Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 CAPACIDAD TECNICA En el numeral 5 del apartado de Capacidad Técnica, el PBC establece el siguiente requisito: “El oferente deberá contar con un depósito propio o alquilado donde se puedan almacenar o resguardar materiales para la construcción de panadería o establecimientos alimenticios, con licencia ambiental emitida por el MADES, aprobación de DINAVISA y además de todas las habilitaciones municipales.” Al respecto, solicitamos se aclare la pertinencia o se evalúe la adecuación de dicho requisito, considerando que el objeto del llamado corresponde a trabajos de refacción y mantenimiento de infraestructura, y no a la construcción o instalación de una planta industrial o establecimiento alimenticio nuevo. Por la naturaleza de la obra, no se utilizan ni almacenan sustancias químicas, ni se requiere depósito de productos alimentarios o de riesgo ambiental, sino materiales de construcción comunes (cemento, cerámicos, pintura, equipamientos menores) que se acopian temporalmente en el mismo sitio de obra. Por tanto, la exigencia de un depósito con licencia ambiental del MADES, aprobación de DINAVISA y habilitaciones municipales resulta desproporcionada, innecesaria y restrictiva de la libre concurrencia, en contravención a los principios establecidos en los artículos 4, 6 y 10 de la Ley N.º 7021/22, que disponen que las condiciones de participación deben ser razonables, no discriminatorias y proporcionales al objeto contractual. Asimismo, el artículo 13 del Decreto N.º 2264/23 dispone que las especificaciones técnicas y requisitos de capacidad deben guardar relación directa con la naturaleza y complejidad del bien, servicio u obra a contratar, evitando condiciones que restrinjan la competencia o limiten injustificadamente la participación de oferentes idóneos. En consecuencia, solicitamos respetuosamente que se elimine, a fin de garantizar la igualdad de oportunidades, la proporcionalidad y la razonabilidad técnica conforme a la normativa vigente. 04-10-2025 14-10-2025
2 Capacidad Técnica Resulta improcedente la solicitud de Deposito del oferente y solo beneficia a unos pocos. Ya que los trabajos se realizarán el el local de la convocante y los materiales de construcción se llevan directamente del proveedor del oferente , es decir los cementos lladrillos, parte electrica se llevan desde proveedores locales; es decir si el Ministerio de la Mujer "quiere asegurar que los materiales no estén contaminados" debería revisar toda la cadena es decir desde el fabricante hasta la llegada a obra; como mencionamos es improcedente y solo encarece las compras al estado paraguayo en detrimento de los contribuyentes. 15-10-2025 22-10-2025
3 Capacidad Tecnica Se solicita El oferente deberá contar con el siguiente Staff de profesionales de 12 meses de antigüedad en la empresa: Un Ingeniero Industrial. Un Arquitecto. Técnicos eléctricos. 8. El oferente deberá contar con la capacidad de realizar volumetría del proyecto. Utilizar plano en formato Cad publicado en el SICP, para realizar el 3D. El proyecto deberá estar firmado por los siguientes profesionales: por un ingeniero Industrial y un Arquitecto propios de la empresa. Es más que evidente que está dirigida a una empresa que cuenta con Ingeniero Industrial ya que no se entiende debido que es una obra civil, y el perfil del ingeniero industrial es otra. Solicitamos la convocante se digne en admitir que está direccionado el llamado con el depósito que es más que evidente el direccionamiento y el ing. industrial 15-10-2025 22-10-2025
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