Consulta:
Consultamos a la Convocante si la autorización puede ser presentada del Distribuidor representante de la marca en Paraguay al oferente participante, sin necesidad de una autorización del Fabricante extranjero.
Nro. de Consulta | Título | Resumen de la Consulta | Fecha de Consulta | Fecha de Respuesta | Acciones |
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1 | Autorizacion | Consultamos a la Convocante si la autorización puede ser presentada del Distribuidor representante de la marca en Paraguay al oferente participante, sin necesidad de una autorización del Fabricante extranjero. | 25-09-2025 | ||
2 | ***En relación al Ítem 2 – | Proyector Multimedia, luego de revisar el pliego y las características de los equipos disponibles en el mercado, solicitamos cordialmente se tengan en cuenta las siguientes consideraciones: Conectividad inalámbrica (Wireless / Wi-Fi): El pliego establece como requisito que el proyector cuente con conectividad inalámbrica con módulo receptor incluido. Sin embargo, muchos equipos del segmento contemplado no integran dicha función de fábrica, sino que la ofrecen a través de módulos/dongles opcionales certificados por el fabricante. Solicitamos que este requisito sea considerado opcional, permitiendo que el oferente pueda proveer el módulo correspondiente de manera adicional en caso de ser requerido. | 02-10-2025 | ||
3 | ***En relación al Ítem 2 – | Proyector Multimedia, en el punto de Consumo eléctrico en funcionamiento, el pliego establece como requisito un valor de 345 vatios. De acuerdo con la documentación oficial de los fabricantes, existen equipos del mercado que, en lugar de alcanzar dicho valor, presentan un consumo de 260 W típico @110 V, lo cual representa mayor eficiencia energética y un menor gasto operativo, sin que esto implique reducción en el desempeño, brillo, contraste ni en las prestaciones generales del proyector. Por lo expuesto, solicitamos que el requisito de consumo eléctrico sea considerado como un valor referencial y no restrictivo, aceptando proyectores con consumos inferiores que aporten mayor eficiencia, siempre que se cumpla con las demás especificaciones técnicas exigidas en el pliego. | 02-10-2025 | ||
4 | ***En relación al Ítem 2 – | Proyector Multimedia, en el punto de Dimensiones (Ancho × Profundidad × Altura), el pliego establece como requisito 30 cm × 24,9 cm × 9,1 cm. De acuerdo con las especificaciones técnicas oficiales de fabricantes, existen proyectores de iguales características técnicas (brillo, contraste, resolución, vida útil de lámpara, entradas/salidas, etc.) que presentan medidas de 29,6 × 22,1 × 12,0 cm, lo que representa diferencias mínimas atribuibles al diseño de cada fabricante. Dichas variaciones en las dimensiones físicas no afectan en ningún sentido la calidad de imagen, la proyección, el rendimiento ni el cumplimiento de los objetivos técnicos establecidos en el pliego. Por lo expuesto, solicitamos que las dimensiones físicas del proyector sean consideradas como referenciales y no restrictivas, de manera que puedan admitirse equipos que, cumpliendo con todas las prestaciones técnicas requeridas, presenten variaciones mínimas en sus medidas. | 02-10-2025 | ||
5 | ***En relación al Ítem 5 ups del pliego | El pliego establece una potencia de 1200VA/720W. No obstante, en el mercado existen equipos de 1200VA que entregan 660W de potencia real, cumpliendo con todas las demás funciones técnicas (AVR, arranque en frío, onda sinusoidal simulada, USB, etc.). Solicitamos que se acepte la capacidad de 660W como válida, dado que corresponde a la especificación oficial de fábrica y garantiza la protección requerida. | 02-10-2025 | ||
6 | **En relación al Ítem 5 UPS 1200VA | del pliego en donde se solicita explícitamente “Puerto USB y protección RJ-11”. Sin embargo, muchos equipos de esta categoría incluyen puerto USB de comunicación, pero no siempre protección RJ-11 integrada. Solicitamos que la protección RJ-11 se considere como opcional de manera a dar mayor posibilidad a los oferentes a presentar mejores ofertas | 02-10-2025 | ||
7 | **En relacion al item 5 UPS DE 1200 VA en donde se establece | “Indicador LED y pantalla LCD”. Existen UPS que incorporan LEDs de estado y gestión completa vía software (UPS Companion), pero no pantalla LCD física. Solicitamos que se acepte el sistema de indicadores LED con software de monitoreo como equivalente válido al LCD, garantizando la misma funcionalidad de control y supervisión. | 02-10-2025 |