Fecha de Consulta: 10-10-2025
De: Ciudadano
Consulta:
Referente a la página42 del Pliego, donde dice:
"En casos excepcionales, Si durante las tareas de desarrollo, marcha blanca o posterior a la implementación, durante el servicio de garantía surgieran nuevos requerimientos reglamentados oficialmente a nivel nacional y/o internacional, que demanden inmediata aplicación en los procedimientos administrativos y por consecuencia en los procedimientos de
registros informáticos utilizados habitualmente y que afecten directamente en la funcionalidad de los módulos AGA, PEL y RAN el proveedor deberá realizar modificaciones conforme a esas demandas.-"
Consideramos que no es posible hacer una evaluación de una tarea que no está definida. No se puede cotizar una tarea de la que se desconoce su magnitud, alcance, importancia, y la necesidad de recursos que demandará.
Solicitamos que se elimine cualquier referencia a requisitos excepcionales no definidos, y que se defina con la mayor exactitud el alcance del producto requerido, a fin de poder cotizarlo adecuadamente.