MUCHAS EMPRESAS NO HEMOS REALIZADO LA VISITA TECNICA DEBIDO AL DIRECCIONAMIENTO DEL LLAMADO MEDIANTE EL PRODUCTO ESPECIAL SOLICITADO POR EL MAG EL CUAL SOLAMENTE ES EMITIDO POR UNA EMPRESA YA QUE SU VENTA EN SU CERTIFICADO DE DINAVISA NO DICE VENTA LIBRE AL PUBLICO ESPECIFICAMENTE HABLA DE VENTA PROFESIONAL POR PARTE DE LA EMPRESA OXIQUIMICA SRL
MUCHAS EMPRESAS NO HEMOS REALIZADO LA VISITA TECNICA DEBIDO AL DIRECCIONAMIENTO DEL LLAMADO MEDIANTE EL PRODUCTO ESPECIAL SOLICITADO POR EL MAG EL CUAL SOLAMENTE ES EMITIDO POR UNA EMPRESA YA QUE SU VENTA EN SU CERTIFICADO DE DINAVISA NO DICE VENTA LIBRE AL PUBLICO ESPECIFICAMENTE HABLA DE VENTA PROFESIONAL POR PARTE DE LA EMPRESA OXIQUIMICA SRL
La realización de diligencias previas a la presentación de ofertas, como en este caso la visita al sitio de ejecución, resulta independiente a la posibilidad de cumplimiento, modificación o ratificación de requerimientos o criterios de evaluación. Igualmente es oportuno mencionar que el PBC otorga a los interesados en participar la posibilidad de consorciamiento, con el objeto de complementar experiencia, recursos humanos, financieros y técnicos, entre dos o más potenciales oferentes.
Así mismo cabe señalar que en la visita técnica establecido en el SICP con fecha de 01-10-2025 - 08:00 como asi tambien el PBC, donde para el efecto se han presentado 5 (cinco) potenciales oferentes, que se detalla a continuación:
Brillopar S.R.L., Consermar Multiservicio, Limpiarte de Mafara S.A., Laya Construcciones S.A., y Kaavoty Servicios Integrales.
Por lo que se cumple el Artículo 4° - Principios rectores, en su inc. d) Igualdad y Libre competencia, de la Ley N° 7021/2022 "De Suministro y Contrataciones Publicas".
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desinfectante a base de peróxido de cloro
CONSULTAMOS A LA CONVOCANTE LA NECESIDAD DE SOLICITAR DICHO PRODUCTO? AL BUSCAR EN LOS CERTIFICADOS SANITARIOS DE DINAVISA SE HABLA DE QUE LA VENTA ES DE VENTA PROFESIONAL NO VENTA LIBRE AL PUBLICO Y SOLAMENTE LA EMPRESA OXIQUIMICA SRL ES LA QUE VENDE EL PRODUCTO, YA HAY ANTECEDENTES DE LLAMADOS DONDE SE VE EL DIRECCIONAMIENTO A UN SELECTO GRUPO DE EMPRESAS CON ESTE PRODUCTO QUE GOLPEA LA IGUALDAD DE CONDICIONES PARA PARTICIPAR A LAS LICITACIONES DE SERVICIO DE LIMPIEZA
CONSULTAMOS A LA CONVOCANTE LA NECESIDAD DE SOLICITAR DICHO PRODUCTO? AL BUSCAR EN LOS CERTIFICADOS SANITARIOS DE DINAVISA SE HABLA DE QUE LA VENTA ES DE VENTA PROFESIONAL NO VENTA LIBRE AL PUBLICO Y SOLAMENTE LA EMPRESA OXIQUIMICA SRL ES LA QUE VENDE EL PRODUCTO, YA HAY ANTECEDENTES DE LLAMADOS DONDE SE VE EL DIRECCIONAMIENTO A UN SELECTO GRUPO DE EMPRESAS CON ESTE PRODUCTO QUE GOLPEA LA IGUALDAD DE CONDICIONES PARA PARTICIPAR A LAS LICITACIONES DE SERVICIO DE LIMPIEZA
El Producto con Peróxido de Cloro en alta concentración, es un alto oxidante selectivo. Ataca la estructura de la membrana de las bacterias y virus por lo que su uso no genera resistencia bacteriana. A diferencia del Hipoclorito no reacciona con materia orgánica por lo tanto no genera subproductos como trihalometanos y cloraminas (subproductos que pueden ser cancerígenos).
El hipoclorito de Sodio es altamente corrosivo, sobre todo en concentraciones altas que son las que requieren para tener más poder bactericida, viricida en cambio el Peróxido de Cloro es bactericida con un rango muy inferior de concentración y tiene un espectro mucho más amplio de PH (de 4 a 9) como así también no solo es efectivo con Bacterias y Virus sino también es un potente biocida contra esporas, levaduras, hongos. No genera Biofilm y si lo hubiere lo ira limpiando y arrastrando con su uso. El ClO 2 (Peróxido de Cloro) es un agente oxidante fuerte que destruye rápidamente los virus y se utiliza para blanquear, desinfectar agua potable, matar microbios y esterilizar equipos, higiene y desinfección de superficies. La Agencia de Protección Ambiental [EPA] de los Estados Unidos de América registró por primera vez la forma acuosa de ClO 2 para su uso como desinfectante y sanitizante en 1967, y como esterilizante en 1988. En mayo de 2020, la EPA incluyó al ClO 2 como desinfectante de superficies duras aprobado para su uso contra el SARS-CoV-2, influenza y otros. La concentración mínima exigida para este insumo garantiza un mayor efecto del compuesto químico desinfectante.
Así mismo cabe señalar que en la visita técnica establecido en el SICP con fecha de 01-10-2025 - 08:00 como asi tambien el PBC, donde para el efecto se han presentado 5 (cinco) potenciales oferentes, que se detalla a continuación:
Brillopar S.R.L., Consermar Multiservicio, Limpiarte de Mafara S.A., Laya Construcciones S.A., y Kaavoty Servicios Integrales.
Por lo que se cumple el Artículo 4° - Principios rectores, en su inc. d) Igualdad y Libre competencia, de la Ley N° 7021/2022 "De Suministro y Contrataciones Publicas".
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desinfectante a base de peróxido de cloro
CONSULTAMOS A LA CONVOCANTE SI ESTE LLAMADO YA ES PARA LA EMPRESA QUE ESTA PRESTANDO SERVICIOS? A MEDIDA DE POR FAVOR AHORRARNOS EL TIEMPO DE CONSULTA Y EMPEZAR A PROTESTAR Y DENUNCIAR UN PLIEGO TAN DIRECCIONADO COMO ESTE
CONSULTAMOS A LA CONVOCANTE SI ESTE LLAMADO YA ES PARA LA EMPRESA QUE ESTA PRESTANDO SERVICIOS? A MEDIDA DE POR FAVOR AHORRARNOS EL TIEMPO DE CONSULTA Y EMPEZAR A PROTESTAR Y DENUNCIAR UN PLIEGO TAN DIRECCIONADO COMO ESTE
El Producto con Peróxido de Cloro en alta concentración, es un alto oxidante selectivo. Ataca la estructura de la membrana de las bacterias y virus por lo que su uso no genera resistencia bacteriana. A diferencia del Hipoclorito no reacciona con materia orgánica por lo tanto no genera subproductos como trihalometanos y cloraminas (subproductos que pueden ser cancerígenos).
El hipoclorito de Sodio es altamente corrosivo, sobre todo en concentraciones altas que son las que requieren para tener más poder bactericida, viricida en cambio el Peróxido de Cloro es bactericida con un rango muy inferior de concentración y tiene un espectro mucho más amplio de PH (de 4 a 9) como así también no solo es efectivo con Bacterias y Virus sino también es un potente biocida contra esporas, levaduras, hongos. No genera Biofilm y si lo hubiere lo ira limpiando y arrastrando con su uso. El ClO 2 (Peróxido de Cloro) es un agente oxidante fuerte que destruye rápidamente los virus y se utiliza para blanquear, desinfectar agua potable, matar microbios y esterilizar equipos, higiene y desinfección de superficies. La Agencia de Protección Ambiental [EPA] de los Estados Unidos de América registró por primera vez la forma acuosa de ClO 2 para su uso como desinfectante y sanitizante en 1967, y como esterilizante en 1988. En mayo de 2020, la EPA incluyó al ClO 2 como desinfectante de superficies duras aprobado para su uso contra el SARS-CoV-2, influenza y otros. La concentración mínima exigida para este insumo garantiza un mayor efecto del compuesto químico desinfectante.
Así mismo cabe señalar que en la visita técnica establecido en el SICP con fecha de 01-10-2025 - 08:00 como asi tambien el PBC, donde para el efecto se han presentado 5 (cinco) potenciales oferentes, que se detalla a continuación:
Brillopar S.R.L., Consermar Multiservicio, Limpiarte de Mafara S.A., Laya Construcciones S.A., y Kaavoty Servicios Integrales.
Por lo que se cumple el Artículo 4° - Principios rectores, en su inc. d) Igualdad y Libre competencia, de la Ley N° 7021/2022 "De Suministro y Contrataciones Publicas".
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desinfectante a base de peróxido de cloro
FAVOR ELIMINAR EL NUEVO INSUMO DE MODA PARA DIRECCIONAR LOS LLAMADOS, LAS EMPRESAS QUEREMOS TRABAJAR!!! ACA OFRECEMOS SERVICIOS NO LIQUIDOS QUE NO APORTAN NADA, FAVOR HACER UN LLAMADO NETAMENTE DE LIQUIDOS Y DARLE A LAS EMPRESAS QUE SE DEDICAN A ESE RUBRO
FAVOR ELIMINAR EL NUEVO INSUMO DE MODA PARA DIRECCIONAR LOS LLAMADOS, LAS EMPRESAS QUEREMOS TRABAJAR!!! ACA OFRECEMOS SERVICIOS NO LIQUIDOS QUE NO APORTAN NADA, FAVOR HACER UN LLAMADO NETAMENTE DE LIQUIDOS Y DARLE A LAS EMPRESAS QUE SE DEDICAN A ESE RUBRO
El Producto con Peróxido de Cloro en alta concentración, es un alto oxidante selectivo. Ataca la estructura de la membrana de las bacterias y virus por lo que su uso no genera resistencia bacteriana. A diferencia del Hipoclorito no reacciona con materia orgánica por lo tanto no genera subproductos como trihalometanos y cloraminas (subproductos que pueden ser cancerígenos).
El hipoclorito de Sodio es altamente corrosivo, sobre todo en concentraciones altas que son las que requieren para tener más poder bactericida, viricida en cambio el Peróxido de Cloro es bactericida con un rango muy inferior de concentración y tiene un espectro mucho más amplio de PH (de 4 a 9) como así también no solo es efectivo con Bacterias y Virus sino también es un potente biocida contra esporas, levaduras, hongos. No genera Biofilm y si lo hubiere lo ira limpiando y arrastrando con su uso. El ClO 2 (Peróxido de Cloro) es un agente oxidante fuerte que destruye rápidamente los virus y se utiliza para blanquear, desinfectar agua potable, matar microbios y esterilizar equipos, higiene y desinfección de superficies. La Agencia de Protección Ambiental [EPA] de los Estados Unidos de América registró por primera vez la forma acuosa de ClO 2 para su uso como desinfectante y sanitizante en 1967, y como esterilizante en 1988. En mayo de 2020, la EPA incluyó al ClO 2 como desinfectante de superficies duras aprobado para su uso contra el SARS-CoV-2, influenza y otros. La concentración mínima exigida para este insumo garantiza un mayor efecto del compuesto químico desinfectante.
Así mismo cabe señalar que en la visita técnica establecido en el SICP con fecha de 01-10-2025 - 08:00 como asi tambien el PBC, donde para el efecto se han presentado 5 (cinco) potenciales oferentes, que se detalla a continuación:
Brillopar S.R.L., Consermar Multiservicio, Limpiarte de Mafara S.A., Laya Construcciones S.A., y Kaavoty Servicios Integrales.
Por lo que se cumple el Artículo 4° - Principios rectores, en su inc. d) Igualdad y Libre competencia, de la Ley N° 7021/2022 "De Suministro y Contrataciones Publicas".
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CAPACIDAD TÉCNICA
Los oferentes deberán acreditar que cuenta con tres (3) personales mínimos, con experiencia y capacitación comprobada en la ejecución de servicios de limpieza en altura. Estos empleados deberán figurar en la planilla de Declaración Jurada de salarios del Instituto de Previsión Social, desde cuanto menos, 1 año anterior a la fecha tope de presentación de ofertas.
Se solicita a la convocante la modificación y aceptación de como mínimo 1 personal que cumpla con ese requisito, pues cual es la necesidad de limitar la participación de oferentes solicitando esa cantidad de personal para un solo llamado, con 1 sería mas que suficiente teniendo en cuenta que el mismo puede servir de guía con los conocimientos adoptados en su respectiva capacitación para los demás personales. Favor modificar y así permitir la libre participación.
Los oferentes deberán acreditar que cuenta con tres (3) personales mínimos, con experiencia y capacitación comprobada en la ejecución de servicios de limpieza en altura. Estos empleados deberán figurar en la planilla de Declaración Jurada de salarios del Instituto de Previsión Social, desde cuanto menos, 1 año anterior a la fecha tope de presentación de ofertas.
Se solicita a la convocante la modificación y aceptación de como mínimo 1 personal que cumpla con ese requisito, pues cual es la necesidad de limitar la participación de oferentes solicitando esa cantidad de personal para un solo llamado, con 1 sería mas que suficiente teniendo en cuenta que el mismo puede servir de guía con los conocimientos adoptados en su respectiva capacitación para los demás personales. Favor modificar y así permitir la libre participación.
Se justifica el requisito de contar con 3 personales inscripto en IPS con experiencia y capacitación comprobada en la ejecución de servicios de limpieza en altura debido a la envergadura y complejidad del servicio. Destacamos la importancia de la seguridad, la experiencia y la responsabilidad en la ejecución del contrato, asimismo durante la ejecución contractual, se experimentan ausencia de personales, en accesional, lo cual, torna necesario contar con el numero necesario para eventuales remplazos que se deban realizar de manera urgente. Igualmente consideramos que la empresa que cuenta con este tipo personal inscripto en IPS demuestra responsabilidad y cumplimiento de obligaciones laborales y de seguridad social.
Además se menciona que la prestación del servicio se realizará en varias sedes del MAG (MAG Central - Edificio San Rafael, BINA, DGAJ, DGP, VMG) que cuentan con insfraestructuras edilicias con ventanales de vidrios, por ende los personales solicitados deberán cubrir a la vez los servicios de limpieza en altura en estas sedes, de allí además, la necesidad de contar con dicho numero personales.
Así mismo cabe señalar que en la visita técnica establecido en el SICP con fecha de 01-10-2025 - 08:00 como asi tambien el PBC, donde para el efecto se han presentado 5 (cinco) potenciales oferentes, que se detalla a continuación:
Brillopar S.R.L., Consermar Multiservicio, Limpiarte de Mafara S.A., Laya Construcciones S.A., y Kaavoty Servicios Integrales.
Por lo que se cumple el Artículo 4° - Principios rectores, en su inc. d) Igualdad y Libre competencia, de la Ley N° 7021/2022 "De Suministro y Contrataciones Publicas".
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CAPACIDAD TÉCNICA
Certificados de calidad ISO 9001 y 14001 cuyos alcances se deberán extender al servicio de limpieza, su mantenimiento; y desinfección.
Solicitamos que dichas certificaciones sean consideradas con el alcance en limpieza, teniendo en cuenta que este es el servicio solicitado por esta convocante, no existe justificación para solicitar explícitamente el alcance además en mantenimiento y desinfección, esto solo direcciona dicho llamado. Se solicita considerar y modificar dicho requerimiento.
Certificados de calidad ISO 9001 y 14001 cuyos alcances se deberán extender al servicio de limpieza, su mantenimiento; y desinfección.
Solicitamos que dichas certificaciones sean consideradas con el alcance en limpieza, teniendo en cuenta que este es el servicio solicitado por esta convocante, no existe justificación para solicitar explícitamente el alcance además en mantenimiento y desinfección, esto solo direcciona dicho llamado. Se solicita considerar y modificar dicho requerimiento.
Las tareas de mantenimiento y desinfección igualmente forman parte de los servicios requeridos en las EETT, contar con estas certificaciones garantiza calidad de los servicio prestado a través de procesos uniformes y documentados y obliga a identificar riesgos y oportunidades que puedan afectar la calidad estos servicios - higienización y mantenimiento. Los servicios certificados exigen monitoreo y medición constante de los procesos, facilita el seguimiento de cada actividad realizada por el personal interviniente.
Así mismo cabe señalar que en la visita técnica establecido en el SICP con fecha de 01-10-2025 - 08:00 como asi tambien el PBC, donde para el efecto se han presentado 5 (cinco) potenciales oferentes, que se detalla a continuación:
Brillopar S.R.L., Consermar Multiservicio, Limpiarte de Mafara S.A., Laya Construcciones S.A., y Kaavoty Servicios Integrales.
Por lo que se cumple el Artículo 4° - Principios rectores, en su inc. d) Igualdad y Libre competencia, de la Ley N° 7021/2022 "De Suministro y Contrataciones Publicas".
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CAPACIDAD TÉCNICA
Para los encargados de recursos humanos contar con una capacitación en dirección y gestión de talento humano corroborado con constancias emitidas por institutos de formación, universidades, etc. debidamente acreditados por el Ministerio de Educación. En cuanto a los personales de limpieza: constancias de formación en limpieza profesional y mantenimiento emitidas por un instituto de formación profesional que cuente con la acreditación del curso.
Se solicita la exclusión de dichos requisitos que solo limitan a los oferentes a la libre participación demostrando el direccionamiento del mismo, no existe motivo alguno para que la convocante solicite capacitaciones de nuestro personal de RRHH siendo que estos personales son internos de nuestra empresa no tienen absolutamente nada que ver con la convocante, además considerando que dicha exigencia restringe gravemente la participación de los potenciales oferentes que cuentan con años de experiencia en el rubro de limpieza, solicitamos la eliminacion o modificacion del presente requisito a cursos o capacitaciones en limpieza, fundado en que dicho requisito carece de sustento técnico y legal para condicionar indebidamente la participación de potenciales oferentes en la licitación y además restringe el derecho al trabajo del personal contratado. Siendo que lo relevante para esta licitación es la acreditación de la experiencia con los contratos que justifiquen los servicios prestados por cada empresa dentro de los años y montos mínimos requeridos por la Convocante.
Para los encargados de recursos humanos contar con una capacitación en dirección y gestión de talento humano corroborado con constancias emitidas por institutos de formación, universidades, etc. debidamente acreditados por el Ministerio de Educación. En cuanto a los personales de limpieza: constancias de formación en limpieza profesional y mantenimiento emitidas por un instituto de formación profesional que cuente con la acreditación del curso.
Se solicita la exclusión de dichos requisitos que solo limitan a los oferentes a la libre participación demostrando el direccionamiento del mismo, no existe motivo alguno para que la convocante solicite capacitaciones de nuestro personal de RRHH siendo que estos personales son internos de nuestra empresa no tienen absolutamente nada que ver con la convocante, además considerando que dicha exigencia restringe gravemente la participación de los potenciales oferentes que cuentan con años de experiencia en el rubro de limpieza, solicitamos la eliminacion o modificacion del presente requisito a cursos o capacitaciones en limpieza, fundado en que dicho requisito carece de sustento técnico y legal para condicionar indebidamente la participación de potenciales oferentes en la licitación y además restringe el derecho al trabajo del personal contratado. Siendo que lo relevante para esta licitación es la acreditación de la experiencia con los contratos que justifiquen los servicios prestados por cada empresa dentro de los años y montos mínimos requeridos por la Convocante.
La debida capacitación de los recursos humanos resulta necesaria en consideración de lo que se busca es promover la excelencia y la responsabilidad a través de la contratación de empresas que cumplan con estándares mínimos en la formación de los recursos humanos ofrecidos para la prestación de los servicios. La empresa seleccionada debe estar preparadas para gestionar adecuadamente cualquier incidente relacionado al movimiento laborar, por lo cual la capacitación de los responsables o encargados de recursos humanos resulta esencial, para realizar una eficiente orientación al personal interviniente, mantener el orden, la disciplina, contar con un responsable calificado para manejar las diversas situaciones que se presentan con cada uno de los personales intervinientes en la prestación del servicio.
Además de ello, la capacitación en gestión del talento humano es clave para que el personal de RRHH impulse un rendimiento, retenga talento y adapte la organzacón a los cambios del entorno laboral. La formación continua demuestra que la empresa valora a sus colaboradores. Más alla de lo técnico, RRHH necesita habilidades como comunicación, empatía, resolución de conflictos y liderazgo. Esto ahonda también en la justificación de la de la solicitud del ISO 14001.
Así mismo cabe señalar que en la visita técnica establecido en el SICP con fecha de 01-10-2025 - 08:00 como asi tambien el PBC, donde para el efecto se han presentado 5 (cinco) potenciales oferentes, que se detalla a continuación:
Brillopar S.R.L., Consermar Multiservicio, Limpiarte de Mafara S.A., Laya Construcciones S.A., y Kaavoty Servicios Integrales.
Por lo que se cumple el Artículo 4° - Principios rectores, en su inc. d) Igualdad y Libre competencia, de la Ley N° 7021/2022 "De Suministro y Contrataciones Publicas".
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CAPACIDAD TÉCNICA
g) El Oferente deberá presentar con su oferta muestras de los productos que utilizará en la ejecución del servicio de limpieza, además del Certificado de Registro Sanitario Vigente emitido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DNVS) (detergente, lavandina, desinfectante a base de peróxido de cloro, desodorante, y jabón espuma). Será de carácter obligatorio la presentación con su oferta tanto de las muestras como los ensayos, caso contrario la oferta quedará desestimada. Las muestras deberán estar correctamente identificadas con un rótulo adherido que contenga el número de ID de la convocatoria, el nombre del Oferente y del producto
considerando que el producto denominado “DESINFECTANTE CON BASE DE PERÓXIDO DE CLORO” no existe en el mercado de limpieza y en todo caso debería ser “DESINFECTANTE CON BASE EN PERÓXIDO DE HIDRÓGENO” que sí se trata de un producto disponible dentro del rubro, solicitamos la modificación del PBC y la corrección de la denominación del producto individualizado que debe ser de cambiado por un “DESINFECTANTE CON BASE EN PERÓXIDO DE HIDRÓGENO” cuya descripción es la correcta para el caso, fundado en la necesidad de corregir el PBC y evitar las consecuencias derivadas del error en una especificación técnica de cumplimiento imposible.
g) El Oferente deberá presentar con su oferta muestras de los productos que utilizará en la ejecución del servicio de limpieza, además del Certificado de Registro Sanitario Vigente emitido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DNVS) (detergente, lavandina, desinfectante a base de peróxido de cloro, desodorante, y jabón espuma). Será de carácter obligatorio la presentación con su oferta tanto de las muestras como los ensayos, caso contrario la oferta quedará desestimada. Las muestras deberán estar correctamente identificadas con un rótulo adherido que contenga el número de ID de la convocatoria, el nombre del Oferente y del producto
considerando que el producto denominado “DESINFECTANTE CON BASE DE PERÓXIDO DE CLORO” no existe en el mercado de limpieza y en todo caso debería ser “DESINFECTANTE CON BASE EN PERÓXIDO DE HIDRÓGENO” que sí se trata de un producto disponible dentro del rubro, solicitamos la modificación del PBC y la corrección de la denominación del producto individualizado que debe ser de cambiado por un “DESINFECTANTE CON BASE EN PERÓXIDO DE HIDRÓGENO” cuya descripción es la correcta para el caso, fundado en la necesidad de corregir el PBC y evitar las consecuencias derivadas del error en una especificación técnica de cumplimiento imposible.
Las características de los insumos requeridos se fundan en el análisis técnico y experiencia en la ejecución de los servicios objeto del presente llamado. La especificidad de los insumos busca evitar que los mismos sean de fabricación casera o diluidos que no resultan eficaces al momento de su aplicación. El insumo requerido se utilizará para la limpieza de lugares de alto tránsito como baños, entre otros, para la eliminación de bacterias, virus, hongos, esporas, entre otros. La fórmula del insumo exigido es genérica por lo que no se limita a una marca y autorizado por la autoridad rectora y habilitante. Les recordamos a los oferentes que es la Convocante la que define qué y cómo se deberá prestar el servicio, no pudiendo los potenciales oferentes pretender en todo momento ajustar las especificaciones técnicas a sus posibilidades.
Así mismo cabe señalar que en la visita técnica establecido en el SICP con fecha de 01-10-2025 - 08:00 como asi tambien el PBC, donde para el efecto se han presentado 5 (cinco) potenciales oferentes, que se detalla a continuación:
Brillopar S.R.L., Consermar Multiservicio, Limpiarte de Mafara S.A., Laya Construcciones S.A., y Kaavoty Servicios Integrales.
Por lo que se cumple el Artículo 4° - Principios rectores, en su inc. d) Igualdad y Libre competencia, de la Ley N° 7021/2022 "De Suministro y Contrataciones Publicas".
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CIPA
Reconocimiento y Homologación por el MTESS Respecto al CIPA. vigente a la fecha tope de presentación de ofertas.
Respecto a este punto solicitamos a la convocante la verificación del cumplimiento sobre las empresas que presenten la CIPA con fecha anterior a la Resolución MTESS N° 1028/2023 teniendo en cuenta que en dicha resolución solicita la actualización de documentos aumentando los requerimientos. En el caso de que la empresas no hayan presentado los documentos para la actualización podemos afirmar que no se encuentran al día por lo cual no dan cumplimiento al requisito solicitado por lo cual es necesario que las empresas que presenten con anterioridad a esa resolución su CIPA deben acompañar la nota que emite el MTESS a las empresas que realizan la ACTUALIZACION Y ADECUACION NORMATIVA DE LAS DOCUMENTACIONES DE LA CIPA. Con esto se garantiza que realmente la empresa cumple con el requisito solicitado.
Reconocimiento y Homologación por el MTESS Respecto al CIPA. vigente a la fecha tope de presentación de ofertas.
Respecto a este punto solicitamos a la convocante la verificación del cumplimiento sobre las empresas que presenten la CIPA con fecha anterior a la Resolución MTESS N° 1028/2023 teniendo en cuenta que en dicha resolución solicita la actualización de documentos aumentando los requerimientos. En el caso de que la empresas no hayan presentado los documentos para la actualización podemos afirmar que no se encuentran al día por lo cual no dan cumplimiento al requisito solicitado por lo cual es necesario que las empresas que presenten con anterioridad a esa resolución su CIPA deben acompañar la nota que emite el MTESS a las empresas que realizan la ACTUALIZACION Y ADECUACION NORMATIVA DE LAS DOCUMENTACIONES DE LA CIPA. Con esto se garantiza que realmente la empresa cumple con el requisito solicitado.
De considerarse necesario, podrán realizarse las consultas pertinentes a los oferentes con el fin de verificar el cumplimiento del requisito y asegurar la correcta aplicación de lo establecido en el pliego.
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CAPACIDAD TECNICA
inciso a) Contar con una Comisión Interna de Prevención de Accidentes (CIPA), debidamente reconocida y homologada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, vigente a la fecha tope de presentación de ofertas.
Solicitar a la convocante verificar dicho cumplimiento del requisito de homologación y vigencia del CIPA ya que debe contemplar la ACTUALIZACON Y ADECUACION NORMATIVA , cumpliendo los estándares normativos establecidos de la Resolución N° 1028/23 que enmarca a los lineamientos legales de la ley 213/93(Código del trabajo Art 273 y 274) y el decreto 14.390/92( Reglamento general técnico de seguridad higiene y medicina del trabajo Art 284) ES DECIR QUE LOS CIPAS DE LAS EMPRESAS RECONOCIDAS ANTERIORES AL DICTAMEN DGA N° 109/2023 EN FECHA 24 DE MARZO DEL AÑO 2023 deben contar con las Constancias de Actualización correspondiente a la Resolución 1028/23 en virtud de las disposiciones, aclaraciones y actualizaciones del contenido y los requerimientos técnicos legales para la aplicación de la normativa en materia de seguridad y salud en el trabajo de cumplimiento obligatorio para las empresas
inciso a) Contar con una Comisión Interna de Prevención de Accidentes (CIPA), debidamente reconocida y homologada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, vigente a la fecha tope de presentación de ofertas.
Solicitar a la convocante verificar dicho cumplimiento del requisito de homologación y vigencia del CIPA ya que debe contemplar la ACTUALIZACON Y ADECUACION NORMATIVA , cumpliendo los estándares normativos establecidos de la Resolución N° 1028/23 que enmarca a los lineamientos legales de la ley 213/93(Código del trabajo Art 273 y 274) y el decreto 14.390/92( Reglamento general técnico de seguridad higiene y medicina del trabajo Art 284) ES DECIR QUE LOS CIPAS DE LAS EMPRESAS RECONOCIDAS ANTERIORES AL DICTAMEN DGA N° 109/2023 EN FECHA 24 DE MARZO DEL AÑO 2023 deben contar con las Constancias de Actualización correspondiente a la Resolución 1028/23 en virtud de las disposiciones, aclaraciones y actualizaciones del contenido y los requerimientos técnicos legales para la aplicación de la normativa en materia de seguridad y salud en el trabajo de cumplimiento obligatorio para las empresas
De considerarse necesario, podrán realizarse las consultas pertinentes a los oferentes con el fin de verificar el cumplimiento del requisito y asegurar la correcta aplicación de lo establecido en el pliego.