Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 EETT - IP Publicas Dado la criticidad de los servicios del BCP y considerando que la publicación y enrutamiento BGP de los segmentos de IP públicas /29 quedarán bajo control del BCP, solicitamos amablemente se aclare explícitamente si los servicios de Internet a proveer deben incluir un servicio de mitigación DDoS activo (always-on) a nivel del ISP para los pools de IP Publicas /29 solicitados, incluyendo el tránsito y peering internacional del proveedor. De no estar explícito, se recomienda y solicitamos su inclusión mediante adenda Fundamentación técnica para considerar requerido Proteccion DDoS: - La modalidad activo/pasivo en sitio y activo/activo entre sitios, con BGP para publicación de prefijos, mitiga fallas físicas/lógicas; sin embargo, no aborda ataques volumétricos y de capa 3/4 que saturan enlaces/tránsitos y afectan la disponibilidad de los servicios críticos (SWIFT, SIPAP/SPI, portales, correo, etc.). - La mitigación DDoS en red del ISP es el control eficaz para absorber/filtrar ataques antes de la última milla del BCP, manteniendo la disponibilidad del /29 publicado. 25-09-2025 26-09-2025
2 PBC - Capacidad Financiera En el apartado citado, se establecen los parámetros de Ratio de Liquidez, Endeudamiento y Rentabilidad/Eficiencia según el régimen tributario del oferente (IRACIS/IRE RG, IRPC/IRE SIMPLE, IRP/RSP e IVA General). En particular, para los contribuyentes de IRACIS/IRE RG, se requiere: • Liquidez ≥ 0,90 • Endeudamiento ≤ 0,93 • Rentabilidad promedio no negativa Solicitamos amablemente que se modifiquen los valores de referencia de los indicadores financieros conforme al siguiente planteamiento: • Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente ≥ 1,00 en promedio de los ejercicios fiscales 2022, 2023 y 2024. • Endeudamiento: pasivo total / activo total ≤ 0,80 en promedio de los ejercicios fiscales 2022, 2023 y 2024. Fundamentación técnica y jurídica • La Ley Nº 7021/2022 de Contrataciones Públicas establece en sus artículos los principios de eficiencia, transparencia y sostenibilidad financiera, facultando a la entidad convocante a fijar parámetros que aseguren que los adjudicatarios cuenten con capacidad económica real para cumplir con las obligaciones contractuales. • Permitir un ratio de liquidez inferior a 1 (0,90) significa aceptar que el oferente podría no disponer de activos corrientes suficientes para cubrir sus pasivos inmediatos, generando riesgo de incumplimiento. • Un nivel de endeudamiento de hasta 0,93 refleja una situación de altísima exposición al pasivo (93% del activo comprometido), lo cual debilita la estabilidad del oferente. • En contraste, para los contribuyentes IRPC/IRE SIMPLE, IRP/IRP RSP y exclusivamente IVA General, se exige que la Eficiencia (Ingreso/Egreso) sea ≥ 1, lo que implica que sus ingresos deben ser iguales o mayores que sus egresos. o Este criterio es más estricto y asegura que la empresa no opere en déficit. o Sin embargo, para los contribuyentes de mayor escala (IRACIS/IRE RG), la exigencia actual es más laxa, lo cual resulta incoherente. • Con la modificación solicitada (Liquidez ≥ 1, Endeudamiento ≤ 0,80), se equiparan los niveles de exigencia financiera con el estándar aplicado a los demás regímenes y con los parámetros habitualmente utilizados por la DNCP en otros procesos. La presente solicitud no modifica el esquema de evaluación financiera de otros regímenes tributarios ni los criterios de rentabilidad/eficiencia, sino que ajusta los ratios claves de liquidez y endeudamiento de los contribuyentes IRACIS/IRE RG, para alinearlos a los estándares de prudencia financiera de la DNCP y al principio de sostenibilidad económica de la Ley 7021/2022. 25-09-2025 26-09-2025
Descargar datos como: Archivo CSV Archivo PDF