Quisieramos hacer una consulta con respecto al Lote 1, ya que indica lo siguiente en la sección "Actualizaciones"
"Según se den nuevas versiones, vulnerabilidades del software y/o
solución de inconvenientes. (Requerido con el soporte técnico)
34"
En este sentido, el oferente interpreta que NO se requiere soporte local para la solución por parte del oferente, solo se requiere acceso a la nueva versión de software. ¿Es correcta esta interpretación?
Quisieramos hacer una consulta con respecto al Lote 1, ya que indica lo siguiente en la sección "Actualizaciones"
"Según se den nuevas versiones, vulnerabilidades del software y/o
solución de inconvenientes. (Requerido con el soporte técnico)
34"
En este sentido, el oferente interpreta que NO se requiere soporte local para la solución por parte del oferente, solo se requiere acceso a la nueva versión de software. ¿Es correcta esta interpretación?
Buenos días, conforme a la manifestación formulada por la Dirección General de Informática, Tecnologías e Innovación de la SEPRELAD, en su dependencia técnica encargada de elaborar las EETT y datos conexos, se procede a mencionar cuanto sigue: "Se solicita soporte local para la instalación de la licencia y una actualización si es que se encuentra una versión antigua a la estable (debe incluir informe técnico de lo realizado), posteriormente, la contratante utilizará soporte de la marca mediante el portal del VEEAM y no será necesario soporte local".
2
Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia
Donde dice: “Al menos 5 (cinco) copias simples de contratos y/u órdenes de compra y/o facturas con sus respectivas recepciones finales que acrediten que la empresa ha realizado a satisfacción servicios de provisión y/o actualización de licencias y/o softwares a Instituciones públicas y/o empresas privadas, en los años 2022, 2023 y 2024, símiles a las licencias del lote en el cual está ofertando. (La sumatoria deberá ser igual o mayor al 50% del monto total ofertado)”
Solicitamos respetuosamente a la entidad convocante que se considere la aceptación de la presentación de experiencias acompañadas de sus respectivas recepciones finales y/o notas de remisión, como documentos válidos para acreditar la experiencia requerida.
La presente solicitud se fundamenta en que, en el ámbito de operaciones con clientes del sector privado, no es práctica habitual la emisión de un acta de recepción final como la que se exige comúnmente en contrataciones públicas. En dichos casos, la nota de remisión debidamente conformada constituye un documento fehaciente que acredita la entrega del bien o la prestación del servicio, por lo que su aceptación permitiría ampliar la participación de oferentes sin menoscabar la transparencia ni la verificación objetiva de la experiencia declarada.
04-09-2025
08-09-2025
Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia
Donde dice: “Al menos 5 (cinco) copias simples de contratos y/u órdenes de compra y/o facturas con sus respectivas recepciones finales que acrediten que la empresa ha realizado a satisfacción servicios de provisión y/o actualización de licencias y/o softwares a Instituciones públicas y/o empresas privadas, en los años 2022, 2023 y 2024, símiles a las licencias del lote en el cual está ofertando. (La sumatoria deberá ser igual o mayor al 50% del monto total ofertado)”
Solicitamos respetuosamente a la entidad convocante que se considere la aceptación de la presentación de experiencias acompañadas de sus respectivas recepciones finales y/o notas de remisión, como documentos válidos para acreditar la experiencia requerida.
La presente solicitud se fundamenta en que, en el ámbito de operaciones con clientes del sector privado, no es práctica habitual la emisión de un acta de recepción final como la que se exige comúnmente en contrataciones públicas. En dichos casos, la nota de remisión debidamente conformada constituye un documento fehaciente que acredita la entrega del bien o la prestación del servicio, por lo que su aceptación permitiría ampliar la participación de oferentes sin menoscabar la transparencia ni la verificación objetiva de la experiencia declarada.
Buenos días, conforme a la manifestación formulada por la Dirección General de Informática, Tecnologías e Innovación de la SEPRELAD, en su dependencia técnica encargada de elaborar las EETT y datos conexos, se procede a mencionar cuanto sigue: "Se aclara que la interpretación correcta para "respectivas recepciones finales" podrá ser considerada notas de remisión y/o actas de recepción final u otros documentos que avalen dicha recepción final.
3
Experiencia requerida
En el PBC se solicita: Demostrar la experiencia en la provisión y/o actualización de licencias y/o softwares, con contratos, facturaciones de venta y/o recepciones finales (al menos 5 (cinco)), por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: últimos 3 años (2022, 2023, 2024).
CONSULTA: considerando que solicitan al menos 5 experiencias, solicitamos amablemente a la convocante ampliar el periodo de años a tener en cuenta, a por lo menos los últimos 5 años (2020, 2021, 2022, 2023, 2024). La exigencia actual de presentar al menos cinco (5) experiencias dentro de un periodo de solo tres años puede resultar restrictiva y limitar la concurrencia de oferentes, ya que no todos los proveedores realizan este tipo de operaciones con la misma frecuencia anual. Ampliar el periodo de evaluación a los últimos cinco (5) años permitiría dar mayor oportunidad de participación a potenciales oferentes, en concordancia con el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes”.
En el PBC se solicita: Demostrar la experiencia en la provisión y/o actualización de licencias y/o softwares, con contratos, facturaciones de venta y/o recepciones finales (al menos 5 (cinco)), por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: últimos 3 años (2022, 2023, 2024).
CONSULTA: considerando que solicitan al menos 5 experiencias, solicitamos amablemente a la convocante ampliar el periodo de años a tener en cuenta, a por lo menos los últimos 5 años (2020, 2021, 2022, 2023, 2024). La exigencia actual de presentar al menos cinco (5) experiencias dentro de un periodo de solo tres años puede resultar restrictiva y limitar la concurrencia de oferentes, ya que no todos los proveedores realizan este tipo de operaciones con la misma frecuencia anual. Ampliar el periodo de evaluación a los últimos cinco (5) años permitiría dar mayor oportunidad de participación a potenciales oferentes, en concordancia con el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes”.
Buenos días, conforme a la manifestación formulada por la Dirección General de Informática, Tecnologías e Innovación de la SEPRELAD, en su dependencia técnica encargada de elaborar las EETT y datos conexos, se procede a mencionar cuanto sigue: "Considerando que el porcentaje requerido concierne al monto total ofertado y que la licitación es de menor cuantía, el margen de los años establecidos permite la concurrencia masiva de oferentes. Remitirse a lo establecido en el PBC.
4
Ratios Financieros
Contribuyentes de IRE GENERAL: Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
Donde dice: a.1 Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 (tres) últimos años (2022, 2023 y 2024).
a.2. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 (tres) últimos años (2022, 2023 y 2024).
Solicitamos:
Son criterios que no pueden ser visto de manera aislada, ya que es importante considerar la identificación de los estándares de Endeudamiento del sector en el que se desempeña, así como también las inversiones para desarrollar de nuestro sector. Estos puntos puede ser parámetro importante para determinados tipos de procesos licitatorios que requieren fuertes cantidades de inversión para el inicio de obras. Ante lo mencionado, solicitamos la consideración de modificar el “Ratio de Liquidez mayor o igual a 0,90" y el "Nivel de Endeudamiento No deberá ser mayor a 0,91".
Si bien entendemos que los números de ratios financieros, son estándares establecidos por la DNCP, y en varias consultas realizadas a la DNCP nos mencionan que son solo niveles "sugeridos" por la misma y por ende cambiarlos queda a cargo de la convocante.
A nuestro criterio, realizar esta modificación dará la oportunidad de participar en esta Licitación a más oferentes, con beneficio directo para la Entidad ya que garantizará la posibilidad de obtener los mejores precios y calidad de servicio.
Contribuyentes de IRE GENERAL: Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
Donde dice: a.1 Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 (tres) últimos años (2022, 2023 y 2024).
a.2. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 (tres) últimos años (2022, 2023 y 2024).
Solicitamos:
Son criterios que no pueden ser visto de manera aislada, ya que es importante considerar la identificación de los estándares de Endeudamiento del sector en el que se desempeña, así como también las inversiones para desarrollar de nuestro sector. Estos puntos puede ser parámetro importante para determinados tipos de procesos licitatorios que requieren fuertes cantidades de inversión para el inicio de obras. Ante lo mencionado, solicitamos la consideración de modificar el “Ratio de Liquidez mayor o igual a 0,90" y el "Nivel de Endeudamiento No deberá ser mayor a 0,91".
Si bien entendemos que los números de ratios financieros, son estándares establecidos por la DNCP, y en varias consultas realizadas a la DNCP nos mencionan que son solo niveles "sugeridos" por la misma y por ende cambiarlos queda a cargo de la convocante.
A nuestro criterio, realizar esta modificación dará la oportunidad de participar en esta Licitación a más oferentes, con beneficio directo para la Entidad ya que garantizará la posibilidad de obtener los mejores precios y calidad de servicio.
Buenos días, conforme a la manifestación formulada por la Dirección General de Informática, Tecnologías e Innovación de la SEPRELAD, en su dependencia técnica encargada de elaborar las EETT y datos conexos, se procede a mencionar cuanto sigue: "Favor remitirse a lo establecido en el PBC".