Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y convenios modificatorios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las características técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT sirven de referencia para verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”, remitiendo la aclaración respectiva. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo a la de Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta datos sobre una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá detallar la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
COBERTURA DE SEGURO MÉDICO SANATORIAL PARA FUNCIONARIOS DE LA INSTITUCIÓN
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ÍTEM |
DESCRIPCIÓN |
UNIDAD DE MEDIDA |
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Seguro Médico Sanatorial para Funcionarios del MTESS (por funcionario y su grupo familiar; por mes) según especificaciones técnicas. |
1 |
OBSERVACIÓN: Al solo efecto de una adecuada cotización, el promedio de funcionarios con que cuenta el MTESS es de 365 funcionarios apróximadamente al momento de la realización del llamado, no obstante, se recuerda que el contrato abierto será por montos mínimos y montos máximos no por cantidades de funcionarios pudiendo aumentar o disminuir dicha cantidad.
Tendrá una vigencia de 22 (veintídos) meses y deberá iniciarse inmediatamente a partir de la emisión de la órden de servicio. -
El área de Talento Humano proporcionará a la empresa adjudicada la lista de funcionarios con sus respectivos adherentes a la brevedad posible, posterior a la firma del contrato respectivo; y quedaría a cargo de la empresa adjudicada, la provisión del carnet de acreditación de cada beneficiario de igual manera a la brevedad posible. Además, el área de Talento Humano comunicará las altas y bajas de funcionarios y adherentes, entre el 1 y el 10 de cada mes, al proveedor para que este elabore la planilla de beneficiarios, que deberá ser remitida al área de Talento Humano del MTESS para su aprobación, a fin de que la empresa adjudicada proceda a la facturación. La empresa adjudicada deberá proveer el carnet a cada beneficiario de alta que se comunique, a la brevedad posible. Para el caso de pérdida o extravío del carnet por parte de cualquier asegurado, el costo de reimpresión del mismo correrá por cuenta del funcionario titular o adherente.
BENEFICIARIOS:
1.1 BENEFICIARIOS DEL GRUPO FAMILIAR: Titular Funcionario/a permanente y contratado del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Plan Familiar:
Observación: Serán beneficiarios del Titular Soltero/a los padres e hijos siempre y cuando no tengan seguro social del IPS. -
OBSERVACIONES:
Hijos/as con discapacidad (en todos los casos), sin límite de edad. -
Hijos/as nacidos durante la vigencia del contrato (y cuando corresponda) serán considerados parte del Plan Familiar de manera automática cuando nazcan en sanatorios en convenio con la prestadora; al nacer en los demás sanatorios o centros habilitados por la Contratada, o fuera de ellos, se deberá informar y proveer lo antes posible a la Prestadora los datos necesarios del recién nacido (certificado de nacido vivo o certificado de nacimiento).
La cobertura de maternidad será 100 % (cien por ciento) para la Titular o Cónyuge del titular (incluida en el Plan Familiar), las demás beneficiarias o adherentes al Plan Familiar deberán acogerse al Plan Maternidad con costo preferencial que será ofrecido por la Prestadora. El/la hijo/a del titular nacido/a en forma prematura (antes de las 37 semanas de gestación), incorporados oficialmente al grupo familiar, tendrán cobertura inmediata y según los topes de coberturas establecidos en el PBC.
1.2 BENEFICIARIOS ADHERENTES (hasta un máximo de 4 (cuatro) personas por titular)
El límite de ingreso de beneficiarios Adherentes será de 85 años cumplidos y contarán con los mismos beneficios y derechos de cobertura que figuran en el contrato. Si hubiere ingresantes, se confirmarán los montos correspondientes y la factibilidad de ingreso. -
Por cada adherente se deberá abonar una cuota adicional cuyo pago correrá por cuenta exclusiva del titular. El porcentaje a ser abonado será conforme al siguiente detalle:
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EDAD |
PORCENTAJE A PAGAR |
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Hijos Mayores desde 25 años |
50% |
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0 a 50 años |
55% |
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51 a 60 años |
70% |
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61 a 70 años |
80% |
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71 a 80 años |
85% |
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81 a 90 y mas años |
100% |
La opción de incluir beneficiarios adherentes será responsabilidad exclusiva de cada Titular; por lo cual, el mismo suscribirá un contrato con compromiso de pago y los costos serán abonados por cada Titular en forma directa a la prestadora de servicios. -
La Contratante solo tiene compromiso contractual por los titulares y beneficiarios del Plan Familiar, quedando el cobro de los adherentes y otras gestiones que no sean directamente sobre el titular, a cargo de la prestadora y el usuario titular. Los adherentes deberán indefectiblemente estar al día con las cuotas mensuales pactadas por contrato, para poder usufructuar los servicios de conformidad al sistema de pago de cuotas establecido por la Contratada, siendo los mismos pasibles de corte de servicios en caso de ingresar al estado de morosidad. -
La prestadora de servicios no podrá unilateralmente excluir a ningún adherente, sólo suspender temporalmente el servicio por falta de pago.
CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN:
DISPONIBILIDAD DEL SERVICIO COBERTURA: Todos los servicios solicitados en este Pliego de Bases y Condiciones deberán estar plenamente disponibles y de manera inmediata, desde la firma del contrato. Se entenderá por cobertura por evento, la inclusión de los honorarios profesionales, paramédicos, ambulancias y traslados en todas sus modalidades (alta, mediana o baja complejidad) y casos de emergencia y/o urgencias. Además, se incluirá la libre elección (dentro de una lista de prestadores habilitados por el Contratista) nómina de profesionales y servicios de urgencia.En los casos de prestadores que cuenten con Sistema Copago, deberá estar especificado.
Cuando se hace referencia a los límites de cobertura en el sanatorio de cabecera o en los demás prestadores, se aclara que dichas coberturas corresponden exclusivamente a la alternativa que haya sido elegida por el asegurado. En ningún caso podrá interpretarse que dichas coberturas son acumulativas o complementarias. La elección de un prestador excluye la utilización del otro en lo que respecta a la cobertura.
Medicina por imágenes y laboratorios de análisis clínicos:
Observación 1: Cualquier modificación del listado de profesionales o centros asistenciales (dirección, cuidad, viajes de profesionales, renuncia u otros) deberá ser comunicada con antelación de 48 horas a la Contratante, con la designación del reemplazo que debe contar con las mismas características del profesional reemplazado. Los cambios deberán realizarse manteniendo las condiciones del servicio anterior.
Observación 2: EL PROVEEDOR no podrá negarse a la prestación de los servicios, invocando declaración de epidemia y/o pandemia u otra condición que suponga la suspensión de los servicios, hasta que dicho cuadro clínico se confirmado mediante un estudio. Todos los servicios deberán ser cubiertos hasta la confirmación del diagnóstico de la patología declarada en epidemia o pandemia a los efectos de iniciar el protocolo establecido por el MSPyBS, sin que ello implique el traslado del paciente a otro nosocomio. Asimismo, se deberán establecer mecanismos para aplicación de tarifa preferencial para los servicios requeridos por el asegurado, previa conformidad del titular y/o persona responsable.
VISACIONES: Se aclara a todos los efectos que las visaciones de las órdenes médicas y/o consultas médicas, podrán realizarse en todos los casos en forma presencial y/o a través de Whatsapp. La Contratada deberá proveer las direcciones de correo electrónico y los números telefónicos a los cuales los beneficiarios y adherentes podrán remitir las órdenes en horario normal de oficina para casos ambulatorios no derivados de la urgencia. En los casos de urgencia, el paciente asegurado deberá acudir directamente al servicio de urgencia y/o emergencia de los prestadores en convenio, sin necesidad de visaciones, únicamente con carnet y cédula de identidad.
Las visaciones de las órdenes de estudios remitidas desde los Sanatorios o Centros Asistenciales deberán ser respondidas en un plazo no mayor 60 minutos en casos de urgencia, y en los casos de los estudios programados en un plazo no mayor a 48 horas, en caso de las ordenes de cirugías programadas en un plazo no mayor a 72 horas.
Así también, la Prestadora deberá proveer a la Contratante un Oficial Administrativo que realice visaciones de atención a funcionarios de la Cartera del MTESS.
La administración del contrato estará a cargo de la Dirección General de Talentos Humanos y el monitoreo del cumplimiento de este contrato, así como de las quejas y reclamos.
En lo que respecta a la administración de la ejecución de los servicios estará a cargo de la prestadora de servicios bajo las mismas condiciones requeridas en el contrato excepto aquellos casos en que la libre elección esté prevista expresamente en el presente PBC.
OPCIONAL - PLAN MATERNIDAD PARA HIJAS Y ADHERENTES PAGOS
Una vez detectado el estado de gravidez de las beneficiarias del Plan Familiar (no cónyuge) y adherentes, el Titular deberá tramitar el cambio de contrato a uno particular para la misma, adquiriendo el Plan Maternidad previsto por la Contratada con costo preferencial del 50% del monto adjudicado por beneficiario titular; el cual otorgará cobertura relacionada a los gastos derivados del estado gestacional, una vez confirmado por la empresa.
Con relación a la Cobertura requerida para el Plan Maternidad, se indican algunas consideraciones mínimas a ser tenidas en cuenta por la Contratada:
PROGRAMA DE SUMINISTROS
La Contratada deberá contar con por lo menos seis (6) sanatorios y/o centros asistenciales adheridos dentro de la ciudad de Asunción de los cuales uno (1) deberá corresponder a un centro de atención exclusiva en pediatría que debe contar con terapia intensiva y neonatal, todos con cobertura inmediata.,; y por lo menos un (1) centro asistencial habilitado para el Departamento Central mínimamente en cercanía de las siguientes ciudades: Luque, Lambaré, Fernando de la Mora, Capiatá, Itá, Mariano Roque Alonso y dos (2) en la ciudad de San Lorenzo.
En Asunción: Un mínimo de 1 (un) sanatorio correspondiente al Nivel II, y 4 (cuatro) sanatorios correspondientes a la categoría Nivel III, certificadas por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Uno de los Sanatorios Nivel III deberá establecerse como sanatorio de Cabecera.
Para Gran Asunción: como mínimo 1 (uno) establecimiento correspondiente al Nivel II y dos (2) establecimientos de la Categoría correspondiente al Nivel III.
Cobertura requerida para el interior del País, en los Departamentos de: Concepción, Alto Paraná, Amambay, Misiones, Itapúa, Guairá, Ñeembucú, Cordillera, Caaguazú, Boquerón, Paraguarí, San Pedro, Canindeyú y Presidente Hayes. La cobertura debe ser brindada en Sanatorios de: (1) San Pedro del Ycuamandiyú, (1) Itacurubi del Rosario, (1) Villarrica (1) Concepción, (1) Ciudad del Este, (1) Hernandarias, (1) Presidente Franco, (1) Santa Rita, (1) Pedro Juan Caballero, (1) Pilar, (1) Saltos del Guairá, (1) Caacupé, (1) Eusebio Ayala, (1) Coronel Oviedo, (1) Caaguazú, (1) San Estanislao, (1) Loma Plata, (1) Encarnación, (1) Capitán Miranda, (1) Hoenau, (1) María Auxiliadora, (1) San Juan Bautista Misiones, habilitados por la Superintendencia de Salud del MSPYBS, mínimamente para consultas, emergencias, urgencias e internaciones. En caso de no contar con prestadores en las ciudades requeridas, se considerarán las capitales departamentales o puntos más cercanos que cuenten con dichos servicios.
De requerir estudios de diagnóstico o instalaciones de terapia intensiva que no estén disponibles en los prestadores del interior del país, la prestadora deberá encargarse del traslado de los asegurados al establecimiento más cercano que cuente con lo necesario para el diagnóstico y tratamiento, cubriendo los costos de traslado. -
Internaciones clínicas, quirúrgicas, partos normales y/o cesáreas con cobertura inmediata y total en centros asistenciales habilitados por el seguro (sea en Asunción, Departamento Central o ciudades del interior del país. En habitación individual con baño privado, teléfono, T.V., dieta oral, enteral o parenteral del paciente, ambiente climatizado, cama para el acompañante (1), atención médica y de licenciados de cualquier especialidad. Se entenderá que la cobertura corresponde a cada uno del Grupo Familiar, es decir, el Titular y beneficiarios del Plan Familiar y adherentes.-
La cobertura será sin límite de eventos en el año, hasta el alta del paciente, en entidades prestadoras de servicios designadas por la contratista. Estarán cubiertos todos los honorarios profesionales, equipos propios de la unidad de terapia intermedia, cuidados de enfermería, nutricionistas, fisioterapeutas, medicamentos y descartables y todos los medios auxiliares de diagnósticos, medicina por imágenes y servicios laboratoriales (se tendrá en cuenta los topes según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes). Bajo ninguna circunstancia le será exigido al titular, componentes del Plan Familiar o Adherente la firma de ningún documento para su ingreso y atención al Centro Asistencial, pues la misma es de carácter corporativo y no de índole individual; siempre que se trate de eventos cubiertos por el contrato.
Desde el primer día de internación, el Sanatorio deberá proveer al grupo familiar, cada 24 (veinticuatro) horas, un extracto detallado de los descartables, medicamentos, consultas y cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente, con la firma del representante del Centro asistencial tratante. En el caso de no recibir el extracto en el plazo establecido en el PBC los familiares del paciente internado deberán solicitar el mismo al Dpto. Administrativo del Prestador. -
En el caso de que el paciente necesite sangre, plasma y/o derivados, el SANATORIO deberá proveer los mismos en caso de disponibilidad, y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. -
B. HONORARIOS PROFESIONALES:
Cobertura total e inmediata en consultorios, internaciones, realización de estudios, procedimientos de diagnóstico, procedimientos quirúrgicos, traumatológicos, terapéuticos y fisioterapéuticos, oftalmológicos, tratamientos, servicios de urgencias y/o emergencia y medicación de urgencia en las especialidades indicadas en el Anexo A - Especialidades (eventos clínicos y quirúrgicos) sean accidentales o no, incluyendo los derivados de eventos deportivos, a excepción de aquellos de alto riesgo como automovilismo, boxeo y artes marciales; incluye quemaduras hasta el 30% de la superficie corporal; siempre que figuren en el listado de profesionales de la Prestadora.-
Los medicamentos y descartables podrán quedar con cargo al asegurado en los casos de atención o intervención en consultorio privado de los profesionales médicos. -
Las especialidades deberán contar con un mínimo de profesionales detallados en el siguiente cuadro, (conforme Anexo A de Especialidades) que cuenten con 5 (cinco) años de experiencia en la especialidad, con capacidad e idoneidad certificada.
Observación: la Lista de Prestadores estará sujeta a modificaciones debido a cambios de dirección, ciudad, viajes de profesionales, renuncia u otros que puedan surgir durante la vigencia del contrato, deberán ser reemplazados por profesionales de similares características, los cuales serán informados a la Dirección General de Talentos Humanos de la Contratante a fin de que socialice la información con los beneficiarios titulares. En caso de que alguna especialidad no se encuentre en el listado precedente, la empresa contratada deberá informar a la contratante (o viceversa) a fin de analizar y acordar la cantidad mínima de profesionales que corresponda a la especialidad faltante.
Servicios de Reintegro: El Titular, su grupo familiar y/o adherente, podrán cada uno consultar con un profesional médico y/o licenciado que no se encuentre en el plantel de profesionales del contratista y sanatorios habilitados, hasta un máximo de 3 (TRES) consultas por mes. La cobertura se realizará por el sistema de reembolsos hasta la suma de guaraníes doscientos mil (G. 200.000) por consulta por grupo familiar. Se entenderá que deben ser especialidades cubiertas por el Plan de Salud.
No se abonarán reembolsos en los casos de que el Titular, su grupo familiar y/o adherente fuesen familiares, cónyuges o mantengan algún tipo de vínculo personal con dichos profesionales médicos especialistas. -
La solicitud de reembolso por parte del asegurado, podrá efectuarlo hasta 7 (siete) días hábiles posteriores a la consulta; y el pago o reembolso se realizará en un plazo máximo de 7 (siete) días hábiles posteriores a la solicitud de reembolso. Para la solicitud de reembolso el Titular deberá presentar en forma personal en las oficinas de la Prestadora, la factura legal original expedida por el médico dentro de los plazos establecidos. -
C. TERAPIA INTENSIVA, CARPA DE OXÍGENO (adultos y niños)
El tiempo de internación será por un periodo máximo de 25 (veinticinco) días por evento y hasta 3 (tres) eventos al año. Estarán cubiertos todos los Honorarios Profesionales, equipos propios de la unidad de terapia intensiva, cuidados de enfermería, todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales (no afectará los topes según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes ambulatorios), a cargo de la Prestadora. -
Cobertura de medicamentos y descartables (debe incluir gases anestésicos, pañales desechables y oxigeno) hasta G. 22.000.000.- (GUARANÍES VEINTIDOS MILLONES) por evento en Sanatorio de Cabecera o hasta Gs, 16.000.000 (GUARANIES DIECISEIS MILLONES) en los demás sanatorios por evento. Las coberturas no son acumulables ni complementarias; el beneficiario deberá optar por una u otra modalidad por evento.
En ningún caso, el Centro de Internación en Terapia Intensiva, podrá requerir garante o aval alguno, ya sea prendaria, personal o en efectivo al BENEFICIARIO por la prestación de este servicio.
Se entenderá que esta cobertura corresponde al Titular, a cada uno de los Integrantes del Plan Familiar y sus adherentes. Desde el primer día de internación, el Sanatorio deberá proveer al grupo familiar, cada 24 (veinticuatro) horas, un extracto detallado de los descartables, medicamentos, consultas y cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente, con la firma del representante del Centro asistencial tratante. En el caso de no recibir el extracto en el plazo establecido en el PBC los familiares del paciente internado deberán solicitar el mismo al Dpto. Administrativo del Prestador. -
En el caso de que el paciente necesite sangre, plasma y/o derivados, el SANATORIO deberá proveer los mismos en caso de disponibilidad, y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. -
D. TERAPIA INTERMEDIA
Cobertura total e integral del paciente en centros asistenciales habilitados por el seguro (sea en Asunción, Departamento Central o ciudades del interior del país),. Se entenderá que esta cobertura corresponde al Titular, a cada uno de los Integrantes del Plan Familiar y sus adherentes. La cobertura será de hasta 5 (cinco) eventos en el año, hasta un periodo máximo de 30 (treinta) días por cada evento, en entidades prestadoras de servicios habilitadas por la contratista. Estarán cubiertos todos los honorarios profesionales, equipos propios de la unidad de terapia intermedia, cuidados de enfermería, medicamentos y descartables y todos los medios auxiliares de diagnósticos, medicina por imágenes y servicios laboratoriales (no afectará los topes según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes ambulatorios), con evaluaciones periódicas hasta el alta del paciente según la especialidad exigida.
Cobertura de medicamentos y descartables (debe incluir gases anestésicos, pañales desechables y oxigeno) hasta G. 22.000.000.- (GUARANÍES VEINTIDOS MILLONES) por evento.
No podrán ser sumados en días de internación ni en cobertura de medicamentos y descartables, los servicios de terapia intermedia más terapia intensiva, dentro de un mismo evento.
Desde el primer día de internación, el Sanatorio deberá proveer al grupo familiar, cada 24 (veinticuatro) horas, un extracto detallado de los descartables, medicamentos, consultas y cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente, con la firma del representante del Centro asistencial tratante. En el caso de no recibir el extracto en el plazo establecido en el PBC los familiares del paciente internado deberán solicitar el mismo al Dpto. Administrativo del Prestador.
En el caso de que el paciente necesite sangre, plasma y/o derivados, el SANATORIO deberá proveer los mismos en caso de disponibilidad, y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. -
E. INCUBADORA Y LUMINOTERAPIA
Tendrá cobertura inmediata y hasta el alta del paciente, para todos los casos que el médico especialista lo requiera. La atención, internación y control que demanden los recién nacidos, incluyendo cuna térmica, incubadora, carpa de oxígeno, luminoterapia, todos los honorarios profesionales, uso de equipos, respirador artificial e inclusive terapia intermedia y terapia intensiva para neonatos y niños, hasta el alta del paciente, conforme coberturas y topes del PBC.
Además, los niños del titular/beneficiarios/adherentes nacidos de forma prematura (antes de las 37 semanas de gestación), tendrán cobertura hasta el décimo día en concepto de pensión sanatorial (ya sean de internaciones clínicas y de terapia intensiva) incluyendo medicamentos, descartables y oxígeno hasta Gs. 10.000.000 (Guaraníes diez millones) por contrato en sanatorio de cabecera, luminoterapia, carpa de oxígeno, incubadora, honorarios de visita de médicos, terapista, licenciados, servicios de enfermería y servicios de estudio de diagnóstico (conforme a lo establecido en el Anexo de estudios del PBC).
F. SERVICIOS DE URGENCIAS Y/O EMERGENCIA
Debe estar integrado por la guardia de urgencias en los servicios asistenciales, sanatoriales, compuesto de médicos clínicos, obstetras, pediatras, servicios de enfermería, las 24 horas y todos los días, aún domingos y feriados. Además, contar con profesionales médicos de las subespecialidades como cirugía, traumatología, cardiología, psiquiatras, oftalmólogos a convocatoria inmediata del médico de guardia de acuerdo con el diagnóstico del paciente. -
Disponer de ambulancias para todo tipo de traslado. Unidad coronaria móvil. Estos servicios deben incluir todos los honorarios médicos y derechos de urgencia, por medio de prestadores habilitados en convenio. Incluye también el traslado en ambulancia desde el interior del país para los casos considerados de emergencia y/o urgencia; el cual deberá estar a cargo de la Prestadora, para el titular y los beneficiarios del Contrato. -
El hospital proveerá atención médico-quirúrgica derivada de cualquier clase de accidente (excepto los derivados de transgresiones a las Leyes y/o Normas), hasta la recuperación del accidentado, según topes y cobertura del PBC. En casos de accidentes colectivos o quemaduras graves, la atención e internación será hasta el alta del paciente. Se considerará accidente colectivo, cuando resultaren más de 3 (tres) beneficiarios accidentados en un sólo acontecimiento.
Las consultas y los procedimientos realizados por el médico de guardia de acuerdo con las coberturas del plan incluyen además los siguientes procedimientos, los cuales serán de cobertura total: suturas, curaciones, drenajes de abscesos, hematomas y análogos, extracción de uña encarnada, extracción de cuerpo extraño en general, enyesados simples, taponamiento nasal, realización de procedimientos de diagnósticos de urgencia, la aplicación de antibióticos en caso de necesidad, con posibilidad de la utilización de electrocardiógrafo, rayos x del sanatorio, nebulizaciones (con medicamentos y descartables), cuna térmica, video, toma de presión arterial, tomógrafos y
Si un asegurado (titular, beneficiario o adherente) se encuentra en una situación que signifique compromiso inmediato y severo de sus signos vitales (accidentes de tránsito, primeros auxilios, partos, infartos y otros imprevistos que pongan en riesgo la vida del asegurado), podrán buscar auxilio en centros médicos que no se encuentren dentro del listado proveído por la Prestadora, si estos son los más cercanos al lugar de ocurrencia del episodio. Ocurrido el mismo, se deberá comunicar dentro de las primeras 24 (veinticuatro) horas a la Prestadora para que ésta se haga cargo del paciente, asumiendo la cobertura total de los gastos (100%) e indicando su traslado o su continuidad en dicho centro. -
La cobertura de medicamentos y descartables para los servicios de urgencias será del 100 % en los servicios dispuestos y habilitados por la Contratada incluida la primera dosis de antibiótico inyectable indicado por el médico de guardia, exceptuando las mencionadas en el ítem de Exclusiones de la Cobertura.
G. OTROS SERVICIOS CUBIERTOS INTEGRALMENTE: En Internaciones y Servicios de Guardia Sanatorial:
Deben estar cubiertos con los derechos operatorios en todo tipo de internaciones e intervenciones quirúrgicas: la utilización de electrocardiógrafo, rayos x del sanatorio, colchones de aire-agua, monitor, nebulizaciones (hasta 10 veces con medicamentos y descartables por asegurado), cuna térmica, video, enfermería, toma de presión arterial, tomógrafos, ecocardiograma en general y realización de procedimientos de diagnósticos.
Examen médico preventivo anual, y otros que el profesional crea conveniente, tendrá una cobertura total sin costo para el Titular, su grupo familiar y adherentes (Hemograma, glicemia, creatina, urea, ácido úrico, perfil lipídico completo, perfil hepático, orina simple, heces, placa de tórax 3 posiciones, electrocardiograma; PAP, mamografía y eco mamografía para mujeres y marcadores tumorales según protocolos, EDR y PSA).-
También deberá incluir para los casos de los niños en edad escolar, la emisión de certificados solicitados por sus colegios; y para los casos de chicos con problemas de salud que les impida la realización de ejercicios físicos, que deban demostrarse fehacientemente con certificado expedido por el profesional médico. El mismo deberá poder realizarse tanto en la central prestadora como también en las clínicas periféricas autorizadas, de forma a facilitar el traslado de los niños.
Cobertura de medicamentos y descartables (incluye gases anestésicos y oxigeno) por valor de Gs. 8.000.000.- (GUARANÍES OCHO MILLONES) por evento para el titular, beneficiarios y adherentes, por evento, sea por internaciones clínicas, quirúrgicas, realización de procedimientos de diagnóstico, partos normales y cesáreas.
Materiales de osteosíntesis en general, Gs. 5.000.000.- (GUARANÍES CINCOMILLONES). -
Cobertura de medicamentos, insumos y descartables para procedimientos ambulatorios en consultorios: cobertura de hasta Gs. 300.000, por evento, realizados en los consultorios privados de los profesionales habilitados.
Electrocardiograma de reposo y de esfuerzo (ergometría), Holter, electroencefalograma, ecocardiogramas, audiometrías, con cobertura total a cargo de la prestadora.
Para eventos clínicos y/o quirúrgicos procedimientos de diagnóstico en general deberán estar cubiertos:
Procedimientos endoscópicos, con endoscopios rígidos (videolaparoscopias, uroscopias) y flexibles (fibroscopios), con fines de diagnóstico, cirugía o de tratamiento, incluyendo todos los honorarios médicos y de anestesista, contraste y extracción de cuerpos extraños y uso de equipo e instrumentales y todos los elementos necesarios. Asimismo, estarán cubiertos las especialidades de gastroenterología, urología, neumología, ginecología, otorrinolaringología, ortopedia y traumatología, y laparoscopia y artroscopia (técnicas quirúrgicas incluyendo uso de equipos, video), deben estar cubiertos con los derechos operatorios en todo tipo de internaciones e intervenciones quirúrgicas, la utilización de electrocardiógrafo, rayos x del sanatorio, colchones de aire-agua, monitor, monitor fetal, cuna térmica, video, inyecciones, vacunaciones del MSPYBS, nebulizaciones, servicio de enfermería, toma de presión arterial, aplicación de ultrasonidos, masajes infrarrojo, medicamentos y otros necesarios (hasta los límites establecidos), conforme al evento, incluidos casos de accidente, tendrá una cobertura total sin costo e inmediata para el titular, su grupo familiar y adherentes. Todos los equipos y complementos deben estar dentro de la cobertura. -
Cobertura de materiales protésicos para hernias inguinales, umbilicales e insicionales, por valor de Gs. 2.000.000.- (GUARANÍES DOS MILLONES), por año, por Grupo Familiar.
H. VISITAS DOMICILIARIAS POR MEDIO DE EQUIPO DE SERVICIO DE AMBULANCIA
Visitas con carácter no urgente a cargo de una empresa de Servicios de Ambulancia, dentro de las dos horas de recibido el llamado. Estas visitas deberán realizarse en Asunción y Gran Asunción. Debe también contemplarse la asistencia domiciliaria, para análisis clínicos, radiográficos con equipo portátil y electrocardiogramas, con cobertura total a cargo de la Contratada, siempre que se compruebe fehacientemente que el paciente se halla imposibilitado de concurrir a los servicios mencionados. -
Para la utilización del servicio deberá presentar su tarjeta identificatoria y cedula de identidad. Entiéndase que este servicio es netamente para pacientes imposibilitados de asistir a los servicios sanatoriales de la Contratada, no para casos de dolencias superficiales y que no reúnan la calidad de urgencia y/o emergencia; dolencias que deben ser tratadas en los prestadores habilitados.
I. CENTROS ASISTENCIALES EN EL INTERIOR DEL PAÍS
Como mínimo 1 (uno), con cobertura integral, de conformidad con los lugares y los establecidos en el Punto 4.1 de estas especificaciones técnicas. -
En caso de que, en alguna de las ciudades citadas, no existan centros asistenciales con los servicios mínimos requeridos, se podrá utilizar los servicios de centros asistenciales de zonas aledañas y/o de las cabeceras departamentales. -
J. COBERTURA EN EL EXTERIOR DEL PAÍS
Exclusivamente para urgencias o emergencias surgidas durante una estancia en el exterior.
Cobertura para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos, durante el traslado y la estadía en el exterior al titular y sus acompañantes beneficiarios por un lapso de 15 (quince) días. Contempla el traslado asistido hasta un centro médico en el territorio nacional para casos de alta complejidad, el cual se otorgará a través del servicio de asistencia al viajero.
El trámite administrativo de expedición del vaucher de asistencia al viajero debe ser solicitado en forma personal por el titular en la oficina de la Contratada en horarios de oficina con un mínimo de 72 (setenta y dos) horas de antelación de cada viaje a ser realizado.
La cobertura de asistencia al viajero es para el Titular y/o su Grupo Familiar (incluye adherente pago), hasta un valor de U$ 15.000.-, con un límite de 5 viajes al exterior por beneficiario, por año.
El titular debe proveer los siguientes datos indefectiblemente: Destino de viaje confirmado, fecha de salida del país, fecha de regreso al país, fecha de nacimiento, Nº de cedula, teléfono línea baja y celular del titular y teléfono línea baja y celular de un contacto en Paraguay en caso de necesidad.
La expedición del vaucher es única e intransferible, por lo que cualquier cancelación del viaje será de exclusiva responsabilidad del asegurado y no es pasible de reembolso.
Al ser la Asistencia al Viajero un servicio tercerizado, las especificaciones sobre la cobertura en el exterior son mínimas, por lo que cualquier modificación, extensión o detalles de cobertura deberá ser consultada y negociada directamente por el Titular (o sus beneficiarios) con la Contratada (o quien ésta indique).
K. MÉDICOS CONSULTORES
Con especialistas a pedido del paciente o del médico tratante. Para los casos de médicos que no integran el listado de profesionales de la Contratada, serán cubiertos hasta 4 (cuatro) consultas por especialista (hasta un máximo de 3 (tres) especialistas), por evento para las internaciones; con sistema de reintegro.
Para los casos de profesionales que pertenezcan al plantel habilitado, serán con cargo de la Contratada.
AX. COBERTURA FARMACÉUTICA AMBULATORIA
Cobertura mínima de 35% (treinta y cinco por ciento) de descuento sobre los precios de lista de farmacias, de todo tipo de medicamentos nacionales (preventivo y curativo), SIN LÍMITE; para medicamentos importados (preventivo y curativo), los descuentos serán como mínimo del 20% (veinte por ciento), SIN LIMITE, descuentos para suplementos vitamínicos. - y una farmacia dedicada a preparados magistrales, que deberá contar con el descuento del 15% en preparados magistrales en la ciudad de Asunción. Dichos descuentos serán considerados en medicamentos preventivos y curativos, con compras efectuadas al contado.
La Prestadora deberá mantener un convenio con las farmacias, con un mínimo de 15 (quince) locales debidamente habilitados por el MSPYBS, con la cual la Prestadora de Servicios tiene relación dentro de Asunción, Departamento Central y ciudades citadas en el Punto 4.1 de estas especificaciones técnicas. -
ALL. REHABILITACION CARDIOVASCULAR
Abarca el tratamiento completo, honorarios médicos, medicamentos, aparatos, terapias y todo lo necesario para lograr la rehabilitación cardiovascular del paciente; siempre que el evento que originó la dolencia cuente con cobertura por parte de la Contratada. -
INTERNACIÓN DOMICILIARIA
Servicio de Internación domiciliaria de medicina y enfermería de hasta 5 (cinco) días por beneficiario por año de contrato.
L. MEDICINA DE ALTA COMPLEJIDAD
El criterio por emplear en este ítem es de una cobertura del 80% (ochenta por ciento) en concepto de honorarios médicos; teniéndose en cuenta para la determinación de porcentajes, los valores arancelarios establecidos con los centros asistenciales a ser utilizados en convenio con la contratista.
Tiempo de internación por un periodo máximo de 20 (veinte) días por cada evento y hasta 3 (tres) eventos al año para cada beneficiario. Estarán cubiertos en su totalidad (100%) los derechos operatorios sanatoriales, equipos, cuidado de enfermería, y todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales (no se tendrán en cuenta topes según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes). -
Los medicamentos y materiales descartables (incluye gases anestésicos y oxígeno) utilizados serán cubiertos hasta la suma de Gs. 16.000.000.- (GUARANÍES DIECISEIS MILLONES), y hasta un tope de 2 (dos) eventos al año para cada beneficiario. -
Materiales de osteosíntesis en general, Gs. 5.000.000.- (GUARANÍES CINCO MILLONES).-
Cobertura de materiales protésicos para hernias inguinales, umbilicales e insicionales, por valor de Gs. 3.000.000.- (Se realiza la siguiente enumeración de los casos considerados de alta complejidad: Quemaduras que superen el 30% de la superficie corporal.
Internación en la U.T.I. después de 25 días (sala y honorarios: cobertura del 50% - Estudios 100%). Cirugía cardiovascular, periférica, congénita o adquirida (Hemodinamia Intervencionista).
Cirugía Neurológica S.N.C. y S.N.P., incluyendo las de columna.
Angioplastia transluminal coronaria.
Colocación de stend medicado o no, no incluye el costo del mismo.
Colocación de marcapasos, no incluye el costo del marcapasos.
Colocación de cardiodesfibrilador implantable, no incluye el costo del equipo.
Litotripsia extracorpórea y ultrasónica.
Incubadora de transporte.
Radioterapia y Cobalto terapia como tratamiento (5 por año por grupo familiar).
Medicina nuclear (exámenes de tiroides y riñón) - ventrículograma isotópico.
Cirugías traumatológicas de cadera.
Cirugías oftalmológicas especializadas.
Cirugía Vascular Periférica.
Cateterismo cardíaco. . (incluye catéter Judkins diagnóstico)
Hemodiálisis y hemodiafiltración en casos agudos (hasta 2 por año, por beneficiario y su grupo familiar).
Oncología (Primera cirugía posterior a la detección de la enfermedad).
Quimioterapia (5 sesiones por año de contrato por Grupo Familiar). NO INCLUYE DROGAS ONCOLÓGICAS
Se entenderá por ALTA MEDICA de Alta Complejidad, la finalización del tratamiento practicado a un paciente/beneficiario por el médico especialista que presta los servicios de ALTA COMPLEJIDAD y su posterior traslado al médico tratante general, momento en el que entrará a regir lo establecido en las Condiciones Generales de Prestación y los beneficios de la Cobertura hasta el tope de la misma. -
Las órdenes de internación programadas para Alta Complejidad, emitidas por el médico tratante, deberán ser presentadas previamente en las oficinas de LA PRESTADORA DE SERVICIOS para su cobertura.
M. ASISTENCIA DOMICILIARIA DE EMERGENCIAS
A cargo de una unidad móvil (ambulancia equipada para urgencias de todo tipo, personal médico y paramédico, medicamentos y materiales descartables), sin costo para el paciente. Este servicio debe efectuarse durante las 24 (veinticuatro) horas del día durante todo el año. -
N. CENTROS TRAUMATOLÓGICOS
Comprende todas las consultas como así también todos los métodos auxiliares de diagnóstico que se efectúan mediante el registro impreso o fotográfico de imágenes efectuado en consultorios y/o centros especializados, con cobertura de gastos en forma integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, sustancias de contraste, a cargo de la empresa prestadora de servicios y tratamientos indicados. Ver lista de los exámenes contemplados en esta cobertura (Anexo).
Todos los estudios de medicina por imágenes deberán tener una cobertura total, y en todos los casos es por persona y sin límites, siempre que provengan de una orden escrita del médico tratante. -
O. DE LOS DERECHOS DE LA CONTRATADA
1. Solicitar datos clínicos con fines de Auditoria Médica a los prestadores en Contrato tanto de la Contratante, como de sus beneficiarios para delimitar el alcance de las coberturas otorgadas. -
2. La Contratada podrá solicitar a la Contratante el reembolso de todos los gastos por uso indebido del carnet identificatorio durante la mora en el pago de las cuotas. Este hecho constituye una deuda exigible en forma inmediata a favor de la Contratada, siempre que ésta haya comunicado por escrito a la Contratante la recisión o suspensión temporal del contrato. -
3. La Contratada suspenderá en forma automática los servicios ante los siguientes eventos:
a) Uso irracional, indebido y con dolo de los servicios;
b) Guerras declaradas, revoluciones, catástrofes, huelgas sanatoriales y médicas;
c) Falta de pago de cuotas por parte de la Contratante.-
4. Posterior a revisión por Auditoría de la Contratante podrá solicitar la exclusión de titular, beneficiarios y adherentes en estos casos:
a) Comportamiento indebido o inmoral del asegurado ya sea en oficina de la Contratada o en prestadores en convenio.-
b) Maltrato verbal o físico confirmado a funcionarios, empleados de blanco y asistentes de la Contratada y de sus prestadores en convenio.-
Para realizar la exclusión, la Contratada deberá emitir una primera nota informando al Administrador del Contrato de la Contratante las situaciones mencionadas; de no haber mejoría y reiterados los motivos mencionados de exclusión, la Contratada procederá a dar de baja o excluir del Contrato al asegurado. El caso de maltrato físico al personal será pasible de exclusión inmediata del asegurado titular y su grupo familiar como primera medida. La exclusión del contrato será realizada en forma total, es decir todo el grupo familiar será excluido incluyendo el titular.-
5. La Contratada informará indistintamente de los pormenores de las internaciones, cobertura y gastos de sistema Copago Informado al titular y/o beneficiarios del contrato mayores de edad; por lo que el titular no podrá alegar desconocimiento de ningún caso si este fuese ya informado a algún beneficiario de su contrato.-
Ante eventuales dudas sobre el alcance o extensión de la cobertura, la determinación se realizará conforme a la valoración técnica emitida por los auditores médicos de la Prestadora de Servicios, en coordinación con los auditores de la Convocante, y sujeto a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones. DE LAS EXCLUSIONES DE LA COBERTURA
Quedan excluidos de la cobertura del Contrato, todo gasto o concepto relacionado con los siguientes eventos:
1. Cualquier gasto relacionado a aquellas enfermedades, tratamientos y/o cualquier servicio que no estén mencionados en el presente PBC.-
2. Los medicamentos y materiales descartables cuyo valor exceda lo establecido en el presente contrato, así como los servicios que superen el tope de cobertura mencionado en el Plan de Salud.-
3. Medicamentos de receta en general, gafas, lentes, diábolos, kits para gastrostomía, asa de resección, sustancias visco elásticas, medias TED, materiales de uso personal (shampoo, jabón de tocador, talcos, rasurador), protector descartable para adultos, fajas, cassette para video.
4. Cualquier gasto relacionado a trasplantes, implantes, prótesis no previstas, injertos.-
5. Cualquier gasto relacionado al alcoholismo y/o toxicomanía (si el beneficiario se encontrase bajo efecto del alcohol o las drogas).
6. Todo tipo de evento derivado de transgresión de leyes y reglamentaciones vigentes de tránsito en donde el/la beneficiario/a tomo participación activa en su comisión.
7. Cualquier gasto relacionado o causado en eventos de guerra o cualquier hecho de guerra civil o internacional, declarada o no declarada.-
8. El tratamiento recibido mientras se esté al servicio de una unidad militar, policial o de otras instituciones oficiales o privadas (ej: guardia de seguridad, guardaespaldas).-
9. Cualquier gasto relacionado a enfermedades transmitidas sexualmente.-
10. La esterilización masculina o femenina, la reversión de la esterilización, el cambio de sexo o los implantes. Cualquier gasto relacionado al tratamientos de fertilidad de cualquier grado masculina y femenina. Colocación y/o retiro de dispositivos de anticoncepción de cualquier tipo incluido DIU. Embarazo posterior a tratamiento de fertilización.-
11. Cualquier gasto relacionado al Pre operatorio, cirugía y Post operatorio de Cirugía plástica o cosmética y sus complicaciones (incluye estudios de diagnósticos).-
12. Cualquier condición o tratamiento relacionado al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (HIV/SIDA).- 14- Microcirugía de cualquier tipo o clase y en cualquier órgano o tejido del cuerpo humano.-
15. Acupuntura, homeopatía. Formolización. Tratamientos dietéticos.-
16. Gastos del acompañante y extras en las internaciones. Gastos del servicio de cuarto, llamadas telefónicas, atención particular de enfermería.-
17. Cualquier gasto relacionado a cirugías odontológicas de cualquier clase, cirugía maxilofacial electiva aguda o crónica.-
18. Cualquier gasto relacionado, en caso que la Contratada confirme mediante el Departamento de Auditoria Médica, un aborto provocado.-
19. Lesiones causadas por investigaciones en etapas experimentales, no reconocidas por instituciones oficiales o científicas.-
20. Lluvia radioactiva.-
21. Cuidados paliativos (enfermería)GUARANÍES TRES MILLONES), por año, por Grupo Familiar.
| ESPECIALIDADES CUBIERTAS | MINIMO DE PROFESIONALES POR ESPECIALIDAD |
| Alergiología + Test alérgicos (adultos y niños) | 5 |
| Analgesias en partos / Anestesiologia. | 10 |
| Anatomía Patológica (incluye biopsia de todo tipo) | 5 |
| Anestesiología | 10 |
| Cardiología adulta y pediátrica; estudios según cobertura. | 15 |
| Cirugía general menor y mayor(incluido derecho operatorio, MATERIALESY/O ELEMENTOS NECESARIOS).Cirugía de hernias (crural, inguinal, umbilical, epigástrica y eventraciones por cirugía abierta o laparoscópica) | 15 |
| Hernias en general | 6 |
| Cirugía plástica reparadora en caso de accidentes ocurridos durante la vigencia del presente contrato (no estética) | 5 |
| Cirugía v Videolaparoscópica (uso del video sin cargo para el asegurado) | 5 |
| Clínica médica Inspección Médica en genera solicitada por Instituciones. | 20 |
| Coloproctología | 5 |
| Dermatología, adultos y niños | 5 |
| Diabetología | 5 |
| Dietología - Nutrición (Incluye consultas y tratamientos ya sea con fines estéticos o médicos), hasta 24 consultas por año por asegurado | 7 |
| Endocrinología, incluido endocrinología pediátrica | 8 |
| Fisioterapia en general (40 sesiones por año por cada titular, cada beneficiario y cada adherente) | 8 |
| Flebología. fleboextracción, flebectomía, convencional y laser endovenoso, escleroterapia, radiofrecuencia, microcirugía de varices o flebectomía ambulatoria, safectomia). | 4 |
| Fonoaudiologia (Evaluaciones y rehabilitación), hasta24consultasporañoporasegurado | 5 |
| Gastroenterología | 7 |
| Gastroenterología Pediátrica | 2 |
| Endoscopias digestivas altas, rectos imoidoscopia, colonoscopía, laparoscopía, extracción de cuerpos extraños en tubos digestivos, esclerosis de lesiones sangrantes en tubos digestivos, electrocoagulación, papilotomía, polipectomía, ERCP | 5 |
| Geriatría-Clínica Geriátrica(consultas) | 4 |
| Ginecología y Obstetricia | 15 |
| Hematología(adultos y niños) | 5 |
| Hemoterapia (transfusiones). Hasta 10 servicios por año de contrato. | 4 |
| Infectología (adultos y niños) | 5 |
| Inspección Médica en general solicitada por Instituciones y vacunaciones (vacunas sin cargo para el asegurado, para los casos determinados obligatorios por el MSPYBS) | 10 |
| Mastología | 6 |
| Médico especializado en obesidad (Bariatra) solo consultas. | 2 |
| Monitoreo clínico y cardiológico intraoperatorio | 5 |
| Monitoreo fetal | 5 |
| Nefrología (consultas) incluye hemodiálisis y hemodiafiltración en los casos agudos. | 5 |
| Neurología Clínica Cirugía (Adultos e Infantil) | 8 |
| Neumología clínica y pediátrica | 6 |
| Oftalmología (adultos y niños): clínica, cirugías, estudios, tratamientos, ejercicios ortópticos, dilatación de pupilas, curva de presión, fondo de ojos, facoemulsificación incluyendo catarata intra o extracapsular, con implante de lente intraocular (no incluye la lente intraocular y sustancias viscolásticas). Tratamientos quirúrgicos del glaucoma, estrabismo, miopía, iridectomía, desprendimiento de retina, cataratas sin LIO, análisis ortópticos. Tratamiento y cirugías con láser incluyendo uso de equipos. Cirugías con exímer láser incluyendo uso de equipos a partir de 6 dioptrías en adelante, cirugías en general con láser. |
10 |
| Otorrinolaringología | 10 |
| Oncología | 8 |
| Pediatría y Neonatología (incluyendo niños nacidos antes de las 37 semanas de gestación) | 15 |
| Psicología clínica y laboral; hasta 24 consultas por año por asegurado | 10 |
| Psicología Infantil; hasta 24 consultas por año por asegurado | 5 |
| Psicopedagogía; hasta 24 consultas por año por asegurado | 8 |
| Fonoaudiología; hasta 24 consultas por año por asegurado | 5 |
| Psiquiatría, consultorio | 6 |
| Radiología | 5 |
| Reumatología | 5 |
| Osteopatía | 3 |
| Infiltración de Ozono | 2 |
| Toxicología | 2 |
| Traumatología y Ortopedia (adultos y niños): consultas, cirugías artroscópicas, artrotomía y convencionales, ejercicios en general, incluida hidroterapia. | 10 |
| Urología (adultos y niños) | 8 |
| Asma y Alergias / Alergólogo | 4 |
| Cirugía Vascular | 2 |
| Otoneurología | 1 |
2. MEDICINAS POR IMÁGENES Y ESTUDIOS LABORATORIALES (A cargo del Seguro Médico Sanatorial, independientemente de la especialidad)
Deberá contar, en la Capital, como mínimo, con 4 (cuatro) Centros de Imágenes propios o contratados (2) de ellos a libre elección,, 1(uno) de los Centros propuestos deberá contar con PET SCAN y los que formen parte del Centro Asistencial: deberán contar con el Certificado de Registro y Habilitación, otorgado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, de los cuales al menos uno (1) deberá contar con servicio de atención las 24 horas. El oferente adjudicatario deberá especificar en cuales centros se realizan los siguientes estudios: ELECTROENCEFALOGRAFÍA, Estudios Tomográficos MULTISLICE DE 16 CANALES (como mínimo) y Estudios de Resonancia Magnética Nuclear), Radiografías, Ecografías, Ecocardiografía y Mamografía.
Anexo A: ESPECIALIDADES
| ESPECIALIDADES CUBIERTAS |
| Alergiología + Test alérgicos (adultos y niños) |
| Analgesias en partos |
| Anatomía Patológica (incluye biopsia de todo tipo, menos extemporánea y una inmunohistoquímica) |
| Anestesiología |
| Cardiología (consultas) adulta y pediátrica; estudios según cobertura. |
| Cirugía general menor y mayor (incluido derecho operatorio, MATERIALES Y/O ELEMENTOS NECESARIOS). Cirugía de hernias (crural, inguinal, umbilical, epigástrica y eventraciones por cirugía abierta o laparoscópica) |
| Hernias en general |
| Medico especializado en obesidad (Bariatra) solo consultas. |
| Cirugía plástica reparadora en caso de accidentes ocurridos durante la vigencia del presente contrato (no estética), hasta 1 por año de contrato |
| Cirugía videolaparoscópica (uso del video sin cargo para el asegurado) |
| Clínica médica Inspección Médica en general solicitada por Instituciones. |
| Coloproctología |
| Dermatología, adultos y niños |
| Diabetología |
| Dietología - Nutrición (Incluye consultas y tratamientos ya sea con fines estéticos o médicos), hasta 24 consultas por año por asegurado |
| Endocrinología, incluido endocrinología pediátrica |
| Fisioterapia en general (40 sesiones por año por titular y grupo familiar) |
| Flebología. fleboextracción, flebectomía, convencional y laser endovenoso, escleroterapia, radiofrecuencia, microcirugía de varices o flebectomía ambulatoria, safectomia). |
| Fonoaudiologia (Evaluaciones y rehabilitación), hasta 24 consultas por año por asegurado |
| Gastroenterología |
| Gastroenterología Pediátrica |
| Endoscopias digestivas altas, rectosimoidoscopia, colonoscopía, laparoscopía, extracción de cuerpos extraños en tubos digestivos, esclerosis de lesiones sangrantes en tubos digestivos, el ectrocoagulación, papilotomía, polipectomía, ERCP |
| Geriatría - Clínica Geriátrica (consultas) |
| Ginecología y Obstetricia |
| Hematología (adultos y niños) |
| Hemoterapia (transfusiones), no incluye provisión de sangre. Hasta 10 servicios por año de contrato. |
| Infectología (adultos y niños) |
| Inspección Médica en general solicitada por Instituciones y vacunaciones (vacunas sin cargo para el asegurado, para los casos determinados obligatorios por el MSPYBS) |
| Mastología |
| Monitoreo clínico y cardiológico intraoperatorio |
| Monitoreo fetal |
| Nefrología (consultas) |
| Neumología y Neurologia clínica (consultas) y pediátrica |
| Oftalmología (adultos y niños): clínica, cirugías, estudios, tratamientos, ejercicios ortópticos, dilatación de pupilas, curva de presión, fondo de ojos, facoemulsificación incluyendo catarata intra o extracapsular, con implante de lente intraocular (no incluye la lente intraocular y sustancias viscolásticas) |
| Otorrinolaringología |
| Pediatría y Neonatología (incluyendo niños nacidos antes de las 37 semanas de gestación) |
| Psicología clínica y laboral; hasta 24 consultas por año por asegurado |
| Psicología Infantil; hasta 24 consultas por año por asegurado |
| Psicopedagogía; hasta 24 consultas por año por asegurado |
| Psiquiatría, consultorio |
| Radiología |
| Reumatología |
| Osteopatía |
| Infiltración de Ozono |
| Quinesioterapia |
| Toxicología |
| Traumatología y Ortopedia (adultos y niños): consultas, cirugías artroscópicas, artrotomía y convencionales, ejercicios en general, incluida hidroterapia. |
| Urología (adultos y niños) |
| Oftalmología ejercicios ortopticos, dilatación, curva de presión y cataratas con implante de lente intraocular, tratamientos quirúrgicos del glaucoma, iridectomía, desprendimiento de retina, cataratas sin LIO, Láser: Tratamiento y cirugías con láser incluyendo uso de equipos. Cirugías con exímer láser incluyendo uso de equipos a partir de 6 dioptrías en adelante, cirugías en general con láser, análisis ortóptico). |
Anexo B: MEDICINA POR IMÁGENES
| MEDICINA POR IMÁGENES CON COBERTURA |
| Abdomen simple, h/6 |
| Angiografía carótida, h/8 placas 2 lados |
| Angiografía carótida, h/8 placas c-lado |
| Angiografía de miembro 1 lado, h/6 placas |
| Angiografía de miembro 2 lados, h/6 placas |
| Angiografía de cualquier miembro o parte del cuerpo, h/6 |
| Angioresonancia, h/4 |
| Angiofluoresceingrafía (Ojos), h/2 |
| Antebrazo en todas las posiciones, h/8 |
| Aortografía lumbar o abdominal, h/5 placas |
| Apéndice, h/6 |
| Árbol urinario simple, h/6 |
| Arteriografía cerebral, h/8 pl. 2 lados |
| Arteriografía cerebral, h/8 pl. c/lado |
| Arteriografía selectiva (abdominal o tórax), h/6 |
| Arteriografía selectiva dos arterias, h/6 |
| Arteriografía selectiva renal 1 lado, h/6 |
| Arteriografía selectiva renal 2 lados, h/6 |
| Audiometría, h/1 |
| Biligrafina o colangiografía endovenosa, h/6 |
| Brazo en todas las posiciones, h/6 |
| Broncografía 2 lados, h/6 |
| Broncografía c/lado, h/6 |
| Cadera o pelvis en todas las posiciones, h/6 |
| Cavum, h/6 |
| Cavum contrastado, h/6 |
| Cistografía, h/6 |
| Clavícula en todas las posiciones, h/6 |
| Codo en todas las posiciones, h/6 |
| Colangiografía endovenosa (biligrafina), h/6 |
| Colangiografía operatoria, h/6 |
| Colangiografía postoperatoria, h/6 |
| Colangiografía retrograda con Papilotomía, h/6 |
| Colangiografía retrograda simple, h/6 |
| Colangiografía transpariento hepático, h/6 |
| Colecistografía oral, h/6 |
| Colon contrastado, h/6 |
| Colon doble contraste, h/6 |
| Colon por ingestión, h/6 |
| Columna cervical en todas las posiciones, h/10 |
| Columna dorsal o lumbar en todas las posiciones, h/8 |
| Columna panorámica (Espinografía) en todas las posiciones, h/6 |
| Control radiológico en maniobras traumatológicas, h/8 |
| Costilla en todas las posiciones, h/8 |
| Cráneo en todas las posiciones, h/6 |
| Cráneo para ortodoncia, h/6 |
| Curva de presión ocular, h/6 |
| Dilatación (ciclopejía), h/6 |
| Dedo 2 posiciones, h/8 |
| Dental en todas las placas, h/6 |
| Dental oclusal, h/6 |
| Dental seriado, h/6 |
| Densitometría, h/3 |
| Eco biometría Ocular, h/6 |
| Ejercicios ortópticos |
| Electroencefalograma, h/4 |
| Electrocardiograma, h/6 |
| Elecromiografia en general, h/6 |
| Embarazo |
| Ergometría, h/1 |
| Esófago, estómago y duodeno, h/6 |
| Esternón en todas las posiciones, h/6 |
| Examen ortóptico, h/6 |
| Fistulografía h/2 placas, , h/6 |
| Flebografía cada lado, h/6 |
| Fondo de ojo, h/6 |
| Galactografía bilateral previa mamografía, h/6 |
| Galactografía bilateral sin placa simple, h/6 |
| Galactografía c/lado c/previa mamografía, h/6 |
| Galactografía sin placa simple 1 lado, h/6 |
| Holter, h/1 |
| Ecocardiografía |
| Eco Doppler en general, h/ 6 |
| Hombro en todas las posiciones, h/6 |
| Intestino delgado o tránsito intestinal, h/6 |
| Laringografía contrastada, h/4 |
| Linfografía cada lado, h/4 |
| Linfografía dos lados, h/4 |
| Litotripsia por nefrostomía, h/4 |
| Litotripsia uretral, h/4 |
| Mama (pieza operatoria) p/placa, h/6 |
| Mama (reperage para biopsia) p/placa, h/6 |
| Mamografía en todos los lados, h/4 |
| Mamografía focalización |
| Mano en todas las posiciones, h/10 |
| MAPA , h/3 |
| Mapeamiento de retina, h/4 |
| Mastoide en todas las posiciones, h/4 |
| Maxilar inferior en todas las posiciones, h/6 |
| Maxilar inferior c/ortopantomografía, h/6 |
| Mielografía s/ contraste ni especialista, h/6 |
| Monitoreo fetal |
| Muñeca en todas las posiciones, h/6 |
| Muslo o fémur en todas las posiciones, h/6 |
| Neurofisiología/Mapeo Cerebral, h/6 |
| OCT macular, h/6 |
| Oclusión vascular retiniana, h/6 |
| Oclusión de vena central de retina, h/6 |
| Orbitas c/posición, h/6 |
| Ortopantomografía, h/6 |
| Otomicroscopía, h/6 |
| Paquimetría corneal, h/6 |
| Perfil biofísico, h/8 |
| Pie en todas las posiciones, con apoyo y marcha h/10 |
| Pielografía ascendente, h/6 |
| Pielografía endovenosa o riñón contraste, h/6 |
| Pierna en todas las posiciones, h/6 |
| Pruebas vestibulares (Electronistagmografía, Prueba calórica, Prueba rotatoria, computarizada), h/6 |
| Resonancia Magnética (hasta 4 por año de contrato por asegurado) |
| Rodilla en todas las posiciones, h/8 |
| Saco lagrimal, h/6 |
| Saco lagrimal (radio. como especialista), h/6 |
| Sacro-coxis en todas las posiciones, h/6 |
| Scopia como complemento de examen c/ TV, h/6 |
| Scopia arco c por 1 hora, h/6 |
| Scopia arco c por más de 1 hora, h/6 |
| Senos faciales en todas las posiciones, h/6 |
| Sialografía en todos los lados, h/6 |
| Spect perfusión Miocárdica, h/4 |
| Test alérgicos |
| Tobillo en todas las posiciones, h/10 |
| Tomografías en general (de cualquier región del cuerpo), h/6 |
| Topografías en general, h/6 |
| Tórax en todas las posiciones, h/6 |
| Tránsito intestinal o intestino delgado, h/6 |
| Transparieto-hepática, h/6 |
| Uretrocistografía, h/6 |
| Urograma de excreción, h/6 |
| Vesícula simple, h/6 |
| Radioterapia, branquiterapia, acelerador lineal. |
| Rodilla en todas las posiciones, h/4 |
| Enfermedades congénitas y malformaciones. Cobertura total: Pie bot, hidrocefalia (No incluye válvula), ano imperforado, hernias, labio leporino y otras malformaciones congénitas. |
| Septoplastia. Turbinectomia |
| TIMPANOMETRIA, h/4 |
| ESPIROMETRIA SIMPLE, h/4 |
| PLANTIGRAFIA DIGITAL ESTATICA Y DINAMICA (BAROPODOMETRIA), h/4 |
| URODINAMIA, h/2 |
| MICROSCOPIO ESPECULAR, h/4 |
| ESTUDIO DE ESTRABISMO (AMBOS OJOS), h/4 |
| POTENCIALES EVOCADOS AUDITIVOS CON BUSQUEDA DE UMBRALES SIN SEDACION (BERA), h2 |
| MAGNIFICACION CON PRESION FOCALIZADA, h/4 |
| ECOCARDIOGRAMAS |
| Eco doppler en general, h/8 |
| Ecocar. c/ doppler bidimensional, h/4 |
| Ecocardiograma sin doppler, h/4 |
| Eco-stress normal y con dobutamina, h/4 |
| ECOGRAFIAS |
| Ecografía abdominal, h/8 |
| Ecografía de mamas, h/8 |
| Ecografía de tiroides, h/6 |
| Ecografía del bazo, h/4 |
| Ecografía ginecológica y obstétrica, h/12 |
| Ecografía morfológica y con marcadores cromosómicos, h/6 |
| Ecografía hígado-vías biliares-vesícula, h/8 |
| Ecografía intracavitaria c/residuo, h/6 |
| Ecografía intraoperatoria, h/6 |
| Ecografía oftálmica, h/6 |
| Ecografía de cráneo, h/6 |
| Ecografía prostática, h/6 |
| Ecografía prostática intracavitaria, h/6 |
| Ecografía renal, h/6 |
| Ecografía testicular, h/6 |
| Ecografía transvaginal, h/6 |
| Ecografía 3D- tridimensional, h/6 |
| Ecografía 4D - Cuadrimensional, h/4 |
| Ecografía de tejidos blandos, h/8 |
| Punciones con control ecográfico, h/6 |
| TOMOGRAFIAS COMPUTADAS TAC O MUSTISLICE TCMS (Hasta 6 por año por persona) |
| Tomografía en Gral . |
| Tomografía Multislice (TCMS) |
| Tomografía de corazón |
| Tomografía de nariz |
| Tomografía computada cráneo |
| Tomografía computada miembros |
| Tomografía computada tórax |
| Tomografía computada cuello |
| Tomografía computada abdomen inferior |
| Tomografía computada abdomen superior |
| Tomografía computada pelvis |
| Tomografía computada columna cervical |
| Tomografía computada columna dorsal |
| Tomografía computada columna lumbar |
| Tomografía computada de árbol urinario (URO TAC) |
| MEDICINA NUCLEAR (hasta 6 por año por persona) |
| Cámara-gamma (perfusión miocárdica con talio, tecnecio, S.P.E.C.T.) |
| Centellografía glándula salivar |
| Centellografía sangrado intestinal |
| Centellografía cerebral |
| Centellografía de tiroides o mapeo |
| Centellografía hepática |
| Centellografía ósea |
| Centellografía pulmonar |
| Centellografía renal |
| Centellografía testicular |
| RADIOTERAPIA CURATIVA (hasta 10 irradiaciones por campo) |
| Angiomas radiot. sup. d.t. |
| Ca. cuello-cuerpo uter. lesión sola p/campo |
| Ca. cuello-cuerpo uter. mas anexo |
| Carc. de lengua lesión gang. anexo |
| Carc. mamario b cobalto s/op. c/cad.gang. |
| Carc. mamario cobalto solo tumor s/cicat. |
| Carc. pene lesión sola co. irrad. p/campo |
| Carc. pene mas campo anexo r. gang |
| Carc. vejiga cobalto irrad. p/campo |
| Carcinoma cutáneo epitel. d.t. |
| Carcinoma esofágico mas campo anexo |
| Carcinoma esofágico lesión sola cobalto |
| Carcinoma laríngeo lesión sola cobalto |
| Carcinoma laríngeo más campo anexo |
| Carcinoma oral lesión gang. irrad. p/campo |
| Carcinoma oral más campo anexo |
| Carcinoma pulmonar cobalto |
| Carcinoma s/maxilar lesión sola cobalto |
| Carcinoma s/maxilar más campo anexo |
| Cicatriz queloide s/aplicación |
| Huesos (tumores) co. irrad. por campo |
| Linfomas co. irrad. nodal infodiaf. |
| Linfomas co. irrad. nodal supradiaf. |
| Linfomas co. irrad. nodal total |
| Linfomas co. una región ganglionar |
| Rodioterapia antiimflam. prom. c/aplic. |
| Seminoma co. rad. prof. d.t. |
| Tumores cerebrales en general co. irrad. camp. |
| ESTUDIOS ELECTROFISIOLÓGICOS (EEF en todas sus formas hasta 5 por asegurado) |
Anexo C: ANÁLISIS LABORATORIALES
| ANALISIS LABORATORIALES | |
| Ácido cítrico, h/6 | |
| Ácido fenil Pirúvico, h/6 | |
| Ácido Fólico, h/6 | |
| Ácido Láctico, h/6 | |
| Ácido úrico, h/6 | |
| Ácido vanil Mandélico (AVN), h/6 | |
| ACTH, h/10 | |
| Adenovirus Anticuerpo IGG, h/6 | |
| Adenovirus Anticuerpo IGM, h/6 | |
| Adenovirus Antígeno, h/6 | |
| Addis, recuento de, h/6 | |
| Aglutinación de partículas de látex para: | |
| A. Escherichia coli Ki, h/6 | |
| A. Hemophilus influenzae tipo b, h/6 | |
| A. Legionella pneumofila, h/6 | |
| A. Nesseria meningitidis grupo a, h/6 | |
| A. Nesseria meningitidis grupo b, h/6 | |
| A. Nesseria meningitidis grupo c, h/6 | |
| A. Stroptococus Pheumoniae, h/6 | |
| A. Streptococcus betahemolítico grupo a, h/6 | |
| A. Streptococcus grupo b, h/6 | |
| Aglutinas Anti a, h/6 | |
| Aglutinas Anti b, h/6 | |
| AIDS-ac, h/6 | |
| Albúmina, h/10 | |
| Alcohol, h/6 | |
| Aldolasa, h/6 | |
| Aldosterona, h/6 | |
| Alergía-Tests: RAST, h/6 | |
| Alfa 1 antitripsina, h/4 | |
| Alfafetoproteína (APF), h/4 | |
| A/G, h/10 | |
| Amilasa, h/6 | |
| Amonio, h/6 | |
| ANA, h/6 | |
| Androstenediona, h/6 | |
| Anfetamina, h/6 | |
| Antibiogramas para gérmenes aeróbicos, h/6 | |
| Antibiogramas para gérmenes anaeróbicos, h/6 | |
| Ac. Anti cardiolipina IgG-IgM, h/4 | |
| Ac. Anti DNA, h/6 | |
| Ac. Anti Microsomales, h/6 | |
| Ac. Anti Mitocondriales, h/6 | |
| Ac. Anti Musculo Liso (ASMA), h/6 | |
| Ac. Anti Nucleares, h/6 | |
| Ac. Anti Tiroglubinas, h/6 | |
| Ac. Anti Tiroides, h/6 | |
| Ac. Anti Toxoplasma IgG, h/6 | |
| Ac. Anti Tripanosoma IgG, h/6 | |
| Ac. Anti Tripanosoma IgM, h/6 | |
| Ac. Anti Virus Sinciciall Respiratorio (VSR), h/6 | |
| Ac. Heterofilos, h/6 | |
| A.F.P. , h/6 | |
| Antígeno Carcinoembrionario (CEA), h/6 | |
| CA 15-3, h/6 | |
| CA 125,h/6 | |
| CA 19.9,h/6 | |
| Antígenos Febriles, h/6 | |
| Antígeno Prostático específico (PAS), h/6 | |
| Anticuerpo (AC) Anti Centrómero, h/6 | |
| Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IGA, h/6 | |
| Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IGG, h/6 | |
| Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IGM, h/6 | |
| Anticuerpo (AC) Anti Gliadina IGA, h/6 | |
| Anticuerpo (AC) Anti Gliadina IGM, h/6 | |
| Anticuerpo (AC) Anti Helicobacter Pylori IGG, h/6 | |
| Anticuerpo (AC) Anti RNP ENA, h/6 | |
| Anticuerpo (AC) Anti SCL -70, h/6 | |
| Anticuerpo (AC) Anti SS - A (RO), h/6 | |
| Anticuerpo (AC) Anti SS B (LA), h/6 | |
| Anticuerpo (AC) Anti CCP, h/6 | |
| Antitrombina III (AT III), h/6 | |
| Apolipoproteína b, h/6 | |
| Aspegillus, h/6 | |
| ASTO, h/6 | |
| Autovacunas, h/6 | |
| Azucares reductores, h/6 | |
| BAAR, h/6 | |
| Barbitúricos, h/6 | |
| Bence-Jones, h/6 | |
| Benedict, Reacción de, h/6 | |
| Bicarbonato, h/6 | |
| Bilirrubina total, directa e indirecta, h/10 | |
| Bilis, cultivo, h/6 | |
| Bioquímica de plasma Seminal, h/6 | |
| C 3, h/6 | |
| C 4, h/6 | |
| Calcio, h/12 | |
| Calcio Ionico | |
| Calcitonina, h/6 | |
| Calculo Urinario, h/6 | |
| Campo oscuro, h/6 | |
| Campylobacter, h/6 | |
| Cannabinoides, h/6 | |
| Capacidad de fijación de hierro (TIBC), h/6 | |
| CEA, h/6 | |
| Células LE, h/6 | |
| Cetonemia, h/6 | |
| Cetonuria, h/6 | |
| Cetosteroides 17, h/6 | |
| CH 50, h/6 | |
| Chagas (Ac. Anti Trypanosoma IgG e IgM), h/6 | |
| Chlamydia, h/6 | |
| Citomegalovirus-ac-IgG, h/6 | |
| Citomegalovirus-ac-IgM, h/6 | |
| Ck, h/6 | |
| Ck-mb, h/6 | |
| Clearance de Creatinina, h/8 | |
| Cloruros, h/6 | |
| CMV-ac-IgG, h/6 | |
| CMV-ac-IgM, h/6 | |
| Coagulograma, h/10 | |
| Cobre, h/4 | |
| Cocaína, h/4 | |
| Colesterol HDL, h/12 | |
| Colesterol-LDL, h/12 | |
| Colesterol total, h/12 | |
| Colesterol VLDL, h/12 | |
| Colinesterasa, h/6 | |
| Coloración de Giemsa, h/6 | |
| Coloración de Gram, h/6 | |
| Coloración de Ziehl, h/6 | |
| Complemento hemolítico (CH 50), h/6 | |
| Coombs Directo, h/6 | |
| Coombs Indirecto, h/6 | |
| Coprocultivo, h/6 | |
| Coprología Funcional, h/6 | |
| Coproporfirinas, h/6 | |
| Cortisol, h/12 | |
| Creatinina, h/12 | |
| Crioglutininas, h/6 | |
| Crioglobulinas, h/6 | |
| Criptococus, h/6 | |
| Cristales-Identificación, h/6 | |
| Cuerpos Cetónicos, h/6 | |
| Cultivo en Aerobiosis, h/8 | |
| Cultivo en Anaerobiosis, h/8 | |
| Cultivo en Thayer-Martin, h/8 | |
| Cultivo para BAAR, h/6 | |
| Cultivo para GC, h/8 | |
| Cultivo para hongos, h/8 | |
| Cultivo para listeria, h/8 | |
| Cultivo para Mycoplasma, h/8 | |
| Curva de tolerancia oral a la glucosa, h/10 | |
| Dehidroepiandrostenediona (DHEA-S04), h/6 | |
| Dehidrostestosterona, h/6 | |
| Dengue AG (Antígeno), h/4 | |
| Dengue Anticuerpo (AC) IGG, h/4 | |
| Dengue Anticuerpo (AC) IGM, h/4 | |
| Densidad, h/6 | |
| Difteria, Cultivo, h/8 | |
| Digoxina, h/6 | |
| Dosaje de ácido valproico, h/4 | |
| Dosaje de ácido fenobarbital, h/4 | |
| DNA-ac, h/6 | |
| Dióxido de carbono (CO2), h/6 | |
| D-Xilosa, h/6 | |
| EBV-EA-ac, h/6 | |
| EBV-VCA-ac, h/6 | |
| Electroforesis de hemoglobina, h/8 | |
| Electroforesis de lipoproteínas, h/6 | |
| Electroforesis de proteínas, h/6 | |
| Electrolitos, h/12 | |
| Electronistagmografía, h/6 | |
| Electrocoagulación en Gral., h/6 (con fines no estéticos) | |
| Eosinófilos, h/10 | |
| Epstein-Barr Virus-ac, h/6 | |
| Eritrosedimentación, h/12 | |
| Esperma, cultivo, h/8 | |
| Espermograma, h/8 | |
| Esputo. Coloración para BAAR, h/8 | |
| Esputo. Cultivo para gérmenes comunes, h/8 | |
| Esputo. Eosinófilos y mastocitos, h/8 | |
| Estradiol, h/6 | |
| Estriol libre, h/6 | |
| Estrógenos totales, h/6 | |
| Estudio capilar. Investigación de hongos, h/8 | |
| Exceso de base, h/8 | |
| Factor reumatoideo, h/8 | |
| Factor reumatoideo cuantitativo, h/6 | |
| Fenilhidantoina, h/6 | |
| Ferritina, h/10 | |
| Fibrinógeno, h/10 | |
| Fibrinólisis, h/8 | |
| Fórmula leucocitaria, h/10 | |
| Fosfatasa ácida prostática (pap), h/6 | |
| Fosfatasa ácida total y prostática, h/6 | |
| Fosfatasa alcalina, h/6 | |
| Fosfolípidos, h/6 | |
| Fósforo, h/10 | |
| Fragilidad osmótica de los hematíes, h/6 | |
| Frotis de sangre periférica, h/8 | |
| Frotis de sangre periférica p/ hematólogo, h/6 | |
| Fructosa, h/6 | |
| Fructosamina, h/4 | |
| FSH, h/6 | |
| FTA-abs-IgG, h/6 | |
| FTA-abs-IgM, h/6 | |
| Galactosa Neonatal, h/2 | |
| Gamma Globulinas, h/6 | |
| Gamma GT, h/10 | |
| Garganta. Cultivo, h/8 | |
| Gases arteriales, h/10 | |
| Gastrina, h/6 | |
| GH (Hormona de crecimiento), h/4 | |
| Globulina, h/6 | |
| Glóbulos blancos, h/12 | |
| Glóbulos rojos, h/12 | |
| Glucohemoglobina, h/12 | |
| Glucosa, h/12 | |
| Glucosa. Curva de tolerancia, h/6 | |
| Glucosa pre y posprandial, h/6 | |
| Glucosuria, h/10 | |
| Ganadotrofina Coriónica (hCG), h/10 | |
| Gota gruesa, h/6 | |
| GOT, h/10 | |
| GPT, h/10 | |
| Graham-Test, h/6 | |
| Gravindex, h/6 | |
| Grupo Sanguíneo, h/4 | |
| Guayaco inmunológico, h/6 | |
| Ham-test, h/6 | |
| Hmburger-test, h/6 | |
| Hamber, h/6 | |
| Haptoglobina, h/6 | |
| HbA 1c, h/10 | |
| HAV-ac, h/6 | |
| HAV-ac-IgM, h/6 | |
| HBc-ac, h/6 | |
| HBc-ac-IgM, h/6 | |
| HBDH, h/6 | |
| HBe-ac, h/6 | |
| HBe-Ag, h/6 | |
| HBs-ac, h/6 | |
| HBs-Ag, h/6 | |
| hCG-sub-unidad beta, h/6 | |
| HDL-Colesterol, h/12 | |
| Heces. Benedict, h/6 | |
| Heces. Examen parasitológico, h/6 | |
| Heces. Flora microbiana, h/6 | |
| Heces. Frotis, h/6 | |
| Heces. Hongos, h/6 | |
| Heces. Microscopia Funcional, h/6 | |
| Helicobacter Pylori, h/6 | |
| Hematocrito, h/10 | |
| Hemocultivo en aerobiosis, h/8 | |
| Hemocultivo en anaerobiosis, h/8 | |
| Hemoglobina, h/12 | |
| Hemoglobina. Electroforesis, h/8 | |
| Hemoglobina fetal, h/6 | |
| Hemoglobina. glucosilada (HbA1c), h/12 | |
| Hemograma, h/12 | |
| Hemograma (Plaquetas + VSG) p/ Hematólogo, h/10 | |
| Hemoparásitos, h/6 | |
| Hemophilus influenzae tipo b. látex, h/6 | |
| Hepatitis (ac y Ag) ver HAV y HB, h/6 | |
| Hepatitis B IGG, h/4 | |
| Hepatitis B IGM, h/4 | |
| Hepatitis C (HCV) Anticuerpo IGG, h/4 | |
| Hepatitis C (HCV) Anticuerpo IGM, h/4 | |
| Hepatograma (GPT-GOT-FA-BT-BD-BI) / Perfil Hepático, h/10 | |
| Herpes, h/6 | |
| H.G.H. , h/6 | |
| Hidatidosis-ac, h/6 | |
| Hidroxicorticosteroides 17, h/6 | |
| Hidroxi-Indol-Acetico 5 (5HIAA), h/6 | |
| Hierro sérico, h/6 | |
| Hisopado Faríngeo, h/6 | |
| Histoplasmina, h/6 | |
| HIV-ac, h/6 | |
| Hongos. Cultivo e identificación, h/8 | |
| Hongos. Examen en fresco, h/8 | |
| Homa, h/6 | |
| Hormona de crecimiento(hGh), h/6 | |
| Hormona Folículo Estimulante (FSH), h/6 | |
| Hormona Lactógeno Placentaria (hP), h/6 | |
| Hormona Luteinizante (LH), h/6 | |
| IgA, h/12 | |
| IgD, h/12 | |
| IgE, h/12 | |
| IgG, h/12 | |
| IgM, h/12 | |
| Influenza A (RT-PCR); (Por Hisopado), h/6 | |
| Influenza tipo A H1N1, h/6 | |
| Influenza B (RT-PCR); (Por Hisopado), h/6 | |
| Inmunoelectroforesis, h/6 | |
| Inmunoglobinas, h/6 | |
| Inmunohistoquímica, C-ERB2-NEVU, h/6 | |
| Inmunofluorescencia, h/6 | |
| Insulina, h/10 | |
| Lactosa, h/6 | |
| LAP, h/6 | |
| Larvas de vermes, h/6 | |
| L. Haemophilus influenzae tipo b, h/6 | |
| L. Neusseria meningitidis grupo A, h/6 | |
| L. Neisseria meningitidis grupo B, h/6 | |
| L. Neisseria meningitidis grupo C, h/6 | |
| L. Streptococcus pneumoniae, h/6 | |
| L. Streptococcus beta hemolítico grupo, h/6 | |
| L. Streptococcus grupo B, h/6 | |
| Lavado gástrico, h/6 | |
| LCR. Citoquímico, h/6 | |
| LCR. Cultivo, h/6 | |
| LDH, h/10 | |
| LDL-Colesterol, h/12 | |
| LE, h/6 | |
| Lecitina en líquido amniótico, h/6 | |
| Legionella Pheumiphila látex, h/6 | |
| Lesión genital. Coloración de Gram, h/6 | |
| Lesión genital. Coloración de fontana, h/6 | |
| Lesión genital. Estudio microbiológico, h/6 | |
| Lesión en la piel. Cultivo para hongos, h/10 | |
| Lesión de uñas. Cultivo para hongos, h/10 | |
| LH, h/6 | |
| Linfa cutánea. Coloración de Ziehl, h/6 | |
| Lipasa, h/8 | |
| Lípidos totales, h/10 | |
|
|
| Líquido amniótico. Fosfaditil-glicerol, h/6 | |
| Líquido articular. Citoquímico, h/6 | |
| Líquido articular. Cristales, h/6 | |
| Líquido articular. Cultivo, h/6 | |
| Líquido ascítico. Cultivo, h/6 | |
| Líquido gástrico-duodenal. Parásitos, h/6 | |
| Líquido peritoneal. Cultivo, h/6 | |
| Líquido pleural. Cultivo, h/6 | |
| Listeria, h/6 | |
| Litio, h/6 | |
| Magnesio, h/12 | |
| Magnesio eritrocitario, h/12 | |
| Marihuana, h/6 | |
| Mastocitos, h/6 | |
| Metahemoglobina, h/8 | |
| Micosis oportunistas, h/8 | |
| Micosis profundas, h/8 | |
| Micosis subcutáneas, h/8 | |
|
|
| Microalbuminuria, h/8 | |
| Mioglobina, h/8 | |
| Moco cervical, h/6 | |
| Monotest, h/6 | |
| Morfina, h/6 | |
| Mucoproteínas, h/6 | |
| Mycobacterium Tuberculosis, h/6 | |
| Micoplasma Hominis, h/8 | |
| Neiseriae Gonorrea, h/6 | |
| NTX, h/6 | |
| Oído cultivo, h/8 | |
| Opiáceos, h/6 | |
| Orina, fisicoquímico y del sedimento, h/12 | |
| Orina cultivo, h/12 | |
| Oxalato, h/6 | |
| Oxiuros, h/6 | |
| Panel de Patógenos respiratorios | |
| Panel Arbovirus | |
| Panel respiratorio h/2 | |
|
|
| Parathormona (PTH), h/6 | |
| PAS (Antígeno prostático específico), h/6 | |
| Paul-Bunell (presuntivo), h/6 | |
| Péptido C, h/6 | |
| pH, h/10 | |
| Plaquetas, h/10 | |
| Plaquetas por Hematólogo, h/10 | |
| Plasma seminal, h/6 | |
| Porfobilinógeno, h/6 | |
| Potasio, h/10 | |
| PPD, h/4 | |
| Preparación de células LE, h/4 | |
| Productos de degradación de la fibrina, h/4 | |
| Progesterona, h/6 | |
| Prolactina, h/6 | |
| Proteínas C, h/6 | |
| Proteínas S, h/6 | |
| Proteínas C reactiva, h/6 | |
| PCR convencional; cuantitativa, h/6 | |
| Proteínas de Bence-Jones, h/6 | |
| Proteínas Electroforesis, h/6 | |
| Proteínas totales, h/6 | |
| Protomorfinas, h/6 | |
| Protozoarios, h/10 | |
| Prueba de Alergías, h/8 | |
| Prueba de concentración, h/6 | |
| Prueba de dilución, h/6 | |
| Prueba de lazo, h/6 | |
| Prueba de tolerancia oral a la glucosa, h/6 | |
| Prueba de tolerancia a la lactosa, h/6 | |
| Prueba de Tzanck, h/6 | |
| Pruebas vestibulares, h/6 | |
| PTH, h/6 | |
| Pus. Cultivo, h/8 | |
| Punta de catéter Cultivo, h/8 | |
| Quistes de protozoos, h/6 | |
| Raspado de lengua. Cultivo para hongos, h/4 | |
| Reacción de Widal, h/6 | |
| Recuento de Addis, h/6 | |
| Reticulocitos, h/6 | |
| Retracción del coágulo, h/10 | |
| Rh, h/4 | |
| Rotavirus, h/6 | |
| Rubeola IgG, h/6 | |
| Rubeola IgM, h/6 | |
| Sangre oculta, h/6 | |
| Saturación de oxígeno, h/10 | |
| Secreción conjuntival. Cultivo, h/8 | |
| Secreción endocervical. Cultivo, h/8 | |
| Secreción faríngea. Cultivo, h/8 | |
| Secreción genital. Cultivo, h/8 | |
| Secreción nasal. Cultivo, h/8 | |
| Secreción nasal. Eosinófilos y mastocitos, h/8 | |
| Secreción prostática. Cultivo, h/8 | |
| Secreción purulenta. Cultivo, h/8 | |
| Secreción traqueal. Cultivo, h/8 | |
| Secreción uretral. Cultivo, h/8 | |
| Secreción bulbar. Cultivo, h/8 | |
| Sida-ac, h/6 | |
| Sífilis, h/6 | |
| Sims-Hunner - test, h/6 | |
| Shigella. Cultivo, h/6 | |
| SO2, h/10 | |
| Sodio, h/10 | |
| Somatomedina - c, h/6 | |
| Staphylcoccus aureus, h/8 | |
| Streptococcus. Cultivo, h/8 | |
| Streptococcus. Beta hemolitico gr. A. látex, h/8 | |
| Streptococcus. grupo B. látex, h/8 | |
| Streptococcus. Pneumoniae, h/8 | |
| Streptonasa B, h/8 | |
| Streptozima, h/8 | |
| Swim - up, h/8 | |
| T3 libre, h/8 | |
| T3 total, h/8 | |
| T3 uptake, h/8 | |
| T4 libre, h/12 | |
| T4 total, h/12 | |
| Test de absorción a la xilosa, h/6 | |
| Test de Coombs Directo, h/6 | |
| Test de Coombs Indirecto, h/6 | |
| Test de estimulación con ACTH, h/6 | |
| Test de estimulación hormona de crecimiento, h/4 | |
| Test de estimulación con LH/RH, h/4 | |
| Test de estimulación con TRH, h/4 | |
| Test de Sims-Hunner, h/6 | |
| Test del Sudor, h/6 | |
| TIBC (Capacidad de fijación del hierro), h/6 | |
| Tiempo de coagulación sangría, h/6 | |
| Tiempo de Protrombina y coagulación, h/10 | |
| Tiempo de tromboplastina parcial activada, h/10 | |
| Timol, h/6 | |
| Tine test, h/6 | |
| Tzanck - Prueba de, h/6 | |
| Tipificación, h/4 | |
| Tiroglubina, h/6 | |
| Testosterona libre, h/6 | |
| Toxoplasmosis- ac IgG, IgM, h/6 | |
| Transferrina, h/6 | |
| Trichomonas vaginalis, h/6 | |
| Triglicéridos, h/12 | |
| Trypanosoma cruzi-ac, h/6 | |
| TSH, h/12 | |
| TTPa, h/10 | |
| Ulcera genital. Cultivo, h/6 | |
| Urea, h/6 | |
| Ureaplasma urealyticum, h/6 | |
| Urobilina, h/6 | |
| Urobilinógeno, h/6 | |
| Van de Kamer, h/6 | |
| Vanil - Mandelic - Acid (AVM), h/6 | |
| VDRL, h/6 | |
| VIH-ac, h/6 | |
| Vitamina D, h/2 | |
| Vitamina K | |
| Virocitos, h/6 | |
| VLDL Colesterol, h/12 | |
| VSR ac, h/6 | |
| Widal. Reacción de, h/6 | |
| Xilosa. Test de absorción, h/6 | |
| Centellografía y captación tiroidea, h/6 | |
| PANEL CHIKUNGUNYA + DENGUE + ZIKA VIRUS, DETECCION PCR, h/1 | |
| CHIKUNGUNYA IGM, h/2 | |
| CHIKUNGUNYA IGG, h/2 | |
| TEST PARA CHIKUNGUNYA IGM (ELISA), h/2 | |
| CHIKUNGUNYA ANTIGENO, h/2 | |
| SARS-COV 2 (CORONAVIRUS), h/2 | |
| TEST RAPIDO ANTIGENO PARA SARS-COV 2 (CORONAVIRUS), h/2 | |
| DIMERO D, SANGRE, h/6 | |
| SEROLOGIA IGG SARS-COV 2, h/2 | |
| ANTI- SARS COV-2 IGM +IGA, h/2 | |
| SEROLOGIA IGM SARS-COV 2, h/2 | |
| SARS-COV 2 (CORONAVIRUS) (PRE QUIRÚRGICO), h/2 | |
| SEROLOGIA IGG, IGM SARS-COV2, h/2 | |
| SEROLOGIA IGG, IGM SARS COV-2, h/2 | |
| SARS-COV 2 (CORONAVIRUS) - EXTRACCION A DOMICILIO, h/2 | |
| ANTIGENO PARA SARS-COV 2 (CORONAVIRUS), h/2 | |
| SARS-COV 2 - ANTICUERPOS TOTALES, h/2 | |
| SEROLOGIA IGA, IGG, IGM SARS-COV 2, h/2 | |
| SARS-COV 2 ANTICUERPOS S (SPIKE), CUANTITATIVO, SANGRE, h/1 | |
| TEST RAPIDO ANTIGENO PARA SARS-COV 2 (CORONAVIRUS) (PRE QUIRURGICO), h/2 | |
| IGM PARA COVID-19, h/2 | |
| COVID 19 POR PCR, h/2 | |
| IGG PARA COVID-19, h/2 | |
| LIPIDOGRAMA/PERFIL LIPIDICO, SANGRE, h/12 | |
| CALCIO IONICO, SANGRE, h/6 | |
| VITAMINA B12, SANGRE, h/4 | |
| GASOMETRIA VENOSA/PERFIL ACIDO BASICO, SANGRE, h/10 |
En procedimientos de Menor Cuantía, la aplicación de la preferencia reservada a las MIPYMES prevista en el artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas" será de conformidad con las disposiciones que se emitan para el efecto. Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 7444/25 QUE MODIFICA LA LEY Nº 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada entrega. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
No aplica
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicados en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con lo establecido en las especificaciones técnicas, el SICP y la respectiva orden de servicio.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica