Consultamos respetuosamente a la Convocante si la Autorización puede ser presentada únicamente del Distribuidor Oficial de la marca en la Republica del Paraguay al oferente participante.
Consultamos respetuosamente a la Convocante si la Autorización puede ser presentada únicamente del Distribuidor Oficial de la marca en la Republica del Paraguay al oferente participante.
De conformidad con lo establecido en el PBC: "Cuando la convocante lo requiera, el oferente deberá acreditarse la cadena de autorizaciones, hasta el fabricante, productor o prestador de servicios."
En consecuencia, la autorización podrá ser emitida por:
- El Fabricante del bien ofertado, acreditando documentalmente tal condición.
- El Representante Oficial en Paraguay, mediante autorización directa del fabricante.
- El Distribuidor Oficial o Subdistribuidor Autorizado, siempre que cuenten con autorización documentada del Representante Oficial.
En todos los casos, el oferente deberá presentar la documentación que respalde la cadena completa de autorizaciones, desde el fabricante hasta él mismo, sin interrupciones.
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Plazo de entrega
Respetuosamente solicitamos a la convocante extender el plazo de entrega a 60 días calendarios, de este modo poder cumplir con las cantidades solicitadas.
Respetuosamente solicitamos a la convocante extender el plazo de entrega a 60 días calendarios, de este modo poder cumplir con las cantidades solicitadas.
El PBC establece un plazo de entrega de 20 días calendario a partir de la recepción de la orden de compra. Considerando los plazos administrativos (análisis y adjudicación de ofertas, publicación en el SICP, firma de contrato y emisión de la orden de compra), se estima que la orden sería emitida en la segunda quincena de noviembre, por lo que el plazo de entrega vencería en diciembre.
Dado que esta contratación no es plurianual, los bienes deben ser entregados y pagados dentro del presente ejercicio fiscal. Por tal motivo, no es posible ampliar el plazo de entrega previsto en el PBC.
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ITEM 4 - Scanner
Solicitamos a la convocante puedan ser aceptados Scanners con Resolución Máxima de hasta 1200ppp, manteniendo todas las demás especificaciones intactas.
Solicitamos a la convocante puedan ser aceptados Scanners con Resolución Máxima de hasta 1200ppp, manteniendo todas las demás especificaciones intactas.
Se mantiene lo requerido en el PBC, considerando que las especificaciones técnicas fueron elaboradas por la Dirección General de Tecnología de la Información y Comunicaciones (DGTIC) de la Corte Suprema de Justicia, es decir son EE.TT. estándar para las dependencias del Poder Judicial, debido a que dichas características son necesarias para el Trámite Judicial Electrónico (Expediente Electrónico) por lo que se requiere equipos con características técnicas particulares que aseguren la interoperabilidad, estabilidad y seguridad de los sistemas propios del Poder Judicial.
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En relación al Pliego de Bases y Condiciones del llamado a licitación para la provisión de UPS (Ítem 2),
solicitamos cordialmente se considere la siguiente aclaración técnica: El pliego establece como requisito un rango mínimo de tensión de red en línea de 172 V. Sin embargo, en el mercado existen equipos de última generación que trabajan con un rango desde 170 V hasta 280 V, ofreciendo igual o mayor capacidad de protección y desempeño frente a variaciones de la red eléctrica. La diferencia de apenas 2 V (≈1 % por debajo del mínimo requerido) no afecta la operación, la estabilidad ni la seguridad del equipo, dado que la tecnología de regulación automática de voltaje (AVR) y los sistemas de protección interna garantizan la continuidad del servicio y la protección de las cargas conectadas. Por lo expuesto, solicitamos respetuosamente que se acepte como técnicamente válido un rango de tensión de entrada de 170 V a 280 V, manteniendo de esta forma la competitividad del proceso y la disponibilidad de equipos de calidad en el mercado.
26-09-2025
En relación al Pliego de Bases y Condiciones del llamado a licitación para la provisión de UPS (Ítem 2),
solicitamos cordialmente se considere la siguiente aclaración técnica: El pliego establece como requisito un rango mínimo de tensión de red en línea de 172 V. Sin embargo, en el mercado existen equipos de última generación que trabajan con un rango desde 170 V hasta 280 V, ofreciendo igual o mayor capacidad de protección y desempeño frente a variaciones de la red eléctrica. La diferencia de apenas 2 V (≈1 % por debajo del mínimo requerido) no afecta la operación, la estabilidad ni la seguridad del equipo, dado que la tecnología de regulación automática de voltaje (AVR) y los sistemas de protección interna garantizan la continuidad del servicio y la protección de las cargas conectadas. Por lo expuesto, solicitamos respetuosamente que se acepte como técnicamente válido un rango de tensión de entrada de 170 V a 280 V, manteniendo de esta forma la competitividad del proceso y la disponibilidad de equipos de calidad en el mercado.
Solicitamos respetuosamente a la entidad convocante considerar la modificación del sistema de adjudicación establecido por ítem, proponiendo que la adjudicación se realice por el total del conjunto de ítems. Esta modificación permitirá garantizar la presentación de ofertas integrales, asegurando así la adquisición completa de los bienes requeridos y una mejor cobertura de las necesidades institucionales.
Solicitamos respetuosamente a la entidad convocante considerar la modificación del sistema de adjudicación establecido por ítem, proponiendo que la adjudicación se realice por el total del conjunto de ítems. Esta modificación permitirá garantizar la presentación de ofertas integrales, asegurando así la adquisición completa de los bienes requeridos y una mejor cobertura de las necesidades institucionales.
Se recomienda a la institución evaluar la posibilidad de incluir el requisito de la Certificación ISO 9001:2015 o similar con alcance en Integración y Servicio de Soporte técnico de Hardware y Software para el sector Publico para los ítems 1 y 2, teniendo en cuenta que no se trata de una simple provisión de equipos ya que en la apartado 23 Garantía Escrita se debe incluir en la propuesta el Servicio de “Soporte de atención de Hardware, Mano de Obra, Repuesto y traslado” conforme lo establece las especificaciones técnicas, Por lo tanto incluir la ISO 9001:2015 es un beneficio para la institución ya que permitirá que los oferentes participantes estén debidamente acreditada y auditada por Organismo internacionales en la calidad y gestión del servicio ya que dicha norma establece políticas, normas y procesos que mejorar la atención, Soporte y calidad en la atención. Además, cabe aclarar que son más de 10 empresas en el sector que cumplen con dicho requisito.
Se recomienda a la institución evaluar la posibilidad de incluir el requisito de la Certificación ISO 9001:2015 o similar con alcance en Integración y Servicio de Soporte técnico de Hardware y Software para el sector Publico para los ítems 1 y 2, teniendo en cuenta que no se trata de una simple provisión de equipos ya que en la apartado 23 Garantía Escrita se debe incluir en la propuesta el Servicio de “Soporte de atención de Hardware, Mano de Obra, Repuesto y traslado” conforme lo establece las especificaciones técnicas, Por lo tanto incluir la ISO 9001:2015 es un beneficio para la institución ya que permitirá que los oferentes participantes estén debidamente acreditada y auditada por Organismo internacionales en la calidad y gestión del servicio ya que dicha norma establece políticas, normas y procesos que mejorar la atención, Soporte y calidad en la atención. Además, cabe aclarar que son más de 10 empresas en el sector que cumplen con dicho requisito.
En el ítem 2 – UPS, se solicita un tiempo de transferencia de 2 a 7 ms. Solicitamos amablemente que se acepte un rango ampliado de 2 a 10 ms, ya que este sigue siendo técnicamente adecuado según estándares internacionales, no afecta el rendimiento de los equipos conectados y permite una mayor participación de oferentes sin comprometer la calidad del suministro eléctrico.
En el ítem 2 – UPS, se solicita un tiempo de transferencia de 2 a 7 ms. Solicitamos amablemente que se acepte un rango ampliado de 2 a 10 ms, ya que este sigue siendo técnicamente adecuado según estándares internacionales, no afecta el rendimiento de los equipos conectados y permite una mayor participación de oferentes sin comprometer la calidad del suministro eléctrico.
En el ítem 2 – UPS, se solicita alarma audible de batería baja y sobrecarga. Solicitamos amablemente que este requisito sea opcional, ya que existen modelos con indicadores visuales igualmente efectivos, y la ausencia de alarma sonora no afecta el desempeño ni la protección del equipo. Esta flexibilidad permitiría una mayor participación de oferentes sin comprometer la calidad técnica.
En el ítem 2 – UPS, se solicita alarma audible de batería baja y sobrecarga. Solicitamos amablemente que este requisito sea opcional, ya que existen modelos con indicadores visuales igualmente efectivos, y la ausencia de alarma sonora no afecta el desempeño ni la protección del equipo. Esta flexibilidad permitiría una mayor participación de oferentes sin comprometer la calidad técnica.
Solicitamos amablemente que se acepten impresoras con resolución de impresión de 600 ppp reales en lugar de exigir 1200 ppp, ya que esta resolución garantiza una calidad de impresión óptima para documentos administrativos, sin afectar la nitidez ni la legibilidad. Además, al tratarse de una resolución generada por hardware y no por software, se asegura mayor estabilidad en los resultados. Esta modificación permitiría una mayor participación de oferentes, fomentando la competencia y posibilitando mejores precios para la institución.
Solicitamos amablemente que se acepten impresoras con resolución de impresión de 600 ppp reales en lugar de exigir 1200 ppp, ya que esta resolución garantiza una calidad de impresión óptima para documentos administrativos, sin afectar la nitidez ni la legibilidad. Además, al tratarse de una resolución generada por hardware y no por software, se asegura mayor estabilidad en los resultados. Esta modificación permitiría una mayor participación de oferentes, fomentando la competencia y posibilitando mejores precios para la institución.
Con relación a las especificaciones técnicas del Ítem 3: Impresora Láser Monocromática, donde se solicita como requisito obligatorio la interfaz inalámbrica 802.11b/g/n, solicitamos que dicho requerimiento sea considerado como opcional, dado que también se exige conectividad mediante Ethernet Gigabit, lo cual ya garantiza la integración eficiente del equipo a la red institucional. La interfaz inalámbrica, si bien puede ser útil en ciertos entornos, no representa una necesidad operativa en este caso, y su obligatoriedad podría limitar la participación de oferentes que cuentan con modelos robustos y funcionales sin dicha característica, afectando la competitividad y los precios del proceso licitatorio.
Con relación a las especificaciones técnicas del Ítem 3: Impresora Láser Monocromática, donde se solicita como requisito obligatorio la interfaz inalámbrica 802.11b/g/n, solicitamos que dicho requerimiento sea considerado como opcional, dado que también se exige conectividad mediante Ethernet Gigabit, lo cual ya garantiza la integración eficiente del equipo a la red institucional. La interfaz inalámbrica, si bien puede ser útil en ciertos entornos, no representa una necesidad operativa en este caso, y su obligatoriedad podría limitar la participación de oferentes que cuentan con modelos robustos y funcionales sin dicha característica, afectando la competitividad y los precios del proceso licitatorio.