Consideraciones generales

Considerando la complejidad técnica del servicio del seguro, para llevar a cabo de manera eficaz la contratación del mismo, la Convocante deberá tomar las medidas necesarias para contar con una política de administración del riesgo y conocer básicamente los riesgos a asegurar. Deberá abarcar como mínimo, una descripción clara de los bienes, personas y locales.

La cobertura tiene como objetivo proporcionar suficiente información para que los oferentes puedan preparar sus ofertas eficientemente y con precisión. La lista de precios que se constituye en un anexo del formulario de ofertas, y éste último, deberán ser descargados del SICP, formando ambos un solo documento.

Los plazos deberán ser previstos cuidadosamente, teniendo en cuenta que la fecha y hora establecidas determinarán el momento desde el cual empiezan las obligaciones del asegurador.

Las coberturas licitadas deberán establecerse por lotes o ítems. 

La convocante deberá incluir en esta sección, mínimamente, información acerca de:

  1. Los riesgos a asegurar, incluyendo una descripción clara de los bienes, personas y/o locales, que serán asegurados y de las demás medidas de seguridad con que cuentan para mitigar los riesgos;
  2. El monto del capital o de los capitales a ser asegurados;
  3. La vigencia de cobertura solicitada (se determinará desde una fecha y hora de inicio hasta una fecha y hora de finalización).
  4. Tipo de cobertura que requiere (en cuanto corresponda a prorrata, o a primer riesgo absoluto).
  5. Base ocurrencia o base reclamo (en éste último caso se debe definir claramente el periodo de retroactividad de todo el contrato o de cada cobertura si es el caso).
  6. Formas de coparticipación que ofrece: limites globales de cobertura, franquicias, carencias, exclusiones toleradas.

Las pólizas emitidas por la adjudicada, deberán incluir una cláusula que rezará cuanto sigue: “la cobertura de la póliza se regirá conforme al pliego de bases y condiciones y puntualmente a las especificaciones técnicas establecidas en el mismo. En caso de diferencias con las estipulaciones establecidas en la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura emitidos por la aseguradora, prevalecerá lo establecido en el PBC”.

La inserción de dicha cláusula se funda en lo establecido en los Arts. 669, 674, 715 y 1555 del Código Civil Paraguayo, el que establece la posibilidad de acordar condiciones particulares en los contratos.

Capital de cobertura

ÍTEM 1. COBERTURA CONTRA TODO RIESGO Y RESPONSABILIDAD CIVIL.

Cobertura del 100% contra todo riesgo y responsabilidad civil, la cobertura deberá estar vigente desde el 29 de diciembre del 2025 por 12 meses.

Ítem 1

Seguro de vehículos (Cobertura CTR), Embarcaciones y Oficinas Móviles   

CAMIONETAS 

ITEM

MARCA/MODELO/AÑO

CHASIS

CHAPA Nº

AÑO FAB.

CODIGO

 VALOR 

 PATRIMONIAL

1

FORD RANGER 2011

8AFER13PXBJ399953

 BHD560

2010

2321-02-11-0113

74.529.057

2

FORD RANGER 2011

 8AFER13P3BJ370441

 BGH056

2010

2321-02-11-0110

74.529.058

3

FORD RANGER XL 2014

8AFAR23J8EJ214853

BSK744

2014

23-21-12-0431

160.000.000

4

HYUNDAI H1 2018

KMJWA37KBJU902995

HDN275

2017

2321-02-11-0119

189.922.555

5

ISUZU D-MAX 2014

MPATFS85JET004118

EAJ059

2013

23-21-01-0134

135.576.000

6

ISUZU D-MAX 2014

MPATFS85JET003972

EAH961

2013

23-21-01-0132

135.576.000

7

ISUZU D-MAX 2014

MPATFS85JET004122

EAJ033

2013

23-21-01-0138

135.576.000

8

ISUZU D-MAX 2014

MPATFS85JET004120

EAJ013

2013

23021-01-0136

135.576.000

9

ISUZU D-MAX 2014

MPATFS85JET003973

EAH970

2013

23-21-01-0133

135.576.000

10

ISUZU D-MAX 2014

MPATFS85JET004121

EAJ017

2013

23-21-01-0137

135.576.000

11

ISUZU D-MAX 2014

MPATFS85JET004124

EAH962

2013

23-21-01-0140

135.576.000

12

ISUZU D-MAX 2014

MPATFS85JET004119

EAJ012

2013

2321-02-11-0007

135.576.000

13

ISUZU D-MAX 2014

MPATFS85JET004123

EAJ016

2013

23-21-01-0139

135.576.000

14

MITSUBISHI L200 2012

93XHNK740CCB80092

EAG697

2011

2321-01--00-0009

160.000.000

15

MITSUBISHI L200 2012

93XHNK740CCB80194

EAG678

2012

2321-01-00-0006

160.000.000

16

NISSAN FRONTIER 2016

3N6CD33B6ZK357363

EAJ559

2015

2321-02-11-0001

202.985.000

17

NISSAN FRONTIER 2016

3N6CD33B2ZK357537

EAJ563

2015

2321-02-11-0004

202.985.000

18

NISSAN FRONTIER 2016

3N6CD33B0ZK 357388

EAJ560

2015

2321-02-11-0002

202.985.000

19

TOYOTA HILUX 2017

8AJFS8CD001215047

HAB497

2016

2321-02-11-0056

225.000.000

20

TOYOTA HILUX 2017

8AJFS8CD501215187

HAJ123

2016

2321-02-11-0054

225.000.000

21

TOYOTA HILUX 2017

8AJFS8CDX01215041

HAB498

2016

2321-02-11-0052

225.000.000

22

TOYOTA HILUX 2017

8AJFS8CD901215046

HAB499

2016

2321-02-11-0055

225.000.000

23

TOYOTA HILUX 2016

8AJFS8CD301215043

HAB501

2016

2321-02-11-0053

225.000.000

24

TOYOTA HILUX 2018

8AJFB8CD601585077

HCU440

2017

2321-02-11-0114

240.000.000

25

TOYOTA HILUX 2018

8AJFB8CD601585158

HCU461

2017

2321-02-11-0117

240.000.000

26

TOYOTA HILUX 2018

8AJFB8CD501585300

HCU437

2017

2321-02-11-0115

240.000.000

27

TOYOTA HILUX 2018

8AJFB8CD801585257

HCU452

2017

2321-02-11-0118

240.000.000

28

TOYOTA HILUX 2018

8AJFB8CD501585121

HCU449

2017

2321-02-11-0116

240.000.000

29

TOYOTA LAND CRUISER 2001

JTECBO1J-401002807

EAE844

2000

2321-2-11-29

103.555.320

30

VOLKSWAGEN AMAROK 2011

WV1ZZZ2HZB8060131

BHE131

2011

2321-01-00-0005

153.000.000

31

NISSAN FRONTIER 2018

3N6CD33B8ZK380563

HEU232

2017

2321-02-11-0120

148.500.000

32

NISSAN FRONTIER 2019

3N6CD33B4ZK400372

HFT534

2018

2321-02-11-0126

227.510.000

33

NISSAN FRONTIER 2019

3N6CD33B2ZK401729

HFT538

2018

2321-02-11-0125

227.510.000

34

NISSAN FRONTIER 2019

3N6CD33B8ZK400293

HFT537

2018

2321-02-11-0127

227.510.000

35

NISSAN FRONTIER 2019

3N6CD33B42K397859

HFT536

2018

2321-02-11-0124

227.510.000

36

NISSAN FRONTIER 2019

3N6CD33B3ZK401593

HFT527

2018

2321-02-11-0123

227.510.000

37

NISSAN PATROL 2008

JN1TCSY61Z0565226

PVJ918

2008

23-21-01-0131

145.000.000

38

NISSAN FRONTIER 2020

3N6CD33B3ZK410391

AACY636

2020

12017-02-11-0001

182.000.000

39

NISSAN FRONTIER 2020

3N6CD33B1ZK410468

AACY637

2020

12017-02-11-0002

182.000.000

40

NISSAN FRONTIER 2020

3N6CD33B8ZK410452

AADA890

2020

12017-02-11-0003

182.000.000

41

TOYOTA HILUX 2017

8AJFS8CD901216438

HBH678

2017

12017-02-11-0010

236.359.275

42

TOYOTA HILUX 2017

8AJFS8CD701216003

HBH460

2017

12017-02-11-0009

236.359.275

43

TOYOTA LAND CRUISER PRADO TXL 2016

JTEBH9FJ905098806

AAEV936

2016

12017-01-03-0019

141.212.100

44

NISSAN URVAN 2016

JN1UC4E26Z0003481

HBC010

2015

12017-02-11-0004

134.488.200

45

TOYOTA LAND CRUISER PRADO TXL 2018

JTEBH9FJ60K202721

AAGU988

2018

12017-02-11-0007

220.326.327

46

TOYOTA LAND CRUISER PRADO TXL

JTEBH9FJ30K189880

AAGU987

2017

12017-02-11-0006

201.163.287

47

NISSAN   FRONTIER  2018

3N6CD33B4ZK375845

HEL125

2017

12017-02-11-0008

181.000.000

48

TOYOTA HILUX D/C 4X4 DX 2023

8AJDB3CD501332472

AAMN646

2022

12017-02-11-0020

300.000.000

49

TOYOTA HILUX D/C 4X4 DX 2023

8AJDB3CD701331369

AAMN644

2022

12017-02-11-0018

300.000.000

50

TOYOTA HILUX D/C 4X4 DX 2023

8AJDB3CD501330611

AAMN641

2022

12017-02-11-0019

300.000.000

51

FORD RANGER 2014

8AFAR23LXEJ236306

BTA721

2014

PENDIENTE

118.000.000

52

CHEVROLET BLAZER 2006

9BG116BC06C430614

BAN 667

2006

12017-02-11-0021

45.000.000

53

TOYOTA LAND CRUISER PRADO

 JTEBR9FJ00K335987

IMM 267

2023

12017-1-21-0700

225.994.516

SUB-TOTAL CAMIONETAS

9.846.627.970

MOTOCICLETAS 

ITEM

MARCA

CHASIS

CHAPA Nº

MODELO /AÑO

CODIGO

VALOR

PATRIMONIAL

1

HONDA

9C2MD3400DR513882

292AANZ

XR250 2013

2321-2-11-0100

15.000.000

2

HONDA

9C2MD3400DR513883

293AANZ

XR250 2013

2321-2-11-0101

15.000.000

3

HONDA

9C2MD3400DR513367

291AANZ

XR250 2013

2321-2-11-0102

15.000.000

4

HONDA

9C2MD3400DR513854

294AANZ

XR250 2013

2321-2-11-0103

15.000.000

5

HONDA

9C2MD3400DR513873

295AANZ

XR250 2013

2321-2-11-0104

15.000.000

6

HONDA

9C2MD3400DR513526

296AANZ

XR250 2013

2321-2-11-0105

15.000.000

7

HONDA

9C2MD3400DR513648

290AANZ

XR250 2013

2321-2-11-0106

15.000.000

8

HONDA

9C2MD3400DR513568

297AANZ

XR250 2013

2321-2-11-0107

15.000.000

9

HONDA

9C2JD170WWR101084

746ADJ

XL125 1998

2321-01-00-0020

5.465.550

10

HONDA

LALMDA394J3004725

408HEH

XR190L 2018

12017-34-12-0023

14.917.500

11

HONDA

LALMDA4393J3003811

409HEH

XR190L 2018

12017-06-01-0013

14.917.500

SUB-TOTAL MOTOCICLETAS

155.300.550

TRACTORES

ITEM

MARCA

MODELO /AÑO

CHASIS

CHAPA Nº

CODIGO

VALOR

PATRIMONIAL

1

MASSEY FERGUSON

MF290 2003

2904148210

15.000.000

23-21-7-0127

15.000.000

2

MASSEY FERGUSON

MF290 2003

2904145468

15.000.000

23-21-7-0128

15.000.000

3

FOTON

 LOVOL

FTTC2A341GE000509

125.800.000

2321-14-01-0010

125.800.000

TB454 2016

4

FOTON

LOVOL

FTTC2A341GE000511

125.800.000

2321-16-01-0231

125.800.000

TB454 2016

SUB-TOTAL TRACTORES

281.600.000

EMBARCACIONES TIPO DESLIZADORAS

ITEM

MARCA

TIPO MODELO

MATRICULA

MOTOR FUERA

CODIGO

VALOR

 DE BORDA

PATRIMONIAL

1

ALUMICAVEL

Deslizadora PIRA 500

PASO BRAVO

6840-422179

2321-1-0116

10.794.383

42410-D/ MADES III

2

ALUMICAVEL

Deslizadora PIRA 500SL

RIO NEGRO IV

YAMAHA 25HP

2321-07-0125

38.500.000

42411-D/ MADES IV

61RK-000979

3

ALUMICAVEL

Deslizadora PIRA 190SVX

MADES I- N° 51.529-D

MARINER 7090412UY

2321-1-0012

104.300.000

S/N° 2B535386

12017-02-16-0263

4

ALUMICAVEL

Deslizadora PIRA 190SVX

MADES II- N° 51.530-D

EVINRUDE 90HP

2321-1-0013

104.300.000

5

ALUMICAVEL

Deslizadora PIRA 500SL

EN TRAMITE

YAMAHA 25HP

2321-08-01-0020

37.987.750

003199Y

SUB-TOTAL  EMBARCACIONES

295.882.133

 

 

OFICINAS MOVILES 

 

ITEM

FECHA DE INCORPORACION

DESCRIPCION

CODIGO PATRIMONIA

VALOR

 

1

17/06/2020

OFICINA MOVIL CON MOBILIARIO DE COCINA, SANITARIO

12017-1-3-1

97.500.000

 

2

17/06/2020

OFICINA MOVIL CON MOBILIARIO DE COCINA, SANITARIO

12017-1-3-2

97.500.000

 

3

17/06/2020

OFICINA MOVIL CON MOBILIARIO DE COCINA, SANITARIO

12017-1-3-3

97.500.000

 

4

17/06/2020

OFICINA MOVIL CON MOBILIARIO DE COCINA, SANITARIO

12017-1-3-4

97.500.000

 

5

17/06/2020

OFICINA MOVIL CON MOBILIARIO DE COCINA, SANITARIO

12017-1-3-5

97.500.000

 

6

17/06/2020

OFICINA MOVIL CON MOBILIARIO DE COCINA, SANITARIO

12017-1-3-6

97.500.000

 

7

17/06/2020

OFICINA MOVIL CON MOBILIARIO DE COCINA, SANITARIO

12017-1-3-7

97.500.000

 

8

17/06/2020

OFICINA MOVIL CON MOBILIARIO DE COCINA, SANITARIO

12017-1-3-8

97.500.000

 

9

05/10/2020

OFICINA MOVIL CON MOBILIARIO DE COCINA, SANITARIO

12017-1-3-17

97.500.000

 

10

30/08/2023

CASA MOVIL CON SANITARIO

12017-6-22-29

93.900.000

 

11

07/03/2023

CONTENEDOR DE 40 PARA 3 HABITACIONES, SANITARIO. PISO. INSTALACIONES ELECTRICAS Y CIMIENTO ALTA POR DONACION LA OPADES SEGUN RESOL. N° 113/2023

12017-6-08-1

82.226.000

 

12

02/03/2023

CONTENEDOR PARA OFICINA Y PARA HABITACION Y COCINA

12017-6-17-6

82.000.000

 

13

02/03/2023

CONTENEDOR PARA OFICINA Y PARA HABITACION Y COCINA

12017-6-17-7

82.000.000

 

14

10/03/2009

CASA RODANTE METALCAR CON ACCESORIOS -

2321-29-01-0001

93.323.900

 

15

10/03/2009

CASA RODANTE METALCAR

2321-22-01-0001

97.323.900

 

16

19/12/2024

CONTAINER PARA LABORATORIO

12017-6-5-0718

130.000.001

 

17

19/12/2024

CAMPANA EXTRACTORA DE GAS, INOXIDABLE CON SOPORTE

12017-6-5-0713

119.500.000

 

SUB-TOTAL OFICINAS MOVILES

1.657.773.801

 

MONTO TOTAL SEGURO DE VEHICULOS (COBERTURA CTR), EMBARCACIONES Y OFICINAS MOVILES :

12.237.184.454

 

OBSERVACIÓN: El ítem 53 TOYOTA LAND CRUISER PRADO CHAPA PROVISORIA IMM 267 con chasis JTEBR9FJ00K335987, deberá contar con cobertura desde el 1 de mayo del 2026 por 8 (ocho) meses.

    1. COBERTURAS CONTRA TODO RIESGO Y RESPONSABILIDAD CIVIL:
  • Robo, incendio y daños al amparo de robo total, hasta el 100% del valor de mercado del vehículo asegurado.
  • Robo en la vía pública y daños al amparo de robo total, hasta el 100% del valor de mercado del vehículo asegurado.
  • Daños por tumultos, daños al amparo de robo total, hasta el 100% del valor de mercado del vehículo asegurado.
  • Daños por aguas pluviales, raudales (limitado a un evento al año por vehículo), hasta el 100% del valor de mercado del vehículo asegurado.
  • Daños por caída de Granizo (limitado a un evento al año), hasta el 100% del valor de mercado del vehículo asegurado.
  • Daño por Depresión Asfáltica (baches), hasta la suma máxima de Gs. 1.000.000, limitado a una denuncia por vigencia.
  • Daños o pérdidas por accidentes, incendio, tumultos populares, robo y/o hurto, 100% de cobertura.
  • Cobertura de cualquier conductor.
  • Asistencia legal telefónica en caso de siniestros las 24 horas.
  • Daños a cubiertas y baterías en caso de accidentes, hasta el 100% del valor del mercado.
  • Rueda de Auxilio (Llanta + Cubierta y accesorios) en caso de robo y/o Hurto y/o sustracción ya sea dentro de las oficinas estatales, particulares o en la vía pública, con la reposición del mismo.
  • Pintura de logotipo oficial e inscripciones como número de orden y otros en caso de siniestro o sea consecuencia de estos, deberá cubrir la reposición de los mismos.
  • Servicio de Grúa las 24 hs, dentro de todo el territorio nacional, sin límite para cada vehículo. 
  • Sistema de Seguridad: rastreo satelital, inmovilizador, triangulación celular, incluido instalación y funcionamiento, con radio de cobertura nacional (a partir de la firma del contrato) para los vehículos y motocicletas
  • Carta verde.

 

 

COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL:

Lesiones o muerte a 1 persona hasta

Gs. 50.000.000.-

Lesiones o muerte a 2 o más personas hasta

Gs. 100.000.000.-

Daños materiales a cosas de terceros hasta

Gs. 40.000.000.-

OCUPANTES DEL VEHICULO PARTICULAR:

Muerte o incapacidad total del conductor hasta

Gs. 30.000.000.-

Muerte o incapacidad total de los acompañantes, para cada uno hasta

Gs. 30.000.000.-

Gastos médicos para cada uno hasta

Gs. 10.000.000.-

EN CASO DE ACCIDENTES Y/O CHOQUES:

  • Servicio de grúa dentro de todo el territorio nacional, sin límite para cada vehículo. 
  • Capacidad de transporte hasta 3.500 kg. (Sin carga)
  • El traslado será ilimitado y sin costo.

EN CASO DE ASISTENCIA POR DESPERFECTOS MECANICOS:

  • Servicio de grúa dentro del territorio nacional, sin límite para cada vehículo. 
  • Remolque.
  • Acople de Batería.
  • Cambio de neumáticos.

COBERTURA DE ACCESORIOS

El límite de indemnización por daños a los accesorios es del 10 % (diez por ciento), de la suma asegurada para cada vehículo (según se detalla en el listado). Asimismo, se hace constar que se incluye la cobertura de ambulancia y remolque en todo el territorio del país

    1. CONDICIONES GENERALES:
      1. En el caso de ROBO O HURTO total o parcial del automóvil: el mismo, cubrirá el robo o hurto del automóvil, o de sus partes componentes, y/o accesorios. Además, de cubrir el robo parcial de partes componentes del vehículo y/o la de sus accesorios.
      2. En cuanto a la RESPONSABILIDAD CIVIL, la misma cubrirá; lesiones corporales a terceras personas y daños causados a cosas de terceros.
      3. Deberán incluir el SEGURO A PASAJEROS para los Vehículos: NISSAN URVAN con capacidad de 20 plazas; HYUNDAI H1 con capacidad de 12 plazas.
      4. En el caso de DAÑOS AL VEHÍCULO, la misma cubrirá  el  siniestro  cuando el mismo ocurra por causa de roce, choque de otros vehículos, o con otros vehículos o contra terceras personas, animales o cosas y ajeno al mismo automotor, ya sea que esté circulando, remolcado, estacionado bajo techo o al aire libre, o durante su transporte. El daño parcial se considerará daño total cuando el costo de la reparación o del reemplazo de las partes afectadas por un riesgo cubierto, sea igual o mayor al 70% de la suma asegurada especificada en la lista adjunta, entonces se considera daño total del vehículo y el ASEGURADOR deberá REEMPLAZAR el vehículo asegurado o REINTEGRARLO con acuerdo previo del MADES.
      5. En caso de que los daños no impliquen lo descripto precedentemente, el ASEGURADOR, deberá mandarlo reparar, en caso la CONVOCANTE se reserva el derecho de escoger el taller donde se realizará la reparación, obligándose el ASEGURADOR a entregar el vehículo reparado a satisfacción de la CONVOCANTE. Además, el ASEGURADOR se compromete a que los repuestos usados para reponer los daños sean los de las casas representantes u originales de las marcas respectivas. Además, la COBERTURA deberá incluir el repintado del logo institucional (a full color), el Número del Vehículo, el Número de R.A.S.P. y la leyenda de USO OFICIAL Y EXCLUSIVO a satisfacción de la CONVOCANTE, en el lado derecho y lado izquierdo de la carrocería, según sea el caso
      6. Además, la cobertura se extiende a cubrir aun cuando el vehículo asegurado fuere manejado por cualquier persona, siempre que se encuentre habilitado para conducir vehículos de esa categoría.
      7. En caso de que el vehículo fuera dañado a causa de Robo, Hurto o Asalto o la tentativa de los mismos durante el trasporte de valores, LA ASEGURADORA deberá cubrir todos los daños que se ocasionasen al vehículo, como así también la pérdida o sustracción de accesorios como llaves y otros donde la misma deberá ser repuesta mediante copias o recambios de los mismos.
      8. El Asegurador, se deberá pronunciar acerca del derecho de la CONVOCANTE, dentro de los 30 (Treinta) días corridos de recibida la denuncia del siniestro. La omisión de pronunciarse importa aceptación. En el caso de negativa, deberá enunciar todos los hechos en que se funda. Los antecedentes negativos podrán ser usados para la evaluación de otras licitaciones.
      9. En caso de discordancia entre las condiciones de cobertura de estas especificaciones técnicas y las condiciones específicas y/o generales de las pólizas, predominaran las Especificaciones técnicas que formará parte íntegra de las Condiciones Particulares de la Póliza.
      10. En los casos de exclusión, no podrán ser utilizadas meras presunciones para oponerse al reconocimiento de la cobertura.
      11. No se podrá alegar deficiencias institucionales en materia de control, auditoria, carta orgánica, manuales de funciones y procedimientos, etc. para no realizar los pagos o reposiciones por siniestros. Se entiende que la cobertura aplicada a las condiciones institucionales vigentes o actuales.
      12. La convocante se reserva el derecho de informar a la aseguradora, luego de verificado cada siniestro, dentro de los 30 (treinta) días hábiles, sin que esto implique la perdida de los derechos sobre la petición de la ejecución de la póliza. La información proveída en este tiempo podrá ser parcial hasta tanto se pueda reunir todas las documentaciones solicitadas.
      13. No se considerarán como válidas las solicitudes de informes de los liquidadores de siniestros que emplacen al MADES con menos de 30 días hábiles para remitir dichas informaciones. Cualquier reiteración de la/las liquidadoras de siniestros sobre emplazamiento menor a lo estipulado se considerarán como agravante de incumplimiento a lo expuesto en el presente pliego y por ende a las pautas del contrato/póliza.
      14. El MADES, en consideración a las cantidades de oficinas, Parques Nacionales y lugares de intervención, lugares donde pueden ocasionarse el/los siniestros y los trámites administrativos que conllevan reunir la información, se reserva el derecho de responder en el tiempo y plazo que el MADES crea conveniente o considere necesario sobre cualquier información solicitada.
      15. El MADES podrá realizar comunicación telefónica de siniestros a cualquier hora, debiendo de tomarse como válidas. La aseguradora asignará un funcionario encargado de recepcionar las denuncias vía WhatsApp y/o correo electrónico, el cual deberá proporcionar el número de siniestro en un plazo máximo de tres (03) días hábiles.
      16. Una vez remitido el presupuesto del taller asignado para la reparación y/o compra de accesorios o repuestos la aseguradora deberá comunicar al MADES y al taller, la aceptación o rechazo en un plazo máximo de tres (03) días hábiles
      17. En caso de siniestro, la Convocante presentará únicamente los siguientes documentos:
  1. Comunicación del siniestro.
  2. Formularios y documentaciones solicitadas por la aseguradora
  3. Denuncia Policial Nacional, Policía Caminera, Policía Municipal o Fiscal. (según sea el caso)

Con la presentación de los documentos indicados en este punto, la ASEGURADORA deberá hacer efectiva la reparación y/o reposición de los vehículos siniestrados, así mismo la cobertura por gastos médicos y/o indemnizaciones referentes a los indicados en el apartado COBERTURA.

      1. Plazo para la reposición/restitución/reparación/pago de los siniestros denunciados: Cumplidas las gestiones referente a la presentación de los documentos indicados en el punto 1.2.17, e indicada la aceptación, la ASEGURADORA deberá hacer efectiva la reposición y/o pago de los valores siniestrados y la reparación de los daños que se hubieran ocasionado según se indica en las condiciones generales del presente apartado dentro de los 30 días hábiles siguientes, pudiendo prorrogarse los plazos establecidos, por causas debidamente justificadas y aceptadas por el MADES.
    1. OBSERVACIONES:
      1. Oficinas Móviles: Deberá cubrir el ROBO O HURTO total o parcial de la oficina móvil así como el daño a la estructura del mismo a causa del siniestro, además de deberá cubrir todos los componentes, accesorios, equipamientos informáticos, electrónicos y electromecánicos con que cuenta la oficina.

Las mismas cuentan con los siguientes equipamientos enunciativos y no limitativos:

    • 1 equipo de acondicionador de aire de 12.000 BTU.
    • 1 generador de 6.5kva (naftero).
    • 1 cama de dos pisos con sus respectivos colchones, almohadas, fundas y frazadas.
    • 2 butacas.
    • 1 calentador eléctrico de dos hornallas.
    • Tiene incorporado un baño con ducha eléctrica, inodoro y lavamanos.
    • Cuenta con todo el sistema de movilización, tira tráiler, luces reglamentarias (luces traseras, de freno, señaleros).
    • Equipo de Paneles solares y equipamiento de video vigilancia.
      1. Embarcaciones: Deberá cubrir el ROBO total o parcial de la embarcación, así como el daño a la estructura del mismo a causa del siniestro, además de deberá cubrir todos los componentes, accesorios, equipamientos electrónicos (radares, sondas) y electromecánicos con que cuenta la embarcación.

Debe incluir daños en el casco, motor, accesorios a consecuencia de naufragio, varada, embarrancada, abordaje, choque o colisión con objetos fijos o flotantes, temporal, incendio o explosión y/o robo; además incluye los gastos de salvamento, remolque o auxilio a consecuencia de un accidente cubierto, así como los daños sufridos por la embarcación en accidente del vehículo porteador por carretera.

Para la cobertura de Oficinas Móviles y Embarcaciones queda entendido que aplica las condiciones generales establecidas en el punto 1.2.

ÍTEM 2 - ROBO DE VALORES EN TRÁNSITO

Cobertura del 100% contra todo riesgo de Robo de Valores en Tránsito por un periodo de 12 meses, la cobertura deberá estar vigente desde el 29 de diciembre de 2025.

    1. RIESGO ASEGURADO:

Desde OFICINAS DEL INTERIOR hasta Sede Central y/o bancos y/o viceversa, según planilla siguiente por evento. La cobertura horaria es para 24 horas diarias.

La cobertura debe ser por: robo, hurto, apropiación, y/o asalto; pérdida por accidente y/o incendio del medio transportador; hurto por muerte fortuita del personal trasportador, de dinero en efectivo y/o cheques, propiedad del asegurado. Reposición automática de la suma asegurada, liquidándose la extra - prima a prorrata.

LOTE

ITEM

DESCRIPCION

N/A

2

ROBO DE VALORES EN TRÁNSITO

LOTE

ITEM

LOCALES A ASEGURAR

CAPITAL ASEGURADO

LIMITE MAXIMO POR EVENTO

N/A

2.1

Parque Nacional Ybycuí

10.500.000

10.500.000

N/A

2.2

Concepción

1.050.000

1.050.000

N/A

2.3

Ciudad Del Este

2.100.000

2.100.000

N/A

2.4

Ayolas

15.750.000

15.750.000

N/A

2.5

Pilar

15.750.000

15.750.000

N/A

2.6

Encarnación

8.400.000

8.400.000

N/A

2.7

Coronel Oviedo

1.050.000

1.050.000

N/A

2.8

Parque Nacional Ñacunday

2.100.000

2.100.000

N/A

2.9

Parque Nacional Cerro Cora

1.050.000

1.050.000

TOTAL CAPITAL ASEGURADO

57.750.000

57.750.000

LIMITÁNDOSE LA RESPONSABILIDAD TOTAL MÁXIMA DE LA ASEGURADORA HASTA LA SUMA DE Gs.57.750.000 (GUARANIES CINCUENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTAMIL).

*SIN FRANQUICIA.

MEDIDA DE LA PRESTACION: A PRIMER RIESGO.

    1. ESTA POLIZA NO CUBRE:

a) La pérdida del dinero en efectivo asegurado, por sustracción, desaparición o robo efectuado por empleados del asegurado, aun cuando fueren o no los encargados del transporte del mismo.

b) La pérdida de valores transportados por personas menores de edad.

    1. CONDICIONES GENERALES:
      1. Entiéndase para fines de la cobertura la cantidad de 1 en sede Central en la Ciudad Capital del país, y los locales u oficinas regionales, según listado.
      2. Los valores son transportados en vehículos de la institución, o excepcionalmente en vehículos particulares, por 1(una) persona y eventualmente por 2 (dos) personas sin portar armas de fuego.
      3. La Aseguradora indemnizará en forma TOTAL. Además, la póliza deberá cubrir los daños que sufran los valores asegurados (destrucción parcial), extravío, etc. También daños a los vehículos, equipos o mobiliarios de trasporte, ocasionados por el siniestro o su tentativa.
      4. Debe cubrir los trayectos realizados a pie, fuera de los locales indicados en la COBERTURA para abordar los vehículos y/o acceder hasta los lugares de depósito o retiro, hasta un radio de 150 metros.
      5. También debe tener cobertura cuando la distancia entre el local del MADES y los Bancos y Financieras y/o juzgados estén a menos de 150 metros.
      6. Las oficinas regionales no cuentan con guardia de seguridad/custodios; No se cuenta con servicio tercerizado de transporte de caudales.
      7. Entiéndase para fines de la cobertura al personal permanente, personal comisionado, contratado y/o personal ocasional quienes realicen el transporte de los valores en vehículos de 4 ruedas y excepcionalmente 2 ruedas, o aquellos que se realicen a pie (dentro del radio indicado en los inc. 2.3.4 y 2.3.5 Además deberá cubrir el trasporte de valores realizado por el personal de asesoría jurídica y/o abogados externos en vehículos particulares y/o a pie conforme los inc. 2.3.4 y 2.3.5
      8. No se aceptarán exclusiones que indiquen condicionantes sobre los valores transportados, el monto transportado, su personal o las características del transporte.
      9. El Asegurador, se deberá pronunciar acerca del derecho de la CONVOCANTE (Entiéndase continuar con los trámites que correspondan para el cumplimiento), dentro de los 30 (treinta) días corridos de recibida la denuncia del siniestro. La omisión de pronunciarse importa aceptación. En el caso de negativa, deberá enunciar todos los hechos en que se funda. Los antecedentes negativos podrán ser usados para la evaluación de otras licitaciones.
      10. En caso de discordancia entre las condiciones de cobertura de estas especificaciones técnicas y las condiciones específicas y/o generales de las pólizas, predominaran las especificaciones técnicas que formará parte íntegra de las Condiciones Particulares de la Póliza.
      11. En los casos de exclusión, no podrán ser utilizadas meras presunciones para oponerse al reconocimiento de la cobertura.
      12. No se podrá alegar deficiencias institucionales en materia de control, auditoria, carta orgánica, manuales de funciones y procedimientos, etc. para no realizar los pagos por siniestros. Se entiende que la cobertura aplicada a las condiciones institucionales vigentes o actuales.
      13. La Convocante, a la ocurrencia del siniestro, presentará los siguientes documentos:
  1. Nota de comunicación del siniestro.
  2. Denuncia Policial o Fiscal.
  3. Detalle de los valores siniestrados presentados por el MADES.

Con la presentación de los documentos indicados en este punto, la ASEGURADORA deberá hacer efectivo el pago y reposición de los valores siniestrados y bienes afectados.

      1. Cumplidas las gestiones de los indicadas en estas condiciones generales y el puntos 3.3.10, indicadas la aceptación,  presentación de los documentos indicados en este punto, la ASEGURADORA deberá hacer efectiva el pago y reposición de los valores siniestrados y la reparación de los daños que se hubieran ocasionado según se indica en estas condiciones generales  dentro de los 30 días hábiles siguientes a la culminación de los trámites pertinentes, pudiendo prorrogarse los plazos establecidos, por causas debidamente justificadas y aceptadas por el MADES.

ÍTEM 3 - ROBO DE VALORES EN VENTANILLA Y/U OFICINA

Cobertura del 100% contra todo riesgo de Robo de Valores en Ventanilla y/u Oficina por un periodo de 12 meses, la cobertura deberá estar vigente desde el 29 de diciembre de 2025.

    1. RIESGO ASEGURADO:
      1. SEDE CENTRAL DEL MADES: Robo, hurto, Apropiación, Asalto y/o pérdida de dinero en efectivo y/o cheques, valores. Con permanencia en cajas de caudales, cajón de escritorio cajones de las oficinas de cobranzas y/o mostrador y pagos ordinarios diarios. Exposición temporal diaria (24) horas.

Durante las 24 horas la institución en la sede central cuenta con serenos, dos (2) en horario diurno y (2) en horario nocturno. La Sede Central cuenta con sistema de vigilancia por cámaras con servidor de grabación.

      1. OFICINAS REGIONALES: Robo, hurto, apropiación, Asalto y/o pérdida de dinero en efectivo y/o cheques, valores, etc.), con permanencia en cajas de caudales, cajón de escritorio, cajones de las oficinas de cobranzas y/o mostrador y pagos ordinarios diarios. Exposición temporal diaria (24) horas.

LOTE

ITEM

DESCRIPCION

N/A

3

Robo de valores en ventanilla y/u oficina.

LOTE

ITEM

LOCALES A ASEGURAR

CAPITAL ASEGURADO

LIMITE MAXIMO POR EVENTO

N/A

3.1

Sede Central MADES

52.500.000

50.000.000

N/A

3.2

Parque Nacional Ybycui

10.500.000

10.000.000

N/A

3.3

Concepción

1.050.000

1.000.000

N/A

3.4

Ciudad del Este

2.100.000

2.000.000

N/A

3.5

Ayolas

15.750.000

15.000.000

N/A

3.6

Pilar

15.750.000

15.000.000

N/A

3.7

Encarnación

8.400.000

8.000.000

N/A

3.8

Coronel Oviedo

1.050.000

1.000.000

N/A

3.9

Parque Nacional Ñacunday

2.100.000

2.000.000

N/A

3.10

Parque Nacional Cerro Cora

1.050.000

1.000.000

TOTAL CAPITAL ASEGURADO

110.250.000

105.000.000

LIMITÁNDOSE LA RESPONSABILIDAD TOTAL MÁXIMA DE LA ASEGURADORA HASTA LA SUMA DE Gs. 110.250.000 (GUARANIES CIENTO DIEZ MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL)

*SIN FRANQUICIA.

MEDIDA DE LA PRESTACION: A PRIMER RIESGO.

    1. ESTA POLIZA NO CUBRE:
  1. La pérdida del dinero en efectivo asegurado, por sustracción, desaparición o robo efectuado por empleados del Asegurado, aun cuando fueren o no los encargados de la custodia del mismo.

 

 

    1. CONDICIONES GENERALES:
      1. Entiéndase por cada local, el lugar o recinto donde esté funcionando la Oficina del MADES en el momento de la ocurrencia del siniestro, ya sea local propio, alquilado, cedido, compartido con otras instituciones, uso temporal en oficinas móviles o por mudanzas, etc.
      2. Las Oficinas Regionales, no cuentan con guardia y/o serenos.
      3. Entiéndase por caja de caudales a cajas de acero, hierro fundido, forjado/acero, etc., sin detallar el espesor, cerrado con llave y/o combinaciones sean estas modelos exclusivos o comunes, empotrado o amurado a una pared cualquiera sea el espesor de la misma.
      4. Las Oficinas Regionales y las oficinas de cobranzas de la Sede Central no cuentan con caja de caudales.
      5. La Aseguradora indemnizará en forma TOTAL, asimismo, los daños que sufran los valores asegurados y también los que afecten a la Caja, Edificio o sus instalaciones donde se encuentren, ocasionados por los ladrones exclusivamente para cometer el delito o su tentativa.
      6. El Asegurador, se deberá pronunciar acerca del derecho de la CONVOCANTE (Entiéndase continuar con los trámites que correspondan para el cumplimiento), dentro de los 30 (treinta) días corridos de recibida la denuncia del siniestro. La omisión de pronunciarse importa aceptación. En el caso de negativa, deberá enunciar todos los hechos en que se funda. Los antecedentes negativos podrán ser usados para la evaluación de otras licitaciones.
      7. En caso de discordancia entre las condiciones de cobertura de estas especificaciones técnicas y las condiciones específicas y/o generales de las pólizas, predominaran las Especificaciones técnicas que formara parte integra de las Condiciones Particulares de la Póliza.
      8. En los casos de exclusión, no podrán ser utilizadas meras presunciones para oponerse al reconocimiento de la cobertura.
      9. No se podrá alegar deficiencias institucionales en materia de control, auditoria, carta orgánica, manuales de funciones y procedimientos, etc. para no realizar los pagos por siniestros. Se entiende que la cobertura aplica a las condiciones institucionales vigentes o actuales.
      10. La Convocante, a la ocurrencia del siniestro presentará los siguientes documentos
  1. Nota de comunicación del siniestro.
  2. Denuncia Policial o Fiscal.
  3. Detalle de los valores siniestrados y daños verificados, presentados por el MADES.

Con la presentación de los documentos indicados en este punto, la ASEGURADORA deberá hacer efectiva el pago y reposición de los valores siniestrados y la reparación de los daños que hayan afectado a la Caja, Edificio o sus instalaciones según se indica en estas condiciones generales. 

      1. Cumplidas las gestiones de los indicadas en estas condiciones generales y el puntos 3.3.10, indicadas la aceptación, presentación de los documentos indicados en este punto, la ASEGURADORA deberá hacer efectiva el pago y reposición de los valores siniestrados y la reparación de los daños que se hubieran ocasionado según se indica en estas condiciones generales.  dentro de los 30 días hábiles siguientes a la culminación de los trámites pertinentes, pudiendo prorrogarse los plazos establecidos, por causas debidamente justificadas y aceptadas por el MADES.

ÍTEM 4 - EQUIPOS INFORMATICOS

Cobertura del 100% contra todo riesgo de Robo de Equipos Informáticos  y/u Oficina por un periodo de 12 meses, la cobertura deberá estar vigente desde el 29 de diciembre de 2025.

    1. RIESGO ASEGURADO:
      1. La cobertura solicitada alcanza a los equipos descriptos o citados en el listado adjunto, en los cuales se incluye el valor de adquisición estimativamente actualizado de todos y cada uno de ellos.
      2. Dicha cobertura debe alcanzar toda pérdida o daño físico, súbito e imprevisto, incluyendo entre otros los daños producidos por incendio, impacto de rayos, explosión, humo, gases corrosivos, hollín, incandescencias, incendio sin llamas, chamuscados, daños por productos químicos de extintores, daños producidos por acción de bomberos y similares, acción del agua (incluye, raudales, inundaciones, etc., humedad, cortocircuitos, otras causas eléctricas, daños malintencionados, dolo por parte de terceros, sabotaje, robo, saqueo, hurto, apropiación, helada, granizo, tempestad, terremoto, temblores, huelga, motín, conmoción civil, tumultos, errores de construcción y de cálculo, fallas de fabricación y montaje y sufridas por daños y/o perdidas consecuenciales y/o cualquier daño y/o perdida que ocurra en forma accidental.
      3. Las sumas aseguradas reflejan el valor contable de los equipos. En caso de siniestros parciales y/o totales SE PROCEDERÁ A LA REPOSICIÓN DEL BIEN ASEGURADO.
      4. MEDIDA DE LA PRESTACION: A PRIMER RIESGO.
    2. ESTA POLIZA NO CUBRE:
      1. Los valores asegurados que no tengan relación con la actividad específica o habitual, comercial o profesional del asegurado.
      2. Fallas o defectos ya existentes en el momento del comienzo de referencia, de las cuales debiera tener conocimiento el Asegurado o el encargado responsable.
      3. Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades, guerra civil, rebelión, revolución, insurrección, etc.
      4. Pérdida o daños que sean consecuencia directa del funcionamiento continúo (desgaste, cavitación, corrosión) o deterioro gradual del bien.
      5. Cualquier gasto erogado con respecto al mantenimiento de los bienes asegurado; tal exclusión se aplica también a las partes recambiadas en el curso de dichas operaciones de mantenimiento.
      6. Pérdida o daños a equipos arrendados o alquilados, cuando la responsabilidad recaiga en el propietario ya sea legalmente o según convenio de arrendamiento y/o mantenimiento.
      7. Defectos estéticos, tales como raspaduras de superficies pintadas, pulidas o barnizadas
      8. Pérdida o daños a partes desgastables, tales como bulbos, válvulas, tubos, bandas, fusibles, sellos, cintas, alambres, cadenas, recambiables, rodillos gravados, objetos de vidrio, o cualquier medio de operación (combustibles, lubricantes, agentes químicos)

El ASEGURADOR será empero responsable respecto a pérdidas o daños mencionados en los puntos VII y VIII cuando las partes allí especificadas hayan sido afectadas por una pérdida o daño indemnizable ocurrido a los bienes asegurados.

Las exclusiones citadas precedentemente son las únicas a ser tenidas en cuenta, en caso de evaluación del siniestro. No pudiendo el ASEGURADOR invocar cualquier exclusión no establecida en el presente punto.

    1. CONDICIONES GENERALES:
      1. Entiéndase para fines de la cobertura el listado anexado con sus respectivos valores.
      2. Entiéndase que, a la ocurrencia del siniestro, la ASEGURADORA repondrá el bien asegurado. Excepcionalmente se aceptarán indemnizaciones en efectivo y/o cheques por decisión del MADES, 
      3. La reposición del bien siniestrado deberá ser nuevo, de igual o mejor característica técnicas y operativas que el bien asegurado. El MADES informará de la característica del bien siniestrado a fin de cumplir con lo indicado en el punto ii.
      4. Para los fines de la cobertura entiéndase que la misma será las 24 horas al día, dentro o fuera de las instalaciones del MADES, estén estas en guarda en transporte por parte del personal del MADES, estén instaladas en locales del MADES o en locales de prestadoras de servicios al MADES o en recintos temporales (Expo ferias, cursos, viajes dentro y fuera del país, hoteles, domicilios particulares o Similares) o siendo utilizadas para eventos específicos. 
      5. En aquellos casos en donde se pudieran reparar los daños ocurridos a los bienes asegurados, el ASEGURADOR indemnizará aquellos gastos que sean necesarios erogar para dejar la unidad dañada en las condiciones existentes inmediatamente antes de ocurrir el daño. Esta compensación incluirá también los gastos de desmontaje y remontaje incurridos con el objeto de llevar a cabo las reparaciones, así como también fletes ordinarios al y del taller de reparación, impuestos y derechos aduaneros, si los hubiere.
      6. El Asegurador, se deberá pronunciar acerca del derecho de la CONVOCANTE (Entiéndase continuar con los trámites que correspondan para el cumplimiento), dentro de los 30 (treinta) días corridos de recibida la denuncia del siniestro. La omisión de pronunciarse importa aceptación. En el caso de negativa, deberá enunciar todos los hechos en que se funda. Los antecedentes negativos podrán ser usados para la evaluación de otras licitaciones.
      7. En caso de discordancia entre las condiciones de cobertura de estas especificaciones técnicas y las condiciones específicas y/o generales de las pólizas, predominaran las Especificaciones técnicas que formará parte íntegra de las Condiciones Particulares de la Póliza.
      8. En los casos de exclusión, no podrán ser utilizadas meras presunciones para oponerse al reconocimiento de la cobertura.
      9. No se podrá alegar deficiencias institucionales en materia de control, auditoria, carta orgánica, manuales de funciones y procedimientos, etc. para no realizar los pagos por siniestros. Se entiende que la cobertura aplicada a las condiciones institucionales vigentes o actuales.
      10. En caso de siniestro de los equipos asegurados, donde la Aseguradora haya restituido el equipo, El MADES solicitará la inclusión del equipo nuevo repuesto a la presente cobertura, utilizando el saldo de las estimaciones de inclusión presente en la lista, la Aseguradora deberá incluir dichos equipos, sin costo adicional para el MADES, descontando del saldo indicado como tope. Este procedimiento se realizará por cada evento, hasta alcanzar el tope del saldo. 
      11. No se perderá la cobertura por modificaciones en las denuncias; entiéndase por aquellas que sufran ampliaciones posteriores por nuevos hechos verificados.
      12. Sobre las Inspecciones, Indicaciones y  Procedimientos sobre los equipos siniestrados:
        1. En caso de ocurrencia del siniestro y para fines de la inspección se considerarán los siguientes procedimientos:
        2. El ASEGURADOR podrá en cualquier fecha razonable, no mayor a 30 días calendario, inspeccionar y examinar el riesgo; y el MADES suministrará al ASEGURADOR todos los detalles e informaciones necesarias para la apreciación del riesgo.
        3. El MADES notificará al ASEGURADO cualquier cambio material en el riesgo dentro de un plazo razonable para el MADES. Debiendo el ASEGURADO tomarlo e incluirlo dentro de la cobertura contratada. 
        4. El MADES conservara las partes y bienes dañados y poner a disposición de un representante o experto del ASEGURADOR para su inspección.
        5. El MADES Suministrará toda información y pruebas documentales indicadas en el punto d) Condiciones para el pago por parte de la Aseguradora 
        6. El MADES informará a las autoridades policiales en caso de pérdidas o daños debido a robo asalto, apropiación  y/o hurtos
        7. Si el ASEGURADOR no llevará a cabo la inspección del siniestro después del lapso indicado en el punto i) se considerará como aceptada los procedimientos de verificación por parte ASEGURADOR, y el MADES podrá iniciar los procesos necesarios para reparaciones o reemplazos respectivos con empresas representantes autorizados por la marca del bien siniestrado, debiendo el ASEGURADOR realizar los pagos al momento de la presentación de la factura y en no más de 15 días calendario, a las empresas representantes autorizadas o sus técnicos habilitados,  surgidos a causa del reemplazo y/o reparación del bien siniestrado
        8. La responsabilidad del ASEGURADOR con respecto a cualquier bien asegurado no cesara si dicho bien continúa operando después de la reclamación, a fin de mantener en operatividad mínima al MADES o se realizaran reparaciones provisionales sin consentimiento del ASEGURADOR para mantener una minina operatividad al MADES.
        9. Los Beneficios derivados de la cobertura podrían perderse si :
          1. Si la propuesta llenada por el asegurado fuera de alguna forma fraudulenta o si se hicieran o se emplearan declaraciones falsas para apoyar la reclamación.
          2. Cualquier reclamo rechazado por el ASEGURADOR que no tenga acción o demanda dentro de los seis meses posteriores a tal rechazo, o si después de un arbitraje, se dejara de reclamar dentro de los 3 meses posteriores a tal decisión a
      13. Condiciones para la Reposición del Bien por parte de la Aseguradora:
        1. La Convocante, a la ocurrencia del siniestro presentará los siguientes documentos
  1. Nota de comunicación del siniestro.
  2. Denuncia Policial o Fiscal, en caso de robo, hurto y otros similares, cuando el siniestro requiera de este tipo de documentación. No será necesario para aquellos eventos de carácter climatológico, técnicos, y similares.
  3. Detalle de los bienes siniestrados presentados por el MADES.

Con la presentación de los documentos indicados en este punto, la ASEGURADORA deberá hacer efectiva la reposición de los bienes siniestrados.

      1. Plazo para la Reposición/Restitución/Reparación/Pago de los siniestros Denunciados:
        1. Cumplidas las gestiones de los puntos de estas condiciones generales e indicadas la aceptación, presentación de los documentos indicados en este punto, la ASEGURADORA deberá hacer efectivo la reposición y/o de los bienes siniestrados y la reparación de los daños que hayan afectado los equipos o mobiliarios de según se indica en el inc. a) dentro de los 30 días corridos siguientes, pudiendo prorrogarse los plazos establecidos, por causas debidamente justificadas y aceptadas por el MADES.

CODIGO
PATRIMONIAL

DESCRIPCION

VALOR DE
INCORPORACION

12017-6-3-394

32GBDDR42666, MICROFFICE STD2019LPNLGOV, HEWLETT P

22.710.896

2321-1-5-153

AMPLIACION DE EQUIPO DE SEGURIDAD DE RED FIREWALL

90.090.000

12017-2-4-340

EQUIPO DE CONTROL SERIE 7E6811BA1420-7E6811BA1419

74.500.000

12017-2-4-341

EQUIPO DE CONTROL SERIE G13C031588-G12C031605 

74.500.000

2321-1-5-137

EQUIPO DE RED DE COMUNICACIÓN DE DATOS PARA INFORM

450.450.000

12017-1-8-74

EQUIPOS DE VIDEOCONFERENCIAS CAM

6.210.722

12017-1-4-1

FIREWALL/PERIMETRAL PARA CLUSTER DE ALTA DISPONIBILIDAD

143.476.140

12017-1-4-2

FIREWALL/PERIMETRAL PARA CLUSTER DE ALTA DISPONIBILIDAD

143.476.140

12017-6-3-400

IMPRESORA MULTIFUNCION -  KYOCERA - M-4120IDN

12.356.820

12017-1-18-40

IMPRESORA MULTIFUNCION - MARCA KYOCERA - MODELO EC

8.500.000

12017-3-6-391

IMPRESORA MULTIFUNCION LASER IRC3025I A3 - MARCA C

17.534.916

12017-1-16-30

IPAD APPLE

9.450.000

12017-1-16-31

IPAD APPLE

9.450.000

12017-3-1-2

MONITOR ACER, HDD 1.0 C.P.U SERIE MMT3FAA002636006

8.482.000

12017-1-8-69

MONITOR:CNC5400Q CPU: MXL5511S7N PRO-88150-3

8.030.450

12017-1-2-1

NOTEBOOK -  AZUS -  ZENBOOKUX

11.649.500

12017-6-17-36

NOTEBOOK ACER NITRO CON CARGADOR ACCESOSRIO

10.000.000

12017-2-16-538

NOTEBOOK DELL - LATITUDE 5

9.435.000

12017-3-1-8

NOTEBOOK DELL INSPIRON SERIE 28735801166

10.830.000

12017-2-16-565

NOTEBOOK DELL LATITUDE 3520 - TIPO 3 BASICAS

5.378.000

12017-1-18-62

NOTEBOOK DELL LATITUDE 7480

9.212.248

12017-1-18-51

NOTEBOOK DELL OFFICE HOME AND BUSINESS 2019

8.606.495

12017-1-18-63

NOTEBOOK DELL SERIE H6ZLQQ2

9.212.248

12017-1-8-72

NOTEBOOK HP 340 G1R1OLT-PANT. LED PRO- 88150-049

5.416.307

12017-1-18-59

NOTEBOOK HP ENVY 4-1130 OLA SERIE CND24704YC

6.630.999

12017-1-8-80

NOTEBOOK HP PROBOOK 640 G1

8.171.500

12017-1-8-46

NOTEBOOK HP PROBOOK 640 G1 PRO - 88150-002

8.171.500

12017-1-8-81

NOTEBOOK HP PROBOOK 640 G2

8.171.500

12017-1-8-0701

NOTEBOOK HP Spectre X360 14-EA0001LA

14.180.000

12017-1-16-28

NOTEBOOK MARCA ASUS

14.200.000

12017-1-16-29

NOTEBOOK MARCA ASUS

14.200.000

12017-6-3-392

NOTEBOOK, INCLUYE OFFICE WIN10 Y ANTI VIRUS - HEW

8.316.336

12017-1-4-10

PANTALLA PROFESIONAL - MARCA SAMSUNG

10.600.000

12017-1-4-11

PANTALLA PROFESIONAL - MARCA SAMSUNG

10.600.000

12017-2-4-348

PANTALLA PROFESIONAL SERIE  MARCA SAMSUNG

28.646.587

12017-2-4-347

PANTALLA PROFESIONAL SERIE  MARCA SAMSUNG

28.646.587

12017-1-16-24

PC CORE

13.476.000

12017-1-16-25

PC CORE

13.476.000

12017-34-1-0700

PC CPU DONACIÓN Proyecto Paraguay+Verde

11.818.000

12017-3-7-0701

PC CPU DONACIÓN Proyecto Paraguay+Verde

11.818.000

12017-1-18-33

PC CPU INCLUYE LICENCIA OFFICE HOME 6 BUSINESS 2019

7.339.080

12017-6-3-0717

PC CPU para SIG

15.545.000

12017-1-18-58

PC DEL I5-4570+MONITOR DE SERIE 141V9Z1

9.751.469

12017-1-18-57

PC DELL I 5-4570+MONITOR DEL 19° SERIE 13NT9Z1 

9.751.469

12017-1-18-64

PC DELL SFF3420 PRECISION SFF34 SERIE DGRFXP2

10.302.029

12017-1-20-0711

PC HP PRODESK 600G2, SNº MXL6281JV6

8.185.835

12017-5-4-2

PC HP RO BOOK 65° G2, CORE I5 KIT

6.725.580

12017-3-1-1

PC MONITOR , CPU, MAUSE HP  HDD 1.0

8.651.000

12017-2-6-29

PC MONITOR: CNC54200SQ- CPU: MXL5511S7N- PRO D

8.470.127

12017-28-1-1

PC PRO DESK 600 C.P.U  HP CODIGO 88150/334

8.185.835

12017-6-3-0716

PROYECTOR - OPTOMA - HD39HDRxDLP

11.999.000

12017-6-17-35

PROYECTOR CON PANTALLA - VIEW SONIC

7.500.000

12017-1-4-52

PUNTO DE ACCESO INALÁMBRICO,  CISCO, MOD. MR42-HW

12.574.239

12017-1-4-53

PUNTO DE ACCESO INALÁMBRICO,  CISCO, MOD. MR42-HW

12.574.239

12017-1-4-54

PUNTO DE ACCESO INALÁMBRICO,  CISCO, MOD. MR42-HW

12.574.239

12017-1-4-55

PUNTO DE ACCESO INALÁMBRICO,  CISCO, MOD. MR42-HW

12.574.239

23-21-12-435

RACK CERRADO DE 220,VCP

8.300.000

23-21-12-436

RACK CERRADO DE 220,VCP

8.300.000

23-21-12-438

RACK CERRADO DE 220,VCP

8.300.000

23-21-12-439

RACK CERRADO DE 220,VCP

8.300.000

23-21-12-440

RACK CERRADO DE 220,VCP

8.300.000

23-21-12-437

RACK CERRADO DE 22O,VCP

8.300.000

12017-1-4-16

RACK DE COMUNICACIONES, COMPOSICION: 01 SWITCH, 01

29.000.000

12017-1-4-13

RACK PARA SERVIDORES

14.750.000

12017-1-4-14

RACK PARA SERVIDORES

14.750.000

12017-1-4-15

RACK PARA SERVIDORES

14.750.000

12017-2-4-343

SERVIDOORES PARA AMBIENTE DE VIRTU MARCA HP

293.793.716

12017-2-4-344

SERVIDOORES PARA AMBIENTE DE VIRTU MARCA HP

293.793.716

2321-1-5-1

SERVIDOR ESPEJO HP DL380P GEN8-8SFF CON UN PROCESA

45.500.000

12017-1-4-6

SERVIDOR PARA AMBIENTE DE VIRTUALIZACION -  CISCO

208.415.997

12017-1-4-7

SERVIDOR PARA AMBIENTE DE VIRTUALIZACION -  CISCO

208.415.997

12017-1-4-17

SIATEMA DE ACONDICIONAMIENTO AMBIENTAL DE PRECISION

170.000.000

12017-1-4-18

SIATEMA DE ACONDICIONAMIENTO AMBIENTAL DE PRECISION

170.000.000

2321-1-4-10

SISTEMA  ALIMENTACIÓN ININTERRUMPIDA TIPO 2

13.181.351

2321-1-4-11

SISTEMA  ALIMENTACIÓN ININTERRUMPIDA TIPO 2

13.181.351

2321-1-4-12

SISTEMA  ALIMENTACIÓN ININTERRUMPIDA TIPO 2

13.181.351

2321-1-4-13

SISTEMA  ALIMENTACIÓN ININTERRUMPIDA TIPO 2

13.181.351

2321-1-4-14

SISTEMA  ALIMENTACIÓN ININTERRUMPIDA TIPO 2

13.181.351

2321-1-4-15

SISTEMA  ALIMENTACIÓN ININTERRUMPIDA TIPO 2

13.181.351

2321-1-4-16

SISTEMA  ALIMENTACIÓN ININTERRUMPIDA TIPO 2

13.181.351

2321-1-4-17

SISTEMA  ALIMENTACIÓN ININTERRUMPIDA TIPO 2

13.181.351

2321-1-4-18

SISTEMA  ALIMENTACIÓN ININTERRUMPIDA TIPO 2

13.181.351

2321-1-4-9

SISTEMA  ALIMENTACIÓN ININTERRUMPIDA TIPO 2

13.181.351

2321-1-4-19

SISTEMA  ALIMENTACIÓN ININTERRUMPIDA TIPO 3

30.695.946

2321-1-4-20

SISTEMA  ALIMENTACIÓN ININTERRUMPIDA TIPO 3

30.695.946

2321-1-4-21

SISTEMA  ALIMENTACIÓN ININTERRUMPIDA TIPO 3

30.695.946

2321-1-4-1

SISTEMA  ALIMENTACIÓN ININTERRUMPIDA TIPO I

96.306.117

2321-1-4-2

SISTEMA  ALIMENTACIÓN ININTERRUMPIDA TIPO I

96.306.117

2321-1-4-22

SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTACIÓN PARA RACK

1.956.855

2321-1-4-23

SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTACIÓN PARA RACK

1.956.855

2321-1-4-24

SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTACIÓN PARA RACK

1.956.855

2321-1-4-25

SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTACIÓN PARA RACK

1.956.855

2321-1-4-26

SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTACIÓN PARA RACK

1.956.855

2321-1-4-27

SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTACIÓN PARA RACK

1.956.855

2321-1-4-28

SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTACIÓN PARA RACK

1.956.855

2321-1-4-29

SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTACIÓN PARA RACK

1.956.855

2321-1-4-3

SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTACIÓN PARA RACK

8.839.955

2321-1-4-30

SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTACIÓN PARA RACK

1.956.855

2321-1-4-31

SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTACIÓN PARA RACK

1.956.855

2321-1-4-32

SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTACIÓN PARA RACK

1.956.855

2321-1-4-33

SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTACIÓN PARA RACK

1.956.855

2321-1-4-34

SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTACIÓN PARA RACK

1.956.855

2321-1-4-4

SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTACIÓN PARA RACK

8.839.955

2321-1-4-5

SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTACIÓN PARA RACK

8.839.955

2321-1-4-6

SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTACIÓN PARA RACK

8.839.955

2321-1-4-7

SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTACIÓN PARA RACK

8.839.955

2321-1-4-8

SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTACIÓN PARA RACK

8.839.955

12017-1-4-23

SISTEMA DE GESTION DE ALMACENAMIENTO DE IMÁGENES DE VIDEO

9.315.000

12017-1-4-36

SWITCH COMUNICACION DE 24 PTOS. 10/100MB -  CISCO

22.508.169

12017-1-4-37

SWITCH COMUNICACION DE 24 PTOS. 10/100MB -  CISCO

22.508.169

12017-1-4-38

SWITCH COMUNICACION DE 24 PTOS. 10/100MB -  CISCO

22.508.169

12017-1-4-39

SWITCH COMUNICACION DE 24 PTOS. 10/100MB -  CISCO

22.508.169

23-21-12-434

SWITCH CORE D-LINK

9.600.000

23-21-10-27

SWITCH DE 24 PUERTOS

4.200.000

23-21-10-28

SWITCH DE 24 PUERTOS

4.200.000

23-21-10-29

SWITCH DE 24 PUERTOS

4.200.000

23-21-10-30

SWITCH DE 24 PUERTOS

4.200.000

12017-1-4-35

SWITCH DE COMUNICACIÓN DE 24 PTOS. 10/100MB -  CIS

22.508.169

12017-1-4-3

SWITCH TIPO 1 - MARCA CISCO

30.047.429

12017-1-4-4

SWITCH TIPO 1 - MARCA CISCO

30.047.429

12017-1-4-5

SWITCH TIPO 2 - MARCA CISCO

10.890.255

12017-1-4-12

SWITCHES PARA SAN - MARCA HEWLETT PACKARD

66.872.825

12017-1-4-9

SWITCHES PARA SAN - MARCA HEWLETT PACKARD

66.872.825

12017-1-4-8

UNIDAD DE ALMACENAMIENTO - MARCA HEWLETT PACKARD

368.577.316

12017-34-1-0701

UPS

832.200

12017-3-1-3

UPS APS POWER 1200 V.A BLAZER CON CODIGO NA

850.000

12017-2-4-0425

COMPUTADORA PORTATIL, MARCA HP (NOTEBOOK)

10.457.000

12017-2-4-0424

COMPUTADORA PORTATIL, MARCA HP (NOTEBOOK)

23.371.000

12017-2-4-0422

COMPUTADORA PORTATIL, MARCA HP (NOTEBOOK)

23.371.000

12017-2-4-0421

COMPUTADORA PORTATIL, MARCA HP (NOTEBOOK)

23.371.000

12017-2-4-0572

BALANCEADOR DE CARGA (SERVIDOR HP DL 380GEN104210R

252.300.000

12017-2-4-0573

BALANCEADOR DE CARGA (SERVIDOR HP DL 380GEN104210R

252.300.000

12017-2-4-0574

SERVIDOR PARA PROTECCION PERIMETRAL

517.500.000

12017-2-4-0575

SERVIDOR PARA PROTECCION PERIMETRAL

517.500.000

MONTO TOTAL

5.884.162.248

 

ÍTEM 5 SEGURO EDILICIO SEDE CENTRAL

Cobertura del 100% Incendio causado por rayo y/o explosión incluyendo los daños causados por huracán, vendaval, ciclón o tornado, daños por impacto de vehículos terrestres, daños por caídas de aeronaves o sus partes componentes, incendio y/o daños materiales causados por tumulto y/o huelga popular, daños climáticos , explosiones, incluye cristales/ventanales por un periodo de 12 meses.

La cobertura deberá estar vigente por 12 (doce) meses desde el 29 de diciembre de 2025.

ITEM 6 - SEGURO DE INSUMOS EN DEPOSITO

100% contra todo riesgo de los insumos almacenados en el depósito del Departamento de Suministros, dependiente de la Dirección Administrativa.

La cobertura deberá estar vigente por 12 (doce) meses desde el 29 de diciembre de 2025.

LA MÁXIMA INDEMNIZACIÓN POR SINIESTRO POR PARTE DE LA ASEGURADORA NO EXCEDERÁ LA SUMA DE GS. 100.000.000 (GUARANÍES CIEN MILLONES).

 

Resumen de los requisitos

Las aseguradoras deberán cumplir con las siguientes normas:

 

ÍTEM

CÓDIGO DE CATALOGO

DESCRIPCIÓN

CANTIDAD

UNIDAD DE MEDIDA

PRESENTACIÓN

1

84131503-001

Seguro de vehículos (Cobertura CTR), Embarcaciones y Oficinas Móviles  

1

Unidad

Unidad

2

84131501-005

Robo de valores en tránsito

1

Unidad

Unidad

3

84131501-001

Robo de valores en ventanilla

1

Unidad

Unidad

4

84131512-001

Seguro de Equipos informáticos

1

Unidad

Unidad

5

84131501-006

Seguro Edilicio

1

Unidad

Unidad

6

84131501-001

Seguro de insumos En Depósito

1

Unidad

Unidad

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:

  • Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado:
    • Sr. Cristhian Benítez, jefe del Departamento de Transporte y Talleres del MADES (Ítem 1).
    • Lic. Lourdes Benítez, jefa de la División de Perceptoría del MADES (Ítem 2 y 3).
    • Lic. Gustavo López, Director de la Dirección de Sistema Informático del MADES (Ítem 4).
    • Lic. Ariel Sánchez, Director de la Dirección Administrativa del MADES (Ítem 5).
    • Lic. angelina Prieto , Jefa del Departamento de Suministro (Item 6).
  • Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada:
    • La necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada es la asegurar los bienes Públicos a cargo del MADES (Vehículos, embarcaciones, motocicletas, tractores, equipos informáticos y valores contra robos en transporte y en ventanilla, así como el edificio de la Sede Central del MADES)

  • Justificar la planificación (si se trata de un llamado periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal):
    • La planificación del llamado responde a una necesidad periódica, la cual se debe hacer de forma anual.

  • Justificar las especificaciones técnicas establecidas:
    • Las especificaciones técnicas para la contratación de seguro son solicitadas de acuerdo a las necesidades de cobertura requerida por el MADES.

De las MIPYMES

Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Inspecciones y pruebas.

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

No aplica

Capacitación.

La aseguradora que haya ganado el procedimiento de contratación, dentro del plazo de 30 días corridos desde la emisión de la póliza, deberá realizar una capacitación al área encargada de gestionar el contrato de seguros, explicando de qué se trata el riesgo cubierto, las cargas del asegurado, medios de comunicaciones aplicados para la agravación del riesgo y la denuncia del siniestro, plazos legales y condiciones contractuales establecidos por las partes.

Esta capacitación deberá realizarse en el lugar indicado por la convocante, tener una duración de entre 40 a 120 minutos (De una a tres horas cátedras) y al finalizar quedará constancia de ella en un documento comprobatorio (Acta o certificado y lista de asistencia)..

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA

Póliza de Seguro

Póliza de Seguro

Entrega de los bienes hasta 10 días hábiles posteriores a la recepción.

Acta de Recepción

Acta de Recepción

Entrega de los bienes hasta 10 días hábiles posteriores a la recepción.

De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.