Condición de Participación

Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.

Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".

 

Sucursales

En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.

Requisitos de Calificación

Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.    

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas, la declaración jurada de no estar comprendido en las prohibiciones y limitaciones para presentar propuesta y contratar, y además las constancias de registro de estructura jurídica y de beneficiarios finales.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos, aparecen en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Personas, debidamente firmado, conforme a los estándares establecidos,  y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP. Con el objeto de verificar si los directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se encuentren dentro de los criterios contemplados en los incisos g), h), i), y j) de la Ley 7021/22.
  6. El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente y las obrantes en el registro de inhabilitados de la DNCP.
  7. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos en virtud a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 7021/22, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la DNCP para los fines pertinentes.

 

Metodo de Evaluación

Basado únicamente en precio

Análisis de precios ofertados.

La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores 

aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:

1. En obras públicas: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 20% para ofertas por debajo del precio referencial y 10% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro

Composición de Precios

La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:

FORMULARIO DE COMPOSICIÓN DE PRECIOS UNITARIOS

Fecha

Ítem N°

 

Obra

Unidad :

  1. Equipo a utilizar

Modelo de Equipo

Horas de c/ equipo

Costo Horario Gs.

Costo Total Hora Horario Gs.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

  1. Total Gs.

 

  1. Mano de Obra

Cantidad de Trabajadores

Horas de c/ Trabajador

Costo Horario Gs.

Costo Total Hora Horario Gs.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

  1. Total Gs.

 

  1. Producción de equipo p/h=                                                                Costos Horario (A+B)

 

  1. Costo Unitario de la Ejecución (A+B)/C =D

 

  1. Materiales

Unidad

Consumo

Costo Horario Gs.

Costo Total Hora Horario Gs.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

C) Total Gs.

 

  1. Transporte

DMT  KM

Consumo

Costo Horario Gs.

Costo Total Hora Horario Gs.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

C) Total Gs.

 

Costo Directo Total [D+E+F]               

Gs

 

Gastos Generales [% s/ (CDT)] (GG)

Gs

 

Beneficio e Impuestos [% s/ (CDT)] (Bel)

Gs

 

Costo Unitario [CDT + G.G. + BEL] (CU)

Gs

 

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (I.V.A.)

COSTO UNITARIO ADOPTADO [CU + IVA]

Margen de preferencia en procedimientos de contratación de carácter internacional

En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:

  1. El empleo de los recursos humanos del país.
  2. La adquisición y locación de bienes producidos en la República del Paraguay.

Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.

Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación.

        1. Formulario de Oferta (*)

[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.

En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]

        1. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) 

La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.

        1. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social (**)
        1. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)
        1. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)
        1. Patente comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento del oferente. (**)
        1. Declaración Jurada de “Declaración de Personas”,   de conformidad con el formulario estándar  - Sección Formularios (**)
        2.  Documentos legales .Oferentes.

8.1. Personas Físicas.

      1. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta. (*)
      1. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes – RUC (*)
      1. En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el poder esté inscripto en el Registro de Poderes. (*)

8.2. Personas Jurídicas.

  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos. (*)
  2. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes. (*)
  3. Fotocopia simple de los documentos de identidad de los representantes o apoderados de la sociedad. (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)
  1.  

8.3. Oferentes en Consorcio.

  1. Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes Individuales. Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*)
  1. Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
      1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
      2. Los documentos societarios de cada miembro del consorcio, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
    1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la Empresa Líder del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
    2. Los documentos societarios de la Empresa Líder, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

 

 

En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

Requisitos Mínimos

Requisitos de Cumplimiento

Documentación requerida

Oferente Individual

Consorcios

Todas las Partes Combinadas

Cada Socio

Socio Líder

  • Coeficiente de Liquidez: Activo corriente / Pasivo Corriente debe ser igual o mayor a 1. Esta información será extraída del Balance General correspondiente a los ejercicios fiscales cerrados y presentados ante la respectiva
    autoridad tributaria. Años: 2022, 2023 Y
    2024 (los coeficientes se obtendrán del
    promedio).

Debe cumplir con el requisito.

 

 

Debe cumplir con el requisito.

 

 

Completar el formulario "Situación Financiera" y presentar los documentos que se indiquen en el pliego de bases y condiciones.

  • Coeficiente de Solvencia: Pasivo Total / Activo Total igual o menor a 0,80. Esta información será extraída del Balance General correspondiente a los ejercicios fiscales cerrados y presentados
    ante la respectiva autoridad tributaria.
    Años: 2022, 2023 Y 2024 (los coeficientes
    se obtendrán del promedio)

Debe cumplir con el requisito.

 

 

Debe cumplir con el requisito.

 

Completar el formulario "Situación Financiera" y presentar los documentos que se indiquen en el pliego de bases y condiciones.

  • Demostrar que posee o que tiene acceso a suficientes activos líquidos y/o líneas de crédito (independientemente de cualquier anticipo estipulado en el contrato) para cumplir los requisitos en materia de flujo de fondos para la construcción exigidos para el o los contratos en caso de suspensión, reanudación de faenas u otros retrasos en los pagos.
  • El mínimo de activos líquidos y/o acceso a créditos libres de otros compromisos contractuales del adjudicatario será: 20% del monto de la oferta del oferente.

El mismo debe estar compuesto
por el capital operativo
(independientemente de cualquier
anticipo estipulado en el contrato) para
cumplir los requisitos en materia de flujo
de fondos para la construcción exigidos
para el o los contratos en caso de
suspensión, reanudación de faenas u
otros retrasos en los pagos.
Este mínimo de activos líquidos que
constituirá el Capital Operativo será
calculado como el monto obtenido de la
diferencia entre el Activo Corriente
menos el Pasivo Corriente, extraídos del
último Balance General, correspondiente
al último ejercicio fiscal cerrado y
presentado ante la autoridad tributaria
respectiva (Año 2.024).
El mínimo de activo líquido, en caso
de ser necesario, podrá ser
complementado con líneas de crédito
otorgadas por entidades bancarias y/o
financieras

Debe cumplir con el requisito.

 

Debe cumplir con el requisito

 

Debe cumplir por lo menos con el 50del requisito mínimo

Debe cumplir por lo menos con el 50% del requisito mínimo

Completar el formulario "Situación Financiera", y presentar los documentos probatorios que se indiquen en el pliego de bases y condiciones.

 

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

  1. Autorización para pedir referencias a las instituciones bancarias de las que el oferente es cliente
  2. Presentar documentos que comprueben el acceso del oferente a recursos financieros para cumplir los requisitos de calificación, bastando para el efecto Cartas Compromiso de un Banco de plaza de otorgar una línea de crédito al oferente.
  3. Presentar Balances Generales y Estados de Resultados de los periodos 2022, 2023 y 2024 con sus correspondientes Notas a los Estados Contables;
  4. Formulario Nº 158 Presentación de Estados Financieros de los periodos 2022, 2023 y 2024
  5. Copia de los Estados Financieros emitidos a través del Sistema de Marangatú de los periodos 2022, 2023 y 2024
  6. Declaración Jurada por parte del profesional contable manifestando que las cifras declaradas en la carpeta de oferta corresponden a los Estados Financieros de la empresa.
  7. Formulario de Compromiso Contractuales Vigentes

Experiencia general en obras

 

 

Requisitos Mínimos

Requisitos de Cumplimiento

Documentación requerida

Oferente Individual

Consorcios

Todas las Partes Combinadas

Cada Socio

Socio Líder

  • Haber generado, durante los mejores tres (3) años de los últimos cinco (5) años, 2020 y/o 2021 y/o 2022 y/o 2023 y/o 2024 en promedio un volumen anual de facturación igual o superior a 50% del monto de la oferta
  • El promedio del volumen anual de negocios se define como el total de las facturas legales correspondientes a obras en ejecución o terminadas por el oferente, dividido el número de (3) años señalado en el párrafo precedente.
  • En caso de consorcios, a los efectos
    de la calificación, se sumarán los
    promedios de facturaciones
    obtenidos de cada integrante.
    Así también, en caso de que el
    oferente respalde con Contratos del
    sector privado, deberá presentar
    copia del contrato,
    copia del documento
    que acredite la finalización del
    mismo y copia de
    Facturas correspondientes a los pagos
    por estos contratos.

Debe cumplir con el requisito.

 

Debe cumplir con el requisito.

 

Debe cumplir por lo menos con el 50% de los requisitos mínimos requeridos.

Debe cumplir por lo menos con el 50% de los requisitos mínimos requeridos.

Completar los Formularios: Experiencia general en construcción y Facturación anual media en construcción.

 

 

Experiencia específica en obras

Requisitos Mínimos

Requisitos de Cumplimiento

Documentación requerida

Oferente Individual

Consorcios

Todas las Partes Combinadas

Cada Socio

Socio Líder

  • Participación en calidad de
    contratista y/o integrante de
    un consorcio en el porcentaje
    de participación y/o
    subcontratista autorizado por
    la Administración Contratante
    en al menos tres (3)
    contratos de obras finalizadas
    durante un periodo de cinco
    (5) años, comprendidos entre
    los años 2020
    y/o 2021 y/o 2022 y/o 2023 y/o
    2024, en obras similares a las
    propuestas.
    La similitud debe basarse en la
    escala física, la complejidad,
    los métodos o la tecnología, u
    otras características técnicas,
    conforme a lo descrito en la
    Sección Alcance de las Obras.
    (EETT).

Los contratos presentados deben
estar acompañados únicamente por:
Actas de Recepción Definitiva (para casos de
Contratos celebrados con el
Estado).
Copia de Contratos del sector
privado , copia del
documento que acredite la
finalización del mismo y copia
de Facturas correspondiente a los pagos
por estos contratos.

Debe cumplir con el requisito.

 

Debe cumplir con el requisito.

 

Debe cumplir por lo menos con el 50% de los requisitos mínimos requeridos.

Debe cumplir por lo menos con el 50% de los requisitos mínimos requeridos.

Completar los formularios: "Experiencia General en Construcción" y "Situación Financiera"

  • Contar con experiencia
    mínima para el contrato que
    antecede u otros contratos,
    ejecutados en el periodo de
    cinco (5) años, comprendidos
    entre los años 2020 y/o 2021 y/o 2022 y/o
    2023 y/o 2024, en las siguientes
    actividades clave en las
    cantidades mínimas que se
    indican:
  • - Servicio de pintura sintética: Mínimo 175 m2

    - Reparación y/o colocación de pisos: Mínimo 50 m2

  • Para la evaluación se sumará de
    cada contrato las cantidades
    ejecutadas de los trabajos indicados en el Formulario de experiencia específica en construcción,
    a fin de verificar que alcancen las cantidades mínimas solicitadas).
    Así también, en caso de que el
    oferente respalde con Contratos del
    sector privado, deberá presentar
    copia del contrato,
    copia del documento
    que acredite la finalización del
    mismo y copia de Facturas correspondiente a los pagos por estos contratos.

 

 

Debe cumplir con el requisito.

 

 

Debe cumplir por lo menos con el 50% de los requisitos mínimos requeridos.

Debe cumplir por lo menos con el 50% de los requisitos mínimos requeridos.

Completar el formulario de "Experiencia específica en Construcción"

Justificación de la experiencia específica solicitada

La experiencia solicitada tiene como base la envergadura de la obra y el alto impacto institucional de la misma.

Se requiere que la empresa cuente con experiencia en pintura sintética y reparación y/o colocación de pisos, considerando que  el deterioro de las estructuras requiere del mantenimiento de pisos por el alto tránsito en los locales de la UNVES debido a las labores administrativas como también académicas. Así también, la pintura de los locales es una necesidad para la protección de paredes y el hermoseamiento de la Universidad para que de esta manera se pueda dar un ambiente adecuado para el desarrollo de las actividades.

Requisitos documentales para evaluar los presentes criterios de experiencia general y especifica en obras

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación de los presentes criterios: 

1. Formulario de Experiencia general en construcción acompañado de la copia simple del contrato respectivo con su acta de recepción final y factura legal vinculadas a esos contratos. Para los casos de presentación de Contratos del sector privado deberá presentar copia del contrato, acompañado de copia del documento que acredite la finalización del mismo y copia de Facturas correspondiente a los pagos por estos contratos.

2. Formulario Facturación anual media en construcción, con las copias de las facturas legales correspondientes que avalen los montos declarados.

3. Formulario de Situación Financiera

4. Formulario de experiencia específica acompañado del contrato correspondiente y su acta de recepción definitiva.

 

Capacidad en materia de personal

Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de personal del oferente, se considerarán los siguientes índices:

Requisitos mínimos

Requisitos de cumplimiento

Documentación requerida

Oferente individual

Consorcios

Todas las partes combinadas

Cada socio

Socio líder

Por cada lote ofertado:

Demostrar que cuenta con personal
debidamente calificado:

Para el residente
a. Profesional titulado
Ingeniero Civil y/o arquitecto, con patente
profesional al día y con
registro MOPC vigente.


Deberá
contar con experiencia profesional con un
mínimo de 5 años de antiguedad contados de la emisión del título de grado y cinco obras finalizadas
cuya ejecución abarque OBRAS CIVILES
 realizados a partir de la fecha de emisión del título de grado 
Presentando cualquiera de los
siguientes: copia de:
Contrato y/o Constancia y/o
certificado de trabajo emitido por la
empresa o institución contratista
correspondiente a las obras
ejecutadas.
Deberá presentar Currículum Vitae y
Carta de Compromiso de
disponibilidad y trabajo, en caso que
el Oferente sea adjudicado.

Debe cumplir con el requisito

Debe cumplir con el requisito

NO APLICA

NO APLICA

Completar el formulario: "Lista del personal propuesto para la obra"

Requisitos documentales para evaluar la capacidad en materia de personal

1. Currículum en el que se mencione la calificación y/o formación profesional o académica y experiencia del personal clave, técnico y de administración, propuesto para desempeñarse en el lugar de ejecución de las obras a los fines del contrato.

2. Copia de título del grado académico del ingeniero civil y/o arquitecto, copia de cédula, copia de la patente profesional y copia de registro MOPC

4. Carta de Compromiso de disponibilidad y trabajo, en caso que el Oferente sea adjudicado.
5. Copia de: Contrato y/o Constancia y/o certificado de trabajo emitido por la empresa o institución contratista correspondiente a las obras ejecutadas. 

6. Formulario de Lista de personal propuesto.

Capacidad en materia de equipos

Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de equipos del oferente, se considerarán los siguientes índices:

Requisitos Mínimos

Requisitos de Cumplimiento

Documentación requerida

Oferente Individual

Consorcios

Todas las Partes Combinadas

Cada Socio

Socio Líder

Por cada lote ofertado:

Demostrar que puede
disponer oportunamente
de los equipos esenciales
en propiedad y/o en
alquiler, que a
continuación se indican:

Equipos

a. Andamios

b. Arnés de seguridad

c. Martillete

d. Carretilla

e. Hormigonera

f. Soplete para pintura

g. Herramientas básicas  de pintura y albañileria


En caso de maquinarias propias:
deben contar Declaración Jurada  que acredite la propiedad del bien.

En caso de que las maquinarias  pertenezcan a
terceros, el Oferente deberá
presentar Declaración Jurada del
propietario donde manifieste:
i) Ser propietario de los mismos,
adjuntando título y/o
documentación que acredite la
propiedad del bien.
ii) que tiene capacidad legal de
comprometerse en alquiler libre de toda interdicción;
iii) que asume el compromiso
solidario con el Oferente para con
el Contratante de que tales
equipos o maquinarias
permanecerán en la obra todo el
tiempo que sea necesario cumplir
con las tareas comprometidas en
el contrato.

Debe cumplir con el requisito.

 

Debe cumplir conjuntamente con los requisitos establecidos

 

NO APLICA

NO APLICA

Completar los formularios: "Lista de Equipos" y "Cronograma de Utilización de Equipos"

Requisitos documentales para evaluar capacidad en materia de equipos

1. Declaración jurada de que las maquinarias, equipos y herramientas mencionados como propiedad de la (Empresa) se encuentran con
disponibilidad inmediata en caso de ser adjudicada, y que se encuentra en buen estado y en condiciones aceptables para realizar los trabajos a que serán destinados. 
2. Autorización para verificar la veracidad de las informaciones señaladas en el apartado Coeficiente de Solvencia.
3.En caso de equipos propios: Declaración Jurada que acredite la propiedad del bien.

4. En caso de equipos pertenecientes a terceros, adjuntar: (i) constancia donde se certifique que dicho equipo
permanecerá en la obra todo el tiempo que sea necesario para cumplir con las tareas especificadas; (ii) contrato
de alquiler o leasing, o carta compromiso otorgada por el propietario de que los equipos serán cedidos en
alquiler o leasing. Para los equipos en alquiler: presentar Declaración Jurada perteneciente a terceros. 

5. Formulario de  Lista de Equipos

6. Formulario de Cronograma de Utilización de Equipos

Aclaración de las ofertas

Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.

A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.

Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.

No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.

Disconformidad, errores y omisiones

Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.

A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.

Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:

a)            Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.

b)           Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.

c)            En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.

Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.

Criterios de desempate de ofertas

En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.

Criterios de Adjudicación

De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.

La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.

En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.

En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.

En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.

La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.      

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.