Considerando la complejidad técnica del servicio del seguro, para llevar a cabo de manera eficaz la contratación del mismo, la Convocante deberá tomar las medidas necesarias para contar con una política de administración del riesgo y conocer básicamente los riesgos a asegurar. Deberá abarcar como mínimo, una descripción clara de los bienes, personas y locales.
La cobertura tiene como objetivo proporcionar suficiente información para que los oferentes puedan preparar sus ofertas eficientemente y con precisión. La lista de precios que se constituye en un anexo del formulario de ofertas, y éste último, deberán ser descargados del SICP, formando ambos un solo documento.
Los plazos deberán ser previstos cuidadosamente, teniendo en cuenta que la fecha y hora establecidas determinarán el momento desde el cual empiezan las obligaciones del asegurador.
Las coberturas licitadas deberán establecerse por lotes o ítems.
La convocante deberá incluir en esta sección, mínimamente, información acerca de:
Las pólizas emitidas por la adjudicada, deberán incluir una cláusula que rezará cuanto sigue: “la cobertura de la póliza se regirá conforme al pliego de bases y condiciones y puntualmente a las especificaciones técnicas establecidas en el mismo. En caso de diferencias con las estipulaciones establecidas en la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura emitidos por la aseguradora, prevalecerá lo establecido en el PBC”.
La inserción de dicha cláusula se funda en lo establecido en los Arts. 669, 674, 715 y 1555 del Código Civil Paraguayo, el que establece la posibilidad de acordar condiciones particulares en los contratos.
BIENES ASEGURADOS |
TIPO DE COBERTURA |
SUMA ASEGURADA |
FRANQUICIA |
Edificaciones |
TOTAL |
79.200.000.000 |
SIN FRANQUICIA. |
Muebles y enseres (Litoral) |
TOTAL |
2.554.909.351 |
SIN FRANQUICIA. |
Bienes en predio ajeno |
TOTAL |
9.276.321.569 |
SIN FRANQUICIA. |
Las aseguradoras deberán cumplir con las siguientes normas:
No. De Artículo |
Normas |
Art. 1548 |
Código Civil (primer párrafo) |
REQUISITOS GENERALES
El Oferente adjudicado se obliga y compromete a entregar las Pólizas de Seguros dentro de los 10 (diez) días calendarios desde la firma del contrato correspondiente. Presentará dichas Pólizas en la Mesa de Entrada de la Dirección General Administrativa y financiera de la Gerencia General de Aduanas, la Institución dispondrá de 10 (DIEZ) días calendarios, contados a partir de dicha presentación para realizar las verificaciones correspondientes y establecer si dichas Pólizas contemplan todos y cada uno de los requerimientos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones. Esta verificación será realizada por el Dpto. de Control e Inventario de Bienes, en caso de existir incongruencias entre el PBC y las Pólizas, se correrá traslado por escrito de las observaciones al proveedor, quien dispondrá de 3 (TRES) días calendario para la realización de las modificaciones pertinentes y entrega de la póliza.
El Oferente adjudicado, en las Pólizas presentadas, deberá incluir dentro de las Condiciones Particulares, que la vigencia se regirá conforme a lo establecido en el Art. 1548 del Código Civil (primer párrafo), en lo que respecta a la vigencia de la cobertura.
Si las Condiciones Generales de las Pólizas de Seguros se contraponen a las condiciones establecidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones, serán sin ningún valor.
Emitidas las Pólizas, el Oferente adjudicado deberá presentar dentro de los 15 (quince) días calendario siguiente de la adjudicación, los Certificados de Reaseguros que incluyen todos los Riesgos.
En ningún caso el oferente adjudicado, podrá ceder la totalidad o parte de las pólizas emitidas y tiene prohibido gravar, enajenar o transferir, en cualquier forma y manera, los derechos y obligaciones que adquiera por adjudicación en esta Licitación, salvo las Cesiones de Reaseguro.
El Oferente adjudicado será responsable de la correcta interpretación de las especificaciones y requerimientos de LA DIRECCION NACIONAL DE INGRESOS TRIBUTARIOS, con respecto a tipos y modalidades de coberturas aplicados, según corresponda.
Los bienes y valores a asegurar, serán confirmados al Oferente adjudicado, antes de la emisión de la póliza, dado que pueden existir causales imprevistas como bajas o incorporaciones en los listados de bienes, en cuyo caso se harán los ajustes de primas que correspondiesen.
Así mismo, durante la vigencia del contrato la Contratante podrá actualizar los listados de los bienes a asegurar, por las bajas o incorporaciones que se pueden generar, en cuyo caso la Empresa adjudicada deberá realizar los ajustes de primas que correspondan.
ITEM 1: EDIFICIOS Y CONTENIDOS EN BIENES PROPIOS (SIN FRANQUICIA)
Sobre un edificio construido de material, ocupado por oficinas administrativas. Todo riesgo de pérdida o daño físico directo, incluyendo daños súbitos e imprevistos, con respecto a bienes muebles e inmuebles de cualquiera y toda descripción, de propiedad del asegurado o de otros por los que el asegurado fuera responsable o hubiera convenido asegurar, y, daño físico proveniente del siguiente listado ejemplificado y no limitativo.
a) Fuego, rayo, explosión, tumulto, huelga, vendaval, ciclón, tornado, daños por agua, incendio y daños por tumultos populares.
b) Seguros para cristales, vidrios y espejos.
c) Seguro técnico de rotura de maquinarias, equipos de construcción, todo riesgo de montaje, equipos electrónicos y de computación.
d) Robo y/o hurto y/o asalto a mano armada de valores, muebles y/o enseres y otros bienes.
e) Responsabilidad civil: Contractual o extracontractual hacia terceros.
f) Daños por tumulto y/o alboroto popular.
Para los casos de incendio y/o robo se deberán considerar los daños y pérdidas materiales causadas en los bienes asegurados por la acción directa del fuego, así como los producidos por las consecuencias inevitables del incendio, cuando este se origine por casos fortuitos, por mal querencia de extraños o por negligencia.
EN CASO DE ROBO, DESTRUCCION TOTAL O PARCIAL DE MUEBLES Y/O ENSERES, LA POLIZA DEBERA CONTEMPLAR LA REPOSICION DE BIENES CON SIMILARES CARACTERISTICAS AL EQUIPO SINIESTRADO, SEGÚN INDICACIONES DE LOS RESPONSABLES DEL AREA A CUYO CARGO SE ENCONTRABA EL MISMO.
En caso de destrucción total o parcial de inmueble, la póliza deberá contemplar la reconstrucción del inmueble siniestrado y/o si no puede realizarse la reconstrucción, la indemnización podrá ser abonada en efectivo.
ITEM 2: CONTENIDO GENERAL EN BIENES DE TERCEROS (SIN FRANQUICIA)
RIESGOS ASEGURADOS
Todo riesgo de pérdida o daño físico directo, incluyendo daños súbitos e imprevistos, con respecto a los bienes muebles y enseres de cualquiera y toda descripción de propiedad del Asegurado o de otros por los que el Asegurado fuera responsable o hubiera convenido asegurar y daño físico proveniente del siguiente listado ejemplificativo y no limitativo, ubicados en predios de la ANNP (CDE, Pilar, Villeta, Falcon, Chacoí, Ita Enramada, Salto del Guaira,), puestos de control, predios de la DINAC (Aeropuerto Guaraní, Aeropuerto Silvio Pettirossi) y propiedades alquiladas por la DIRECCION NACIONAL DE INGRESOS TRIBUTARIOS.
La Aseguradora en compañía del Representante de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INGRESOS TRIBUTARIOS, realizará el inventario necesario para la emisión de las pólizas por el riesgo de incendio, contenido y robo.
Se deberá establecer un mecanismo para actualizar
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
La aseguradora que haya ganado el procedimiento de contratación, dentro del plazo de 30 días corridos desde la emisión de la póliza, deberá realizar una capacitación al área encargada de gestionar el contrato de seguros, explicando de qué se trata el riesgo cubierto, las cargas del asegurado, medios de comunicaciones aplicados para la agravación del riesgo y la denuncia del siniestro, plazos legales y condiciones contractuales establecidos por las partes.
Esta capacitación deberá realizarse en el lugar indicado por la convocante, tener una duración de entre 40 a 120 minutos (De una a tres horas cátedras) y al finalizar quedará constancia de ella en un documento comprobatorio (Acta o certificado y lista de asistencia)..
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe |
Informe |
Desde la suscripción del contrato hasta 10 (diez) días calendarios. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.