Consulta:
Experiencia requerida
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
El Oferente deberá demostrar una antigüedad mínima de 3 (tres) años de existencia como empresa cuya actividad comercial o industrial se encuentre vinculada con el tipo de servicios a contratar. Así también deberá demostrar en su Constancia del RUC que su actividad principal sea Actividades de saneamiento y otros servicios de gestión de desechos.
Sobre este punto solicitamos a la convocante tener en cuenta el Artículo 45° de la Ley Nº 7021/2022.- Pliego de bases y condiciones, establece que en los procedimientos de contratación será obligación de las Convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra EL MAYOR NUMERO DE OFERENTES y deberán ser suficientemente claras, OBJETIVAS e IMPARCIALES para evitar favorecer a algún participante y en consecuencia el Artículo 4°.- Principios rectores, inciso d) Igualdad y Libre Competencia de la LEY 7021/22 siendo este requerimiento LIMITANTE para los OFERENTES, ya que estos requerimientos no se encontraban estipulados en el PBC Versión 1 , en contravención a lo estipulado en la ley 7021/22 Artículo 4 .- Principios rectores f) Integridad y buena fe: Los servidores públicos estarán obligados a realizar los procedimientos de contratación, procurando el bien común, evitando comportamientos que puedan comprometer la confianza de la ciudadanía en el desempeño IMPARCIAL de los mismos y de la Institución a la que sirve y en consecuencia el Artículo 48.- Modificaciones a la convocatoria y a los pliegos de bases y condiciones inciso b) No tengan por objeto limitar el número de participantes.
Estableciendo así como actividad principal única y exclusivamente una actividad económica como requerimiento descalificatorio, limita la participación de todas las empresas que trabajan en el sector, atendiendo a que existen otras actividades que se adaptan a la naturaleza del servicio según las nomenclaturas autorizadas por la autoridad competente.