Contribuyentes de IRE GENERAL: Deberán cumplir con el siguiente parámetro: Donde dice: a.1 Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 (tres) últimos años (2022, 2023 y 2024). a.2. Endeudamiento: pasivo total / activo total No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 (tres) últimos años (2022, 2023 y 2024). Consulta: Hemos analizado con detenimiento los criterios financieros establecidos en el pliego de esta licitación. Comprendemos la importancia de los indicadores de liquidez y endeudamiento para asegurar la solidez de los oferentes. Sin embargo, queremos proponer una consideración basada en la naturaleza de nuestro sector. Los criterios como el "Ratio de Liquidez mayor o igual a 0,90" y el "Nivel de Endeudamiento No deberá ser mayor a 0,92" podrían no reflejar completamente la realidad de las empresas que requieren de grandes inversiones iniciales para la ejecución de obras. En nuestra industria, es habitual que se manejen estándares de endeudamiento distintos, alineados con los altos costos de capital necesarios para iniciar los proyectos. Hemos consultado a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) y nos han confirmado que estos niveles son sugeridos, lo que otorga a la entidad convocante la flexibilidad para ajustarlos según las necesidades específicas del proyecto. Consideramos que adaptar estos criterios no solo permitirá que más empresas calificadas puedan participar, sino que también beneficiará a la entidad. Un mayor número de competidores se traduce en la posibilidad de recibir ofertas más competitivas, asegurando los mejores precios y una calidad de servicio excepcional. Agradecemos de antemano su atención a esta propuesta y esperamos que consideren estas observaciones para enriquecer el proceso de licitación.
Contribuyentes de IRE GENERAL: Deberán cumplir con el siguiente parámetro: Donde dice: a.1 Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 (tres) últimos años (2022, 2023 y 2024). a.2. Endeudamiento: pasivo total / activo total No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 (tres) últimos años (2022, 2023 y 2024). Consulta: Hemos analizado con detenimiento los criterios financieros establecidos en el pliego de esta licitación. Comprendemos la importancia de los indicadores de liquidez y endeudamiento para asegurar la solidez de los oferentes. Sin embargo, queremos proponer una consideración basada en la naturaleza de nuestro sector. Los criterios como el "Ratio de Liquidez mayor o igual a 0,90" y el "Nivel de Endeudamiento No deberá ser mayor a 0,92" podrían no reflejar completamente la realidad de las empresas que requieren de grandes inversiones iniciales para la ejecución de obras. En nuestra industria, es habitual que se manejen estándares de endeudamiento distintos, alineados con los altos costos de capital necesarios para iniciar los proyectos. Hemos consultado a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) y nos han confirmado que estos niveles son sugeridos, lo que otorga a la entidad convocante la flexibilidad para ajustarlos según las necesidades específicas del proyecto. Consideramos que adaptar estos criterios no solo permitirá que más empresas calificadas puedan participar, sino que también beneficiará a la entidad. Un mayor número de competidores se traduce en la posibilidad de recibir ofertas más competitivas, asegurando los mejores precios y una calidad de servicio excepcional. Agradecemos de antemano su atención a esta propuesta y esperamos que consideren estas observaciones para enriquecer el proceso de licitación.
Informamos que los parámetros financieros establecidos en el pliego (Ratio de Liquidez igual o mayor a 1 y Nivel de Endeudamiento no superior a 0,80, en promedio durante los años 2022, 2023 y 2024), han sido definidos como requisitos técnicos mínimos obligatorios, en concordancia con los objetivos del llamado y las disposiciones vigentes. Se comprende las particularidades del sector, no es posible modificar dichos criterios, ya que garantizan la participación de oferentes con capacidad financiera suficiente para asumir los compromisos contractuales en concordancia con las necesidades institucionales. Por tanto, se solicita atenerse a lo establecido en el PBC.
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Aclaración sobre "Tipo de adquisición" del Ítem 1
En la sección "Especificaciones Técnicas", dentro de los detalles del Ítem 1, se observa una posible inconsistencia que solicitamos amablemente aclarar. En el campo "Tipo de adquisición", donde se pide "Especificar si se trata de licencia o suscripción", la opción seleccionada es "Licencia". Sin embargo, en otros puntos del mismo pliego se utilizan los términos "suscripción" y "anual", los cuales se alinean con el modelo de comercialización actual de Microsoft 365.
Notamos que:
1. En la sección "Periodo de validez de la Garantía de los bienes", se indica que se requiere "una garantía de buen funcionamiento del software por el tiempo que dure la suscripción".
2. En la tabla del "Plan de entrega de los bienes", el Ítem 1 se describe como "Suscripción de Microsoft Office 365".
3. La "Vigencia de titularidad" se establece como "Anual".
Dado que el producto Microsoft 365 Business Standard se comercializa bajo un modelo de suscripción anual, y considerando las referencias citadas en el propio pliego, solicitamos confirmar si la adquisición debe ser considerada como una "licencia por suscripción". Esta aclaración es fundamental para asegurar que nuestra oferta se ajuste correctamente a los requerimientos técnicos y comerciales de la convocatoria.
En la sección "Especificaciones Técnicas", dentro de los detalles del Ítem 1, se observa una posible inconsistencia que solicitamos amablemente aclarar. En el campo "Tipo de adquisición", donde se pide "Especificar si se trata de licencia o suscripción", la opción seleccionada es "Licencia". Sin embargo, en otros puntos del mismo pliego se utilizan los términos "suscripción" y "anual", los cuales se alinean con el modelo de comercialización actual de Microsoft 365.
Notamos que:
1. En la sección "Periodo de validez de la Garantía de los bienes", se indica que se requiere "una garantía de buen funcionamiento del software por el tiempo que dure la suscripción".
2. En la tabla del "Plan de entrega de los bienes", el Ítem 1 se describe como "Suscripción de Microsoft Office 365".
3. La "Vigencia de titularidad" se establece como "Anual".
Dado que el producto Microsoft 365 Business Standard se comercializa bajo un modelo de suscripción anual, y considerando las referencias citadas en el propio pliego, solicitamos confirmar si la adquisición debe ser considerada como una "licencia por suscripción". Esta aclaración es fundamental para asegurar que nuestra oferta se ajuste correctamente a los requerimientos técnicos y comerciales de la convocatoria.
Se confirma que el tipo de adquisición es "Licencia por suscripción" en donde se busca renovar el licenciamiento de las 30 cuentas con las que ya contamos y adquirir otras 30 más.