Considerando la complejidad técnica del servicio del seguro, para llevar a cabo de manera eficaz la contratación del mismo, la Convocante deberá tomar las medidas necesarias para contar con una política de administración del riesgo y conocer básicamente los riesgos a asegurar. Deberá abarcar como mínimo, una descripción clara de los bienes, personas y locales.
La cobertura tiene como objetivo proporcionar suficiente información para que los oferentes puedan preparar sus ofertas eficientemente y con precisión. La lista de precios que se constituye en un anexo del formulario de ofertas, y éste último, deberán ser descargados del SICP, formando ambos un solo documento.
Los plazos deberán ser previstos cuidadosamente, teniendo en cuenta que la fecha y hora establecidas determinarán el momento desde el cual empiezan las obligaciones del asegurador.
Las coberturas licitadas deberán establecerse por lotes o ítems.
La convocante deberá incluir en esta sección, mínimamente, información acerca de:
Las pólizas emitidas por la adjudicada, deberán incluir una cláusula que rezará cuanto sigue: “la cobertura de la póliza se regirá conforme al pliego de bases y condiciones y puntualmente a las especificaciones técnicas establecidas en el mismo. En caso de diferencias con las estipulaciones establecidas en la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura emitidos por la aseguradora, prevalecerá lo establecido en el PBC”.
La inserción de dicha cláusula se funda en lo establecido en los Arts. 669, 674, 715 y 1555 del Código Civil Paraguayo, el que establece la posibilidad de acordar condiciones particulares en los contratos.
Îtem |
Código de Catálogo |
Bienes a ser Asegurados |
Suma a ser Asegurada |
Franquicia |
LOTE N° 1 |
||||
1 |
84131501-002 |
Seguro de Edificio contra Incendio y/o daños. |
6.650.228.799 |
Sin Franquicia |
2 |
84131501-002 |
Seguro contra Incendio del contenido en general. |
1.900.943.490 |
Sin Franquicia |
3 |
84131501-001 |
Seguro de Robo y Asalto del contenido en general. |
1.900.943.490 |
Sin Franquicia |
LOTE N° 2 |
||||
1 |
84131501-002 |
Seguro de Edificio contra Incendio y/o daños. |
241.087.920 |
Sin Franquicia |
2 |
84131501-002 |
Seguro contra Incendio del contenido en general. |
331.101.801 |
Sin Franquicia |
3 |
84131501-001 |
Seguro de Robo y Asalto del contenido en general. |
331.101.801 |
Sin Franquicia |
4 |
84131509-001 |
Garantía de Fiel cumplimiento de Contrato. |
62.988.337 |
Sin Franquicia |
LOTE N° 3 |
||||
1 |
84131503-001 |
Seguro para HYUNDAI TUCSON 2016 |
80.000.000 |
Sin Franquicia |
2 |
84131503-001 |
Seguro para HYUNDAI NEW TUCSON 2019 |
135.000.000 |
Sin Franquicia |
Las aseguradoras deberán cumplir con las siguientes normas:
Teniendo en cuenta la vigencia actual de los LOTES Nº1 y Nº3 que vencen el 05 de diciembre del 2025 a las 23:59h, la vigencia de cobertura contra todo riesgo del LOTE Nº1 Edificio sede central ubicado sobre 14 de Mayo Nº529 esq. Oliva y LOTE Nº3 Seguro de vehículos deberán iniciar a las 00:00h del día 06 de diciembre del 2025 al 06 de diciembre del 2026 hasta las 23:59h y en cuanto al LOTE Nº2, se regirá según la ADENDA Nº4 y Cláusula Segunda. Modificación de la cláusula tercera del plazo de arredramiento donde se modifica por: 3.1. Se amplía la vigencia del presente contrato de arrendamiento Nº09/2019 del inmueble, por el plazo de 12 (doce) meses, a partir del 12 de mayo de 2025, conforme a lo establecido en la Resolución C.A. Nº031-008/2025, de fecha 27 de mayo de 2025.POR LA CUAL SE AUTORIZA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Nº09/2019, SUSCRITO ENTRE EL JURADO DE ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS Y EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL.
Las pólizas emitidas por la adjudicada, deberán incluir una cláusula que rezará cuanto sigue: la cobertura de la póliza se regirá conforme al pliego de bases y condiciones y puntualmente a las especificaciones técnicas establecidas en el mismo. En caso de diferencias con las estipulaciones establecidas en la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura emitidos por la aseguradora, prevalecerá lo establecido en el PBC.
La inserción de dicha cláusula se funda en lo establecido en los Arts. 669, 674, 715 y 1555 del Código Civil Paraguayo, el que establece la posibilidad de acordar condiciones particulares en los contratos.
CAPITAL ASEGURADO
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES DE LOS RIESGOS A ASEGURAR
La cobertura de las pólizas, endosos u otros instrumentos de cobertura se regirá conforme al PBC y puntualmente a las especificaciones técnicas establecidas en el mismo. En caso de diferencias con las estipulaciones establecidas en la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura emitidos por la Aseguradora, prevalecerá lo establecido en el PBC, quedando sin efecto cualquier otra condición o término (sin importar que sea general, específico o particular).
PLAZO DE COMUNICACIÓN DE SINIESTRO:
3 (TRES) DIAS DE CONOCERLO, ART. 1589 CODIGO CIVIL.
Se establece que las comunicaciones de Ocurrencias/ DENUNCIAS de SINIESTROS serán realizadas e informadas a la compañía aseguradora adjudicada, dentro del plazo establecido para el efecto en el Código Civil Paraguayo, vía correo electrónico y/u otros medios disponibles.
LOTE Nº1- Edificio sede central, sito 14 de Mayo Nº529 esq. Oliva, barrio La Encarnación- Asunción
LOTE Nº 1-CONTRA TODO RIESGO |
ÍTEM |
CÓDIGO DEL CATÁLOGO |
BIENES A SER ASEGURADOS |
SUMA A SER ASEGURADA |
FRANQUICIA |
1 |
84131501-002 |
Seguro de edificio contra incendio y/o daños. |
6.650.228.799 |
Sin franquicia |
2 |
84131501-002 |
Seguro contra incendio y/o daños del contenido en general. |
1.900.943.490 |
Sin franquicia |
3 |
84131501-001 |
Seguro de Robo y /o Asalto del contenido en general. |
1.900.943.490 |
Sin franquicia |
LOTE Nº2- Edificio de la Sede II, sito en la calle Gral. Díaz Nº765 esq. Juan E. O´leary y Ayolas.
LOTE Nº2- SEGURO CONTRA TODO RIESGO |
ÍTEM |
CÓDIGO DEL CATÁLOGO |
BIENES A SER ASEGURADOS |
SUMA A SER ASEGURADA |
FRANQUICIA |
1 |
84131501-002 |
Seguro de edificio contra incendio y/o daños |
241.087.920 |
Sin franquicia |
2 |
84131501-002 |
Seguro contra incendio del contenido en general |
331.101.801 |
Sin franquicia |
3 |
84131501-001 |
Seguro de Robo y/ o Asalto del contenido en general |
331.101.801 |
Sin franquicia |
4 |
84131509-001 |
Garantía fiel de cumplimiento de contrato |
62.988.337 |
Sin franquicia |
Vehículos de la institución- sede central, sito 14 de Mayo Nº529 esq. Oliva, barrio La Encarnación- Asunción
LOTE Nº3- SEGURO DE VEHÍCULOS CONTRA TODO RIESGO |
ÍTEM |
CÓDIGO DEL CATÁLOGO |
BIENES A SER ASEGURADOS |
SUMA A SER ASEGURADA |
FRANQUICIA |
1 |
84131503-001 |
Seguro contra todo riesgo para HYUNDAI TUCSON 2016 |
80.000.000 |
Sin franquicia |
2 |
84131503-001 |
Seguro contra todo riesgo para HYUNDAI NEW TUCSON 2019 |
135.000.000 |
Sin franquicia |
LA ASEGURADORA se compromete a entregar las pólizas de seguros al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados dentro de 48 horas después de la firma del contrato, cuya vigencia para los LOTES Nº1 y Nº3 serán desde las 00:00h del día 06 de diciembre del 2025 al 06 de diciembre del 2026 hasta las 23:59h y en cuanto al LOTE Nº2, se regirá desde la firma la suscripción del contrato, ya que, actualmente no contamos con seguro y la cobertura deberá estar garantizada hasta 23:59h del 12 de mayo del 2026.
Datos a considerar para los Lotes N° 1 y Nº2
Durante la vigencia de las pólizas, en caso de presentarse bajas o nuevas incorporaciones de los bienes patrimoniales de la Institución, estos podrían excluirse o incluirse dentro de la cobertura de los ítems. Las modificaciones se realizarán a través de un endoso. Los casos que podrán presentarse son:
Endoso por Anulación parcial del riesgo asegurado: Se comunica a LA ASEGURADORA los bienes que fueron dados de baja, se realiza un prorrateo del monto de la prima y LA ASEGURADORA realizará la devolución de ese monto a través de un cheque a nombre del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
Endoso por Aumento del riesgo asegurado: En caso que surjan nuevos bienes a ser asegurados, LA CONTRATANTE podrá realizar la modificación contractual hasta el límite previsto en el Artículo 63 de la Ley 2051/03 De Contrataciones Públicas.
LOTE Nº1- Contra todo riesgo-Edificio sede central, sito 14 de Mayo Nº529 esq. Oliva, barrio La Encarnación- Asunción
ÍTEM Nº 1
Seguro de Edificio contra Incendio y/o daños. Edificio del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, sito en la calle 14 de Mayo Nº 529 esq. Oliva Asunción.
Abarca todo lo que se encuentra en cada uno de los edificios o sectores que correspondan edificio, a equipos informáticos o electrónicos, muebles, máquinas y equipos de construcción, equipos de comunicación, máquinas y equipos de oficina, equipos de enseñanza y recreación, bibliotecas y museos, accesorios, ornamentos, equipos eléctricos, electrodomésticos, equipos de aire acondicionado, mamparas, cortinas, entre otros.
RIESGOS A COTIZAR
Daños materiales o pérdida total o parcial por acción directa o indirecta del fuego, explosión y/o corto circuito, así como por impacto directo de rayo.
Los riesgos adicionales son:
MONTO ASEGURADO:
Valor del Edificio por el valor de Gs. 6.650.228.799.- Cristales: Tipo BLINDEX, espejo, entre otros como mínimo la suma de Gs.100.000.000. (Guaraníes Cien Millones).
Ítem N° 2
Seguro contra Incendio del contenido en general desde el sub-suelo hasta el séptimo piso del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, sito en la calle 14 de Mayo Nº 529 esq. Oliva - Asunción.
Abarca todo lo que se encuentra en cada uno de los edificios o sectores que correspondan edificio, a equipos informáticos o electrónicos, muebles, máquinas y equipos de construcción, equipos de comunicación, máquinas y equipos de oficina, equipos de enseñanza y recreación, bibliotecas y museos, accesorios, ornamentos, equipos eléctricos, electrodomésticos, equipos de aire acondicionado, mamparas, cortinas, vidrios, blindex, entre otros.
RIESGOS A COTIZAR
Los riesgos a cotizar son: Incendio, Rayos, Explosión y/o Corto circuito. Abarca toda la instalación edilicia, incluyendo vidrios y cristales de todo tipo (blindex, espejo)
Máquinas y Equipos de Oficina por el valor de Gs.64.575.914.-
Equipos Informáticos por el valor de Gs. 778.504.396.-
Equipos de Comunicación por el valor de Gs.166.299.758.-
Muebles y Enseres por el valor de Gs. 441.980.805.-
Herramientas, Aparatos y Equipos varios por el valor de Gs. 68.521.739.-
Soporte Técnico y Actualización de Software Gs. 254.500.000.-
Equipos de enseñanza y recreación por el valor de Gs. 8.511.476.-
Bibliotecas y museos por el valor de Gs. 96.446.982.-
Bienes de consumo e insumos por el valor de Gs. 21.602.420.-
Ítem N° 3
Seguro de Robo y Asalto: Contenido General de las Oficinas. Gs. 1.900.943.490 (Guaraníes mil novecientos millones novecientos cuarenta y tres mil cuatrocientos noventa).-
Abarca todo lo que se encuentra en cada uno de los edificios o sectores que correspondan a equipos informáticos o electrónicos, muebles, accesorios, ornamentos, equipos eléctricos, electrodomésticos, equipos de aire acondicionado, mamparas, cortinas, entre otros.
RIESGOS A COTIZAR
Pérdida por Robo de los Bienes asegurados propiedad del JEM o de terceros que se encuentren dentro de las instalaciones del edificio, así como los daños materiales que sufran esos bienes como consecuencia del robo y/o su tentativa.
LOTE Nº2 Contra todo riesgo-Sede II- Gral. Díaz entre Juan E- O´leary y Ayolas
ITEM 1
Seguro de Edificio contra Incendio y/o daños del Edificio Sede de la sede II, edificio que cuenta con Planta Baja y un piso superior, sito en la calle Gral. Díaz N° 765 e/ O´leary y Ayolas (sede de la guardería de hijos de funcionarios del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados) - Asunción
Valor del Edificio por el valor de Gs. 241.087.920.-
Abarca todo lo que se encuentra en cada uno de los edificios o sectores que correspondan a edificio, a equipos informáticos o electrónicos, muebles, máquinas y equipos de construcción, equipos de comunicación, máquinas y equipos de oficina, equipos de enseñanza y recreación, bibliotecas y museos, accesorios, ornamentos, equipos eléctricos, electrodomésticos, equipos de aire acondicionado, mamparas, cortinas, entre otros.
RIESGOS A COTIZAR
Daños materiales o pérdida total o parcial por acción directa o indirecta del fuego, explosión y/o corto circuito, así como por impacto directo de rayo.
Los riesgos adicionales son:
ÍTEM 2
MONTO ASEGURADO:
Valor del Edificio por el valor de Gs. 241.087.920.-
Seguro de Robo y Asalto: Contenido General de las Oficinas, sito en la calle Gral. Díaz N° 765 e/ O´leary y Ayolas Gs. 361.101.801 (Guaraníes trecientos sesenta y un millones ciento uno ochocientos uno).
Abarca todo lo que se encuentra en cada uno de los edificios o sectores que correspondan edificio, a equipos informáticos o electrónicos, muebles, máquinas y equipos de construcción, equipos de comunicación, máquinas y equipos de oficina, equipos de enseñanza y recreación, bibliotecas y museos, accesorios, ornamentos, equipos eléctricos, electrodomésticos, equipos de aire acondicionado, mamparas, cortinas, entre otros.
RIESGOS A COTIZAR
Los riesgos a cotizar son: Incendio, Rayos, Explosión y/o Corto circuito. Abarca toda la instalación edilicia, incluyendo vidrios y cristales de todo tipo.
MONTO ASEGURADO:
Equipos Informáticos por el valor de Gs.83.799.843.-
Equipos de Comunicación por el valor de Gs.9.326.925.-
Muebles y Enseres por el valor de Gs. 47.091.017.-
Herramientas, Aparatos y Equipos varios por el valor de Gs.14.065.497.-
Equipos de enseñanzas y recreación por el valor de Gs. 3.156.244.-
Máquinas y equipos de construcción por el valor de Gs. 238.202.-
Bienes de consumo e insumos por el valor de Gs. 173.424.073.-
Ítem N° 3
Seguro de Robo y/o Asalto: Contenido General de las Oficinas, sito en la calle Gral. Díaz N° 765 e/ O´leary y Ayolas Gs. 331.101.801 (Guaraníes trecientos sesenta y un millones ciento uno ochocientos uno).
Abarca todo lo que se encuentra en cada uno de los edificios o sectores que correspondan a equipos informáticos o electrónicos, muebles, accesorios, ornamentos, equipos eléctricos, electrodomésticos, equipos de acondicionadores de aire, mamparas, cortinas, entre otros.
RIESGOS A COTIZAR
Los riesgos a cotizar son: Pérdida por Robo de los Bienes asegurados propiedad del JEM o de terceros que se encuentren dentro de las instalaciones del edificio, así como los daños materiales que sufran esos bienes como consecuencia del robo y/o su tentativa.
Ítem N°4
Garantía de Fiel cumplimiento de Contrato por un periodo de vigencia hasta la finalización de la Adenda Nº4 de fecha 12 de mayo del 2026
Endosado a favor del Instituto de Previsión Social (IPS)
Nivel requerido de solvencia: Primer Nivel. PRIMER NIVEL
Los montos establecidos en el ítem Nº1 correspondiente al Lote Nº2 corresponden al Contrato Nº9/2019.
LOTE Nº3 SEGURO DE VEHÍCULOS CONTRA TODO RIESGO
Ítem 1
Seguro de vehículo contra todo riesgo HYUNDAI TUCSON 2016, S/T WAGON, CAMIONETA DIÉSEL, 4x4, CAJA AUTOMÁTICA, COLOR PLATA, MOTOR N°D4HAFU193532, CHASIS NºKMHJT81VDGU102811
Capital Asegurado: Gs. 80.000.000.-
Seguro contra todo riesgo HYUNDAI NEW TUCSON 2019, S/T WAGON, CAMIONETA DIÉSEL, 4x2, CAJA AUTOMÁTICA, COLOR NEGRO, MOTOR N°D4HAJU756442, CHASIS NºKMHJ381ABKU736045
Capital Asegurado: Gs. 135.000.000.-
Datos a considerar para el Lote N° 3:
COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA CADA VEHICULO, ACCIDENTE PERSONAL/ES
Por muerte o lesión de 1 persona Gs. 50.000.000.- como mínimo
Por muerte o lesión de más de 1 persona. Gs. 120.000.000.- como mínimo
Daños a cosas de terceros, por cada accidente Gs. 30.000.000.- como mínimo
Gastos médicos y/o asistencia por ocupante. Gs. 30.000.000.- como mínimo
Muerte o incapacidad por ocupante Gs. 50.000.000.- como mínimo
Daños materiales del vehículo asegurado por el 100% del valor asegurado.
COBERTURA DE INCENDIO, ACCIDENTE, ROBO, HURTO/HURTO AGRAVADO
En caso de incendio y/o accidente, el límite de indemnización es la suma asegurada indicada para cada vehículo, y en caso de robo y/o hurto, el límite de indemnización del 100% (cien por ciento), de la suma asegurada indicada para cada vehículo (según se detalla en el listado).
COBERTURA DE RASTREO SATELITAL CON GPS DE LOS VEHÍCULOS
Localización, monitoreo en tiempo real, minuto a minuto de los vehículos de la institución.
COBERTURA DE ACCESORIOS
Se hace constar que el límite de indemnización por daños a los accesorios es del 10% (diez por ciento) como mínimo, de la suma asegurada para cada vehículo (según se detalla en el listado). Asimismo se hace constar que se incluye la cobertura de ambulancia en Gran Asunción y en el interior del país y remolque por accidente en todo el territorio nacional, remolque por averías en todo el territorio nacional, acople por falla eléctrica en todo el territorio nacional del país.
COBERTURAS ADICIONALES
DAÑO PARCIAL AL AMPARO DE ROBO TOTAL.
DAÑOS POR AGUAS PLUVIALES.
DAÑOS POR TUMULTOS, ALBOROTO POPULAR Y/O HUELGA.
DAÑOS POR FENÓMENOS NATURALES. CUALQUIER CONDUCTOR.
ACCESORIOS (10% DE VALOR TOTAL DE LOS VEHICULOS) COMO MÍNIMO. CARTA VERDE.
FORMAS DE REPOSICIÓN
La indemnización, reposición y/o reparación por parte de la Aseguradora por EL DAÑO acaecido a causa del siniestro denunciado, deberá ser en el PLAZO establecido según el CODIGO CIVIL PARAGUAYO, en cuestiones de obras civiles y otros, así mismo, si fuera el caso entregar nuevos equipos/instalaciones con iguales o mejores características técnicas que los equipos/instalaciones siniestrados, junto con los accesorios y con similar sistema operativo o compatible con los utilizados en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados haciéndose cargo de los gastos de flete, derechos, si los hubiere, así como cualquier otro concepto que incida en el costo final del mismo.
RESUMEN DE REQUISITOS
Número de Artículo |
Normas |
Art. 1546 Código Civil |
Por el contrato de seguro el asegurador se obliga mediante una prima, a indemnizar el daño causado por un acontecimiento incierto o a suministrar una prestación al producirse un evento relacionado con la vida humana. Puede tener por objeto toda clase de riesgos si existe interés asegurable, salvo prohibición de la ley. |
Art. 1562 Código Civil |
La responsabilidad del asegurador comienza desde las veinte y cuatro horas del día en que se inicia la cobertura y termina a las veinte y cuatro horas del último día del plazo establecido, salvo pacto en contrario. |
Art. 1591 Código Civil |
En los seguros de daños patrimoniales, el crédito del asegurado se pagará dentro de los quince días de fijado el monto de la indemnización ofrecida, una vez vencido el plazo establecido por este Código al asegurador para pronunciarse sobre el derecho del asegurado. En los seguros de personas el pago se hará dentro de los quince días de notificado el siniestro, o de acompañada la información complementaria prevista para efectuarse la denuncia del siniestro. |
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
La aseguradora que haya ganado el procedimiento de contratación, dentro del plazo de 30 días corridos desde la emisión de la póliza, deberá realizar una capacitación al área encargada de gestionar el contrato de seguros, explicando de qué se trata el riesgo cubierto, las cargas del asegurado, medios de comunicaciones aplicados para la agravación del riesgo y la denuncia del siniestro, plazos legales y condiciones contractuales establecidos por las partes.
Esta capacitación deberá realizarse en el lugar indicado por la convocante, tener una duración de entre 40 a 120 minutos (De una a tres horas cátedras) y al finalizar quedará constancia de ella en un documento comprobatorio (Acta o certificado y lista de asistencia)..
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de recepción de pólizas. |
Nota de recepción de pólizas. |
Conforme al plazo de entrega indicado. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.