Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y convenios modificatorios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Nombre del Solicitante y el Cargo
Director Gral. DGAF: Comisario General Inspector HÉCTOR VIDAL AGUILAR AQUINO
Tesorero Habilitado Pagador: Comisario Principal MCP. MIRIAN CELINA AÑASCO DE SAGGIA
Dependencia: Actividad 08 Servicio de Identificación de Personas
La auditoría tendrá como propósito verificar el cumplimiento de las obligaciones legales, técnicas y operativas establecidas en la Ley N° 6822/2021 De los Servicios de Confianza para las Transacciones Electrónicas, así como en la normativa reglamentaria aplicable. El enfoque deberá garantizar una revisión exhaustiva de los procesos, sistemas y controles implementados por el PCSC y las Autoridades de Registro durante el período evaluado.
Realizar una auditoría externa de evaluación de la conformidad a un Prestador Cualificado de Servicios de Confianza (PCSC) y a setenta (70) sedes de Autoridades de Registro distribuidas en todo el territorio nacional, correspondiente al período comprendido entre marzo de 2023 a diciembre de 2025.
Servicios de Confianza para las Transacciones Electrónicas.
En su carácter de PCSC, el Ministerio del Interior a través del Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional, tiene la responsabilidad de emitir y gestionar certificados electrónicos, así como de operar servicios asociados a la firma electrónica, en cumplimiento de exigencias legales, técnicas y organizativas que garanticen la integridad, autenticidad y validez jurídica de las transacciones electrónicas realizadas a través de sus plataformas.
Las Especificaciones Técnicas solicitadas en el Pliego de Base y Condiciones fueron elaboradas con las especificaciones técnicas de acuerdo a la necesidad actual de la unidad, y teniendo en cuenta que las compras públicas deben ser realizadas con economía, eficacia y eficiencia según lo dispuesto por la Ley 7021/2022 de Suministro y Contrataciones Públicas, así también a los efectos de cumplir con lo estipulado en la Ley 6822/2021, en su Art. 24, que dispone lo siguiente:
"Los prestadores cualificados de servicios de confianza deben ser auditados, al menos cada veinticuatro meses, corriendo con los gastos que ello genere, por un organismo de evaluación de la conformidad. La finalidad de la auditoría es confirmar que tanto los prestadores cualificados de servicios de confianza como los servicios de confianza cualificados que prestan cumplen los requisitos establecidos en la presente ley.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las características técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT sirven de referencia para verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”, remitiendo la aclaración respectiva. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo a la de Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta datos sobre una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá detallar la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD BIENAL PARA UN PRESTADOR CUALIFICADO DE SERVICIOS DE CONFIANZA POR EL PERIODO DE MARZO 2023 A DICIEMBRE 2025.
ANTECEDENTES
En el marco de la transformación digital y la modernización de los servicios públicos, el Ministerio del Interior de la República del Paraguay ha asumido el compromiso de garantizar la prestación de servicios electrónicos seguros, confiables y alineados a estándares internacionales. En este contexto, el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional, dependiente del Ministerio del Interior, ha sido reconocido como Prestador Cualificado de Servicios de Confianza (PCSC), conforme a lo establecido en la Ley N.º 6822/2021 De los Servicios de Confianza para las Transacciones Electrónicas.
En su carácter de PCSC, el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional, dependiente del Ministerio del Interior, tiene la responsabilidad de emitir y gestionar certificados electrónicos, así como de operar servicios asociados a la firma electrónica, en cumplimiento de exigencias legales, técnicas y organizativas que garanticen la integridad, autenticidad y validez jurídica de las transacciones electrónicas realizadas a través de sus plataformas.
El Artículo 24 de la Ley N.º 6822/2021 establece que:
Los prestadores cualificados de servicios de confianza son auditados, al menos cada veinticuatro (24) meses, corriendo con los gastos que ello genere, por un Organismo de Evaluación de la Conformidad. La finalidad de la auditoría es confirmar que tanto los prestadores cualificados de servicios de confianza como los servicios de confianza cualificados que prestan cumplen los requisitos establecidos en la presente ley. Los prestadores cualificados deben remitir el Informe de Evaluación de la Conformidad correspondiente al Organismo de Supervisión en el plazo de tres (3) días hábiles tras su recepción.
En cumplimiento de estas disposiciones legales y con el objetivo de asegurar el adecuado funcionamiento del sistema de confianza digital, se hace necesaria la contratación de una firma auditora externa, debidamente habilitada como Organismo de Evaluación de la Conformidad (OEC), que realice la evaluación bienal de la conformidad del citado PCSC, así como de sus sucursales habilitadas como Autoridades de Registro.
La auditoría deberá comprender una revisión exhaustiva del cumplimiento de los requisitos legales, técnicos y procedimentales establecidos en la Ley N.º 6822/2021, sus reglamentaciones y demás normativas aplicables, permitiendo a la dependencia adoptar las medidas correctivas o de mejora que resulten necesarias para fortalecer su sistema de servicios de confianza.
OBJETIVO:
Realizar una auditoría externa de evaluación de la conformidad a un Prestador Cualificado de Servicios de Confianza (PCSC) y a setenta (70) sedes de Autoridades de Registro distribuidas en todo el territorio nacional, correspondiente al período comprendido entre marzo de 2023 a diciembre de 2025.
La auditoría tendrá como propósito verificar el cumplimiento de las obligaciones legales, técnicas y operativas establecidas en la Ley N° 6822/2021 De los Servicios de Confianza para las Transacciones Electrónicas, así como en la normativa reglamentaria aplicable. El enfoque deberá garantizar una revisión exhaustiva de los procesos, sistemas y controles implementados por el PCSC y las Autoridades de Registro durante el período evaluado.
PRODUCTO ESPERADO
Como resultado del presente servicio, se espera que la firma contratada realice una Evaluación de la Conformidad mediante un proceso de auditoría técnica, documental y operativa al Prestador Cualificado de Servicios de Confianza (PCSC) el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional así como a sus setenta (70) sedes de Autoridad de Registro.
La auditoría deberá ejecutarse con la debida diligencia profesional, y tendrá como finalidad verificar el grado de cumplimiento de los requisitos legales, técnicos y operativos establecidos en la Ley N° 6822/2021 De los Servicios de Confianza para las Transacciones Electrónicas, el Documento Electrónico y los Documentos Transmisibles Electrónicos, sus decretos reglamentarios, resoluciones y demás disposiciones normativas aplicables.
La firma adjudicada deberá emitir un Informe de Evaluación de la Conformidad, emitido por el Organismo de Evaluación de la Conformidad (OEC) con relación al cumplimiento normativo del Prestador Cualificado de Servicios de Confianza (PCSC), en el marco de la Ley N° 6822/2021 "De los Servicios de Confianza para las Transacciones Electrónicas, del Documento Electrónico y los Documentos Transmisibles Electrónicos" y demás normativas vigentes.
El informe deberá contener, como mínimo, los siguientes elementos:
OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES
1. Obligaciones de la Firma Auditora / OEC
La firma auditora, debidamente habilitada como Organismo de Evaluación de la Conformidad (OEC) por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC), deberá cumplir con las siguientes obligaciones durante la ejecución del contrato:
2. Obligaciones de la Convocante
El Departamento de Identificaciones, deberá proporcionar el personal técnico calificado para llevar a cabo los trabajos de auditoría y evaluación de la conformidad.
En procedimientos de Menor Cuantía, la aplicación de la preferencia reservada a las MIPYMES prevista en el artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas" será de conformidad con las disposiciones que se emitan para el efecto. Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 7444/25 QUE MODIFICA LA LEY Nº 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada entrega. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
No aplica
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicados en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.
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Lote |
Descripción |
Lugar de Entrega |
Fecha de Entrega |
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1 |
SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA |
Tesorería de la Actividad 8 Servicio de Identificación de Personas primer piso Departamento de Identificaciones RI 2 Ytororo esq. Avenida Boggiani. |
El plazo máximo para la presentación de los informes finales será de 90 (noventa) días hábiles. El plazo será computado a partir del acta de inicio y entrega del espacio físico. ACTA DE INICIO: Dentro de los 7 (siete) días calendarios siguientes a la fecha de la firma del Contrato y al momento de la entrega de las instalaciones al Auditor. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica