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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
grolon
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
10-09-2025 - 13:55
Fecha de Fin
15-09-2025 - 08:44
Estado

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El promedio de facturacion establecido para acreditar la experiencia se aparta del Estándar
Descripción
El promedio de facturación solicitado para calificar la experiencia de la presente contratación, podría ser limitante. Se solicita que se justifique razonablemente el criterio establecido.
Comentario
Se consulta a la convocante si lo establecido como "promedio anual de facturación igual o superior a 70% de la oferta presentada", no podría resultar limitante, con relación a los puntos de, " Experiencia general en obras", apartado de "Justificación de la experiencia específica solicitada" y en el apartado de "Requisitos documentales", caso contrario se solicita justificar el mismo.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Discrepancia en porcentaje de anticipo
Descripción
El Porcentaje de anticipo en el SICP no coincide con lo establecido en el Pliego de bases y condiciones/carta de invitacion, se solicita subsanar.
Comentario
Se verifica en el SICP se ha seleccionado anticipo “SI”, sin embargo, en el PBC se ha establecido “No Aplica”, favor unificar.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Codigo de Catalogo Incorrecto.
Descripción
En el SICP, el “Código de Catálogo” indicado no corresponde al bien/servicio requerido, solicitamos utilizar el código correcto de acuerdo al Catálogo difundido en el sistema.
Comentario
Se solicita a la convocante verificar el ítem 3: El código de catálogo utilizado (72103004-004), no se encuentra vinculado a Objeto de gastos indicado en el CDP (522). Ajustarse a lo establecido en los art. 16°, 17° y 18° de la Resolución DNCP N° 230/25.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.