Condición de Participación

Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.

Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".

 

Sucursales

En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.

Requisitos de Calificación

Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.    

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas, la declaración jurada de no estar comprendido en las prohibiciones y limitaciones para presentar propuesta y contratar, y además las constancias de registro de estructura jurídica y de beneficiarios finales.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos, aparecen en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Personas, debidamente firmado, conforme a los estándares establecidos,  y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP. Con el objeto de verificar si los directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se encuentren dentro de los criterios contemplados en los incisos g), h), i), y j) de la Ley 7021/22.
  6. El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente y las obrantes en el registro de inhabilitados de la DNCP.
  7. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos en virtud a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 7021/22, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la DNCP para los fines pertinentes.

 

Metodo de Evaluación

Basado únicamente en precio

Análisis de precios ofertados

La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:

    1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

 

Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro dispuesto en el presente apartado.

Composición de Precios

La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:

Descripción de los Servicios
Precio costo con del proveedor
Impuestos
Traslado
Gastos varios
Utilidad
Precio Unitario (IVA incluido)

Margen de preferencia en procedimientos de contratación de carácter internacional

En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:

  1. El empleo de los recursos humanos del país.
  2. La adquisición y locación de bienes producidos en la República del Paraguay.

Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.

Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación.

        1. Formulario de Oferta (*)

[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.

En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]

        1. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) 

La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.

        1. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social (**)
        1. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)
        1. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)
        1. Patente comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento del oferente. (**)
        1. Declaración Jurada de “Declaración de Personas”,   de conformidad con el formulario estándar  - Sección Formularios (**)
        2.  Documentos legales .Oferentes.

8.1. Personas Físicas.

      1. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta. (*)
      1. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes – RUC (*)
      1. En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el poder esté inscripto en el Registro de Poderes. (*)

8.2. Personas Jurídicas.

  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos. (*)
  2. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes. (*)
  3. Fotocopia simple de los documentos de identidad de los representantes o apoderados de la sociedad. (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)
  1.  

8.3. Oferentes en Consorcio.

  1. Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes Individuales. Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*)
  1. Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
      1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
      2. Los documentos societarios de cada miembro del consorcio, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
    1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la Empresa Líder del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
    2. Los documentos societarios de la Empresa Líder, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

 

 

En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

PARA CONTRIBUYENTES IRE GENERAL / IRACIS

Deberá cumplir con el siguiente parámetro
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 últimos años (*)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 últimos años (*)
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital
El promedio en los últimos 3 años (*), no deberá ser negativo
(*) 2022, 2023 y 2024.
En caso de Consorcio cada Integrante, deberán cumplir con los ratios señalados.
d. Capital Operativo (Activo Corriente - Pasivo Corriente): El oferente deberá poseer un capital positivo y no inferior al 30% del monto de su oferta, lo cual será corroborado por medio del Balance General del último año (2024), pudiendo completar dicho porcentaje con el certificado de una entidad financiera / cooperativa de plaza que demuestre la disponibilidad de línea de crédito o sobregiro suficiente para justificar el porcentaje mencionado.

En caso de Consorcios, al menos uno de los integrantes deberá acreditar el cumplimiento de este requisito.


PARA CONTRIBUYENTES DE IRE SIMPLE / IRPC / IVA GENERAL, deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia (Ingreso/Egreso): Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos: 2022, 2023 y 2024.
Solvencia (Ingreso menos Egreso): El oferente deberá poseer un capital positivo y no inferior al 30% del monto de su oferta, lo cual será corroborado por medio de la verificación del Formulario Nº 501 del último año (2024), pudiendo completar dicho porcentaje con el certificado de una entidad financiera / cooperativa de plaza que demuestre la disponibilidad de línea de crédito o sobregiro suficiente para justificar el porcentaje mencionado.

En caso de Consorcios, al menos uno de los integrantes deberá acreditar el cumplimiento de este requisito.


Observación: Los oferentes deberán completar el formulario de INDICE DE RATIOS, que se halla en el Anexo Formularios (FORMULARIO ADICIONAL N° 1), en donde deberá consignarse: ratio de liquidez, endeudamiento y rentabilidad correspondientes a los últimos tres (3) años (2022, 2023, 2024), con sus respectivos promedios. Este documento tendrá carácter de Declaración Jurada y tendrá validez al efecto de ser utilizada en la etapa de evaluación. La no presentación del mismo no implica la descalificación de la oferta durante el acto de apertura de ofertas.

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

a Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los tres últimos años (2022, 2023 y 2024) para contribuyente de IRE GENERAL
b Formulario 106 de los tres últimos años (2022, 2023 y 2024) para contribuyentes del IRE SIMPLE
c IVA General de los 3 (tres) últimos años(2022, 2023 y 2024), para contribuyentes sólo del IVA General.
d Formulario 104 de los 3 (tres) últimos años (2022, 2023 y 2024), para contribuyentes de Renta Personal
e Documento en el que desarrollen los ratios con sus respectivos promedios, conforme el cuadro que se detalla en el Formulario de Ratios. Este documento tendrá carácter de Declaración Jurada y tendrá validez al efecto de ser utilizada en la etapa de evaluación
f Certificado de una entidad financiera calificada, de plaza que demuestre la disponibilidad de línea de crédito, en el caso que fuere necesario.

 

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

 

Las empresas deberán demostrar la experiencia en la prestación remunerada de servicios de limpieza integral en el mercado nacional, dentro de los últimos cinco años (2020; 2021; 2022; 2023; 2024).demostrados con la presentación de constancias y certificados de los mismos equivalente al 50% como mínimo del valor de su oferta en cada ítem ofertado (Presentar Fotocopia de contratos y/o facturas). En caso de lograr el porcentaje requerido, en uno o en más años, que correspondan a los años establecidos en el presente punto, el mismo será considerado como valedero para la participación. Se exige que cada contrato tenga una vigencia de 24 (veinticuatro) meses, como mínimo. Para acreditar esta experiencia se deberán presentar los contratos/facturas correspondientes, acompañados indefectiblemente de constancias y/o certificados de cumplimiento, sean estos emitidos por empresas privadas y/o Instituciones Públicas.

2. Constancia del RUC (SET), en la cual conste que su actividad principal o secundaria se encuentre vinculada con el tipo de servicio a contratar.

 

Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia

1. Copia de facturaciones y/o contratos que avalen la experiencia requerida. Acompañados indefectiblemente de constancias y/o certificados de cumplimiento, sean estos emitidos por empresas privadas y/o públicas..

2. Presentación como mínimo de 5 (cinco) Certificados o Actas de Recepción Final en la prestación de servicios de limpieza a instituciones públicas donde conste el desempeño satisfactorio del oferente, expedidos por Instituciones Públicas o Privadas dentro de los últimos 5 (cinco) años (2020-2021-2022 2023-2024). (Dicho documento deberá estar debidamente sellado y firmado por el responsable competente)

3. Constancia del RUC (SET), en la cual conste que su actividad principal o secundaria se encuentre vinculada con el tipo de servicio a contratar.

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

  1. El oferente deberá presentar la nómina del personal disponible, así como también nota en carácter de Declaración Jurada, donde se compromete a contratar la cantidad de personal necesario para cumplir con el servicio según lo detallado en estas especificaciones.
  1. El oferente deberá contar con Certificado de Cumplimiento Laboral SIN OBSERVACIONES, emitido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
  1. El oferente deberá poseer reglamento interno de condiciones de trabajo vigente y homologado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, de acuerdo a lo establecido en el Código Laboral.
  1. Certificado Laboral vigente a la fecha de Apertura de ofertas, expedida por la Dirección de Registro Obrero Patronal del MTESS.
  1. El oferente deberá contar con Comisiones Internas de Prevención de Accidentes (CIPA) debidamente reconocida y homologada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
  1. 5. El oferente deberá poseer la capacidad de suministrar el servicio solicitado (personal e insumos) en tiempo y forma y de acuerdo a lo descripto en estas especificaciones técnicas.
  1. El oferente deberá contar en su plantel mínimamente con 1 Técnico profesional en Seguridad y Salud Ocupacional categoría A, habilitado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, con antigüedad mínima de 6 (seis) meses anteriores a la fecha de la apertura de ofertas, la cual deberá demostrar con planilla de Seguro Social o con contrato laboral en carácter homologado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

 h.   Las empresas oferentes deberán presentar Certificación de Calidad ISO 9001:2015 vigente, a modo de demostrar que posee un sistema de medición de calidad de su gestión, cuyo alcance  sea el de servicios de limpieza acompañado de sus antecedentes, plan de auditoria/ auditor/ informe de auditoría.

  i. Las empresas oferentes deberán presentar Certificación Ambiental ISO 14001:2015 vigente, a modo de demostrar que posee un sistema de gestión ambiental, cuyo alcance  sea el de servicios de limpieza acompañado de sus antecedentes, plan de auditoria/ auditor/ informe de auditoría.

 j. Planilla de Asegurados en el Instituto de Previsión Social, donde conste que el contratista posee inscripto en el seguro social mínimamente la cantidad de trabajadores de cada ítem ofertado.

 k. El oferente deberá poseer un tractor con corpidora con un ancho de corte mínimo de 1000 mm propio o alquilado (Presentar catálogo y comprobante legal de adquisición o compromiso de adquisición o arrendamiento en caso de ser adjudicado). 

  l. El oferente deberá poseer un camión con cisterna y mecanismo de irrigación propio o alquilado (Presentar cédula verde a nombre del oferente o compromiso de adquisición o arrendamiento en caso de ser adjudicado). 

  ll. Las empresas o sociedades privadas de limpieza e higienización, deben tener una antigüedad como mínimo de 60 (sesenta) meses en el mercado nacional en la prestación remunerada de servicios de limpieza e higienización, demostrados en la Constancia del RUC (inscripción en el rubro de limpieza), Actas de Asambleas, vigente a la fecha de Apertura de Ofertas.

     o. Equipos de limpieza y otros requeridos

Debido a las superficies cubiertas y áreas externas a limpiar, al tipo de pisos y terminaciones de los edificios contemplados en este llamado, la adjudicataria deberá contar con los siguientes tipos y cantidades mínimas de máquinas y equipos, para la Secretaria Nacional de Deportes y Centro Acuático Nacional;

• Mantenedoras tipo industrial que limpian, pulen, enceran y lavan alfombras y pisos con cepillos de cerda, nylon y paños sintéticos. Como mínimo 3 (tres) unidades.

• Máquina industrial vacuolavadora para lavado y secado de pisos duros, con capacidad mínima de 5.000 M2/hora. Como mínimo 1 (una) unidad.

• Aspiradora de polvo/líquido, con una capacidad mínima de 200 m2/hora.5 (cinco) unidades.

• Se requerirá 5 (cinco) unidades, como mínimo, de hidrolavadora a presión con motor monofásico para el lavado de los pisos de explanadas y terrazas.

• Otros equipos necesarios para los trabajos de limpieza y mantenimiento. Tales como escaleras de 6 peldaños, de 6 metros y de 12 metros según sea necesaria su uso. Al inicio de los trabajos la adjudicataria deberá presentar en su depósito de la Secretaria Nacional de Deportes todo el equipamiento mínimo exigido en esta Licitación para la verificación del estado de los mismos.

• Provisión y colocación de Dispenser para jabón líquido, papel higiénico y papel de mano para cada sanitario.

• La Empresa Contratista destinará, como mínimo, para el cumplimiento de este Contrato, dos (2) Vehículos de Tracción Sencilla del tipo utilitario de por lo menos de 1000 kg de capacidad de carga con logo de la Empresa, debiendo presentar declaración jurada de propiedad de la Empresa o con contrato de alquiler vigente, y copia autenticada de Cédula Verde, garantizando así el fiel cumplimiento en tiempo y entrega de insumos para el servicio solicitado.

• Comprobantes legales que certifiquen que la empresa cuenta con equipos y maquinarias suficientes y apropiadas de acuerdo a lo requerido en las especificaciones técnicas, en carácter de propiedad y/o arrendados, para satisfacer las necesidades de la convocante en lo que respecta a la limpieza de los espacios requeridos.

• Otros equipos y maquinarias no detallados, pero que por la naturaleza de los trabajos sean requeridos para satisfacer las necesidades de la convocante en lo que respecta a la limpieza de los espacios indicados en las especificaciones técnicas.

• Se deberá proporcionar a cada funcionario uniforme (con distintivo de la empresa adjudicada para su identificación) y materiales para el cumplimiento de los servicios solicitados.

     p. El oferente deberá comprometerse, en caso de adjudicación, a realizar el pago de haberes a sus empleados a través del sistema de acreditación de salarios vía tarjeta de débito habilitada a través de una Cuenta Bancaria y/o Financiera.

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

  1. Nómina del personal disponible, así como también una nota en carácter de Declaración Jurada donde se compromete a contratar la cantidad de personal necesario para cumplir con el servicio según lo detallado en estas especificaciones.
  1. Certificado de Cumplimiento Laboral SIN OBSERVACIONES, emitido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
  1. Copia de Reglamento interno de condiciones de trabajo vigente y homologado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, de acuerdo a lo establecido en el Código Laboral.
  1. Certificado Laboral vigente a la fecha de Apertura de ofertas, expedida por la Dirección de Registro Obrero Patronal del MTESS.
  1. Copia Comisiones Internas de Prevención de Accidentes (CIPA) debidamente reconocida y homologada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
  1. DD JJ donde el oferente declare poseer la capacidad de suministrar el servicio solicitado (personal e insumos) en tiempo y forma y de acuerdo a lo descripto en estas especificaciones técnicas.
  1. Planilla del Seguro Social donde conste que el oferente cuenta en su plantel con al menos 1 Técnico profesional en Seguridad y Salud Ocupacional categoría A, habilitado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, con antigüedad mínima de 6 (seis) meses anteriores a la fecha de la apertura de ofertas, la cual deberá demostrar con planilla de Seguro Social o con contrato laboral en carácter homologado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

  h. Certificación de Calidad ISO 9001:2015 vigente, a modo de demostrar que posee un sistema de medición de calidad de su gestión, cuyo alcance  sea el de servicios de limpieza, acompañado de sus antecedentes, plan de auditoria/ auditor/ informe de auditoría.

  i. Certificación Ambiental ISO 14001:2015 vigente, a modo de demostrar que posee un sistema de gestión ambiental, cuyo alcance  sea el de servicios de limpieza acompañado de sus antecedentes, plan de auditoria/ auditor/ informe de auditoría.

  j. Planilla de Asegurados en el Instituto de Previsión Social, donde conste que el contratista posee inscripto en el seguro social mínimamente la cantidad de trabajadores del ítem ofertado.

  k. El oferente deberá poseer un tractor con corpidora con un ancho de corte mínimo de 1000 mm (Presentar catálogo y comprobante legal de adquisición y/o compromiso de adquirir o arrendar en caso de ser adjudicado).

   l. El oferente deberá poseer un camión con cisterna y mecanismo de irrigación (Presentar cédula verde a nombre del oferente y/o compromiso de adquirir o arrendar en caso de ser adjudicado).

  ll. Las empresas o sociedades privadas de limpieza e higienización, deben tener una antigüedad como mínimo de 60 (sesenta) meses en el mercado nacional en la prestación remunerada de servicios de limpieza e higienización, demostrados en la Constancia del RUC (inscripción en el rubro de limpieza), Actas de Asambleas, vigente a la fecha de Apertura de Ofertas.

   p. Declaración jurada del Oferente de poseer la capacidad de suministrar equipamiento e insumos en tiempo y forma de lo solicitado.

   q. El oferente deberá comprometerse, en caso de adjudicación, a realizar el pago de haberes a sus empleados a través del sistema de acreditación de salarios vía tarjeta de débito habilitada a través de una Cuenta Bancaria y/o Financiera.

Otros documentos adicionales a la oferta que demuestren que los bienes o servicios ofertados cumplen con las especificaciones técnicas

Constancia de visita técnica, por la cual se alega conocer el sitio donde se realizaran los servicios. Se le descalificará a la empresa que no presente dicha documentación.

Aclaración de las ofertas

Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.

A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.

Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.

No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.

Disconformidad, errores y omisiones

Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.

A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.

Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:

a)            Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.

b)           Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.

c)            En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.

Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.

Criterios de desempate de ofertas

En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.

Criterios de Adjudicación

De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.

La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.

En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.

En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.

En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.

La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.      

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.