Logo DNCP
¿Qué estás buscando?

Datos de la Verificación

Usuario Verificador
dareco
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
02-09-2025 - 17:44
Fecha de Fin
09-09-2025 - 17:50
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1) Solicitamos ampliar el dictamen técnico de EETT remitido teniendo en cuenta la naturaleza del proceso "“LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 16/2025 “MANTENIMIENTO Y REPARACION DE LOCALES ESCOLARES - CONTRATO ABIERTO". Así también en el mismo se indica Res. DNCP 453 Art. 12 lo cual no corresponde.// 2) Verificados los archivos de " EETT OBRAS MENORES"; " EETT OBRAS MAYORES"; solicitamos indicar las especificaciones técnicas como tal en el Pliego de Bases y Condiciones.// 3) Completar el apartado de "Identificación de la unidad solicitante" de PBC, solicitamos ampliar dicha sección.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No remiten autorizaciones
Descripción
Conforme al objeto del llamado, se solicita remitir las autorizaciones correspondientes (Planos, MADES, permiso municpal).
Comentario
1) Donde se indica en el PBC: "PERMISOS MUNICIPALES: En caso de requerirse permisos municipales, la preparación de los documentos y la gestión de los mismos estará a cargo del contratista. Al tratarse de trámites que dependen de tiempos administrativos de otras instituciones, el contratista podrá solicitar la suspensión del plazo de ejecución en la Institución que se encuentre afectada, hasta la obtención de los permisos que correspondan" se recuerda a la convocante el artículo 40 inciso e de la Res. DNCP 230/25.// 2) No se remite geolocalización.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Especificiaciones Técnicas insuficientes
Descripción
En relación a la Especificaciones Técnicas detalladas en el Pliego de Bases y Condiciones/Carta de Invitación, creemos conveniente que las mismas sean ampliadas a los efectos que se definan e individualicen todos los aspectos necesarios para una correcta cotización de los bienes/servicios requeridos, de acuerdo con los Principios de Igualdad y Transparencia.
Comentario

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.