Esta sección constituye el detalle de los bienes con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios convenios modificatorios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las características técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT sirven de referencia para verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”, remitiendo la aclaración respectiva. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo a la de Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta datos sobre una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá detallar la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y NORMAS
| LOTE № 1. CONTRATACION DE PERSONAL DE LIMPIEZA DE AREAS FABRILES DE FABRICA VALLEMI | |||
| Ítem № | Nombre del Servicios Especificaciones Técnicas y Normas | Cantidad | Unidad de Medida | 
| 1 | Cantidad de Personal: LA EMPRESA CONTRATADA deberá proveer un mínimo de treinta (30) personas para la ejecución del servicio, incluyendo a un Supervisor en campo que integrará el plantel de trabajo. Los trabajadores cumplirán una jornada laboral de ocho (8) horas de trabajo diario, dentro de un régimen de cuarenta (40) horas semanales en horario diurno. Además, se dispondrá de una (1) hora diaria para el almuerzo, la cual no se considerará como parte de la jornada laboral. 
 Ejemplo de distribución horaria: Horario laboral: de 06:00 a 15:00 horas. - Hora de almuerzo: de 12:00 a 13:00 horas. 
 El salario será liquidado en forma mensual a cada personal contratado (No podrá ser menor al salario mínimo legal vigente), todo el personal de servicio deberá contar con el Seguro Social (IPS), con categoría de personal mensualero. 
 Se otorgará al trabajador los días de descansos estipulados en la legislación vigente, así como también en cada jornada laboral, como mínimo el tiempo de descanso estipulado en la legislación vigente. 
 De acuerdo con el programa de trabajo y con la aprobación de la Dirección de Fabrica, se podrán realizar compensaciones, debiendo siempre cumplir con la carga horario mínima requerida. 
 Se realizarán servicio de: - Limpieza de estaciones de transferencia. - Limpieza de cintas transportadoras de extracción de Clinker (68m). - Limpieza de cangilones transportadores de Clinker (183m) - Limpieza de cintas transportadoras de Clinker (796m). - Limpieza de cintas transportadoras de cargador de barcazas (20m). - Limpieza de sector Embolsadora (200m2). - Limpieza de sector Molino Coque (150m2). - Limpieza de Cinta Transportadora Coque (350m). - Limpieza de Cinta Transportadora Sector Crudo (350m). -Limpieza de Cinta Transportadora Molino de Cemento (200m2). - Limpieza General sector Molino de Cemento. - Limpieza de Silo de Homo (Bomba Fuller) ;(Extracción) - Limpieza sótano enfriadora. -Limpieza sótano trituradora de Clinker y Yeso (Trituradora I). - Limpieza sector Trituradora II. - Limpieza sector Parque de Pre homo. -Limpieza sector Molino III; Ventilador Tiro Horno y Filtro Principal. El oferente deberá contar indefectiblemente con las siguientes herramientas y maquinas: * 1 pala mecánica minicargador frontal * 2 martilletes neumáticos * 2 martilletes eléctricos * 8 picos * 8 palas anchas * 8 barretas * 8 carretillas * 8 azadas Ejecución de los trabajos: Los trabajos deberán ser realizados por personales entrenados dirigidos por un Supervisor en campo, utilizando las técnicas y herramientas adecuadas para cada tipo de trabajo. La empresa contratista deberá proveer todos los insumos, materiales y equipamientos requeridos para la realización de los trabajos. El proveedor deberá precautelar la seguridad de las personas en las diversas zonas de trabajo, por lo que deberá prever señalizaciones y protecciones a fin de evitar accidentes durante el periodo que dure las tareas y de conformidad a las normativas vigentes. 
 Uniforme 
 Cada personal deberá contar con pantalones largos y deberán utilizar camisas con logos que identifiquen a su empresa. Asimismo, para los trabajos a ser realizados será obligatorio el uso de los equipos de seguridad individual pertinentes, tales como: casco, tapabocas, zapatón y guantes, protectores para los ojos, etc. La empresa contratada se responsabilizará por roturas o daños causados por el personal asignado para la prestación del servicio, al Patrimonio de la INC o de sus funcionarios. El oferente adjudicado presentará a la INC la nómina del personal propuesto para efectuar los trabajos, dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la firma del contrato, acompañada de la copia autenticada del documento de identidad de cada uno de los trabajadores propuestos, así como también del certificado de antecedentes policiales, el cual deberá ser aprobado por la Dirección de Fabrica. 
 Reemplazo del personal La contratada podrá, durante la vigencia del contrato, reemplazar al personal designado para cubrir el servicio. No obstante, deberá previamente comunicarlo a la INC, a fin de solicitar su acuerdo. No serán efectuados reemplazos no autorizados por la INC. La INC se reserva el derecho de admisión en el caso de constatarse características del personal contratado no propicias para el servicio prestado, caso en el cual el Proveedor deberá reemplazar al mismo dentro de las 72 horas de recibida la notificación. Supervisión de los trabajos: La Industria Nacional del Cemento pondrá a disposición el Reloj Marcador y el reporte del mismo será el valido para el registro, verificación y control de asistencia del personal afectado al presente servicio. En caso de registrarse ausencia del personal por motivos ajenos a la INC, el proveedor deberá comunicar a la contratante en forma inmediata por escrito o por correo electrónico este hecho y deberá enviar el reemplazo necesario en un plazo no mayor a 72 horas. Si la empresa no enviara personal para reemplazarlo, pasado este tiempo se dará por no cubierto el servicio. El encargado de la Empresa contratada deberá presentarse, antes del inicio de la ejecución del contrato, en la oficina de la Dirección de Fabrica Vallemí, para coordinar los trabajos a realizar. 
 Multas/Descuentos La contratante aplicará multas al proveedor, cuando constate la ocurrencia de los hechos que a continuación se describen. Para el cálculo de las multas se tendrá en cuenta el jornal mínimo para actividades diversas no especificadas en la República, vigente en el mes en el cual ocurriere el incumplimiento. a) Control de asistencia de los trabajadores: mensualmente se contabilizarán las ausencias del trabajador no reemplazado por el proveedor, y se aplicará una multa equivalente a 2 (dos) jornales por cada trabajador ausente que se haya constatado mediante acta. La misma multa se aplicará si el trabajador se retirase antes del horario establecido y no se haya producido el reemplazo del mismo. b) Equipos de Protección Personal: En caso de que no se proveyesen los equipos de protección personal (Cascos de seguridad, tapa bocas, guantes de cuero, zapatones) la multa será de dos (2) jornales, por día de atraso c) Comportamiento del personal: si el empleado incumpliese las obligaciones o trasgrediese las prohibiciones previstas en el Código del Trabajo, la multa será de 2 (dos) jornales. d) Incumplimiento de plazos señalados por la contratante para dar solución a objeciones u observaciones formuladas por escrito al proveedor, se aplicará una multa equivalente a un (1) jornal por cada día de retraso. e) Incumplimiento de plazos, en la entrega de documentos solicitados por la contratante (facturas, recibos, documentos referentes al cumplimiento de las obligaciones con la seguridad social, laborales y los que la contratante considere pertinentes), se aplicará una multa de un (1) jornal por cada día de retraso. f) Contravenir las medidas de prevención de accidentes de trabajo limitación de responsabilidad: se aplicará una multa equivalente a dos (2) jornales diarios vigentes. Las multas serán acumulativas por cada hecho constatado. Además de la aplicación de las multas descriptas, el proveedor no percibirá el importe por los servicios que no fueron prestados. Observaciones: *Los horarios de trabajos podrán ser modificados según necesidades dentro del horario diurno. *De acuerdo a la carga de trabajo, los personales podrán ser utilizados en otros sectores sin afectar el servicio dentro del horario de trabajo establecido. *Todos los trabajos deberán contar previamente con una OT (orden de trabajo) emitida por el administrador de contrato a ser ejecutada conforme. Se conducirá al equipo asignado a las áreas de trabajo cuya finalización será fiscalizada a fin de determinar daños a equipos, infraestructura o maquinas. Cualquier daño ocasionado sera cuantificado y descontado de la factura a ser liquidad dentro del mes ocurrido 
 | Contrato abierto por cantidad: Cantidad mínima: 6 meses Cantidad máxima: 12 meses | Meses | 
| LOTE № 2. SERVICIO DE MANO DE OBRA PARA MANTENIMIENTO DE PLANTA DE VALLEMI | |||
| Ítem № | Nombre del Servicios Especificaciones Técnicas y Normas | Cantidad | Unidad de Medida | 
| 1 | Cantidad de Personal: 
 LA EMPRESA CONTRATADA deberá proveer un mínimo de cuarenta (40) personas para la ejecución del servicio, incluyendo a un Supervisor en campo que integrará el plantel de trabajo. Los trabajadores cumplirán una jornada laboral de ocho (8) horas de trabajo diario, dentro de un régimen de cuarenta (40) horas semanales en horario diurno. Además, se dispondrá de una (1) hora diaria para el almuerzo, la cual no se considerará como parte de la jornada laboral. 
 Ejemplo de distribución horaria: Horario laboral: de 06:00 a 15:00 horas. - Hora de almuerzo: de 12:00 a 13:00 horas. 
 El salario será liquidado en forma mensual a cada personal Contratado (No podrá ser menor al salario mínimo legal vigente), todo el personal de servicio deberá contar con el Seguro Social (IPS), con categoría de personal mensualero. A pedido del personal y con la aprobación de la Dirección de Fabrica se podrán realizar compensaciones de días, debiendo siempre cumplir con la carga horario mínima requerida. 
 De acuerdo con el programa de trabajo y con la aprobación de la Dirección de Fabrica, se podrán realizar compensaciones, debiendo siempre cumplir con la carga horario mínima requerida. 
 
 Detalles de los trabajos a realizar Contratación de servicio de mano de obra para mantenimiento general de la Planta Vallemí, incluyendo reparación y/o mantenimiento de captadores de polvo: revisión interna y externa del captador, limpieza de mangas filtrantes, sustitución parcial o total de mangas averiadas, reparación de soportes, carcazas y otros componentes mecánicos, cambio de turbinas y/o motores eléctricos, verificación y ajuste del sistema de inyección de aire, verificación y ajuste de electroválvulas, control de marcha eficiente de cada captador, entre otros trabajos conforme vaya surgiendo necesidades. 
 Distribución del Personal: - Operarios de Producción (17 personales) - Operarios de mantenimiento (14 personales) - Operarios de Minas (7 personales) - Operarios de control de calidad (2 personales) El proveedor deberá dotar de uniformes, elementos básicos de trabajo y de seguridad (EPI) a cada personal, objeto del presente proceso, que se detalla a continuación: Uniforme Cada personal deberá contar con pantalones largos y deberán utilizar camisas con logos que identifiquen a su empresa. Asimismo, para los trabajos a ser realizados será obligatorio el uso de los equipos de seguridad individual pertinentes, tales como: casco, tapabocas, zapatón y guantes, delantal de cuero, careta de Soldadura, etc. Los responsables de Seguridad Industrial de la INC verificarán que los mismos se encuentren en condiciones aptas para su uso - Los personales de este servicio deberán regirse por los departamentos donde estén afectados. Los equipos y horarios de trabajo serán designados por el Director de Fábrica, pudiendo variar los mismos según necesidad. La supervisión y control de los trabajos estarán bajo el control de funcionarios designados por la Dirección de Fabrica. El oferente adjudicado presentará a la INC la nómina del personal propuesto para efectuar los trabajos, dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la firma del contrato, acompañada de la copia autenticada del documento de identidad de cada uno de los trabajadores propuestos, así como también del certificado de antecedentes policiales, el cual deberá ser aprobado por la Dirección de Fabrica. 
 Reemplazo del personal El proveedor no podrá reemplazar al personal seleccionado, salvo por renuncia del mismo, pedido expreso de la INC o por motivos de fuerza mayor debidamente justificados. En caso de que el reemplazo fuese solicitado por la INC, el mismo deberá formalizarse en un plazo no mayor a 72 (setenta y dos) horas desde la presentación del pedido. En caso de que el personal propuesto por la contratista no recibe la aprobación de la convocante, no se aplicará multa mientras esté pendiente de aprobación. Supervisión de los trabajos: La Industria Nacional del Cemento pondrá a disposición el Reloj Marcador y el reporte del mismo será el valido para el registro, verificación y control de asistencia del personal afectado al presente servicio. En caso de registrarse ausencia del personal por motivos ajenos a la INC, el proveedor deberá comunicar a la contratante en forma inmediata por escrito o por correo electrónico este hecho y deberá enviar el reemplazo necesario en un plazo no mayor a 72 horas. Si la empresa no enviara personal para reemplazarlo, pasado este tiempo se dará por no cubierto el servicio. El encargado de la Empresa contratada deberá presentarse, antes del inicio de la ejecución del contrato, en la oficina de la Dirección de Fabrica Villeta, para coordinar los trabajos a realizar. Multas/Descuentos La contratante aplicará multas al proveedor, cuando constate la ocurrencia de los hechos que a continuación se describen. Para el cálculo de las multas se tendrá en cuenta el jornal mínimo para actividades diversas no especificadas en la República, vigente en el mes en el cual ocurriere el incumplimiento. a) Control de asistencia de los trabajadores: mensualmente se contabilizarán las ausencias del trabajador no reemplazado por el proveedor, y se aplicará una multa equivalente a 2 (dos) jornales diarios por cada trabajador ausente que se haya constatado mediante acta. La misma multa se aplicará si el trabajador se retirase antes del horario establecido y no se haya producido el reemplazo del mismo. b) Equipos de Protección Personal: En caso de que no se proveyesen los equipos de protección personal (Cascos de seguridad, tapa bocas, guantes de cuero, zapatones) la multa será de dos (2) jornales, por día de atraso c) Comportamiento del personal: si el empleado incumpliese las obligaciones o trasgrediese las prohibiciones previstas en el Código del Trabajo, la multa será de 2 (dos) jornales. d) Incumplimiento de plazos señalados por la contratante para dar solución a objeciones u observaciones formuladas por escrito proveedor, se aplicará una multa equivalente a un (1) jornal por cada día de retraso. e) Incumplimiento de plazos, en la entrega de documentos solicitados por la contratante (facturas, recibos, documentos referentes al cumplimiento de las obligaciones con la seguridad social, laborales y los que la contratante considere pertinentes), se aplicará una multa de un (1) jornal por cada día de retraso. f) Contravenir las medidas de prevención de accidentes de trabajo y limitación de responsabilidad: se aplicará una multa equivalente a dos (2) jornales diarios vigentes. Las multas serán acumulativas por cada hecho constatado. Además de la aplicación de las multas descriptas, el proveedor no percibirá el importe por los servicios que no fueron prestados. Observaciones: *Los horarios de trabajos podrán modificarse según necesidades dentro del horario diurno. *De acuerdo a la carga de trabajo, los personales podrán ser utilizados en otros sectores sin afectar el servicio dentro del horario de trabajo establecido. 
 | Contrato abierto por cantidad: Cantidad mínima: 6 meses Cantidad máxima: 11 meses | Meses | 
| LOTE № 3. SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS DISTINTAS AREAS FABRILES (LIMPIEZA) DEL CIP VILLETA | |||
| Ítem № | Nombre del Servicios Especificaciones Técnicas y Normas | Cantidad | Unidad de Medida | 
| 1 | Cantidad de Personal: LA EMPRESA CONTRATADA deberá proveer un mínimo de catorce (14) personas para la ejecución del servicio, incluyendo a un Supervisor en campo que integrará el plantel de trabajo. Los trabajadores cumplirán una jornada laboral de ocho (8) horas de trabajo diario, dentro de un régimen de cuarenta (40) horas semanales en horario diurno. Además, se dispondrá de una (1) hora diaria para el almuerzo, la cual no se considerará como parte de la jornada laboral. 
 Ejemplo de distribución horaria: Horario laboral: de 06:00 a 15:00 horas. - Hora de almuerzo: de 12:00 a 13:00 horas. 
 El salario será liquidado en forma mensual a cada personal contratado (No podrá ser menor al salario mínimo legal vigente), todo el personal de servicio deberá contar con el Seguro Social (IPS), con categoría de personal mensualero. Se otorgará al trabajador los días de descansos estipulados en la legislación vigente, así como también en cada jornada laboral, como mínimo el tiempo de descanso estipulado en la legislación vigente. De acuerdo con el programa de trabajo y con la aprobación de la Dirección de Fabrica, se podrán realizar compensaciones, debiendo siempre cumplir con la carga horario mínima requerida. 
 Sectores: -Descargador de Clinker. -Extracción de Clinker -Cintas transportadoras de materias primas -Transporte Silos dosificadores -Silos Dosificadores -Molino 1 -Molino 2 -Secadero de Puzolana El oferente deberá contar indefectiblemente con las siguientes herramientas y maquinas: * 2 Martilletes neumáticos * 2 Martilletes eléctricos * 8 Picos * 8 Palas anchas * 8 Barretas * 8 Carretillas * 8 Escurridores 
 Ejecución de los trabajos: Los trabajos deberán ser realizados por personales entrenados dirigidos por un Supervisor en campo, utilizando las técnicas y herramientas adecuadas para cada tipo de trabajo. La empresa contratista deberá proveer todos los insumos, materiales y equipamientos requeridos para la realización de los trabajos. El proveedor deberá precautelar la seguridad de las personas en las diversas zonas de trabajo, por lo que deberá prever señalizaciones y protecciones a fin de evitar accidentes durante el periodo que dure las tareas y de conformidad a las normativas vigentes. Uniforme Cada personal deberá contar con pantalones largos y deberán utilizar camisas con logos que identifiquen a su empresa. Asimismo, para los trabajos a ser realizados será obligatorio el uso de los equipos de seguridad individual pertinentes, tales como: casco, tapabocas, zapatón y guantes, protectores para los ojos, etc. La empresa contratada se responsabilizará por roturas o daños causados por el personal asignado para la prestación del servicio, al Patrimonio de la INC o de sus funcionarios. El oferente adjudicado presentará a la INC la nómina del personal propuesto para efectuar los trabajos, dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la firma del contrato, acompañada de la copia autenticada del documento de identidad de cada uno de los trabajadores propuestos, así como también del certificado de antecedentes policiales, el cual deberá ser aprobado por la Dirección de Fabrica. La contratada podrá, durante la vigencia del contrato, reemplazar al personal designado para cubrir el servicio. No obstante, deberá previamente comunicarlo a la INC, a fin de solicitar su acuerdo. No serán efectuados reemplazos no autorizados por la INC. La INC se reserva el derecho de admisión en el caso de constatarse características del personal contratado no propicias para el servicio prestado, caso en el cual el Proveedor deberá reemplazar al mismo dentro de las 72 horas de recibida la notificación. Se otorgará al trabajador los días de descansos estipulados en la legislación vigente, así como también en cada jornada laboral, como mínimo el tiempo de descanso estipulado en la legislación vigente. La INC tendrá la facultad de solicitar en cualquier momento del contrato, la presentación de toda la documentación que avale el cumplimiento de las leyes laborales y de seguridad social por parte del proveedor con sus empleados. La INC no será responsable del incumplimiento de las leyes laborales de la firma contratada con sus empleados, sin embargo, podrá realizar aleatoriamente y cuando lo considere conveniente, la verificación del cumplimiento de las mismas (seguro social y beneficios laborales), así como también de la correcta provisión a los trabajadores de uniformes y equipos de seguridad, pudiendo denunciar al proveedor ante los organismos correspondientes en caso de incumplimiento. 
 Supervisión de los trabajos: La Industria Nacional del Cemento pondrá a disposición el Reloj Marcador y el reporte del mismo será el valido para el registro, verificación y control de asistencia del personal afectado al presente servicio. En caso de registrarse ausencia del personal por motivos ajenos a la INC, el proveedor deberá comunicar a la contratante en forma inmediata por escrito o por correo electrónico este hecho y deberá enviar el reemplazo necesario en un plazo no mayor a 72 horas. Si la empresa no enviara personal para reemplazarlo, pasado este tiempo se dará por no cubierto el servicio. El encargado de la Empresa contratada deberá presentarse, antes del inicio de la ejecución del contrato, en la oficina de la Dirección de Fabrica Villeta, para coordinar los trabajos a realizar. Multas/Descuentos La contratante aplicará multas al proveedor, cuando constate la ocurrencia de los hechos que a continuación se describen. Para el cálculo de las multas se tendrá en cuenta el jornal mínimo para actividades diversas no especificadas en la República, vigente en el mes en el cual ocurriere el incumplimiento. a) Control de asistencia de los trabajadores: mensualmente se contabilizarán las ausencias del trabajador no reemplazado por el proveedor, y se aplicará una multa equivalente a 2 (dos) jornales por cada trabajador ausente que se haya constatado mediante acta. La misma multa se aplicará si el trabajador se retirase antes del horario establecido y no se haya producido el reemplazo del mismo. b) Equipos de Protección Personal: En caso de que no se proveyesen los equipos de protección personal (Cascos de seguridad, tapa bocas, guantes de cuero, zapatones) la multa será de dos (2) jornales, por día de atraso c) Comportamiento del personal: si el empleado incumpliese las obligaciones o trasgrediese las prohibiciones previstas en el Código del Trabajo, la multa será de 2 (dos) jornales. d) Incumplimiento de plazos señalados por la contratante para dar solución a objeciones u observaciones formuladas por escrito al proveedor, se aplicará una multa equivalente a un (1) jornal por cada día de retraso. e) Incumplimiento de plazos, en la entrega de documentos solicitados por la contratante (facturas, recibos, documentos referentes al cumplimiento de las obligaciones con la seguridad social, laborales y los que la contratante considere pertinentes), se aplicará una multa de un (1) jornal por cada día de retraso. f) Contravenir las medidas de prevención de accidentes de trabajo limitación de responsabilidad: se aplicará una multa equivalente a dos (2) jornales diarios vigentes. Las multas serán acumulativas por cada hecho constatado. Además de la aplicación de las multas descriptas, el proveedor no percibirá el importe por los servicios que no fueron prestados. Observaciones: *Los horarios de trabajos podrán modificarse según necesidades dentro del horario diurno. *De acuerdo con la carga de trabajo, los personales podrán ser utilizados en otros sectores sin afectar el servicio dentro del horario de trabajo establecido. *Todos los trabajos deberán contar previamente con una OT (orden de trabajo) emitida por el administrador de contrato a ser ejecutada conforme. Se conducirá al equipo asignado a las áreas de trabajo cuya finalización será fiscalizada a fin de determinar daños a equipos, infraestructura o maquinas. Cualquier daño ocasionado sera cuantificado y descontado de la factura a ser liquidad dentro del mes ocurrido 
 
 | Contrato abierto por cantidad: Cantidad mínima: 6 meses Cantidad máxima: 12 meses | Meses | 
| LOTE № 4. SERVICIO DE MANO DE OBRA PARA MANTENIMIENTO DE PLANTA DE VILLETA | |||
| Ítem № | Nombre del Servicios Especificaciones Técnicas y Normas | Cantidad | Unidad de Medida | 
| 
 | Cantidad de Personal: LA EMPRESA CONTRATADA deberá proveer un mínimo de treinta (30) personas para la ejecución del servicio, incluyendo a un Supervisor en campo que integrará el plantel de trabajo. Los trabajadores cumplirán una jornada laboral de ocho (8) horas de trabajo diario, dentro de un régimen de cuarenta (40) horas semanales en horario diurno. Además, se dispondrá de una (1) hora diaria para el almuerzo, la cual no se considerará como parte de la jornada laboral. 
 Ejemplo de distribución horaria: Horario laboral: de 06:00 a 15:00 horas. - Hora de almuerzo: de 12:00 a 13:00 horas. 
 El salario será liquidado en forma mensual a cada personal contratado (No podrá ser menor al salario mínimo legal vigente), todo el personal de servicio deberá contar con el Seguro Social (IPS), con categoría de personal mensualero. De acuerdo con el programa de trabajo y con la aprobación de la Dirección de Fabrica, se podrán realizar compensaciones, debiendo siempre cumplir con la carga horario mínima requerida. Detalles de los trabajos a realizar Contratación de servicio de mano de obra para mantenimiento general de la Planta Villeta, con el objeto de asistir en la línea de fabricación de cemento y garantizar el buen funcionamiento de las máquinas y equipos, entre otros trabajos conforme vaya surgiendo necesidades. Distribución del Personal: -Operador de maquinarias pesadas (3 personas) -Ayudante de Molienda (2 personas) -Ayudante del secadero (1 persona) -Embolsadora guarda carril, cuenta bolsa, estibador (primer turno) (7 personas) Ayudante Deposito (1 persona) -Engrasador (1 persona) -Técnico Químico (Analista) (2 personas) -Técnico en Construcciones Civiles (1 persona) -Técnico Químico o Civil (muestreador) (1 persona) -Captador de Polvo/limpieza (5 personas) -Albañil (2 personas) -Ayudante (1 persona) -Pintor (2 personas) -Plomero (funciones varias) (1 persona) El proveedor deberá dotar de uniformes, elementos básicos de trabajo y de seguridad (EPI) a cada personal, objeto del presente proceso, que se detalla a continuación: Uniforme Cada personal deberá contar con pantalones largos y deberán utilizar camisas con logos que identifiquen a su empresa. Asimismo, para los trabajos a ser realizados será obligatorio el uso de los equipos de seguridad individual pertinentes, tales como: casco, tapabocas, zapatón y guantes, delantal de cuero, careta de soldadura, etc. El oferente adjudicado presentará a la INC la nómina del personal propuesto para efectuar los trabajos, dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la firma del contrato, acompañada de la copia autenticada del documento de identidad de cada uno de los trabajadores propuestos, así como también del certificado de antecedentes policiales, el cual deberá ser aprobado por la Dirección de Fabrica Reemplazo del personal El proveedor no podrá reemplazar al personal seleccionado, salvo por renuncia del mismo, pedido expreso de la INC o por motivos de fuerza mayor debidamente justificados. En caso de que el reemplazo fuese solicitado por la INC, el mismo deberá formalizarse en un plazo no mayor a 72 (setenta y dos) horas desde la presentación del pedido. En caso de que el personal propuesto por la contratista no recibe la aprobación de la convocante, no se aplicará multa mientras esté pendiente de aprobación. Supervisión de los trabajos: La Industria Nacional del Cemento pondrá a disposición el Reloj Marcador y el reporte del mismo será el valido para el registro, verificación y control de asistencia del personal afectado al presente servicio. En caso de registrarse ausencia del personal por motivos ajenos a la INC, el proveedor deberá comunicar a la contratante en forma inmediata por escrito o por correo electrónico este hecho y deberá enviar el reemplazo necesario en un plazo no mayor a 72 horas. Si la empresa no enviara personal para reemplazarlo, pasado este tiempo se dará por no cubierto el servicio. El encargado de la Empresa contratada deberá presentarse, antes del inicio de la ejecución del contrato, en la oficina de la Dirección de Fabrica Villeta, para coordinar los trabajos a realizar. Multas/Descuentos La contratante aplicará multas al proveedor, cuando constate la ocurrencia de los hechos que a continuación se describen. Para el cálculo de las multas se tendrá en cuenta el jornal mínimo para actividades diversas no especificadas en la República, vigente en el mes en el cual ocurriere el incumplimiento. a) Control de asistencia de los trabajadores: mensualmente se contabilizarán las ausencias del trabajador no reemplazado por el proveedor, y se aplicará una multa equivalente a 2 (dos) jornales por cada trabajador ausente que se haya constatado mediante acta. La misma multa se aplicará si el trabajador se retirase antes del horario establecido y no se haya producido el reemplazo del mismo. b) Equipos de Protección Personal: En caso de que no se proveyesen los equipos de protección personal (Cascos de seguridad, tapa bocas, guantes de cuero, zapatones) la multa será de dos (2) jornales, por día de atraso c) Comportamiento del personal: si el empleado incumpliese las obligaciones o trasgrediese las prohibiciones previstas en el Código del Trabajo, la multa será de 2 (dos) jornales. d) Incumplimiento de plazos señalados por la contratante para dar solución a objeciones u observaciones formuladas por escrito al proveedor, se aplicará una multa equivalente a un (1) jornal por cada día de retraso. e) Incumplimiento de plazos, en la entrega de documentos solicitados por la contratante (facturas, recibos, documentos referentes al cumplimiento de las obligaciones con la seguridad social, laborales y los que la contratante considere pertinentes), se aplicará una multa de un (1) jornal por cada día de retraso. f) Contravenir las medidas de prevención de accidentes de trabajo limitación de responsabilidad: se aplicará una multa equivalente a dos (2) jornales diarios vigentes. Las multas serán acumulativas por cada hecho constatado. Además de la aplicación de las multas descriptas, el proveedor no percibirá el importe por los servicios que no fueron prestados. Observaciones: *Los horarios de trabajos podrán modificarse según necesidades dentro del horario diurno. *De acuerdo con la carga de trabajo, los personales podrán ser utilizados en otros sectores sin afectar el servicio dentro del horario de trabajo establecido. 
 | Contrato abierto por cantidad: Cantidad mínima: 6 meses Cantidad máxima: 12 meses | Meses | 
En procedimientos de Menor Cuantía, la aplicación de la preferencia reservada a las MIPYMES prevista en el artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas" será de conformidad con las disposiciones que se emitan para el efecto. Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 7444/25 QUE MODIFICA LA LEY Nº 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada entrega. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
No aplica
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicados en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.
| Lote | Descripción del bien | Cantidad | Unidad de Medida | Lugar de entrega de los bienes | Fecha(s) final(es) de entrega de los Bienes | 
| 1 | CONTRATACION DE PERSONAL DE LIMPIEZA DE AREAS FABRILES DE FABRICA VALLEMI | Contrato abierto por cantidad: Cantidad mínima: 6 meses Cantidad máxima: 12 meses | Meses | Planta Industrial de Vallemí | Los Servicios deberán iniciarse dentro de los 5 días corridos posteriores a la Nota de pedido recepcionada por parte del proveedor (La nota será remitida vía correo electrónico declarada en la Oferta). | 
| 2 | SERVICIO DE MANO DE OBRA PARA MANTENIMIENTO DE PLANTA DE VALLEMI | Contrato abierto por cantidad: Cantidad mínima: 6 meses Cantidad máxima: 11 meses | Meses | Planta Industrial de Vallemí | Los Servicios deberán iniciarse dentro de los 5 días corridos posteriores a la Nota de pedido recepcionada por parte del proveedor (La nota será remitida vía correo electrónico declarada en la Oferta). | 
| 3 | SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS DISTINTAS AREAS FABRILES (LIMPIEZA) DEL CIP VILLETA | Contrato abierto por cantidad: Cantidad mínima: 6 meses Cantidad máxima: 12 meses | Meses | CIP Villeta 
 | Los Servicios deberán iniciarse dentro de los 5 días corridos posteriores a la Nota de pedido recepcionada por parte del proveedor (La nota será remitida vía correo electrónico declarada en la Oferta). | 
| 4 | SERVICIO DE MANO DE OBRA PARA MANTENIMIENTO DE PLANTA DE VILLETA | Contrato abierto por cantidad: Cantidad mínima: 6 meses Cantidad máxima: 12 meses | Meses | CIP Villeta 
 | Los Servicios deberán iniciarse dentro de los 5 días corridos posteriores a la Nota de pedido recepcionada por parte del proveedor (La nota será remitida vía correo electrónico declarada en la Oferta). | 
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Para los Lote N°1 y N°2: Verificación del cumplimiento de las Especificaciones Técnicas y evaluación periódica en el cumplimiento de las funciones a ser realizadas por funcionarios designados por la Dirección de Fábrica de Vallemí.
Lote N°3 y N°4: Verificación del cumplimiento de las Especificaciones Técnicas y evaluación periódica en el cumplimiento de las funciones a ser realizadas por funcionarios designados por la Dirección de Fabrica del CIP Villeta.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar indicado en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.