Datos de la Verificación
Usuario Verificador
rovera
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
09-09-2025 - 07:39
Fecha de Fin
11-09-2025 - 15:05
Estado
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la experiencia podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
Se consulta por la omisión del periodo 2024 en los requisitos mínimos de Experiencia específica en obras del PBC.
Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Anticipo para las MIPYMES
Descripción
El art. 188 de la Ley de presupuesto 7050/23 menciona que “En las contrataciones de bienes, obras, servicios y/o consultorías,
las convocantes deberán prever que en caso de que una MIPYMES (Micro, Pequeña y Mediana Empresas),
resultare adjudicada o beneficiada con una orden de compra o servicio en la tienda virtual,
deberán realizar el pago de un anticipo a la misma, salvo que hubiere justificado al momento de la comunicación del llamado
que el anticipo no resulta aplicable a ningún adjudicado”, por lo que se solicita establecer en el PBC el porcentaje
que será aplicado o en caso de no aplicar, se solicita remitir la justificación correspondiente.
Comentario
Se verifica que en el apartado de Forma de Instrumentación de la Garantía de Anticipo no se establecieron el porcentaje ni la forma correspondiente; de igual manera, en el SICP se omitió indicar este punto.
Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Indicadores de cumplimiento
Descripción
Se solicita adecuar los indicadores de cumplimiento de contrato considerando la fecha de apertura prevista y el plazo de ejecución contemplado.
Comentario
Se verifica que el indicador establecido CERTIFICADO DE OBRA 3 CERTIFICADO DE OBRA ENERO 2025. Se verifica que la obra será ejecutada en 90 (noventa) días contado desde el mes de noviembre de 2025. Se recuerda a la convocante, que durante el periodo de ejecución deben considerar las fechas de entrega, apertura, evaluación de ofertas, además del plazo de ejecución de la obra, y de acuerdo a eso, la convocante, deberán realizar los cálculos de manera a determinar si correspondería o no CAMBIAR A PLURIANUAL el llamado y por ende, realizar los cambios pertinentes en el SICP y los documentos del llamado.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Inconsistencia de datos
Descripción
Se verifica que en algunos documentos el nombre del llamado no corresponde. Se solicita subsanar
Comentario
Se verifica que en el SICP la forma de pago fue establecida como 'contra certificado', al igual que en el PBC; sin embargo, no se especifica el plazo en que se efectuará dicho pago (días, meses, etc.). Se solicita establecerlo.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Visita técnica obligatoria
Descripción
Atendiendo a que la visita técnica es obligatoria, se solicita remitir la justificación de por que dicha visita resulta
imprescindible, dicha justificación debe basarse en la naturaleza o complejidad de la contratación.
Comentario
Considerando el carácter obligatorio de la visita técnica remítase la justificación establecida en la normativa. Se solicita expresamente no remitir nuevamente la documentación ya presentada, dado que ello retrasa la verificación del proceso, debiendo ceñirse únicamente a la observación indicada.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
