencial Diputados (2 paradas) |
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4 |
Obras preliminares/desmonte de ascensor público Diputados (7 paradas) |
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5 |
Obras civiles de Ascensor público Diputados (7 paradas) |
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6 |
Provisión e instalación de ascensor público Diputados (7 paradas) |
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7 |
Obras preliminares/desmonte de ascensor Presidencial Senadores (2 paradas) |
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8 |
Obras civiles de Ascensor Presidencial Senadores (2 paradas) |
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9 |
Provisión e instalación de ascensor Presidencial Senadores (2 paradas) |
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10 |
Obras preliminares/desmonte de ascensor Público Senadores (3 paradas) |
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11 |
Obras civiles de Ascensor Público Senadores (3 paradas) |
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12 |
Provisión e instalación de ascensor Público Senadores (3 paradas) |
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13 |
Obras preliminares/desmonte de ascensor Carga Senadores (5 paradas) |
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14 |
Obras civiles de Ascensor Carga Senadores (5 paradas) |
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15 |
Provisión e instalación de ascensor Carga Senadores (5 paradas) |
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16 |
Obras civiles y estructurales de Ascensor Senadores (2 paradas) |
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17 |
Provisión e instalación de Ascensor Senadores (2 paradas) |
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18 |
Obras civiles y estructurales de ascensor público Diputados (5 paradas) |
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19 |
Provisión e instalación de ascensor público Diputados (5 paradas) |
3.- PROVISIÓN, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE ASCENSORES PARA EL CONGRESO NACIONAL
Sub suelo a 3er Piso
Sub Suelo a 5to piso
Sub suelo a 3er Piso
PB a 2do Piso
1er piso a 5to Piso
3ero a 4to Piso
PB a 4to Piso
3.2- REQUERIMIENTOS GENERALES
El Contratista deberá prever en la provisión e instalación de las cabinas de ascensores los siguientes dispositivos y componentes:
OBRAS PRELIMINARES:
El Contratista deberá prever en sus costos el trabajo de desmonte de los ascensores existentes en su totalidad, con la posibilidad de recuperación de todos los componentes y accesorios y serán depositados y resguardados en el depósito declarado por la empresa oferente, en función a lo definido por la Fiscalización de Obras. Así también se deberá prever la limpieza antes, durante y después de los trabajos de instalación y puesta en marcha de los componentes en la sala de máquinas de cada cabina.
Así mismo, es obligación y deber de la empresa contratista prever en sus costos, todos los cálculos estructurales necesarios para la correcta ejecución y montaje de la estructura de los ascensores.
INSTALACIÓN ELÉCTRICA:
El contratista deberá retirar todo el sistema de cableado eléctrico desde el Tablero Seccional de la Sala de Máquinas del Ascensor y sustituir en su totalidad la instalación eléctrica que alimenta a los ascensores nuevos, previendo la provisión e instalación del cableado eléctrico (conductores multifilares de cobre) y de señales débiles, tablero seccional con llaves termomagnéticas tipo europea acorde la potencia de los motores requeridos por el ascensor, así como la línea de SPAT independiente para los ascensores, que deberán estar conectadas equipotencialmente con el sistema existente en el edificio. El sistema de cableado es del tipo trifásico 380-400V / 50 Hz.
En cuanto a los disyuntores termomagnéticos y diferenciales, los mismos deberán ser de línea europea con certificación de calidad internacional, y de valores nominales tales como se indica en las planillas y con una franja de dispersión no mayor del 10 % de dichos valores. Las especificaciones a ser cumplidas por las protecciones son las siguientes:
‑ TENSION NOMINAL: hasta 440 V;
‑ FRECUENCIA: 50 Hz;
‑ VIDA MEDIA: 20.000 maniobras mecánicas y eléctricas con corriente nominal;
‑ FIJACION: Por base tipo riel;
‑ CAPACIDAD DE RUPTURA: 5 KA p/ las monofásicas, 6 KA para los trifásicos hasta 38 A; 10 KA para los disyuntores trifásicos de 50 A en adelante;
Los interruptores diferenciales serán de 30mA (miliamperes) para los circuitos de luces y tomas, y de 300mA (miliamperes) para los circuitos de motores, por diferencia a tierra y de procedencia europea similares a los indicados anteriormente.
En caso a los disyuntores termomagnéticos monofásicos, el interruptor termomagnético para riel DIN, en baja tensión, con aislamiento clase 2, 1P, corriente nominal entre 10 a 40A, poder de ruptura de 4,5kA, con curva de disparo tipo C, tecnología de cierres bruscos, durabilidad eléctrica mínima de 3.500 ciclos, durabilidad mecánica mínima de 10.000 ciclos. Grado de protección IP20. Dimensiones: 18mm ancho, profundidad de 61mm y altura 82mm. Tensión nominal de impulso de 4kV.
Temperatura de operación de entre -5°C a 60°C.
Indicador frontal de disparo por falla.
Poder de corte según IEC 60.898
Tensión de empleo de 220 a 400V
Normas técnicas y certificaciones: IEC, CE, ROHS, IRAM
En el caso de disyuntores termomagnéticos trifásicos, el Interruptor termomagnético para riel DIN, en baja tensión, con aislamiento clase 2, 3P, corriente nominal entre 20 a 63A, poder de ruptura de 4,5kA, con curva de disparo tipo C, tecnología de cierres bruscos, durabilidad eléctrica mínima de 3.500 ciclos, durabilidad mecánica mínima de 10.000 ciclos. Grado de protección IP20. Dimensiones: 54mm ancho, profundidad de 61mm y altura 82mm. Tensión nominal de impulso de 4kV.
Temperatura de operación de entre -5°C a 60°C.
Indicador frontal de disparo por falla.
Poder de corte según IEC 60.898
Tensión de empleo de 220 a 400V
Normas técnicas y certificaciones: IEC, CE, ROHS, IRAM
Los electroductos a ser utilizados, serán de PVC rígido, de 1ª calidad y fabricación nacional, con un diámetro mínimo de 1"; en ningún caso se utilizarán electroductos de tipo corrugado y de sección inferior a la especificada.
Se realizará el sellado con silicona y/o poliuretano, de las cañerías de PVC rígido a la llegada a los registros de mampostería y pasantes de pared, según necesidad.
Los empalmes de conductores o derivaciones de circuitos se realizarán en cajas de llaves, cajas de conexión, cajas de paso, o tableros de distribución, no se admitirán empalmes dentro de los electroductos.
Serán utilizados conductores multifilares flexibles de cobre electrolítico de conductibilidad del 98 %, con aislación de termoplástico para 1.000 V y temperatura de servicio de 60º C. Los empalmes se harán solamente en las cajas y en el menor número posible. No se permitirá el empalme de los conductores alimentadores de tableros principales y tableros seccionales.
En todos los empalmes, los mismos se harán con una terminación de estañado, y posteriormente encintado con cinta aisladora vinil para 600V y con temperatura máxima de 80°C.
Los conductores deberán ser individualizados por colores diferentes a saber:
‑ FASE "R" ‑ COLOR ROJO;
‑ FASE "S" ‑ COLOR BLANCO;
‑ FASE "T" ‑ COLOR NEGRO;
‑ NEUTRO ‑ COLOR AZUL/CELESTE;
- TIERRA - COLOR VERDE O VERDE/AMARILLO
La sección mínima a ser utilizada en general será de 4 mm2 salvo indicación en contrario. Las barras de cobre o planchuelas de los tableros se pintarán siguiendo el mismo criterio empleado para los conductores, y según directivas de la Contratante y la Fiscalización de Obras.
Todas las conexiones a los bornes de disyuntores y barras, serán mediante borneras de conexión con la sección acorde al conductor (tipo ojal o terminal tubular), con aislamiento plástico.
Parra el caso de conductores multifilares, el mismo será de conductor formado por hilos de cobre electrolítico temple blando, encordonamiento clase 4; temperatura máxima en el conductor de 70°C en servicio continuo y 160°C en cortocircuito, y 100°C en sobrecarga. Tensión de servicio: 450/750V
Aislación de material PVC termoplástico de baja emisión de humos y libre de halógenos
(LS0H), antillama.
Serán del tipo:
2 mm2 (colores: rojo, blanco, celeste y verde/amarillo)
Espesor de aislación: de 0,8mm; Diámetro externo: 3,3mm; Corriente Admisible mínima: 16A
4 mm2 (colores: celeste, rojo, negro y blanco)
Espesor de aislación: de 0,8mm; Diámetro externo: 4,0mm; Corriente Admisible mínima: 25A
6 mm2 (colores: celeste, rojo, negro y blanco)
Espesor de aislación: de 0,8mm; Diámetro externo: 4,0mm; Corriente Admisible mínima: 25A
Según normas técnicas y certificaciones:
ABNT NBR 13248, IRAM 62267, NORMA MERCOSUR 280, ONC INTN
OBRAS CIVILES Y ESTRUCTURALES:
El contratista será responsable de la ejecución de todas las obras civiles, estructurales, de albañilería, carpintería metálica, pintura, desmonte de los componentes existentes donde se instalará el equipo y todo lo que sea necesario para la correcta instalación del ascensor y todos sus accesorios.
Deberá realizar todos los cálculos y análisis estructurales necesarios, para las fundaciones, anclajes, estructuras de elevación y refuerzos requeridos, así como también de toda la ejecución de la estructura necesaria.
En el caso de los ascensores con ducto metálicos, se deberá prever la fabricación de los ductos envolventes de la caja de ascensores, en material metálico, fabricado en chapa, pintado con tratamiento anticorrosivo, y posterior pintura electrolítica epoxi color gris de forma uniforme, según criterios técnicos de la Contratante y la Fiscalización de Obras.
Todos los personales encargados de la ejecución de las obras deberán contar con todos los equipos de protección individual necesarios (cascos, chalecos, zapatones, gafas, arnés y otros) así como todos los equipamientos necesarios para los trabajos específicos (andamios, escaleras, herramientas, y otros). El contratista garantizará en todo momento la seguridad del personal y de las personas que acuden en el edificio.
El contratista deberá presentar los planos eléctricos y esquemas de conexionado, así como el manual de funcionamiento e instrucciones de uso. Se deberá fijar un día de capacitación técnica para manejo del equipo a personal técnico de la Dirección de Mantenimiento.
GARANTÍA: Deberá contar con 1(uno) año de garantía como mínimo, a partir de la Recepción de Obra, con la obligación de sustituir o reparar durante ese plazo, todo material o repuesto con falla o defecto de fábrica o instalación. Mantenimiento preventivo mensual, incluyendo kits de repuestos, según especificaciones del fabricante (durante la garantía). Servicio técnico permanente (durante la garantía).
PLAZO DE ENTREGA Y PUESTA EN MARCHA:
La provisión, instalación y puesta en marcha de los ascensores es de un plazo de:
250 (doscientos) días calendario como máximo, a partir de la recepción de la orden de compra correspondiente.
FORMA DE PAGO:
Anticipo: 20% del monto total de la oferta presentada.
Saldo: Al culminar el trabajo y con la presentación de las documentaciones pertinentes
PLANOS ELÉCTRICOS, MANUAL DE USO Y CAPACITACIÓN TÉCNICA:
El contratista deberá presentar los planos eléctricos y esquemas de conexionado, así como el manual de funcionamiento e instrucciones de uso. Se deberá fijar un día de capacitación técnica para manejo del equipo a personal técnico de la Dirección de Mantenimiento.
El oferente deberá entregar los siguientes manuales a la hora de realizar la recepción final de los trabajos:
PARA EL MOMENTO DE LA REMISIÓN DE LOS BIENES
El oferente deberá presentar un certificado original de calidad expedido por el fabricante del ascensor avalando que los equipos fueron diseñados y fabricados exclusivamente para el objeto de esta licitación, al momento de la provisión de los equipos.
OBSERVACIÓN:
Presentación de ofertas
El sobre de oferta deberá contener un rótulo que contenga como mínimo la siguiente información:
En procedimientos de Menor Cuantía, la aplicación de la preferencia reservada a las MIPYMES prevista en el artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas" será de conformidad con las disposiciones que se emitan para el efecto. Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 7444/25 QUE MODIFICA LA LEY Nº 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada entrega. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
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Ítem |
Descripción del bien/servicio |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes y/o servicios |
Fecha(s) final(es) de entrega de bienes o ejecución de los servicios |
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1 al 19 de la Planilla de Precios Publicado en el SICP |
Según la Planilla de Precios Publicado en el SICP |
Según la Planilla de Precios Publicado en el SICP |
Según la Planilla de Precios Publicado en el SICP | Edificio del Congreso de la Nación, ubicada en Avda. República entre las calles Río Jejuí y Río Ypane |
La provisión, instalación y puesta en marcha de los ascensores es de un plazo de: 250 (doscientos) días calendario como máximo, a partir de la recepción de la Orden de Compra emitida por la Convocante. |
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicados en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.
No aplica
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
a) Los bienes y/o servicios suministrados serán objeto de inspección por parte de la Dirección de Recursos Físicos.
b) La Contratante rechazará los bienes y/o servicios que no se ajusten a las especificaciones técnicas requeridas.
c) El Proveedor tendrá que cambiar los bienes rechazados hasta cumplir con las especificaciones técnicas solicitadas sin ningún costo para la Contratante.
d) La Fiscalización podrá disponer que se realicen todos los controles de calidad y ensayos de los equipos y accesorios incorporados a la provisión ante los organismos estatales o privados, estando los gastos que demanden los mismos, a cargo exclusivo del contratista; a fin de garantizar el correcto funcionamiento de los mismos.
e) Todos los equipos y materiales necesarios para la correcta y eficiente provisión de los equipos solicitados en tiempo y forma, estarán a cargo del Contratista; asegurándose de garantizar que todos los trabajos contemplados sean acordes a las necesidades y exigencias de la locación y los usuarios.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar indicado en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.